Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 6/10/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / VIERNES 06 DE OCTUBRE DE 2023

s/Cobro de pesos rubros laborales - CUIJ Nº 21-167441049, se ha dictado la siguiente providencia: Reconquista, 21 de Octubre de 2022. Cumplimentado con lo requerido, téngase presente. Procédase a proveer la demanda introductoria: Por presentado, domiciliado, en el carácter invocado, en mérito al Poder Especial agregado digitalmente, acuérdasele la intervención que por derecho le corresponda. Por denunciado correo electrónico a todos los efectos legales que puedan corresponder.
Por entablada demanda por cobro de pesos - rubros laborales contra Juan Alberto Toselli domiciliado donde se indica. Cítese y emplácese al demandado para que dentro del término de diez 10 días, comparezca a estar a derecho y conteste la demanda bajo apercibimientos de que si no lo hiciera se tendrán por ciertos los hechos expuestos en la misma, salvo prueba en contrario arts. 44 y 50 del C.P.L.. En el mismo acto de contestación deberá ofrecer la prueba confesional y documental, como asimismo todo otro medio de prueba que se pretenda producir antes de la audiencia del art. 51, en la forma y con los alcances previstos en el art. 47 inc. f del C.P.L. t.o. Ley 13.039, oponiendo las excepciones de que intenten valerse y formulando reconvención, si correspondiere. A la confesional: téngase presente el pliego enviado vía mail. A la documental: Téngase presente la documental acompañada. Agréguese digitalmente. Hágase saber que los originales de la misma deberán estar a disposición de éste Juzgado en oportunidad de celebrarse las audiencias respectivas o a petición de la contraparte bajo su entera responsabilidad.
Al reconocimiento de documental: en el momento mismo de la contestación de la demanda. A las informativas: Téngase presente, ofíciese como lo solicita autorizándose al peticionante y/o a quien este designe a intervenir en el diligenciamiento de las mismas. Asimismo se hace saber al profesional interviniente que deberá tener presente lo normado por los Arts. 25 y 26 del C.P.C.C., de la aplicación integradora conforme art. 145 C.P.L. a los fines de agilizar el trámite de las causas y alivianar el despacho diario. Firme la presente providencia se diligenciarán las pruebas ofrecidas y proveídas en el presente. Por denunciado el caso Constitucional y Federal.
Téngase presente la Reserva de Derechos efectuada. A lo demás oportunamente y si correspondiere. Notifíquese. Fdo.: Dra. Janina Emiliana Yoris, Prosecretaria. Dr.
María Luz Cracogna, Jueza. OTRO DECRETO: Reconquista, 23 de Noviembre de 2022. Con los autos a la vista, agréguese el escrito suelto cargo N 11791/22 reservado en Secretaría y procédase a proveerlo en este acto: Téngase presente.
Agréguese digitalmente la cédula acompañada por sistema de auto consulta. Atento a lo informado por el oficial notificador en la misma y bajo su exclusiva responsabilidad, autorizase a notificar al demandado en su domicilio fiscal, autorizándose al peticionante y/o al Dr. Carlos Alberto Olitas y/o a quien designe a intervenir en el diligenciamiento. Notifíquese. Dr. Leonardo Cristófoli, Secretario, Dra. María Luz Cracogna, Jueza. OTRO DECRETO: Reconquista, 29 de Agosto de 2023. Téngase presente. Agréguese digitalmente la cédula acompañada por sistema de auto consultas. Previamente y a los fines de evitar Algún perjuicio irreparable, ofíciese a la Secretaría Nacional Electoral, a los efectos de establecer el último domicilio real del demandado Juan Alberto Toselli, autorizándose al peticionante y/o a quien designe a intervenir en el diligenciamiento. Notifíquese. Dr. Leonardo Cristófoli, Secretario, Dr. Fabián S. Lorenzini, Juez a cargo. OTRO DECRETO: Reconquista, 19
de Septiembre de 2023.- Téngase presente. Agréguese digitalmente el informe a la Junta Electoral acompañado por sistema de auto consultas. Siendo que la cédula obrante en la causa no fuera recibida en persona por el accionado, atento a las constancias de autos, autorízase la notificación por edictos al domicilio fiscal conforme fuera peticionado, autorizándos al peticionante y/o a quien éste designe a intervenir en el diligenciamiento. Notifíquese. Dr. Leonardo Cristófoli, Secretario. Dr.
Fabián S. Lorenzini, Juez a cargo. Reconquista, 25 de Septiembre de 2023.
S/C
508157
Oct. 5 Oct. 11


Por disposición del Señor Juez de Primera instancia de Distrito N 4, en lo Civil y Comercial, Primen Nominación, de la ciudad de Reconquista Santa Fe, en los autos caratulados: PIGHIN ITALO DOMINGO c/ AYUDA FRATERNAL FORTIN
OLMOS COOPERATIVA AGROPECUARIA Y OTROS s/Usucapión, CUIL N 2125030430-4, se ha ordenado lo siguiente: RECONQUISTA, 22 de Agosto de 2023
Haciendo efectivos los apercibimientos decretados, declárase rebelde a la parte demandada. Designase fecha de sorteo de Defensor de Ausentes, de la lista de nombramientos de oficio vigente, para el día 19 de septiembre de 2023 a las 07:30hs, ante la Oficina de Sorteo de Peritos, Martilleros y Síndicos de estos Tribunales.
Firme este proveido, pase a Secretaría a los fines de la comunicación pertinente Circular N 123/20l7. Notifiquese por edictos.- Fdo.: Paola Milazzo, Secretaria Subrogante - Dr. Fabian Lorenzini, Juez.11 de septiembre de 2023.
$ 200
507001
Oct. 5 Oct. 6

Segunda Circunscripción

REMATES DEL DIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
POR
JUAN MANUEL PEREYRA ALMIRON

Por orden del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16 vacante Nominación de Rosario, la Secretaria que suscribe hace saber que en los autos caratulados: CONSORCIO EDIFICIO GALERIA LA FAVORITA c/BENITO MONTELAR SAICYF s/Apremio CUIJ N 21-02894932-1, se ha dispuesto que el martillero JUAN MANUEL PEREYRA ALMIRON Mat. 2125-P-197, venda en pública subasta el día 25 de OCTUBRE del 2023, a las 14:00 HS, en el Colegio de Martilleros de Rosario Moreno 1546, el siguiente inmueble propiedad del demandado, embargado en autos, consistentes en: Bajo el Régimen de Propiedad Horizontal con las partes proporcionales proindivisas y de las cosas comunes que le corresponden conforme el Reglamento de Co-propiedad y administración la unidad A-19 Parcela A-19, Edificio ubicado en Calle CÓRDOBA 1147 1 SARMIENTO 846. Dicha unidad está destinada a local comercial ubicada en planta sub suelo encerrando una superficie total de propiedad exclusiva de 8.37 M2 y 12.46 M2.
comunes con un valor proporcional en relación al conjunto del 0.1663% y cuyo dominio consta inscripto en el Registro General de la Propiedad de Rosario al T 5531
F 2431 N 151288, PH., Departamento Rosario. Registrándose libre de Hipoteca, pero si los siguientes Embargos: 1 al T 128 E, F 16081 N 291644, por $
23.632,2200, del 17/10/2019, por los autos que se ejecuta, 2 al T131 E, E 1098, N 271277, por $ 97.339,5500 del 01/09/2022. Dicho inmueble se venderá con la BASE inicial de $ 2.813.500 y de no haber postores por dicha base, una ÚNICA RETASA del 25%; quien resulte adquirente deberá abonar, finalizada la subasta, el 10% del precio ofertado, más la comisión del 3% al martillero, en pesos o cheque
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certificado. Asimismo, que atento lo dispuesto por la comunicación A 5147 del B.C.R.A., si la seña a abonar en el momento del remate fuere inferior o igual a la suma de $30.000.- deberá abonarse en efectivo al martillero interviniente, y en el caso de que fuera superior podrá completarse el monto mediante cheque certificado y/o cheque cancelatorio, o mediante depósito efectuado en cuenta judicial a nombre de este Juzgado y para estos autos, dentro de los dos días de realizada la subasta. En tal caso, si resultare excedente a favor del comprador, el mismo podrá requerir su devolución dentro de los dos días de efectuada la subasta. Para el caso que la suma mencionada supere el valor de $ 30.000, no podrá realizarse en efectivo, debiendo efectuarse por medio de cheque certificado o en su defecto deberá depositar al día anterior o siguiente de la subasta dicho monto en el Banco Municipal de Rosario -Sucursal Colegio de Abogados-, a la orden de este Juzgado y para estos autos conforme disposición del Banco Central de la República Argentina según comunicación A 5147 de fecha 23/11/10. El saldo de precio que deberá pagar el adquirente será abonado al aprobarse la subasta de conformidad con el art:
499 del C.P.C. y si intimado no efectuare el pago, se dejará sin efecto la misma con los efectos previstos por el art. 497 del C.P.C. Dicho saldo deberá depositarse en el Banco Municipal de Rosario, Suc. 80 Caja de Abogados a la orden de este Juzgado y para estos autos, dejándose constancia que respecto del saldo de precio deberá asimismo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación A 5147 del B.C.R.A. por lo cual de superar el importe de $ 30.000.- deberá realizarse por transferencia interbancaria. El comprador en subasta no podrá hacer uso de la opción que le confiere el art. 505 párrafo 20 del C.P.C. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/o Martillero actuante a la A.F.I.P. Para el caso de compras por terceros, fíjase como condición que el adquirente designe en el acto de remate la identidad de la persona por la que adquiere, estableciéndose el término de cinco días para la ratificación por la persona indicada. Transcurrido este término sin la ratificación correspondiente, todos los efectos de la subasta se producirán respecto del adquirente que participó personalmente en el acto de remate. El adquirente deberá acudir a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia de dominio a su favor. Se vende en el carácter de ocupación que surge del acta de constatación: DESOCUPADO; impuestos, tasas, servicios de agua y cloacas y contribuciones que se adeuden por el inmueble a subastar como así también los gastos e impuestos por transferencia quedarán a cargo exclusivo de quien resulte adquirente y sólo las expensas comunes que se adeuden post al acto de subasta. En autos se encuentra copia de la escritura donde se relacionan los títulos de propiedad. Todo lo que se hace saber a los efectos legales. Rosario, 25 de Septiembre de 2023.- Dra. Ma. Sol Sedita, secretaria.28
de septiembre de 2023.
508269
Oct. 6 Oct. 10
$ 800

EDICTOS DEL DIA

TRIBUNAL COLEGIADO

Por disposición del TRIBUNAL COLEGIADO DE RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL 2da NOMINACION DE ROSARIO, JUEZA TRAMITE EN SUPLENCIA: DRA: JORGELINA ENTROCASI, dentro de los autos caratulados:
VALENCIANO, MARCOS NAHUEL Y OTROS C/ SAAVEDRA PALAVECINO, HUGO
ALEJANDRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS, Expediente CUIJ 21-11890020-8, sc cita a comparecer y contestar demanda por el termino de 20 dias al Sr. SAAVEDRA PALAVECINO, HUGO ALEJANDRO, D.N.I.: 17.549.077. El decreto que ordena la medida dice "ROSARIO, 24 de Agosto de 2023 Atento lo solicitado y constancias en autos, citese al demandado SAAVEDRA PALAVECINO, HUGO ALEJANDRO a comparecer a estar a derecho por medio de edictos los que se publicarán en el Boletin Oficial por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69
73 y 548 del C.P.C Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Hall Central de Tribunales. Rosario, 29 de Agosto de 2023. Secretaria del Dr. DR.
CHRISTIAN BITETTI.
$ 40
508526
Oct. 06 Oct. 10


JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

Por disposición del Juzgado Primera Instancia de Familia de la 3 Nominación de Rosario, Juzgado a cargo del Dra. María José Campanella Jueza, Dra. Julieta Biancardi Secretaria, dentro de los autos caratulados PILLIEZ GOMEZ ALEJANDRO s/Acciones no nomencladas; CUIJ Nº 21-11400803-3, se ha dispuesto lo siguiente: Rosario, 4 de Julio de 2023. Previo a resolver, y de conformidad a lo dispuesto por el art. 70 CCCN, publíquense los edictos de ley una vez por mes, por el lapso de dos meses. Ofíciese al Registro General de la Propiedad y a la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios DNPA, a fin de que informen sobre la existencia o no de medidas precautorias a nombre de Alejandro Pilliez Gómez, DNI N 46.039.483. Acompañe informe de autoridad policial competente respecto de la existencia de pedidos de captura y/o causas pendientes a su nombre; certificado pedido por el Registro Nacional de Reincidencia respecto de antecedentes penales; e informe del Registro de Procesos Universales respecto de antecedentes de procesos concursales y/o de quiebras a su nombre. Córrase vista a Asesoría letrada de Registro Civil y a la Fiscalía.
Fdo. Dra. María José Campanella Jueza, Dra. Julieta Biancardi Secretaria. Dr.
Sergio Luis Fuster, secretario.
$ 50
506163
Oct. 06


Por disposición del Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 1º Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados "BENTOLILA, DAVID LEANDRO C/ MENDEZ Y ALVAREZ, PILAR Y OTROS S/
USUCAPIÓN" CUIJ 21-02885285-9, se declara rebeldes a los herederos de María Dolores Lopez Barinaga, Aser Méndez y Álvarez de Pavetto, Pilar Méndez y Alvarez de Lamelas, Dictino Méndez, Jorge Luis Mendez y Ester Méndez y Álvarez de Cubiles, continuando el juicio sin su representación. Notifiquese por el termino de ley. FDO: Juez.: Dr. Ricardo Alberto Ruiz; Secretario Dr. Arturo Audano. 22 SET
2023.
$ 40
508527
Oct. 06 Oct. 10


Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ra. Nominación de Rosario Dra. Verónica Gotlieb, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ARGENTINA NIEVE DIAZ, DNI 5.523.681, por un

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 6/10/2023

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaeseArgentina

Data06/10/2023

Conteggio pagine72

Numero di edizioni705

Prima edizione03/05/2002

Ultima edizione05/07/2024

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