Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 31/3/2023

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BDNS Identif.: 684789.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/684789
Primero. Beneficiarios.
Asociaciones y fundaciones cuyo domicilio social radique en cualquier municipio de la Provincia de Sevilla, siempre que realicen proyectos, actividades o acciones que fomenten la atención social a colectivos vulnerables y propicien el acceso en igualdad a recursos o servicios especializados en los municipios menores de 20.000 habitantes de la Provincia de Sevilla, ya sea de forma individual o supramunicipal.
Requisitos que deben reunir:
Podrán obtener la condición de beneficiarios las entidades sin ánimo de lucro indicadas en la Base Reguladora 2., que se encuentren en la situación que fundamenta la concesión de subvenciones establecidas en las Bases, no pudiendo obtener dicha condición cuando concurran algunas de las circunstancias a la que se refieren los apartados 2 y 3 del art. 13 de la LGS.
Se acreditará la ausencia de ánimo de lucro mediante la aportación de fotocopia, debidamente compulsada de los Estatutos de la Entidad Beneficiaria o instrumento fundacional, donde se indique expresamente la ausencia de ánimo de lucro.
Las asociaciones y fundaciones de la provincia de Sevilla interesadas en solicitar la presente subvención deben estar legalmente constituidas e inscritas a la fecha de la convocatoria en el registro correspondiente a su naturaleza fiscal, además de reunir los requisitos previstos en las Bases Reguladoras.
Segundo. Objeto.
Las subvenciones tienen como finalidad potenciar la colaboración y participación del tejido social apoyando económicamente iniciativas o proyectos que tengan como objetivo:
Favorecer la atención social igualitaria a personas que pertenezcan a colectivos vulnerables, por presentar una situación de diversidad funcional o psíquica, o pertenecer a una minoría con dificultades de integración social que tengan como finalidad su inclusión social, en los municipios de la provincia menores de 20.000 habitantes.
Desarrollar actividades dirigidas a la sensibilización de la sociedad en la lucha contra la pobreza y la exclusión social.
Fomentando así, valores ciudadanos de solidaridad, cohesión e inclusión de colectivos en desventaja social, así como la garantía del acceso en igualdad a los derechos sociales de la población descrita en el punto anterior.
Fomentar aquellos proyectos o actividades focalizadas en grupos o colectivos vulnerables o excluidos, que tengan como finalidad su inclusión social.
Promocionar la convivencia y el respeto a la diversidad y los derechos fundamentales a través de acciones de divulgación y de dinamización ciudadana conforme a los fines anteriores.
Favorecer la autonomía de las personas con discapacidad y sus familias, así como promocionar su participación en su entorno favoreciendo su integración social.
Tercero. Bases Reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones en concurrencia competitiva destinadas a Entidades sin Ánimo de Lucro para Proyectos de Atención Social a Colectivos Vulnerables, cuyo texto íntegro está publicado en el Boletín Oficial de la provincia de Sevilla número 39, de 17 de febrero de 2023.
Cuarto. Cuantía.
El presupuesto del programa asciende a 150.000,00 €.
No obstante, dicho importe podrá incrementarse con una cuantía adicional de 150.000 euros, cuando, como consecuencia de la concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en la letra a del artículo 58.2 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, se produzca un incremento de crédito disponible antes de la concesión definitiva de las subvenciones que se convocan por esta resolución.
La efectividad de esta cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito y, en su caso, a la previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda, con anterioridad a la resolución definitiva de la convocatoria. La mencionada declaración de disponibilidad del crédito se hará pública en el Boletín Oficial de la provincia, sin que implique apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.
Sólo podrá presentarse un proyecto por entidad y el importe máximo de subvención a conceder se fija en 15.000,00 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia de Sevilla.
Sexto. Otros datos.
El pago de la subvención se realizará anticipadamente tras la aprobación de la resolución de concesión definitiva.
El plazo de ejecución del programa será de un año a contar desde el día siguiente de la aprobación de la resolución de concesión definitiva de las ayudas.
Las aportaciones económicas de los solicitantes cofinanciación, incluidas en los presupuestos de los proyectos, serán obligatorias y como mínimo del 10% del total del mismo.
En Sevilla a 28 de marzo de 2023.La Diputada-Delegada del Área de Cohesión Social e Igualdad, Rocío Sutil Domínguez.

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Extracto de la resolución 1830/2023, de 28 de marzo, de la Diputada del Área de Cohesión Social e Igualdad, por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro en concurrencia competitiva para Proyectos de Atención Social a Colectivos Vulnerables
CVE: BOP-SE-2023-074001

Área de Cohesión Social e Igualdad
Nº 74 - viernes 31 de marzo de 2023

diputación provincial de sevilla

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 31/3/2023

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaeseSpagna

Data31/03/2023

Conteggio pagine279

Numero di edizioni7409

Prima edizione02/11/1999

Ultima edizione31/07/2024

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