Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 22/3/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / VIERNES 22 DE MARZO DE 2024

tivo alguna para que subsista la obligación alimentaria a su favor, en su caso y de corresponder se le hace saber que podrá ordenarse el cese de la cuota de alimentos. De no ser hallada la demandada en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien le atienda o vecinos, si es que vive allí y únicamente en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación. Por lo tanto, por haber sido ordenado en autos publíquese los edictos citatorios por tres días y en la forma prescripta por el art. 67 del CPCC, para que la demandada conteste dentro del término de 3 días traslado sobre la petición alimentaria de acto, y se le hace saber que podrá ordenarse el cese de la cuota de alimentos dentro de los autos DE FILIPPO MARCELO
ALEJANDRO c/NEUHAUS ROCIO VICTORIA s/Incidente Modificación De Cuota Alimentaria; 21-23852143-9. San Lorenzo, Marzo de 2024. Dra. Mónica Y. Muchiutti, Secretaria.
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Mar. 21 Mar. 25
$ 52,40


Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito N 12 Civil y Comercial de la 1 Nominación de San Lorenzo, Secretaria a cargo del/a Autorizante hace saber a los herederos de JUAN ANTONIO SAVERIO TAURIANI, que se ha iniciado acción de apremio fiscal y que se los cita y emplaza a comparecer en los términos del artículo 597 del C.P.C.C., todo ello conforme lo ordenado en los autos: MUNICIPALIDAD DE PUERTO GENERAL SAN MARTIN c/TAURIANI JUAN ANTONIO
s/Apremio Fiscal Municipal - CUIJ N 21-25443596-9. Publíquese sin cargo por el término de tres días. San Lorenzo, 8 de Marzo de 2024. Dra. Nadia M. Aronne, Prosecretaria.
S/C
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Mar. 21 Mar. 25


Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito N 12 en lo Civil y Comercial de la 1 Nominación de San Lorenzo, la Secretaria que suscribe comunica a SAMUEL DUCATENZEILER que dentro de los autos MUNICIPALIDAD PUERTO
GENERAL SAN MARTIN c/DUCATENZEILER SAMUEL s/Apremio Fiscal Municipal; CUIJ N 21-25443477-6, se ha dictado la siguiente resolución: SAN LORENZO
15 de Septiembre de 2023 T 98, F 491, N 1695; Por presentado, constituido domicilio procesal, en el carácter expresado a mérito del poder general acompañado, que deberá certificarse por ante la Actuaría. Por iniciada la presente acción. Agréguese la documental acompañada. Cítese de remate a la demandada por el término de 8 días bajo apercibimiento de ley art. 7 Ley 5066. Ordénase el embargo sobre el inmueble de la demandada, hasta cubrir la suma de $ 3.220.347,97 con más la suma de $ 966.104,39 en concepto de intereses futuros. Hágase saber al peticionante de la cautelar una vez que la misma sea trabada deberá notificar por cédula el presente a los fines de que haga la presentación que por derecho le pudiere corresponder, estando a cargo del actor el pronto diligenciamiento de la misma. Publíquese sin cargo por 3 días en el BOLETÍN OFICIAL. Art. 28 Ley 5066. San Lorenzo, 12 de Marzo de 2024. Dra. Luz María Gamst, Secretaria.
S/C

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Mar. 21 Mar. 25


VILLA CONSTITUCION


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO

Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N14 de Villa Constitución, se ha ordenado dentro de los autos PARDO S.A. c/ RODRIGUEZ PABLO s/ Juicio Ejecutivo, CUIJ 21-23485248-2, por decreto N 649, F 108, T 114 de Fecha 13 de Junio del año 2.022.- Por presentada, con domicilio ad litem constituido, por parte y en el carácter invocado a mérito del poder general que en fotocopia certificada acompaña y se agrega. Por iniciada la acción que expresa. Imprímase a los presentes el trámite del Juicio Ejecutivo. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de tres 3 días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Agréguense las copias impresas de los pagarés acompañados. Hágase saber al actor que deberá exhibir sus originales al momento de solicitar la citación de remate, atestándose certificación por la Actuaria en las referidas copias. Se deja constancia que no se acompaña sobre para reservar en Secretaría. Trábese el embargo solicitado sobre los haberes y/o indemnizaciones que perciba el demandado, en la proporción establecida en la ley nacional Y-0132 antes ley 9511, hasta cubrir la suma de $ 88.812,80 en concepto de capital con más la suma de $ 62.169, estimada provisoriamente para intereses y costas futuras. Líbrese a sus efectos oficio a la empleadora haciéndole saber que los fondos retenidos deberán depositarse en una cuenta del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Sucursal Villa Constitución, que abrirá el Juzgado para estos autos y cuya CBU se le indicará en el referido oficio. Al pedido de sentencia, en su oportunidad, si correspondiere y previo debido proceso legal. Notifíquese por cédula que firmará la Actuaria Art. 25 inc 3 CPCC. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. que se cite y emplace al Sr. Sergio Zalazar, DNI 32.072.905, para que comparezca dentro del término de diez días a estar a derecho, bajo apercibimiento de declararlo en rebeldía y continuar el trámite sin su representación.- Publíquese en el BOLETÍN OFICIAL, por tres días, a tenor de lo dispuesto por el art. 73 CPCC. Secretaría, de Agosto de 2.014. Adriana Silvia Oronao -Secretaria.
$ 52,50

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Mar. 20 Mar. 22

Pág. 46

Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N14 de Villa Constitución, se ha ordenado hacer saber que en los autos PARDO SA. c/ GOMEZ DANIEL s/ Juicio Ejecutivo. CUIT N 21-23485468-9. Se ha dictado el decreto del siguiente tenor: N 1.217, F 248, T 115 VILLA CONSTITUCION, 26 de Septiembre de 2.022. Por presentada, con domicilio ad litem constituido, por parte y en el carácter invocado a mérito del poder general que en fotocopia certificada acompaña y se agrega. Por iniciada la acción que expresa. Imprímase a los presentes el trámite del Juicio Ejecutivo. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de tres 3 días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Agréguese la copia impresa del pagaré acompañado. Hágase saber al actor que deberá exhibir su original al momento de solicitar la citación de remate, atestándose certificación por la Actuarla en la referida copia. Se deja constancia que no se acompaña sobre para reservar en Secreta ría. Trábese el embargo solicitado sobre los haberes y/o indemnizaciones que perciba el demandado, en la proporción establecida en la ley nacional Y-0132 antes ley 9511, hasta cubrir la suma de $ 28.748,77 en concepto de capital con más la suma de $ 20.124, estimada provisoriamente para intereses y costas futuras. Líbrese a sus efectos oficio a la empleadora haciéndole saber que los fondos retenidos deberán depositarse en una cuenta del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Sucursal Villa Constitución, que abrirá el profesional -conforme Circular N 33/22 de fecha 14/03/2022- para estos autos y cuya CBU se le indicará en el referido oficio. Al pedido de sentencia, en su oportunidad, si correspondiere y previo debico proceso legal. Notifíquese por cédula que firmará la Actuarla Art. 25 inc 3 CPCC Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Publíquese en el BOLETÍN OFICIAL, por tres días, a tenor de lo dispuesto por el art. 73 CPCC. Secretaria, Septiembre de 2.023.- Dr. Diógenes Diosdado Drovetta - Juez - Dra. Analia VicenteSecretaría.
$ 52,50

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Mar. 20 Mar. 22


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N14 de Villa Constitución, se ha ordenado hacer saber que en los autos PARDO S.A. c/ AGUIRRE
ADRIANA MARIA s/ Juicio Ejecutivo. CUIJ N 21-23485482-5. Se ha dictado la providencia del siguiente tenor: VILLA CONSTITUCION, 28 de Septiembre de 2.022.
Por presentada, con domicilio ad litem constituido, por parte y en el carácter invocado a mérito del poder general que exhibe y se le devuelve, dejándose fotocopia certificada en autos. Por iniciada la acción que expresa. Imprímasele a los presentes el trámite del Juicio Ejecutivo. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de tres 03 días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Agréguese la copia impresa del pagaré acompañado. Hágase saber al actor que deberá exhibir su original al momento de solicitar la citación de remate, atestándose certificación por la Actuaria en la referida copia. Se deja constancia que no se acompaña sobre para reservar en Secretaría. Previo a la traba del embargo solicitado, ofíciese a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe a fin de que informe el monto de haber jubilatorio que percibe mensualmente la demandada.. Al punto 5, en su oportunidad, previo debido proceso legal. Notifíquese por cédula. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina.
Publíquese en el BOLETÍN OFICIAL, por tres días, a tenor de lo dispuesto por el art.
73 CPCC. Secretaria, Febrero de 2.024.- Dr. Diógenes Diosdado Drovetta - Juez Dra. Analía Vicente Secretaria.
$ 52,50

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Mar. 20 Mar. 22


VENADO TUERTO


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO

Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N 3 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo de la Dra.
María Celeste Rosso, Jueza; Secretaria de la Dra. Luciana Parenti; dentro de los autos caratulados: BARSOLA NIDIA EDIT c/MOSKATELO CAROLINA CEFERINA
s/Daños Y Perjuicios; CUIJ 21-24620308-0, se ha dispuesto hacer efectivos los apercibimientos decretados y declararse rebelde a la demandada Sra. Moskatelo Carolina Ceferina, DNI Nº 23.083.199, y proseguir el juicio sin su representación.
Dra. Rosso, Jueza; Dra. Olmedo, Secretaria. Venado Tuerto, 11 de Diciembre de 2023.
$ 45

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Mar. 21 Mar. 25


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2 Nom. SEC. UNICA. se llama a sucesores y/o herederos y/o legatarios de don JUAN CARLOS GASSER y/o JUAN CARLOS CASSAL, de nacionalidad argentino, mayor de edad, desconociendo demás datos, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos en el término de ley. Autos OSCAR, ALBA LUZ
c/GASSER Y/O GASSAL, JUAN CARLOS s/Prescripción Adquisitiva; CUIJ N 2124620839-2 - Año 2023. Venado Tuerto, 2024.
$ 45

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Mar. 18 Mar. 22

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 22/3/2024

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaeseArgentina

Data22/03/2024

Conteggio pagine47

Numero di edizioni718

Prima edizione03/05/2002

Ultima edizione25/07/2024

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