Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 13/3/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / MIERCOLES 13 DE MARZO DE 2024

rectorio, o dos Directores en actuación conjunta. FISCALIZACIÓN ARTÍCULO DECIMOSEGUNDO: La sociedad decide prescindir de la sindicatura, delegando en los accionistas la fiscalización que pudiere corresponder por el desarrollo de los negocios sociales. ASAMBLEA ARTÍCULO DECIMOTERCERO: Toda Asamblea debe ser citada simultáneamente en primera y segunda convocatoria, en la forma establecida para la primera por el art. 237 de la ley 19.550, sin perjuicio de lo allí dispuesto para el caso de Asamblea Unánime. La Asamblea en segunda convocatoria ha de celebrarse el mismo día, una hora después de la fijada para la primera. ARTÍCULO DECIMOCUARTO: Rigen el quorum y mayorías determinados por los artículos 243 y 244 de la Ley 19.550, según la clase de Asamblea, convocatoria y materia de que se trate, excepto en cuanto al quorum de la Asamblea Extraordinaria en segunda convocatoria, la que se considerará constituída cualquiera sea el número de accionistas presentes con derecho a voto. EJERCICIO SOCIAL ARTÍCULO DECIMOQUINTO: El ejercicio social cerrará el día 31 de diciembre de cada año, a esa fecha se confeccionarán los estados contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas de la materia. La Asamblea puede modificar la fecha de cierre del ejercicio inscribiendo la resolución pertinente en el Registro Público y comunicándola a la autoridad de control. Las ganancias realizadas y líquidas se destinarán: a Cinco por ciento hasta alcanzar el 20% del capital suscripto, para el Fondo de Reserva Legal; b A remuneración del Directorio y Síndico, en su caso; c A dividendo de las acciones preferidas, con prioridad los acumulativos impagos; d El saldo, en todo o en parte, a participación adicional de las acciones preferidas y a dividendo de las acciones ordinarias, o a fondos de reserva facultativos o de previsión o a cuenta nueva o a destino que determine la Asamblea. Los dividendos deben ser pagados en proporción a la respectiva integración, dentro del año de su sanción. ARTÍCULO
DECIMOSEXTO: La liquidación de la sociedad puede ser efectuada por el Directorio o por el liquidador designado por la Asamblea bajo vigilancia del Síndico en su caso. Cancelado el pasivo y reembolsado el capital, el remanente se repartirá entre los accionistas con las preferencias indicadas en el artículo anterior.
Santa Fe, 07 de marzo de 2024.
Fdo. Dr. Jorge Eduardo Freyre Secretario.$ 600
516305
Mar. 13


ESTABLECIMIENTO FONTANELLAS S.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES

Razón Social: ESTABLECIMIENTO FONTANELLAS S.A. CUIT 3051013196-3
Domicilio Legal: Entre Ríos 150 - Piso 9 - Dpto A - Rosario - Pcia. de Santa Fe.
Datos inscripción R.P.C: Estatutos: Tomo 99 Folio 6650 Nro. 1230 del 9
de NOVIEMBRE de 2018
Fecha instrumento: 21/04/2023
Consideración de la gestión del Directorio: Toma la palabra la Sra. Maria Rosa Fontanellas y propone la aprobación de la Gestión del Directorio y su ratificación por el periodo de dos años. La moción se aprueba por unanimidad. El directorio queda conformado de la siguiente manera:
Presidente a: MARTA MARIA FONTANELLAS DNI 10.410.778 Vice-Presidente a: ANA MARIA FONTANELLAS L.C. 4.578.255
Director titular a: MARIA ROSA FONTANELLAS DNI 4.457.700
Director Suplente a: MARIA EUGENIA FONTANELLAS DNI 5.240.242
Domicilios electrónicos:
MARIA MARTA FONTANELLAS : mmfp2001@hotmaiL.com, ANA
MARIA FONTANELLAS : anafontanellas@hotmail.com MARIA ROSA FONTANELLAS: agustincalore@estudio-calore.com.ar MARIA EUGENIA FONTANELLAS : marcosgiani@hotmail.com ESTABLECIMIENTOS FONTANELLAS S.A. Juancalore@estudiocalore.com.ar $ 100
515932
Mar. 13


F.A.V S.R.L.

ADJUDICACION DE PARTICIPACION SOCIAL

Por estar así dispuesto en los autos caratulados: F.A.V. SRL s/Partición Extrajudicial Por Disolución De Sociedad Conyugal - CUIJ 21-052123345, de tramite por ante el Registro Público de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, se hace saber que por Acuerdo Partitivo previo al dictado de la Sentencia de Divorcio, suscripto por Susana Beatriz Garat, DNI 12.494302 y el Sr Nestor Anibal Schreyer, DNI 12.708.340, en fecha 10.12.2021 y; Sentencia de Divorcio de los nombrados: Nro. 367, Folio 422, Tomo 44 dictada en los autos GARAT, SUSANA BEATRIZ Y
SCHREYER, NESTOR ANIBAL s/ Divorcio - CUIJ 21-26301886-6 de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nro. 19 de la ciudad de Esperanza, Provincia de Santa Fe; le fueron adjudicadas al Sr.
Nestor Anibal Schreyer: TRESCIENTAS TREINTA Y TRES 333 CUOTAS
DE CAPITAL DE LA SOCIEDAD FAV S.R.L., con domicilio legal en calle
Pág. 25

S. Weidmann nº 2980 de la ciudad de Esperanza, e inscripta en el Registro Público de la ciudad de Santa Fe bajo el Nro. 575, Folio 151 vlto del Libro 10 de SRL en fecha 22.12.1992 y modificatorias.SANTA FE, 29 de Febrero de 2024.Dr. Jorge E. Freyre,secretario.
$ 50
515817
Mar. 13


EL EMPORIO DEL AJO S.R.L
MODIFICACION DE CONTRATO

Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Registro Público de Rosario se realiza la siguiente publicación de la sociedad EL EMPORIO DEL
AJO S.R.L:
1. Datos de los socios: MARCELO GABRIEL RULLO, argentino, DNI
24.586.994, CUIT 2024586994-1, soltero, nacido el 23/12/1975, de profesión comerciante, domiciliado en la calle Av. Carballo 230 Torre 4 Piso 4 B de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe; PASCUAL ALEJANDRO RULLO, argentino, DNI 24.282.073, CUIT 20-24282073-9, casado en primeras nupcias con Jimena Amalia Gálvez, nacido el 11/12/1974, de profesión comerciante, domiciliado en la calle Av. Carballo 230 Torre 4 Piso 4 B, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe;
y MARTIN JORGE FERNANDEZ, argentino, DNI 25.007.231, CUIT 2025007231-8, nacido el 03/02/1976, de profesión comerciante, soltero, domiciliado en Azcuenaga 8373 Piso 1 Dpto 2 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.2. Fecha del Instrumento: Rosario, provincia de Santa Fe, 27 de Febrero 2024.3. Denominación social: EL EMPORIO DEL AJO S.R.L.
4. Plazo de duración: Se prorroga la vigencia de la sociedad por el termino de diez años, a contar desde su vencimiento, es decir desde el 2503-2024.5. Objeto social: Se modifica el objeto social, quedando redactada la cláusula de la siguiente manera: CUARTA: OBJETO: la sociedad tendrá por objeto: a la compra y venta de frutas, legumbres y hortalizas por cuenta propia, en comisión y/o consignación, así como también la importación y exportación de los mismos b Venta al por mayor de productos de almacén. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, como así también para ejercer todos aquellos actos que no estén prohibidos por este contrato o por las leyes.5. Capital social: Se aumenta el capital social a la suma de $750.000
pesos setecientos cincuenta mil dividido en 750.000 setecientas cincuenta mil cuotas partes de $1 pesos uno cada una. El aumento de $
600.000 pesos seiscientos mil, es suscripto por los socios en la misma proporción que tenían éstos antes del aumento e integrado de la siguiente manera: Rullo Marcelo Gabriel suscribe 390.000 trescientos noventa mil cuotas partes de $ 1 pesos uno cada una, o sea la suma de $ 390.000
pesos trescientos noventa mil, integrando en este acto en efectivo la suma de $ 97.500 pesos noventa y siete mil quinientos y el saldo $
292.500 doscientos noventa y dos mil quinientos dentro de los 2 años posteriores a la fecha; Rullo Pascual Alejandro suscribe 180.000 ciento ochenta mil cuotas partes de $1 pesos uno cada una, o sea la suma de $ 180.000 pesos ciento ochenta mil, integrando en este acto en efectivo la suma de $ 45.000 pesos cuarenta y cinco mil y el saldo $ 135.000
pesos ciento treinta y cinco mil dentro de los 2 años posteriores a la fecha y Martín Jorge Fernández suscribe 30.000 treinta mil cuotas partes de $ 1 pesos uno cada una, o sea la suma de $30.000 pesos treinta mil, integrando en este acto en efectivo la suma de $ 7.500 pesos siete mil quinientos y el saldo $ 22.500 pesos veintidós mil quinientos dentro de los 2 años posteriores a la fecha.6. Administración, dirección y representación: Se modifica la cláusula referida a la administración y representación, quedando redactada así:
SEXTA: ADMINISTRACION, DIRECCION Y REPRESENTACION: La administración de la sociedad estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no, quienes tendrán facultades para comprometerla firmando en forma individual e indistinta cualquiera de ellos, con sus firmas precedidas de la denominación social, que estamparán en sello o de su puño y letra. Los gerentes podrán, en el cumplimiento de sus funciones, efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en los artículos 375 y 942 del Código Civil y Comercial y al 90 del Decreto Ley 5.965/63, con la única excepción de comprometerse en prestaciones a título gratuito ni en la prestación de fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad y cumpliendo en todos los casos con las decisiones y expresas directivas emanadas de las reuniones de socios.7. Fiscalización: se modifica la cláusula referida a la fiscalización, quedando redactada de la siguiente forma: SÉPTIMA: FISCALIZACION: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios, quienes tendrán las más amplias facultades de inspección y fiscalización de las operaciones sociales, pudiendo examinar en cualquier momento la contabilidad, documentos y demás comprobantes de la sociedad, en un todo de acuerdo a las disposiciones del artículo 55 de la ley 19.550. La volun-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 13/3/2024

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaeseArgentina

Data13/03/2024

Conteggio pagine52

Numero di edizioni703

Prima edizione03/05/2002

Ultima edizione03/07/2024

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