Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 8/9/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / VIERNES 08 DE SEPTIEMBRE DE 2023

771 del CCCN, se estima que los mismos no podrán exceder la tasa activa capitalizada del Banco de la Nación Argentina, desde la mora y hasta el día de su efectivo pago, e I.V.A. correspondiente. 2 Imponer las costas a la parte demandada art. 251 C.P.C.C. 3 Regular los honorarios oportunamente, practicada que fuere la planilla correspondiente. Hágase saber que deberá acompañar constancia de A.F.I.P. debidamente actualizada. Insértese y hágase saber. CUIJ 21-029662557. Fdo: Dra. RUBULOTTA Secretaria Dr. MANTELLO Jueza.Rosario, 29 de Agosto de 2023.
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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 17a. Nominación de Rosario y en autos: THAVEZ, VICTOR DAVID s/Concurso Preventivo Expte. CUIJ 21-02970796-8 se hace saber que por resolución Nro. 705 de fecha 01/08/2023 se ha declarado abierto el CONCURSO PREVENTIVO de VICTOR DAVID CHAVEZ, DNI N 16.064.046, con domicilio real en calle Balcarce N
44849 y con domicilio legal en calle Santiago N 1261, p. 6, of. 601 A, ambos de la ciudad de Rosario. Asimismo se ha dictado la siguiente resolución: Nro. 837, Rosario 2 VISTOS: Y CONSIDERANDO: RESUELVO: 1 Fijar el día 11/10/2023
como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar sus pedidos de verificación a la síndico designada VANINA MURO con domicilio en calle Córdoba N 1452, p. 1, of. E, de la ciudad de Rosario; 2 Fijar el día 28/11/2023 para la presentación por la Sindicatura del informe individual sobre los créditos, con las exigencias determinadas en el art. 35, 2do. párr. L.C.Q.; 3 Fijar el día 16/02/2024 para la presentación del informe general por la Sindicatura; 4 Hacer saber que el período de exclusividad vencerá el día 28/06/2024 y la audiencia informativa se celebrará en la Sala de Audiencia de este Juzgado el día 21/06/2024 a las 9:00 horas, ,o al día siguiente hábil, y a la misma hora, si la fecha designada resultare feriado o inhábil y 5 Ordenar publicar edictos por el término y bajo apercibimientos de ley en el Boletín y en el diario jurídico El Forense. Insértese, agréguese copia y hágase saber.
Ambas resoluciones fueron firmadas por la Dra. M. Silvia Beduino Jueza - Dra. M.
Amalia Lantermo Secretaria.Secretaría, 31 de agosto de 2023.Dr. Hernán Aguzzi, prosecretario.
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El Sr. Juez a cargo del juzgado DE PRIMERA INSTANCIA DE CIRCUITO JUDICIAL N 4 DR. RAGONESE CLAUDIA ALEJANDRA, notifica al Sr. IBARRA, ANA
MARIA D.N.I N 18.350.227 lo declarado en autos: CFN S.A. c/ IBARRA, ANA
MARIA s/ Ejecutivo CUIJ N 21-22897425-8: ROSARIO, 29 de Marzo de 2023.Puestos los autos a despacho, en el día de la fecha, se provee: Emplácese a Ana María Ibarra por edictos, conforme lo normado por los arts. 67 y 73 del C.P. Civiles, para que dentro del término de 5 días de la última publicación comparezca a estar a Derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Firmado: DR. RAGONESE CLAUDIA ALEJANDRA Juez, DRA. PAULA MARINA HELTNER Sec..
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El Sr. Juez a cargo del juzgado DE PRIMERA INSTANCIA DE CIRCUITO JUDICIAL N 3 DR. CECILIA CAMAÑO, notifica al Sr. BENITEZ, HUMBERTO MARTIN
D.N.I Nº 23.914.547 lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/
BENITEZ, HUMBERTO MARTIN s/ EJECUTIVO CUIJ N 21-12629422-8: Tomo:
124 Folio: 235 Resolución: 100 Y VISTOS Y CONSIDERANDO FALLO: 1. Mandando seguir adelante la ejecución contra BENITEZ HUMBERTO MARTIN hasta tanto la actora se haga integro cobro de la suma de $ 31.073,96 con más los intereses establecidos en los considerandos precedentes. 2. Aplicar las costas a la demandada vencida. art. 251 del CPCC. 3. Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva. Insértese y hágase saber. Firmado: DR.
CECILIA CAMAÑO juez, DRA. ANA BELEN CURA Sec..DRA. MARIA LUZ
MURE, PROSECRETARIA.
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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 7a Nominación de Rosario, DR. MARIA SILVIA BEDUINO, notifica al Sr. DURE, ILEANA ALEJANDRA, DNI N 37.288.491, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ DURE, ILEANA ALEJANDRA s/Ejecutivo CUIJ N
21-02953568-7: N 450 ROSARIO, 16/05/23. FALLO: 1 Ordenar llevar adelante la ejecución contra Ileana Alejandra Dure, hasta tanto la actora se haga íntegro el cobro de la suma $1999.967, 89.- con los intereses fijados en los considerandos precedentes.- 2 Imponer las costas a la parte demandada Art. 251 C.P.C.C.. Insértese, agréguese copia y hágase saber.- Firmado: DR. MARIA SILVIA BEDUINO
Juez, DRA. MA. AMALIA LANTERMO Sec..Dr. Hernán Aguzzi, prosecretario.
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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 7º Nominación de Rosario, DR. MARCELO N. QUIROGA, notifica al Sr. ALMADA, MARCELO DAMIAN, DNI N 37.435.490, lo declarado en autos: ELECTRONICA
MEGATONE S.A. c/ ALMADA, MARCELO DAMIAN s/Ejecutivo CUIJ N 2102929773-5: N 362 ROSARIO, 27/04/2023. FALLO: 1. Ordenando seguir adelante la ejecución contra Marcelo Damián Almada, hasta tanto la parte actora se haga íntegro cobro de la suma reclamada de $54.149,75, con más los intereses fijados en los considerandos e IVA sobre intereses. Costas a la parte demandada. 2.
Regulando los honorarios de la Dra. Rosanna Noemí Knafel -quien deberá acompañar constancia de inscripción en A.F.I.P.- en la suma de $20.747,45 1JUS cfm.
art. 7, inc. 2, ap. b, Ley 6.767 y modif., estableciendo que el ajuste por unidad JUS
cfm. Art. 32, Ley 6.767 será aplicable mientras la presente no se halle firme, oportunidad en la cual el monto actualizado se convertirá en una deuda dineraria y devengará un interés equivalente a la tasa activa capitalizada del N.B.S.F. Insértese y hágase saber. Firmado: DR. MARCELO N. QUIROGA Juez, DRA. LORENA GONZALEZ Sec..Dra. Dulce Rossi, prosecretaria.
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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 17a Nominación de Rosario, DR. MARIA SILVIA BEDUINO, notifica al Sr. RADICIC
GARBIN, HECTOR PEDRO, DNI N 7.634.563, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ RADICIC GARBIN, HECTOR PEDRO s/Ejecutivo CUIJ
N 21-02955694-3: / ROSARIO, 22/05/2023.Agréguese la cédula acompañada.
No habiendo comparecido la parte demandada HECTOR PEDRO RADICIC GAR-

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BIN a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, decláresela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación.
Notifíquese por edicto. Firmado: DR. MARIA SILVIA BEDUINO Juez, DR. HERNAN AGUZZI Prosec..
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El Sr. Juez a cargo del juzgado DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO CIVIL Y
COMERCIAL N 3a NOMINACIÓN, DR. Ezequiel Zabale, notifica al Sr. AMARILLO, DORA ELBA D.N.I Nº 10.865.095 lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ AMARILLO, DORA ELBA s/Ejecutivo CUIJ N 21-02918725-5:Tomo:
143 Folio: 30 Resolución: 23 VISTO Y CONSIDERANDO FALLO: 1. Mandar llevar adelante la ejecución contra DORA ELBA AMARILLO hasta el cobro de la suma de PESOS CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS UNO c/64 ctvs $.44.801,64, con más los intereses determinados en los considerandos precedentes. 2. Imponer las costas a la vencida. 3. Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se practique la respectiva planilla. Insértese y hágase saber. Firmado:
DR. Ezequiel Zabale Juez, Dra. Federico Lema Sec.
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El Sr. Juez a cargo del juzgado DE PRIMERA INSTANCIA DE CIRCUITO JUDICIAL N 3 DR. CECILIA CAMANO, notifica al Sr. SALORT, JOSE FABIAN D.N.I N
24.552.714 lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ SALORT, JOSE FABIAN s/ Ejecutivo CUIJ N 21-12624156-6:Tomo: 121 Folio: 125 Resolución: 723 Rosario, 28/06/2022 VISTOS: Los caratulados: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ SALORT JOSE FABIAN s/ Demanda Ejecutiva, CUIJ nº 21-12624156-6. A fs. 14/15 la actora, mediante apoderado, inició demanda ejecutiva contra Salort José Fabián, tendiente al cobro de la suma de $ 31.669,06 con más sus intereses y costas. Señaló que el demandado libró el pagaré n 185020 por la suma de $ 49.637,65 con vto el día 05/05/2018, y que presentado para su cobro quedó impago el saldo que hoy se reclama. Fundó su pretensión en lo normado por los arts.442 ss y cc del C.P.C.C, y art.52 inc.2, 30, 46, 101 y cc del Decreto-ley 5965/63 y arts.770, 733, 765, 879 y ss del CCCN. A fs. 40 se declaró la rebeldía del demandado. Debidamente citado de remate -fs. 44- el deudor no compareció ni opuso excepción legítima alguna, por lo que quedaron los presentes en estado de resolver. Y CONSIDERANDO: El documento acompañado -pagaré reviste carácter de título ejecutivo conforme lo dispuesto por los arts. 50; 60 y ccs. DL 5965/63. La falta de oposición de excepción legítima alguna por parte de la accionada torna aplicables los apercibimientos del art. 473 CPCC. En cuanto a los intereses, deben aplicarse los estrictamente pactados, que no deben superar el equivalente a una vez y media la tasa activa promedio mensual del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. sumada desde la fecha de la mora y hasta su efectivo pago. Las costas corresponde que sean impuestas a la parte vencida art. 251 C.P.C.C.. Por lo expuesto; FALLO:
1. Mandando seguir adelante la ejecución contra SALORT JOSE FABIAN hasta tanto la actora se haga integro cobro de la suma de $ 31.669,06 con más los intereses establecidos en los considerandos precedentes. 2. Aplicar las costas a la demandada vencida. art. 251 del CPCC. 3. Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva. Insértese y hágase saber. Firmado:
DRA. CECILIA CAMAÑO JuezDra. ANA BELEN CURA Sec..Dra. Paula M. Heltner Secretaria.22 de Mayo de 2023.
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El Sr. juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9a Nominación de Rosario, DR. MARIA FABIANA GENESIO, notifica al Sr.
VARGAS, RENE GASPAR, DNI N 35.624.087, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ VARGAS, RENE GASPAR s/Ejecutivo CUIJ N 21
-02907703-4: Rosario, 24/02/2023. Se deja constancia que en el día de la fecha se procedió a corroborar en la página web del BOLETÍN OFICIAL la publicación de edictos cuya constancia obra agregada a fs. 55 de autos, procediéndose en este mismo acto a su certificación por la Actuaria. Informada verbalmente la Actuaria que la parte demandada Rene Gaspar Vargas no ha comparecido a estar a derecho declárasela rebelde. Notifíquese por edicto. FIRMA: DRA. VERONICA A. ACCINELLI
Secretaria, DRA. MARÍA FABIANA GENESIO Jueza.22 de mayo de 2023.
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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2 Nominación de Rosario, Dr. Luciano Alberto Ballarini, notifica al Sr. González, Alexis Sebastián DNI N 36.81 1.007 lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/GONZALEZ, ALEXIS SEBASTIAN s/Ejecutivo; CUIJ N 2113921806-7: Rosario, 30 de Noviembre de 2022. Por parte, domiciliada y por iniciada Demanda Ejecutiva. Cítese y emplácese a la parte demandada bajo apercibimiento de rebeldía y de seguirse el juicio sin su representación en caso que no comparezca a estar a derecho en el término de diez días. Notifíquese por cédula bajo firma de profesional art. 25 C.P.C.C.. Resérvese la documental acompañada.
Hágase saber a las partes que deberán indicar correo electrónico para recibir correos de cortesía de notificaciones digitales, si no lo hubieran realizado, sin perjuicio de resultar igualmente notificadas conforme al art. 14 del Acuerdo Corte Suprema de Justicia 7.3.2019, Acta N 7 p. II. Designase al/la peticionante como depositario/a judicial art. 261 y 263 Código Penal de las CÉDULAS originales que se diligenciarán a futuro y que deberán remitirse al juzgado en copia escaneada, en las condiciones dispuestas por la C.S.J.S.F., punto 13 del Reglamento de Presentación electrónica de escritos en expedientes - http www.justiciasantafe.gov.ar. Dra. Maria Elvira Longhi -SecretariaJuzgado 1 Inst. Ejecución Civil de Circuito 2º Nom. Rosario; Dr. Luciano A. Ballarini -Juez-Juzgado 1 Inst. Ejecución Civil de Circuito 2
Nom. - Rosario. 29 de mayo de 2023.
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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito N 5, Dr. Maximiliano Cossari, notifica al Sr. López, Gabriela Gisel D.N.I N 33.682.529 lo declarado en autos: CFN S.A. c/LOPEZ, GABRIELA GISEL s/Ejecutivo; CUIJ N 21- 1389
1507-4: Rosario, 09 de Febrero de 2023. Informándose verbalmente por Secretaría en este acto que la parte emplazada no ha comparecido a estar a Derecho, declárasela rebelde. Notifíquese por edictos que se publicarán dos 2 días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Firmado: Dr.
Maximiliano Cossari Juez, Dra. Gabriela Patricia Almara Sec.. 16 de mayo de 2023.
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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 8/9/2023

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaeseArgentina

Data08/09/2023

Conteggio pagine52

Numero di edizioni722

Prima edizione03/05/2002

Ultima edizione31/07/2024

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