Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 15/9/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / VIERNES 15 DE SEPTIEMBRE DE 2023

cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 8 Disponer que el inventario que prevé el inc. 10
del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13 de la presente.
9 Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10 Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría B, para el día 6/9/23 a las 10.00
hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 11 Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2 del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe la misma, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Sucursal Tribunalespara estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos códigos de descuentos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 12 Fijar el día 27/10/23, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, facultase a la Sindicatura a recibir los pedidos de verificación mediante correo electrónico, el cual habrá de ser consignado al aceptar el cargo, junto a un número telefónico directo de contacto y CBU para un eventual depósito de los aranceles de ley. Deberá, en tal caso, establecer claramente en los edictos a publicarse conforme al art. 89 LCQ, cuál será la modalidad de dicha recepción a distancia, virtual o en forma presencial, así como el mecanismo a adoptar para la presentación de los títulos justificativos en caso de requerimiento expreso por la sindicatura, firma ológrafa o digital del presentante, constitución de domicilio procesal y la fecha de presentación. Puede igualmente disponer un entorno virtual a los fines de publicar los pedidos de verificación al que podrán acceder los demás acreedores, posibilitando la visualización y control de los créditos insinuados para, en su caso, formular las observaciones pertinentes. Se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. El mismo, deberá hacerse efectivo directamente ante el órgano sindical, en efectivo o mediante transferencia bancaria del importe a la CBU indicada por el mismo, que bastará como recibo correspondiente. 13 Fijar el día 13/11/23
como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14
Señalar el día 15/12/23 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 29/2/24 para la presentación del Informe General. 15 Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos, se librarán oficios y/u oficio ley 22.172. Fecho, exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la persona fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 -y por. su remisión el art. 21- ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16 Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 17 Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 18 Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Fdo.: Dr. Carlos Marcolin: Juez a cargo. Dra. Viviana Naveda Marcó: Secretaria. Conste: Que en el sorteo realizado para sorteo de Síndico, en estos autos resultó sorteado Sindico el C.P.N. Horacio Emilio Molino cuyo domicilio legal es calle Mariano Comas 2627 de esta ciudad de Santa Fe y su domicilio electrónico h.molino@hotmail.com.
S/C
506751
Sep. 15 sep. 21


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado en lo Civil y Comercial y de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados ACTIS MARIA EUGENIA s/Concurso Preventivo - Hoy Quiebra; CUIJ Nº 2100975677-6 en fecha 07 de septiembre de 2023, se ha puesto de manifiesto por el plazo de ley el proyecto de distribución, habiéndose regulado los honorarios a C.P.N
Silvina Teresa de Jesús Pirola en la suma de $ 3.108. Regular los honorarios del Dr.
Cuello Rubén en la suma de $ 1.332 y, ordenado la publicación de edictos de conformidad con lo dispuesto por el art. 218 de la LCQ. Notifíquese. Fdo María José Lusardi, Prosecretaria; Iván O. Di Chiazza, Juez. Santa Fe, Septiembre de 2023.
S/C
506826
Sep. 15 Sep. 18


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito de la ciudad de Santa Fe 3 nominación, se cita, llama y emplaza a todo aquel interesado, herederos, acreedores y legatarios de Don Miguel Ángel Grasso, D.N.I. Nº 8.485.040, para que comparezcan a hacer sus oposiciones dentro del término y bajo apercibimientos legales, en los Autos caratulados GRASSO FINSTERWALD JORDAN MIGUEL s/Rectificación de partida; CUIJ Nº: 21-02041429-1, que tiene como fin modificar el estado civil en la partida de defunción del Sr. Miguel Ángel Grasso, lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de Tribunales art. 67 C.P.C. modif. Por Ley 11.287. Santa Fe, 11 de septiembre de 2023. Dra. Marisa Wagner, prosecretaria.
$ 50
506615
Sep. 15 Sep. 21
Por disposición del Sr. Juez de 1 Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados CICARELLI, CRISTIAN MARIO HUMBERTO s/Concurso preventivo; Expte. CUIJ N 21-02039202-6
Año: 2023 de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación, se ha ordenado: Santa Fe, 08/09/2023.
1 Disponer la apertura del concurso preventivo de Cristian Mario Humberto Cicarelli, argentino, mayor de edad, DNI Nº 24.292.324, con domicilio en calle real en San Martín 3212 y a los efectos legales en calle Francia 1743, Oficina 2 ambos de esta ciudad de Santa Fe 3 Fijar el día 25 de octubre de 2023 como fecha hasta la cual se pueden presentar las solicitudes de verificación de los créditos ante el Síndico 8 Fijar el 8 de diciembre de 2023 y el 19 de de febrero de 2024 para la
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presentación de los informes individual y general respectivamente; y hasta el 6 de marzo de 2024 para la presentación de las observaciones al informe general; Fdo.
Dr. Lizasoain Juez Dr. Tosolini Secretario. Santa Fe, 08 de Septiembre de 2023.
S/C
506626
Sep. 15 Sep. 19


El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo del Dr. Lucio Alfredo Palacios, Secretaría a cargo de la Dra. Romina Soledad Freyre, en los autos caratulados: MEZA, DARIO ALBERTO s/Otras diligencias; N 21-02040908-5, se hace saber lo dispuesto en el expediente: Santa Fe, 30 de Agosto de 2023. Téngase por iniciada la presente acción de cambio de segundo prenombre, de Darío Alicio Meza, reemplazando el segundo prenombre Alicio por Alberto, a la que se le imprime el trámite del juicio sumarísimo art. 693 del CPCC y arts. 69 y 70 del CCCN. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL una vez por mes durante dos meses haciendo saber que Darío Alicio Meza ha promovido juicio para cambiar su segundo prenombre por Alberto Notifíquese. Firmado: Dr. Lucio Alfredo Palacios Juez, Dra.
Romina Soledad Freyre. Santa Fe, 05 de Septiembre de 2023.
$ 50
506637
Sep. 15 Sep. 21


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados:
MULLOR, CIRILOMA TIA S c/BASSO, JOSE TADEO y otros s/Prescripción adquisitiva; 21-02012345-9, se ha dictado la siguiente resolución: Santa Fe, 29 de Agosto de 2023. Autos y vistos: Resulta: Considerando: Resuelvo: 1. Hacer lugar a la demanda y en consecuencia declarar adquirido a favor de Cirilo Matías Mullor, el inmueble descripto como: Departamento 03-01: Está ubicado en el tercer piso y tiene su entrada y por número 3.308 de la calle Las Heras y está destinado a vivienda familiar y tiene un total de superficie cubierta 04 metros cuadrados a galerías, lavaderos y balcones, y tiene un total de bienes comunes de uso exclusivo de 07 metros 02 decímetros cuadrados que corresponden a tendedero en la azotea, lo que hace un total de bienes comunes de 13 metros 54 decímetros cuadrados, y tiene un total cubierto de 40 metros 54 decímetros cuadrados, y un total general de 48 metros 96 decímetros cuadrados y representa el ocho por ciento 8%
del valor conjunto del inmueble, y consta de: hall, escalera, living comedor, un dormitorio, baño, cocina, lavadero y tendedero en la azotea. Y la parte proporcional pro indivisa sobre el terreno en que se halla construido el edificio general, o sea, una fracción de terreno con todas sus edificaciones y adherencias al suelo, ubicada al Norte de ésta ciudad, en la esquina que forman las calles Ituzaingó y Las Heras, que es parte de una mayor fracción según títulos y que de acuerdo al plano de subdivisión practicado por el Agrimensor Nacional don Alfredo F. Benvenutto, inscripto en la Dirección de Obras Públicas de la Municipalidad bajo el Nº 459 bis, con la misma ubicación, tiene las siguientes medidas y linderos: 10 metros 25 centímetros de frente al Sud, con igual contrafrente al Norte, por un frente y fondo al Oeste de 12
metros 99 centímetros, lo que forma una superficie total, libre de la ochava correspondiente, de 125 metros 450 centímetros cuadrados, y linda: al Norte, según titulo, José Costamagna, y según mensura, José S. Costamagna, al Este con el Lote Dos de la misma subdivisión; al Sud, calle Ituzaingó; y al Oeste, calle Las Heras.
Según plano de subdivisión practicado por el Agrimensor don Elías Krivoy para el Reglamento, inscripto en Topografía Catastro de la Provincia con fecha 13 de Julio de 1973 bajo el numero 68.605, con la ubicación expresada, mide 10 metros 25
centímetros de frente al Sud, línea AB. con un contrafrente al Norte de 10 metros 30
centímetros, línea CD, por un fondo y frente al Oeste de 13 metros 05 centímetros, línea CB, con un contrafrente al Este, de 12 metros 99 centímetros, línea DA, lo que forma una superficie total de 121 metros 53 decímetros cuadrados, libre de la ochava correspondiente, lindando: al Sud, calle Ituzaingó; al Oeste, calle Las Heras, al Norte, Ana Siboldi viuda de Costamagna; y al Este, Abdon Enrique. Se oficiará sus efectos al Registro General. 2. Las costas se impondrán a la actora por las razones antes indicadas. Se difiere la regulación hasta la etapa procesal oportuna. Regístrese, hágase saber. Firmado: Dra. Ana Rosa Alvarez Jueza; Dr. Sandra Silvina Romero Secretaria. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de Tribunales. Santa Fe, Septiembre de 2023. Fdo.: Dra. Sandra Silvina Romero Secretaria. Magdalena Cabal, prosecretaria.
$ 160
506650
Sep. 15


Por disposición de la Jueza de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, Dra. María Romina Kilgelmann, Secretaría a cargo de María Ester Noé de Ferro, se ha dispuesto hacer saber lo siguiente: Santa Fe, 06 de septiembre de 2023. Vistos Considerando: A
los fines enunciados precedentemente, corresponde ordenar la destrucción de documental, pliegos, alegatos e interrogatorios presentados y reservados en Secretaría y legajos de copias de quiebra con anterioridad al 31/12/2013 vale decir con diez años de antigedad. Respecto de ello, puede decirse que, como no han registrado movimiento alguno con anterioridad a dicha fecha, existe una fuerte presunción en cuanto a que nadie registra interés alguno, motivo por el cual se procederá a su destrucción. No obstante, y a fin de evitar posibles cuestionamientos futuros, más allá de lo señalado precedentemente, se procederá a publicar edictos en el BOLETÍN OFICIAL de tres publicaciones en el lapso de cinco días. Firme la publicación de edictos por el término de ley se procederá a la destrucción. Por lo expuesto; RESUELVO: I Ordenar la destrucción de toda la documental y legajos de copias de quiebras reservadas con anterioridad al 31/12/2013. II Publicar edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley. III Remitir copia de la presente a la Excelentísima Cámara de Apelaciones y a la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, a sus efectos. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Maria Ester Noé de FerroSecretaria; Dra. María Romina Kilgelmann-Jueza. 08 de septiembre de 2023.
S/C
506668
Sep. 15 Sep. 19


Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 3 Nominación de la ciudad de Santa Fe, el Dr. Ignacio Lizasoain, Juez a/c., en los Autos COOPERATIVA GANADERA LTDA MANUEL GREGORET
s/Concurso preventivo; CUIJ Nº 21-00816976-1, Expte. Nº 876/1.999 de trámite ante este Juzgado, quien ordena la publicación de la siguiente resolución: Santa Fe, 18 de agosto de 2023. Autos y vistos: Estos caratulados: COOPERATIVA GANADERA LTDA MANUEL GREGORET s/Concurso preventivo; Expte. CUIJ N 2100816976-1, que tramitan por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, venidos para resolver la petición de conclusión del concurso formulada en fecha 14/8/2023 por el apoderado de la concursada; y, Considerando: Que según constancias de autos, en fecha 31/5/23 se ha dictado resolución declarando operada la prescripción de las cuotas concorda-

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 15/9/2023

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaeseArgentina

Data15/09/2023

Conteggio pagine56

Numero di edizioni720

Prima edizione03/05/2002

Ultima edizione29/07/2024

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