Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 22/4/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / LUNES 22 DE ABRIL DE 2024

rios de búsqueda de Legajos de inscriptos en el mencionado registro; 3 Cumplimentado lo ordenado en el punto 2 y firme que se encuentre la presente, ofíciese al RUAGA a los fines de la remisión de los legajos correspondientes a los efectos de dar inicio al proceso de guarda con fines de adopción de las niñas antes mencionadas conforme su situación actual. Insértese y hágase saber.Fdo. Dra. Vittori Jueza Dr. Viale Secretario. Rosario, 4 de abril de 2024. Dra. Lorena Borrini, Secretaria.
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La Sra. Juez del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extra contractual de la 1ra. Nominación de la ciudad de Rosario, Dra. Luciana Paula Martínez, CITA Y EMPLAZA al Sr. ELÍAS ESTEBAN VELAZCO, D.N.I. 40.122.007 a los fines de comparecer a estar a derecho en el término de 20 días en los autos SEGOBIA, FLAVIA
C/VERA, ANDREA VERONICA Y OTROS S/DAÑOS Y PERJUICIOS CUIJ 2111887125-9 Nro. Expediente: 570/2022. A tal fin se trascriben los decretos que así lo orden ROSARIO, 23 de Junio de 2022. A los Escritos Cargo Nº 16286, 16287 y 16288, se provee, habiendo cumplimentado con lo ordenado, por presentada, domiciliada y por parte a mérito del poder especial que se acompaña y agrega. Acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Agréguese la boleta colegial acompañada. Por iniciada la acción de daños que expresa. Cítese y emplácese a VERA ANDREA VERONICA, VELAZCO ELIAS ESTEBAN y la citada en garantía TRIUNFO COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA para que comparezcan a estar a derecho y contesten la demanda dentro del término de veinte días. Por ofrecida prueba, téngase presente. Téngase presente la reservas formuladas. Concédase a la actora el beneficio de litigar sin gastos en los términos del Art. 333 CPCC a tenor de la declaración jurada de pobreza acompañada. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos de Responsabilidad Civil Extracontractual, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe, en el marco de colaboración suscripto con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación establecido por Acordada Nro 7 de fecha 07/03/2019. En dicho marco, téngase presente que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la incomparecencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la Ley 12851 ley de aranceles profesionales. Líbrense los oficios al MPA, al SIES, al SIDEAT y al RNPA, a los fines solicitados. Hágase saber a las partes que en su primera presentación deberán informar su mail, teléfono celular y whatsapp. Hágase saber que en oportunidad de celebrarse la Audiencia de Vista de Causa, deberá acompañar: a el original de la demanda o escrito ratificatorio de la misma; b originales del poder especial y sellado del mismo, declaración jurada de pobreza, boleta inicial; c sobres con la documental original de la oportunamente ofrecida. En caso de haberse ofrecido pliego cerrado de posiciones / testimonial/
confesional, deberá acompañar el mismo en el término de tres días vía correo electrónico o concurrir personalmente al Tribunal en el horario de 07:15 a 12:45 hs. Notifíquese el presente decreto con copia de demanda y de la documental adjuntada.
De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá consultar a quien lo atienda, los vecinos, si el mismo se domicilia allí, y sólo en caso afirmativo procederá a practicar la notificación. Jueza de trámite: Dra. Luciana Paula Martínez. Fdo. Dra. María Florencia Netri Secretaria Subrogante - Dra. Luciana Paula Martínez JuezaRosario, 13 de Marzo de 2023. Atento lo manifestado y constancias de autos, amplíese el Decreto de fecha 23 de Junio de 2022, en el sentido de, cítese y emplácese a FACUNDO ANDRÉS VELAZCO para que comparezca a estar a derecho y conteste la demanda dentro del término de veinte días. Notifique conjuntamente el presente decreto con el que se amplía de fecha 23 de Junio de 2022. Fdo. Dra. María Florencia Netri Secretaria Subrogante - Dra. Luciana Paula Martínez Jueza. Rosario, 20 de Febrero de 2024. Agréguese la constancia en copia acompañada por la Dra. Andrea Moller. A la rebeldía solicitada: Previamente notifíquese al demandado ELÍAS ESTEBAN VELAZCO, D.N.I. 40122007 mediante EDICTOS, los cuales se publicarán por el término de ley en el BOLETÍN
OFICIAL y se exhibirán en el hall de P.B. de Tribunales conforme lo dispuesto por el art. 73 CPCCSF. Hágase saber que en el cuerpo del edicto deberá hacerse saber al demandado ELÍAS ESTEBAN VELAZCO que se lo cita y emplaza a los fines de comparecer a estar a derecho en el término de 20 días y que deberán transcribirse el decreto de fecha 23 de Junio de 2022, 13 de marzo de 2023 y el presente proveído. Dra. Eliana C. Gutiérrez White Secretaria Dra. Luciana Paula Martínez Jueza. Rosario, 7 de Marzo de 2024.
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Abr. 18 Abr. 22


Por disposición de la Dra. María José Diana, jueza del Tribunal Colegiado de Familia N 3 de Rosario, se ha dispuesto notificar por edictos a Stella Maris Acosta D.N.I. 13.794.723 la providencia dictada dentro de los autos caratulados ACOSTA
XIOMERA BELEN y Otros s/MEDIDA PROTECCION EXCEPCIONAL - 2110864511-0 1854/2016, que a continuación se transcribe: 26 de marzo de 2024.
Atento no haber localizado a la señora Acosta Stella Maris, notifíquela por medio de edictos. Cítese a la señora Stella Maris Acosta para Miércoles 10 de Abril de 2024
a las 10:00 horas a los fines de que haga entrega al Tribunal de la documentación necesaria para finalizar el trámite de tutela. En caso de no asistir a la entrevista fijada se procederá al archivo de la medida debiendo presentar por trámite separado la Tutela correspondiente. Notifíquese a la señora Acosta como así también a la Dirección de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia a los fines de comunicarle a la señora el decreto respectivo. Fdo. Dra. Diana, Jueza; Dra.
Ríos Artacho, Secretaria.
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Abr. 18 Abr. 22


Por disposición de la Dra. Silvina I. García, Jueza del Tribunal Colegiado de Familia N 3 de Rosario, se ha dispuesto notificar por edictos a Eduardo Andrés Ballesteros D.N.I. 21.538.673 la sentencia dictada dentro de los autos caratulados BALLESTEROS, NAIARA ANDREA S/MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL
- 21-11372849-0, que a continuación se transcribe: N05038. ROSARIO, 28 de diciembre de 2023. Y VISTOS Y CONSIDERANDO RESUELVO: 1.- Legitimar el acto administrativo de resolución definitiva de la medida de protección excepcional decidida por Disposición N 144/22 dictada en fecha 30 de Agosto de 2022 de fs.
78/84, con respecto a la adolescente NAIARA ANDREA BALLESTEROS D.N.I. N
48.606.042, nacida en fecha 09 de Julio de 2008, hija de la señora Claudia Alejandra Longoni D.N.I. N 30.155.736 y del señor Eduardo Andres Ballesteros D.N.I. N 21.538.673 2.- Otorgar a la señora SILVINA FABIANA BALMACEDA
D.N.I. N 30.891.806 la GUARDA JUDICIAL de NAIARA ANDREA BALLESTEROS D.N.I. N 48.606.042 de conformidad con lo establecido por el art. 104 y ccdtes. del CcyCN, quien deberá aceptar el cargo ante el Actuario en debida forma.
3.- De conformidad con lo establecido por el art. 66 bis de la Ley 12967, Decreto
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Reglamentario y su modificatoria Ley N13237, respecto a la TUTELA sugerida por la Dirección Provincial de Niñez, cítese a los progenitores señora Claudia Alejandra Longoni D.N.I. N 30.155.736 y del señor Eduardo Andrés Ballesteros D.N.I. N
21.538.673 , a estar a derecho, expedirse sobre la medida definitiva propuesta y ofrecer prueba en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación, tal como lo ordena la mencionada norma. 4.- Notifique la Dirección Provincial dependiente de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia y a la progenitora. 5.- Notifíquese a la Dirección Provincial dependiente de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia. 7.- Notifíquese al Defensor General. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Silvina I. García, Jueza E/S; Dra. Gabriela Ríos Artacho, Secretaria.
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Abr. 18 Abr. 22
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Por disposición del Tribunal Colegiado de Familia 4 de Rosario y en autos VARGAS ORTIZ, VIVIAN MAGALI C/ GALVAO SARAIVA, ARIEL SHARON S/ FILIACIÓN 21-11406570-3 se hace saber que se dicto lo siguiente: Rosario, 7de febrero de 2024.- Informando la actuaria que el demandado no ha comparecido a estar a derecho ni contestado la demanda, decláraselo rebelde y désele por decaído el derecho dejado de usar. Notifiquese por edicto. MARÍA JOSÉ CAVIGLIA GUSTAVO
ADOLFO ANTELO Secretaria Juez 518694
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El Señor Juez de trámite del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la 2da. Nominación de Rosario, ha dispuesto lo siguiente: ROSARIO, 18
de diciembre de 2023. Atento lo solicitado cítese por edictos al Sr. Guillermo Darío Barrionuevo para que comparezca a estar a derecho, por si o por apoderado, dentro del término de tres días y bajo apercibimientos de ley, publicándose los mismos en el diario BOLETIN OFICIAL y en el hall central del Palacio de Tribunales Provinciales de Rosario _. En consecuencia, se hace saber que se ha ordenado citar y emplazar al Señor GUILLERMO DARIO BARRIONUEVO, para que comparezca a estar a derecho en el término de tres días después de la presente publicación, bajo apercibimiento de ley. Autos: ALVAREZ VIVIANA CARINA y Otros C/BARRIONUEVO GUILLERMO DARIO y Otros s/DAÑOS Y PERJUICIOS CUIJ 2111679661-6. Fdo.: Dr. Edgardo Bonomelli, Juez de trámite; Dra. MAYRA IBAÑEZ, Secretaria. Rosario, 21 de diciembre de 2023.
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Abr. 19 Abr. 23


Por disposición de la Jueza del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la Segunda Nominación do Rosario, Dra. JORGELINA ENTROCASI dentro de los autos caratulados MARTINEZ, ROMAN AMADO C/ ACEVEDO, VICTOR
SI COBRO DE PESOS CUIJ 21-11884563-0. Se ha dispuesto notificar por Edictos al Sr. Acevedo Víctor David, con el siguiente decreto: ROSARIO, Atento que el demandado ACEVEDO, VICTOR no compareció a estar a derecho ni contestó la demanda pese a encontrarse debidamente notificado y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselo rebelde y désele por decaído el derecho dejado de usar. NOTIFÍQUESE POR EDICTOS; DRA. MAYRA IBAÑEZ SECRETARIA - DRA. JORGELINA ENTROCASI JUEZA. Rosario, 26 de Febrero de 2024. Mayra Ibáñez, Secretaria Subr..
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Abr. 19 Abr. 23


Por disposición de la Jueza del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la Sexta Nominación de Rosario, Dr. Ignacio Aguirre dentro de los autos caratulados DANTUR MARIA DE LOS ANGELES Y OTROS C/CIVITiLLO RAUL
SERAFIN y Otros s/Daños; CUIJ 21-00199601-3, se ha dispuesto notificar por edictos al Sr. Acevedo Víctor David, con el siguiente decreto: ROSARIO, 23 de febrero de 2024. Desígnese fecha de realización de audiencia para DESIGNAR DEFENSOR en los términos del art. 597 del CPC para el día 30 de ABRIL de 2024 a las 11.00 horas notifíquese por cédula y por edictos. Dra. Valeria Bartolomé Prosecretaria Dr. Ignacio Aguirre Juez.
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Abr. 19 Abr. 23


Por disposición de la Jueza del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la 1 Nominación de Rosario, se ha ordenado notificar al demandado, DIEGO ADRIAN BRAVO, DNI 27.725.101, mediante edictos, los cuales se publicarán por el término de ley en el Boletín oficial y se exhibirán en el hall de P.B. de Tribunales conforme lo dispuesto por el art. 73 CPCCSF, a fin de notificarle que se lo ha declarado REBELDE y se le ha dado por decaído el derecho dejado de usar, en los autos SAVIA, CAMILA A.A. y OT. c/BRAVO, DIEGO A. Y OTRO s/DAÑOS Y
PERJUICIOS - CUIJ 21-11887967-5. A continuación se transcribe Resolución que lo ordena: Nº 330. ROSARIO, 14 de Marzo de 2024. VISTO Y CONSIDERANDO:
Los presentes caratulados SAVIA, CAMILA AYELEN ANGELA Y OTROS c/BRAVO, DIEGO ADRIAN Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; Expte. Nº 857/22, lo solicitado, informe precedente y constancias obrantes, que el demandado BRAVO
DIEGO ADRIAN no compareció a estar a derecho ni contestó la demanda, pese a encontrarse debidamente notificado según constancia obrante a fs. 172 vta., haciendo efectivos los apercibimientos de ley; RESUELVO: Declarar REBELDE a BRAVO DIEGO ADRIAN y dársele por decaído el derecho dejado de usar. Notifíquese a BRAVO DIEGO ADRIAN mediante EDICTOS, los cuales se publicarán por el término de ley en el Boletín oficial y se exhibirán en el hall de P.B. de Tribunales conforme lo dispuesto por el art. 73 CPCCSF. Hágase saber que en el cuerpo del edicto deberá hacerse saber al demandado BRAVO DIEGO ADRIAN que se lo ha declarado rebelde y se le ha dado por decaído el derecho dejado de usar, debiendo transcribirse en el edicto el presente auto. Firmado: DRA. ELIANA GUTIÉRREZ
WHITE SECRETARIA - DRA. MARIANA VARELA JUEZA. Rosario, 4 de Abril de 2024.
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Abr. 19 Abr. 23


El Tribunal Colegiado de Familia Nº 7, Secretaría Nº 2 de la ciudad de Rosario, sito en calle Balcarce 1651 de Rosario de Santa Fe; 2da. Circunscripción, notifica al Sr.
Ramón Edgardo Carrizo la sentencia de honorarios a favor de la Dra. Silvina Lucini, en los autos caratulados: LAURINI, GISELA YAZMIN c/CARRIZO, RAMON EDGARDO s/ALIMENTOS Y LITIS EXPENSAS; CUIJ Nº 21-11302104-4; El presente

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 22/4/2024

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaeseArgentina

Data22/04/2024

Conteggio pagine60

Numero di edizioni705

Prima edizione03/05/2002

Ultima edizione05/07/2024

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