Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 25/3/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / LUNES 25 DE MARZO DE 2024

formación de las condiciones de venta dispuestas por el Tribunal. Dará curso además a las notificaciones reglamentarias a la Comisión Nacional de Valores CNV.
Forma de realización y precio base oferta: 1. Acciones sin cotización: en bloque, precio base último VPP auditado y aprobado por asamblea por un total de $
54.193.316,91, bajo el siguiente detalle: Argentina Clearing Inversora S.A., 100 acciones ordinarias escriturales de AC Inversora S.A. Argentina Clearing Inversora S.A.. De los estados financieros al 31/07/2023 surge que el patrimonio neto total a esa fecha es de $ 5.354.876.529, con un VPP por acción de $ 130.606.7446; la participación societaria de ACASA es del 0,2439%, su valor base resulta ser de $
13.060.674,46. Argentina Clearing y Registro S.A.: 100 acciones ordinarias escriturales de Argentina Clearing y Registro S.A. De los estados financieros al 30/06/2023
surge que el patrimonio neto total a esa fecha es de $ 13.351.779,132, con un VPP
por acción de $ 325.635.149; la participación societaria de ACASA es del 0,2439%, con valor base de $ 32.565.314,95. Rofex Inversora S.A.: 575.000 acciones ordinarias escriturales de Rofex Inversora S.A. De los Estados Financieros al 31/07/23
surge que el patrimonio neto total a esa fecha es de $ 7.025.202.826, con un VPP
por acción de $ 14,8997, la participación societaria de ACASA es del 0,1239% con un valor base de $ 8.567.327,50. 2. Acciones con cotización: la cantidad de 115.756
ordinarias escriturales de la sociedad Matba Rofex S.A., sin oferta mínima de cantidad, el precio base será el valor promedio de cierre de las últimas 5 ruedas anteriores a la fecha de subasta. Procedimiento: el registro de las ofertas será llevado a través de y en virtud de los procesos adoptados por MAV. Las órdenes de compras podrán ser remitidas por los inversores a los agentes que participen en la subasta quienes la recibirán procesarán e ingresarán al sistema MAV de manera inmediata. Una vez ingresadas al sistema, serán consideradas firmes, excepto por defectos formales cuya baja y reemplazo será solicitada por MAV. Finalizada la subasta no podrán modificarse las ofertas ingresadas, ni podrán ingresarse nuevas.
En relación a las ofertas de las acciones sin cotización, atento que las mismas se realizan en bloque, sólo deberá proponerse el precio límite de la orden. En el caso de las acciones con cotización, deberá consignarse cantidad ofertada, y precio de las mismas. Ante la falta de oferentes, o el incumplimiento de las bases establecidas, la subasta podrá declararse desierta.
Determinación del precio - adjudicación: Finalizada la subasta, las ofertas recibidas, serán ordenadas en el sistema MAV, sobre la base del mayor precio ofrecido, adjudicándose, la totalidad de las acciones no cotizantes, en bloque a la mayor oferta, y a las acciones cotizantes sobre la base del mayor precio ofrecido, hasta completar el monto de la colocación que determinará el precio de corte, de acuerdo a lo siguiente. Todas las ofertas con un precio ofrecido superior al de corte serán adjudicadas en su totalidad a dicho precio. Todas las ofertas con un precio ofrecido igual al precio de corte, serán adjudicadas en su totalidad a dicho precio, pero en caso de sobre demanda, a prorrata sobre la base del monto solicitado sin decimales. Si el precio de corte fuese el mayor valor ofertado y la cantidad de nominales superase los ofrecidos en esta subasta también se adjudicarán a prorrata sobre la base del monto solicitado sin decimales. Aviso de resultado: el monto final de las acciones efectivamente vendidas y su precio, conforme con lo antes detallado, y los demás datos que fueran necesarios a los fines de la liquidación respectiva, serán informados mediante el aviso de resultado publicado en los sistemas MAV, comunicado a las sociedades emisoras, y dentro del expediente judicial. Al finalizar la subasta, se comunicará a los oferentes el precio de corte precio de compra y las cantidades asignadas sujetas a su aprobación. Puesta de manifiesto: las operaciones de subasta serán puestas de manifiesto por el término de 24 horas más el plazo de gracia 24 horas más. Vencido este plazo sin que medien oposiciones, V.S. dictará resolución aprobando las mismas. Notificada en forma urgente, la aprobación a los oferentes el contrato de compra venta queda perfeccionado. Debiendo realizarse la liquidación de las operaciones a las 48 horas hábiles posteriores de la notificación de aprobación. Oposiciones: de mediar oposiciones que no se puedan resolver en un plazo máximo de 48 horas la subasta quedará sin efecto. Transferencias: Culminado el acto, el Agente Liquidador, labrará el acta, con los resultados obtenidos en la misma, la que inmediatamente se presentará en el expediente a fin de proceder a su puesta de manifiesto. Dentro de las 48 horas de aprobadas las operaciones de subasta, V.S. ordenará en el mismo acto, la liquidación y pago definitivo de los fondos correspondientes a las operaciones realizadas y la notificación de las transferencias a las sociedades emisoras no cotizantes para que estas tomen razón de las adjudicaciones en sus libros sociales; y a Caja de Valores a fin de que disponga la transferencia de las acciones subastadas al nuevo adquirente. Asimismo, STC INVERSIONES S.A. a las 48 horas de aprobada la subasta y liquidada las operaciones, procederá a la transferencia de los fondos obtenidas a la cuenta judicial CBU: 0650080103000024508400 - Nº de cuenta: 2450840 abierta para este caso y Tribunal Expediente: 00000000859/1986 - CUIJ 21014912289. Carátula:
ACOPIADORES DE CEREALES ARG S.A. s/Quiebra; Actor: ACOPIADORES DE
CEREALES ARG S.A. s/Quiebra; Motivo: Quiebras; Juzgado: JUZG. 1 INST. DE
DIST. CIVIL Y COMERC. Nº 13 ante el Banco Municipal de Rosario Sucursal 80 Caja Abogados; junto con la acreditación y rendición de las cuentas de subasta.
Gastos, impuestos, aranceles y derechos: Son a cargo exclusivo del comprador los aranceles y derechos, gastos por impuestos, tasas, contribuciones y demás conceptos, así como los gastos e impuestos de transferencia e IVA si correspondiese.
Arancel: 1,3% más IVA tabla de aranceles www.stcinversiones.com.ar. Arancel de licitación Sistema MAV: 0,05% más IVA calculado sobre el valor nominal efectiva-

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mente operado Contrato de Uso - Sistema SEMAV - MAV Recaudo formal de localización del acto de venta: En el acto de subasta se autoriza la intervención exclusiva del órgano sindical art. 274, LCQ en el procedimiento de realización abierto quien en uso de sus facultades delegadas deberá informar al Juzgado cuanto fuera menester a los fines de asegurar la regularidad del acto. Esta venta de acciones ordenada judicialmente en los términos del artículo 215 y concordantes de la LCQ se llevará a cabo desde el domicilio social del enajenador STC Inversiones S.A. sito en calle Corrientes N 730 piso 4 Oficina B de la ciudad de Rosario, en el día, hora y mediante las pautas ordenadas. Rosario, 14 de Marzo de 2024. Lucas Menossi, Secretario.
S/C
516575
Mar. 21 Mar. 25


En los autos caratulados: AGRONEGOCIOS JEWELL S.A. c/LE SERBALL S.A.
s/Cobro de pesos; Expte. Nº 21-02932922-9, que tramitan ante el Juzgado de 1ra.
Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 10 , a cargo de la Dr. Mauro R. Bonato, Secretaría de la Dra. Marianela Maulion, se le hace saber a LE SERBALL S.A., CUIT 30709453463, que se ha dictado lo siguiente: Nº 95. Rosario, 29 de Febrero de 2024. RESEUELVO: 1 Hacer lugar a la demanda incoada por AGRONEGOCIOS JEWELL S.A., condenando a la demandada LE SERBALL S.A., a abonar al actor la cantidad de DÓLARES ESTADUNIDENSES DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO U$D 18.634 con más los intereses indicados en los considerandos precedentes; 2 Costas a la demandada vencida art. 251 C.P.C.P.;
3 Honorarios oportunamente. Insértese y hágase saber. Dr. Mauro Bonato Juez;
Marianela Maulion Secretaria. Rosario, 8 de Marzo de 2024.
$ 60
516589
Mar. 21 Mar. 25
El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9 Nominación de Rosario, Dr. María Fabiana Genesio, notifica al Sr. MARTIN, MARCELO ROBERTO, D.N.I. N 22.316.912, lo declarado en autos: AMBROGI, SERGIO
JOSE c/MARTIN, MARCELO ROBERTO s/Juicio Ejecutivo; C.U.I.J. N 2102839643-8: Rosario, 22/02/2024. Por practicada planilla. Póngase de manifiesto por el término de ley. Notifíquese por cédula, con indicación del monto. Firma: Dra.
VERONICA A. ACCINELLI, Secretaria. Hago saber que la planilla practicada asciende a la suma de pesos ciento ochenta y dos mil novecientos noventa y seis con trece centavos $ 182.996,13. Secretaría, Rosario, 6 de Marzo de 2024. Dra. Verónica A. Accinelli, Secretaria.
$ 50
516635
Mar. 21 Mar. 25

Por disposición de la Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16 Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados: LEDESMA MARIO
RODOLFO c/COOPERATIVA DE VIVIENDAS Y CONSUMO 22 DE ABRIL LIMITADA s/Medida Previa Ejecutivo; CUIJ Nº 21-02892800-6, se ha dictado lo siguiente: Rosario, 30 de agosto 2023. Resolución 527. VISTOS Y CONSIDERANDO:
Estos autos caratulados LEDESMA, MARIO RODOLFO c/COOP DE VIVIENDA Y
CONSUMO 22 DE ABRIL LTDA s/Medida Previa Ejecutivo; CUIJ N 21-02892800, en los que, citada y emplazada la demandada Cooperativa de Vivienda y Consumo 22 de Abril Ltda., mediante edictos a los fines de reconocer la firma y contenido de la documental acompañado - contrato de mutuo de fecha 28/12/2007, cuyo original fue acompañado mediante escrito cargo Nº 14939/2017, conforme surge de las constancias agregadas con el escrito cargo Nº 7077/2023, no ha comparecido persona alguna, todo lo cual se desprende de las constancias de autos, por lo que la actora peticiona se tenga por preparada la vía ejecutiva. Por lo tanto y conforme lo normado por el art. 450 y concordantes del C.P.C.C. RESUELVO: 1 Tener por reconocida la firma y el contenido del contrato de mutuo acompañado mediante escrito cargo Nº 14939/2017 y por preparada la vía ejecutiva. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. María Sol Sedita, Secretaria; Dr. Mauro Bonato, Juez en Suplencia. 15 de Marzo de 2024.
$ 50
516631
Mar. 21 Mar. 25


EL Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de Rosario, Dr. Fernando Mecoli, en los autos caratulados: SPELTA, STELLA MARIS c/MICHELETTI, FERNANDO LUIS GUILLERMO
Y OTROS s/Prescripción Adquisitiva; CUIJ N 21-02971965-6, ha dictado el siguiente decreto: Rosario, 04 de Marzo de 2024. No habiendo comparecido la parte demandada - herederos de FERNANDO LUIS GUILLERMO MICHELETTI - a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Fdo. Dr. Mecoli, Juez; Dra. Rocci, Secretaria. Rosario, 6 de Marzo de 2024. Fdo. Dra. Sabrina Rocci, Secretaria Subr..
50
516587
Mar. 21 Mar. 25
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 de Rosario, Dr. Ezequiel Zabale en autos: GHISELLI MARTA BEATRIZ s/Concurso Pre-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 25/3/2024

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaeseArgentina

Data25/03/2024

Conteggio pagine43

Numero di edizioni707

Prima edizione03/05/2002

Ultima edizione10/07/2024

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