Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 22/3/2024

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / VIERNES 22 DE MARZO DE 2024

mente operado Contrato de Uso - Sistema SEMAV - MAV Recaudo formal de localización del acto de venta: En el acto de subasta se autoriza la intervención exclusiva del órgano sindical art. 274, LCQ en el procedimiento de realización abierto quien en uso de sus facultades delegadas deberá informar al Juzgado cuanto fuera menester a los fines de asegurar la regularidad del acto. Esta venta de acciones ordenada judicialmente en los términos del artículo 215 y concordantes de la LCQ se llevará a cabo desde el domicilio social del enajenador STC Inversiones S.A. sito en calle Corrientes N 730 piso 4 Oficina B de la ciudad de Rosario, en el día, hora y mediante las pautas ordenadas. Rosario, 14 de Marzo de 2024. Lucas Menossi, Secretario.
S/C
516575
Mar. 21 Mar. 25


En los autos caratulados: AGRONEGOCIOS JEWELL S.A. c/LE SERBALL S.A.
s/Cobro de pesos; Expte. Nº 21-02932922-9, que tramitan ante el Juzgado de 1ra.
Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 10 , a cargo de la Dr. Mauro R. Bonato, Secretaría de la Dra. Marianela Maulion, se le hace saber a LE SERBALL S.A., CUIT 30709453463, que se ha dictado lo siguiente: Nº 95. Rosario, 29 de Febrero de 2024. RESEUELVO: 1 Hacer lugar a la demanda incoada por AGRONEGOCIOS JEWELL S.A., condenando a la demandada LE SERBALL S.A., a abonar al actor la cantidad de DÓLARES ESTADUNIDENSES DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO U$D 18.634 con más los intereses indicados en los considerandos precedentes; 2 Costas a la demandada vencida art. 251 C.P.C.P.;
3 Honorarios oportunamente. Insértese y hágase saber. Dr. Mauro Bonato Juez;
Marianela Maulion Secretaria. Rosario, 8 de Marzo de 2024.
$ 60
516589
Mar. 21 Mar. 25


El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9 Nominación de Rosario, Dr. María Fabiana Genesio, notifica al Sr. MARTIN, MARCELO ROBERTO, D.N.I. N 22.316.912, lo declarado en autos: AMBROGI, SERGIO
JOSE c/MARTIN, MARCELO ROBERTO s/Juicio Ejecutivo; C.U.I.J. N 2102839643-8: Rosario, 22/02/2024. Por practicada planilla. Póngase de manifiesto por el término de ley. Notifíquese por cédula, con indicación del monto. Firma: Dra.
VERONICA A. ACCINELLI, Secretaria. Hago saber que la planilla practicada asciende a la suma de pesos ciento ochenta y dos mil novecientos noventa y seis con trece centavos $ 182.996,13. Secretaría, Rosario, 6 de Marzo de 2024. Dra. Verónica A. Accinelli, Secretaria.
$ 50
516635
Mar. 21 Mar. 25


Por disposición de la Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16 Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados: LEDESMA MARIO
RODOLFO c/COOPERATIVA DE VIVIENDAS Y CONSUMO 22 DE ABRIL LIMITADA s/Medida Previa Ejecutivo; CUIJ Nº 21-02892800-6, se ha dictado lo siguiente: Rosario, 30 de agosto 2023. Resolución 527. VISTOS Y CONSIDERANDO:
Estos autos caratulados LEDESMA, MARIO RODOLFO c/COOP DE VIVIENDA Y
CONSUMO 22 DE ABRIL LTDA s/Medida Previa Ejecutivo; CUIJ N 21-02892800, en los que, citada y emplazada la demandada Cooperativa de Vivienda y Consumo 22 de Abril Ltda., mediante edictos a los fines de reconocer la firma y contenido de la documental acompañado - contrato de mutuo de fecha 28/12/2007, cuyo original fue acompañado mediante escrito cargo Nº 14939/2017, conforme surge de las constancias agregadas con el escrito cargo Nº 7077/2023, no ha comparecido persona alguna, todo lo cual se desprende de las constancias de autos, por lo que la actora peticiona se tenga por preparada la vía ejecutiva. Por lo tanto y conforme lo normado por el art. 450 y concordantes del C.P.C.C. RESUELVO: 1 Tener por reconocida la firma y el contenido del contrato de mutuo acompañado mediante escrito cargo Nº 14939/2017 y por preparada la vía ejecutiva. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. María Sol Sedita, Secretaria; Dr. Mauro Bonato, Juez en Suplencia. 15 de Marzo de 2024.
$ 50
516631
Mar. 21 Mar. 25


EL Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de Rosario, Dr. Fernando Mecoli, en los autos caratulados: SPELTA, STELLA MARIS c/MICHELETTI, FERNANDO LUIS GUILLERMO
Y OTROS s/Prescripción Adquisitiva; CUIJ N 21-02971965-6, ha dictado el siguiente decreto: Rosario, 04 de Marzo de 2024. No habiendo comparecido la parte demandada - herederos de FERNANDO LUIS GUILLERMO MICHELETTI - a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Fdo. Dr. Mecoli, Juez; Dra. Rocci, Secretaria. Rosario, 6 de Marzo de 2024. Fdo. Dra. Sabrina Rocci, Secretaria Subr..
$ 50
516587
Mar. 21 Mar. 25

Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 de Rosario, Dr. Ezequiel Zabale en autos: GHISELLI MARTA BEATRIZ s/Concurso Preventivo - 21-01127676-5 1224/2014, se ha dispuesto lo siguiente: Resolución N
16. Rosario, 14/02/24: RESUELVO: 1 Declarar la quiebra de Ghiselli Marta Beatriz, LC 6.234.516, con DOMICILIO REAL en calle VIRASORO 2061 de Rosario y domicilio ad litem en SAN MARTIN 3112, 2 B de Rosario, de Rosario. 2 Anótese la inhibición general del fallido en el Registro General de Propiedades. 3 Ordenar la liquidación de los bienes de la fallida por el sistema que proponga la sindicatura dentro del término de diez días. 4 Ofíciese a los Registros Público de Comercio y de Procesos Concursales y efectúe las comunicaciones de ley art. 132 LCQ. 5

Pág. 43

Cumpliméntese con la realización de un inventario de bienes de la fallida. 6 Intímese al fallido y a los terceros que detenten bienes y documentos de aquel a ponerlos a disposición de la Sindicatura. 7 Intímese al deudor para que dentro de la 24 horas haga entrega de los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 8 Prohíbese hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de ser los mismos ineficaces. 9 Líbrese los despachos que fuera menester a los fines de interceptar la correspondencia del fallido y entregarla al Síndico. 10 Hágase saber a la fallido y/o sus administradores que no podrán ausentarse del país sin autorización judicial hasta la presentación del informe general por la sindicatura.
Ofíciese a los organismos pertinentes a fin de asegurar el cumplimiento de la mencionada prohibición. 11 Postérgase el sorteo de martillero a la fecha de presentación del informe general. 12º Ordenar que continúe actuando en los presentes el síndico ya designado en autos para el trámite del concurso preventivo. 13 Desígnese funcionario incautador en el presente proceso falencial a la Sindicatura quien a tal efecto tendrá facultad de allanar domicilio y requerir el uso de la fuerza pública, otorgándosele la credencial correspondiente. 14 Notifíquese a la API, a la AFIP y Municipalidad de Rosario. 15 Líbrense los despachos que fuere menester para hacer efectivo el fuero de atracción dispuesto por el Art. 132 de la Ley 24.522. 16
Hágase saber al fallido y/o sus administradores que cualquier enajenación, simulación, ocultamiento o disminución al valor de bienes que componen su activo será considerada incursión en el delito de quiebra fraudulenta y se remitirán los antecedentes al Ministerio Público de la Acusación. 17º Publíquense edictos de ley. Insértese y hágase saber. Firmado Dr. Federico Lema, Secretario; Dr. Ezequiel Zabale, Juez.
S/C
516581
Mar. 21 Mar. 27


La Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 13ra. Nominación de la ciudad de Rosario, Dra. Verónica Gotlieb, ha dispuesto declarar la rebeldía de los herederos de Pedro Celestino Montenegro DNI 16.985.490, atento que los mismos no han comparecido a estar a derecho dentro los autos caratulados TURANO, PAOLA LEONOR Y OTROS c/ MONTENEGRO, MATIAS
EDUARDO Y OTROS s/ Daños Y Perjuicios CUIJ 21-11871354-8, por lo cual el juicio seguirá sin su representación, conforme la providencia que así lo dispone y que se transcribe: Firmado: Dra. Verónica Goltieb Jueza - Dr. Lucas Menossi Secretario .En la ciudad de Rosario y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE CVSF, Acta n14 de fecha 13-0520 pto. XV se provee: Agréguese la constancia acompañada. Informando verbalmente el Actuario que no existen escritos sueltos pendientes de agregación para estos autos y que los herederos de Pedro Celestino Montenegro no han comparecido a estar a derecho, decláraselos rebeldes y prosiga el juicio sin su representación. Notifiquese mediante la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL y el Hall de Tribunales. Asimismo, notíquese por cédula a los herederos. A la firma de cédula: como lo solicita. Fdo. Dra. Verónica Gotlieb Jueza; Fdo.Lucas Menossi Secretario Secretaria a cargo del Dr. Lucas Menossi.Rosario, 13 de marzo de 2024.
S/C
516550
Mar. 20 Mar. 22
Por disposición del Sr. Juez en Suplencia de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 15ta. Nominación de Rosario, Dr. Marcelo Quiroga, Secretaria de la Dra. Ma. Eugenia Sapei, dentro de los autos caratulados MERELE DE
CESARI, VICTORIA s/ Sumaria Información - 21-02978403-2 22/2024, se hace saber que Merele De Cesari Victoria, argentina, soltera, nacida el 18 de agosto de 1992, titular del DNI N 37.041 .818, hija de Miguel Angel Merele y de Griselda Esperanza De Cesan, con domicilio en calle Pasaje Pinzon N 1040 de esta ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, solicitó su inscripción en la Matrícula del Colegio de Escribanos de Rosario. Publicación por el término de 3 días.
$ 50
516419
Mar. 20 Mar. 22
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de circuito N 5 de Rosario, en autos MAXIMO CLAUDIO Y OTRA c/ LLEONART SANTIAGO FEDERICO s/ Otras Diligencias USUCAPION, CUIJ N 21.02948338-5 se hace saber que por decreto de fecha 02 de febrero de 20234 se dicto Lo siguiente: Informándose verbalmente por Secretaría en este acto que La parte emplazada no ha comparecido s esta a derecho se declara La rebeldía de Los herederos de LLEONARD SANTIAGO FEDERICO. Notifíquese por edictos.
$ 50
516421
Mar. 20 Mar. 22

EL Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito de la 14º Nominación de Rosario. en la causa: Banco Municipal de Rosario c/MARTIN, Patricia s/demanda Ejecutiva, Expte. N 691/2019, se hace saber que se ha dictado la siguiente sentencia: N 15
Rosario. 06/02/2024. Y VISTOS: . .Y CONSIDERANDO: . .FALLO: 1.- Seguir adelante la ejecución hasta tanto la actora se haga íntegro Cobro de la suma de $71.145.,39 con irás los intereses pactados en cuanto los mismos no superen La tasa activa sumada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A y en caso de superarla se aplicará dicha tasa. todo ello Con mas el IVA correspondiente desde la fecha de la mora y hasta el día de su efectivo pago, en los términos expuestos en la parte de los fundamentos de la presente IIImponer costas al vencido Art 251 CPCyC. IIIDiferir la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva. IVNotificar la presente sentencia al Ministerio Público Fiscal. insértese y hágase saber. Fdo.: Dr. Quaglia Juez. - Dra. Beltraine Prosecretaria. Rosario 22 de febrero de 2024. Fdo. Dra. Beltrame Prosecretaria.
$ 50
516425
Mar. 20 Mar. 22
El Sr. Juez de 1era Inst. de Distrito Civil y Comercial de la 2 Nominación de Ro-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 22/3/2024

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaeseArgentina

Data22/03/2024

Conteggio pagine47

Numero di edizioni719

Prima edizione03/05/2002

Ultima edizione26/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Marzo 2024>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31