Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 29/12/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / VIERNES 29 DE DICIEMBRE DE 2023

a su apoderado de concurrir a la audiencia ni de realizar los actos procesales concernientes a la misma; salvo el supuesto contemplado en el párrafo anterior. Si el ofrecimiento de prueba fuera realizado por, un abogado o procurador que patrocinó al litigante ausente en alguno de sus escritos anteriores, se tendrá por válido si fuera ratificado por el mismo hasta el tercer día hábil posterior a la audiencia. Dicha ratificación es independiente al hecho que finalmente se justifique o no su ausencia. III.Justificación de Ausencia: En caso de que una o ambas partes justificaren su inasistencia a la audiencia hasta el tercer día hábil posterior a su realización, el juez fijará una nueva fecha de audiencia, dentro del período de prueba, al solo efecto de la conciliación y de rendir la confesional del impedido, si esta prueba se hubiere ofrecido oportunamente. En caso contrario, se aplicarán los apercibimientos previstos en este Código para el ausente. ARTÍCULO 66 - Notificación. Apercibimiento.
Además de la notificación a su apoderado en el domicilio legal, el absolverte será citado en su domicilio real, con una anticipación no menor de tres días al acto y con apercibimiento de que si faltare sin justa causa será tenido por confeso sobre los hechos expuestos en la demanda o su contestación, salvo prueba en contrario.Dr. Ricardo Sullivan Secretario.
S/C
512978
Dic. 28 Feb. 1


TRIBUNAL COLEGIADO

Pág. 37

Por disposición del Sr. Juez del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la 2da. Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Bonomelli, en autos:
FERRONI, CLAUDIO DANIEL Y OTROS c/LOPEZ, NAHUEL ALEJANDRO s/Daños Y Perjuicios; CUIJ 21-11891452-7, se ha ordenado citar y emplazar a comparecer en autos al demandado LOPEZ NAHUEL ALEJANDRO, DNI 41.947.750, notificando por edictos el siguiente proveído: ROSARIO, 29 de Noviembre de 2023 En la fecha se agrega el escrito cargo N 29394/23 y se provee: Atento lo solicitado y constancias en autos, cítese al demandado LOPEZ NAHUEL ALEJANDRO a comparecer a estar a derecho por medio de edictos los que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL, por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69 73
y 548 del C.P.C. Firmado: Dr. Christian Bitetti Secretaría - Dr. Edgardo Bonomelli Juez. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario, de Diciembre de 2023. Nota: Publicar durante 5 cinco días en el BOLETÍN OFICIAL.
Dra. Melody Kaffman, Prosecretaria.
$ 50
512869
Dic. 28 Feb. 5


Por disposición del tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual 2º de Rosario a cargo del Dr. Bonomelli, Juez; Dr. Bitetti, Secretario y en autos CARPANETTO NICOLAS JAVIER c/PEREZ JUAN EMANUEL Y/O s/Daños Y Perjuicios, se hace saber que se ha dictado el siguiente decreto: ROSARIO, 15/08/2023
Atento que el demandado Pérez, Juan Emanuel no compareció a estar a derecho ni contestó la demanda pese a encontrarse debidamente notificado, decláreselo rebelde. Notifíquese por edictos. Fdo: Dr. CHRISTIAN BITETTI Secretario; Dr. EDGARDO BONOMELLI Juez. Rosario, 9 de noviembre de 2023.
$ 40
512872
Dic. 28 Feb. 1


La Señora Jueza de trámite del Tribunal Colegiado de Familia de la 7 Nominación de Rosario, dentro del expediente SÁNCHEZ, BYRON VALENTIN s/titularidad y ejercicio de la responsabilidad parental, delegación guarda; CUIJ 21-11388862-5, hace saber a la Señora MAIRA CECILIA ESCOBAR, DNI N 38.133.136, que se ha dictado la siguiente resolución: Nº 4418. Rosario, 13 de noviembre de 2023. Y VISTOS Y CONSIDERANDO RESUELVO: 1.- Otorgar a GLADIS ESTER ESCOBAR, DNI N 13.793.165, la guarda de su sobrino nieto BYRON VALENTIN
SANCHEZ, DNI N 53.503477, por un plazo de un año a partir del dictado de la presente a cuyo vencimiento deberá practicarse un informe ambiental, a través de la Trabajadora Social, a los efectos de ponderar la procedencia de la prórroga de la guarda otorgada. 2- Requiérase a la Actuaría proceda a dejar nota respectiva en el libro de guardas que se lleva en esta Sede. 3- Notificar a los progenitores la presente. Insértese y hágase saber. CUIJ N 21-11388862-5. Fdo. Dra. María Silvia Zamanillo, secretaria. Dra. Gabriela Ester Topino, Jueza. Publíquense edictos BOLETÍN OFICIAL y Hall de Tribunales por el término de ley SIN CARGO. Dra. Maria Silvia Zamanillo, Secretaria.
S/C
512824
Dic. 28 Feb. 1


Por disposición del Tribunal Colegiado de Familia de la Tercera Nom. de Rosario se hace saber que en el expediente CASERMEIRO, CARINA ALEJANDRA c/PERALTA, CLAUDIO GUSTAVO s/Apremios 21-24829590-9, se ha resuelto por Auto 988 del 14/04/23 ampliar el embargo ejecutivo trabado mediante auto N 1695 sobre el 50% del inmueble sito en calle La Tradición s/n, a 30m de comandante espora, de la localidad de Funes, Departamento Rosario, inscripto en Tomo 825, Folio 145, Número 353564 del Registro de Propiedad de Rosario, siempre que el dominio del mismo se encuentre en cabeza del demandado, Sr. Peralta Claudio Gustavo, por la suma total de $ 369.212,73 según planilla aprobada en autos conexos mediante auto N 2798.
$ 50
512954
Dic. 28 Feb. 1


Por disposición de la Dra. Maria Paula Mangani, Jueza del Tribunal Colegiado de Familia de la Cuarta Nominación de Rosario, se ha dispuesto notificar a ANDREA
SOLEDAD GONZALEZ DNI 32.962.608 lo siguiente: Nº 5421. Rosario, 15/12/2023.
Y VISTOS Y CONSIDERANDO RESUELVO: 1 Ratificar la Resolución Definitiva Nº 130/2023 de la medida de protección excepcional dispuesta en relación a NAIR
SOLANGE SOSA, titular del DNI Nº 49.041.167, nacida en fecha 8 de diciembre del 2008, hija de la Sra. Andrea Soledad González, DNI Nº 32.962.608 y del Sr. Sergio Daniel Sosa, DNI Nº 24.351.774. II Privar de la responsabilidad parental a la Sra. ANDREA SOLEDAD GONZALEZ, DNI Nº 32.962.608 y al Sr. SERGIO DANIEL
SOSA, DNI Nº 24.351.774, respecto de su hija NAIR SOLANGE SOSA. III Otorgar la tutela de NAIR SOLANGE SOSA, a la Sra. LILIANA DEL CARMEN COLLA, DNI
Nº 21.579.444, la que deberá concurrir en día y hora hábil de audiencia a aceptar el cargo ante la Actuaria. IV Dar intervención al Servicio Local de Niñez a los fines de hacer el acompañamiento y seguimiento del caso. Insértese y hágase saber.
Fdo: Dra. Mangani jueza; Dra. Barbieri secretaria.

Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado del Tribunal Colegiado de Primera Instancia de Familia 3ra. Nominación de la ciudad de Rosario, a cargo del Juez Dra. Silvina Ileana García y Secretaria a cargo del que suscribe, se cita, llama y emplaza a la Sra. Bonicchi Ana Clara, titular del DNI Nº 33.449.026, a efectos de que haga valer sus derechos que considere les corresponda en la causa judicial de referencia VITELLI, LUCIANO c/BONICCHI, ANA CLARA s/Divorcio; CUIJ Nº 2111405887-1, dentro del término de cinco días, a contar de la ultima publicación del presente edicto. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario, Diciembre de 2023. Dra. Analía Daniela Perrulli Secretaria.
$ 33
513446 Dic. 28 Dic. Feb. 1


Por disposición de la Dra. Maria Paula Mangani, Jueza del Tribunal Colegiado de Familia de la Cuarta Nominación de Rosario, se ha dispuesto notificar a SERGIO
DANIEL SOSA, DNI 24.351.774, lo siguiente: Nº 5421. Rosario, 15/12/2023. Y VISTOS Y CONSIDERANDO RESUELVO: 1 Ratificar la Resolución Definitiva Nº 130/2023 de la medida de protección excepcional dispuesta en relación a NAIR SOLANGE SOSA, titular del DNI Nº 49.041.167, nacida en fecha 8 de diciembre del 2008, hija de la Sra. Andrea Soledad González, DNI Nº 32.962.608 y del Sr. Sergio Daniel Sosa, DNI Nº 24.351.774. II Privar de la responsabilidad parental a la Sra.
ANDREA SOLEDAD GONZALEZ, DNI Nº 32.962.608 y al Sr. SERGIO DANIEL
SOSA, DNI Nº 24.351.774, respecto de su hija NAIR SOLANGE SOSA. III Otorgar la tutela de NAIR SOLANGE SOSA, a la Sra. LILIANA DEL CARMEN COLLA, DNI
Nº 21.579.444, la que deberá concurrir en día y hora hábil de audiencia a aceptar el cargo ante la Actuaria. IV Dar intervención al Servicio Local de Niñez a los fines de hacer el acompañamiento y seguimiento del caso. Insértese y hágase saber.
Fdo: Dra. Mangani Jueza; Dra. Barbieri Secretaria.
S/C
512838
Dic. 28 Feb. 1


S/C

512837
Dic. 28 Feb.1


Por disposición de la Sra. Jueza Dra. MARIA JOSE DIANA a cargo del Tribunal Colegiado de Familia Nº 3 de Rosario secretaria de la autorizante, en autos: MIGUEL
BIOLETA AZUCENA c/TRAICO MATEO s/Aumentos; CUIJ 21-11374047-4, se hace saber que se ha ordenado lo siguiente: ROSARIO, 12 de Abril de 2021 Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, con patrocinio letrado. Acuérdasele la participación legal que por derecho corresponde. Jueza de trámite: Dra. MARIA
JOSE DIANA. a A la demanda principal: Atento lo dispuesto en la Ley 13.151, Decreto 1612 del 2 de Junio de 2014 y párrafo final del artículo 130 del CPCCSF, previo a todo trámite acompañe acta de finalización del procedimiento de mediación prejudicial obligatoria con relación a ambas partes demandadas contra el obligado principal y contra la abuela paterna demandada en forma subsidiaria. A la cuota alimentaria provisoria: Traslado al progenitor, bajo apercibimientos, en caso de silencio o incontestación de hacer lugar a la misma, siempre previa vista al Defensor General. Notifíquese con copia. De no ser hallada la demandada en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien lo atienda o vecinos si la misma vive o trabaja allí y sólo en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación, bajo apercibimiento de nulidad de la misma, dejando asentada en la diligencia efectuada dicho informe. OTRO; ROSARIO, 23 de Noviembre de 2023. Téngase presente lo manifestado. Atento constancias de autos, se provee: Cítese a la parte interesada a hacer valer sus derechos, por edictos que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL
Y HALL DE TRIBUNALES, por tres veces, venciendo el emplazamiento cinco días después de la última publicación arts. 73 CPCC. Fdo. Dra. Dania Chiementin Secretaria; Dra. Maria José Diana Jueza. Rosario, 18 de diciembre de 2023.
$ 50

512873

Dic. 28 Feb. 1

Por disposición de la Sra. Jueza del TRIBUNAL COLEGIADO FAMILIA Nº 7 SEC
3 dentro de los autos caratulados: FIGUEROA ADELINA c/GARCIA, JOSE DE LA
CRUZ s/Divorcio CUIJ N 21-11398438-1, se ha ordenado lo siguiente: ROSARIO, 1 de Septiembre de 2022. Por presentada, con domicilio ad litem constituido, por derecho propio y con patrocinio letrado. Otórguesele la participación que por derecho corresponda. Jueza de Trámite Dra. Andrea Brunetti. Por interpuesta petición de divorcio en los términos del art. 437 sgts. y ccdts. CCyCN. Por formulada propuesta reguladora. Agréguese la boleta de iniciación de juicio que se acompaña. Agréguese la documental que se adjunta. Acompañe la profesional interviniente constancia de inscripción ante el AFIP. Hágase saber al Sr. García José de la Cruz la petición de divorcio solicitada. De lo expuesto sobre los efectos del divorcio: córrasele traslado por el término de diez 10 días. Notifíquese por cédula con transcripción del artículo 438 del CCyCN y con copia de la petición respectiva. De no ser hallado/a el/la requerido/a en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien lo atienda o de los vecinos si es que allí vive el mismo y únicamente en caso afirmativo procederá a practicar la notificación. Atento la identidad material con los presentes de los autos CUIJ N 21-11398439-9, se procede a la acumulación de las actuaciones. Dese estricto cumplimiento a lo previsto en el art. 56 del CPCCSF.
Fdo: Dra. Maria Silvia Zamanillo Secretaria, Dra. Gabriela Topino Jueza.
$ 40
512950
Dic. 28 Feb. 1


JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito.en lo Civil y Comercial de la 4ta. Nominación de la ciudad de Rosario DR. NICOLAS VILLANUEVA Secretaria a cargo de la DRA. DANIELA JAIME dentro de los autos caratulados CESSARONI, MARTA ISABEL C/ SCIRICA de ZAMBRANA, ROSA ISABEL
y Otr. S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA EXPTE N136/11 cuij 21-01161248-9 se ha ordenado publicar por edictos la Resolución N 1111 Tomo: 151 Folio: 329 del 24/10/2023 la que en su parte pertinente expresa: Y VISTOS Y CONSIDERANDO RESUELVO: Aclarar la Sentencia N870/18, su aclaratoria N1205/20
y su ampliatoria N1320/20, en el sentido de que el número correcto de plano de mensura correspondiente al inmueble usucapido es DU 1200 SL del año 2011, conforme las rectificaciones efectuadas por la parte actora ante la autoridad catastral SCIT. Insértese y hágase saber. DRA. DANIELA A. JAIMESecretaria DR. NICOLÁS VILLANUEVAJuez Publíquense edictos por el término de cinco 5 días en el BOLETIN OFICIAL y exhíbanse en el hall de tribunales. Rosario, de diciembre de 2023
$ 50
512707
Dic. 28 Feb. 05


Sin cargo. EN AUTOS CARATULADOS: "CAJA SEG SOC PROF ARTE CURAR
C/IGLESIAS, RICARDO OSCAR S/ APREMIOS" CUIJ N 21-12617019-7. Juzgado Primera Instancia Civil y Comercial 5 Nominación de Rosario. Se ha dictado lo siguiente: "ROSARIO, 23 de mayo de 2018.- Tener por presentado, domiciliado, en el carácter invocado, a mérito del poder general acompañado, que deberá certificar en su original por Secretaria. Por iniciada Demanda de Apremio Autónomo. Citese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de tres 3 dias comparezca

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 29/12/2023

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaeseArgentina

Data29/12/2023

Conteggio pagine40

Numero di edizioni726

Prima edizione03/05/2002

Ultima edizione06/08/2024

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