Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 11/7/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / JUEVES 11 DE JULIO DE 2024

FABRICA DE MUEBLES GREGORIS Y DA CAMPO S.R.L.
SUBSANACION

Se hace saber que en fecha 27106/2024, los señores socios de Gregoris Ariel y A Campo Roberto Sociedad de Hecho, Ariel Jesús Gregoris, argentino, nacido el 3 de marzo de 1961, DNI N 14.356.415, CUIT N
20-14356415-11 casado, empresario, domiciliado en calle Urquiza 395
de Capitán Bermúdez y Roberto Oscar Da Campo, argentino, nacido el 14 de agosto de 1960, DNI N 13.868.9267 CUIT N 20-13868926-4, casado, empresario, domiciliado en calle Urquiza 406 de Capitán Bermúdez, han resuelto por unanimidad la subsanación de la sociedad en sociedad de responsabilidad limitada, pasando a denominarse Fabrica de muebles Gregoris y Da Campo S.R.L., la que es continuadora de Gregoris Ariel y Da Campo Roberto Sociedad de Hecho, cuyo domicilio legal está radicado en la ciudad de Capitán Bermúdez, provincia de Santa Fe; plazo de duración: 50 años. La sociedad tiene por objeto, por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros: la fabricación y reparación de muebles en general, la fabricación de pallets de madera y la venta de productos de ferretería, y en general todo acto, actividad o relación vinculada con la actividad referida. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. El capital social se fija en la suma de $500.000.- pesos quinientos mil representado por 50.000
treinta mil cuotas de $10 de valor nominal cada una, que los socios suscriben de la siguiente forma: Ariel Jesús Gregoris, suscribe 25.000 veinticinco mil cuotas de $10 pesos diez cada una, por un total de $250.000
pesos doscientos cincuenta mil, y Roberto Oscar Da Campo, suscribe 25.000 veinticinco mil cuotas de $10 pesos diez cada una, por un total de $250.000 pesos doscientos cincuenta mil. La administración de la sociedad estará a cargo de todos los socios, en forma individual e indistinta, quienes durarán en su cargo por plazo indeterminado. La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios, quienes la ejercerán por sí mismos. El ejercicio social cierra el 31 de diciembre de cada año. Se designa a los señores Ariel Jesús Gregoris, DNI N
14.356.415, y a Roberto Oscar Da Campo, DNI N 13.868.926, como socios gerentes, La sociedad tendrá su sede en calle Urquiza 406 de la ciudad de Capitán Bermúdez, provincia de Santa Fe.
$ 250
523176
Jul. 11


FIN DEL MUNDO FILMS S.A.S
ESTATUTO

Por estar así dispuesto en los autos caratulados: FIN DEL MUNDO
FILMS S.A.S. S/ constitución de sociedad CUI 21-05214045-2, que tramita ante el Registro Público de Santa Fe. se hace saber que se ha constituido la sociedad FIN DEL MUNDO FILMS SAS,:
Fecha de Instrumento: 29 de Abril de 2024.
Socios: MESTRE SANTIAGO FRANCISCO, DNI 35.127.809, CUIT 2335127809-9, Masculino, nacido el de Abril de 1990, Masculino, Comerciante, Soltero, con domicilio en la calle 1 de Mayo 1546 Piso 6 Dto. 1 de La ciudad de Santa Fe, departamento La Capital, provincia de Santa Fe, y como suplemente al Sr. DAVICINO LEONARDO GABRIEL DNI
30.265.346, CUIT 20-30265346-2, Masculino, nacido el 23 de diciembre de 1983, Masculino, Cineasta, Soltero, con domicilio en calle la Rioja 3020 Depto. 68 de la ciudad de Santa Fe, departamento la Capital, provincia de Santa Fe Razón Social: FIN DEL MUNDO FILMS SOCIEDAD POR ACCIONES
SIMPLIFICADA.
Domicilio de la Sociedad: Corrientes 2492 de la ciudad de Santa Fe, departamento La Capital, Provincia de Santa Fe.
Objeto: Dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en participación y/o comisión, pudiendo establecer agencia y sucursales, en territorio nacional y en el extranjero, a las siguientes actividades: 1
PRODUCCION DE CONTENIDOS: actividades de producción y explotación de contenidos audiovisuales, televisivos, radiales, gráficos, artísticos, publicitarios e informativos consistentes, entre otras cosas, en el diseño, elaboración, generación, producción, venta, cesión, distribución de productos y contenidos temáticos para su exhibición, emisión o transmisión, por si o por terceros, en medios televisivos, audiovisuales, gráficos y vía Internet, o cualquier otro medio de comunicación creado o a crearse y; 2 PRODUCCION ARTISTICA, PUBLICITARIA E INFORMATIVA: Instalación, administración y explotación de establecimientos de televisión, radiodifusión, grabación y producción, incluyendo la comercialización de espacios publicitarios, ya sea por cuenta propia o de terceros; contratación y subcontratación de artistas, adquisición de Licencias y, permisos particulares oficiales para la explotación de medios de comunicación audiovisual o vía Internet, o cualquier otro medio de co-

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municación creado o a crearse en el futuro.- Brindar asesoramiento y capacitación para e desarrollo de proyectos audiovisuales, radiales, televisivos, gráficos y correspondientes a cualquier soporte Incluye la explotación comercial de medios de comunicación, la obtención de permisos y/o licencias para explotación de medios de comunicación orales, escritos, audiovisuales, fílmicos y/o digitales y la creación de Portales del contenido multimedia en internet. 3 EVENTOS ESPECTACULOS: Producción de contenidos de entretenimiento, producción de eventos y espectáculos, comercialización y distribución de contenidos propios y de terceros. La proyección, organización, realización y desarrollo de todo tipo de eventos en la República Ara y en el exterior relacionados con los fines y/o actividades de la sociedad, gestionando las pendientes autorizaciones y habilitaciones, alquilando, subalquilando, comprando u ocupando por el títular ere tanto espacios abiertos, como stands, puestos, locales y demás Inmuebles o vehículos destinados de el objeto social. A
tales fines la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para realizar Los actos y negocios Que directa o Indirectamente se vinculen con el objeto social y adquirir derechos y contraer obligaciones.
Plazo de duración: 30 años.
Capital: EL Capital Social es de $ 2.000.000 pesos dos millones, representado por 2.000 acciones ordinarias escritúrales, de $1.000 pesos mil, valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. EL capital social puede ser aumentado por decisión de los socios conforme lo dispone el artículo 44 de la Ley N 27.349. Las acciones serán nominativas no endosables, ordinarias o preferidas, conforme a las condiciones de su emisión, pudiéndose emitir acciones representativas de más de un voto. Las acciones y tos certificados provisionales que se emitan tendrán Las menciones exigidas por e Articulo 211 de La Ley 19.550. Mora en La integración: La mora en La Integración de las acciones suscriptas se producirá al sólo vencimiento del plazo. La sociedad podrá optar por cualquiera de las alternativas previstas en el artículo 193 de La Ley General de Sociedades No 19.550. Transferencia de las acciones; Los accionistas tendrán preferencia y derecho a acrecer en la transferencia de acciones y en La suscripción de nuevas emisiones de acciones. La transferencia de acciones puede realizarse libremente. En caso de transferencia de acciones a terceros, Los socios tendrán derecho preferente ala compra de dichas cuotas. A los fines del cumplimiento de Lo dispuesto en esta cláusula, el socio que transfiera deberá ofrecer a los demás socios por medio fehaciente Las acciones a venderse, quienes tendrán un plazo 1e 10 diez días para ejercer su derecho de preferencia. No optando por esta preferencia, el socio vendedor tendrá libertad para transferir a un tercero. A Los efectos del precio de venta, deberá confeccionarse un Balance especial a La fecha de transferencia suscripto por Contador Público Nacional. En ningún caso, el precio así obtenido se deberá apartar notablemente de su valor real al tiempo de hacerse efectiva la venta, de acuerdo con Lo previsto en el art. 13 inciso 5 de la Ley 19.550 LGS.
Órgano de administración: La administración y representación de la sociedad está a cargo de una o más personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación, entre un mínimo de uno 1 y un máximo de cinco 5 miembros. La administración de La saciedad tiene a su cargo La representación de esta. Si la administración fuera plural, los administradores La administrarán y representarán en forma indistinta. Duran en el cargo por plazo indeterminado. Mientras la sociedad carezca de órgano de fiscalización deberá designarse, por lo menos, un administrador suplente. Durante todo el tiempo en el cual la sociedad La integre un único socio, éste podrá ejercer las atribuciones que la ley te confiere a Los órganos sociales, en cuanto sean compatibles, incluida la administración y representación Legal. Para la confección del acta rigen las previsiones del tercer párrafo del articulo 51 de la Ley N27.349. Todas las resoluciones deberán incorporarse al Libro de Actas. Quien ejerza la representación de la sociedad obliga a ésta por todos Los actos que no sean notoriamente extraños al objeto social. La reunión de socios ese órgano de gobierno. Las reuniones de socios se celebrarán cuando lo quiera cualquiera de los socios o a pedido de los administradores. La convocatoria de la reunión se realizará por medio fehaciente. También puede realizarse por medios electrónicos, en cuyo caso deberá asegurarse su, recepción.
Las reuniones podrán realizarse en La sede social o fuera de ella, utilizando medios que les permitan a los socios y participantes comunicarse simultáneamente entre ellos, quedando sujetas a Los requisitos del artículo 53, segundo párrafo, de la Ley N 27.349. Las resoluciones que importen reformas al instrumento constitutivo o la disolución de La sociedad se adoptarán por mayoría absoluta de capital. Las resoluciones que o importen modificación del contrato, tales como La designación y la revocación de administradores, se adoptaran por mayoría de capital presente en La respectiva reunión. Aunque un socio representare el voto mayoritario para adoptar resoluciones en ningún caso se exigirá el voto de otro socio.Sin perjuicio de lo expuesto, serán válidas las resoluciones socia-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 11/7/2024

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaeseArgentina

Data11/07/2024

Conteggio pagine67

Numero di edizioni724

Prima edizione03/05/2002

Ultima edizione02/08/2024

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