Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 7/9/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / JUEVES 07 DE SEPTIEMBRE DE 2023

EDICTOS DEL DIA

TRIBUNAL COLEGIADO

Por disposición del tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual 2 de Rosario y en autos: SABORIDO, JOEL ARMANDO c/FERNÁNDEZ, HECTOR ANDRES y Otros s/Daños y perjuicios, CUIJ 21-11885198-3, a cargo de la. Dra. Jorgelina Entrocasi Juez. Secretaría a cargo de la Dra. Mayra Ibañez, se hace saber al Sr. FERNANDEZ HECTOR ANDRES DNI 16.985.609 que se ha dictado el siguiente decreto Rosario, 04/10/2022 atento que el demandado FERNANDEZ, HECTOR ANDRES no compareció a estar a derecho ni contestó la demanda pese a encontrarse debidamente notificado según cédula de fs. 49, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselo rebelde y désele por decaído el derecho dejado de usar. Notifíquese por cedula. Respecto al demandado Coirazza Ariel hágase saber al oficial notificador que de no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, deberá consultar a quien lo atienda, los vecinos, si el mismo se domicilia allí, y sólo en caso afirmativo procederá a practicar la notificación, bajo apercibimiento de nulidad de la misma, debiendo asentar en la diligencia efectuada dicha información a los fines pertinentes. Fdo: Dra. Mayra Ibáñez Secretaria Dra.
Jorgelina Entrocasi Juez. Rosario, 22 de Agosto de 2023.
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Set. 7 Set. 11
$ 50


Por disposición de la Dra. María José Campanella, Jueza del Tribunal Colegiado de Familia N 3 de Rosario, se ha dispuesto notificar por edictos a Miguel Angel Romero D.N.I. 30.548.279 la sentencia dictada dentro de los autos caratulados ROMERO, MICAELA s/Control de legalidad de medida excepcional - 21-11407535-0, que a continuación se transcribe: N 2907 - Rosario, 26 de Agosto de 2023. Y VISTOS Y CONSIDERANDO RESUELVO: 1 Ratificar la medida excepcional adoptada por la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2a Circunscripción por Disposición N 109/23 del 11 de Mayo de 2023, dictada en relación a MICAELA ROMERO D.N.I. N 46.840.378, hija de la señora Claudia Helene Vargas D.N.I. N 31.701.261 fallecida y del señor Miguel Angel Romero D.N.I. Nº 30.548.279 con domicilio desconocido, consistente en la separación temporal de su centro de vida y su alojamiento en Centro Residencial por un plazo de 90 días, la cual se encuentra vencida al 22 de Mayo de 2023, encontrándose también vencida su prórroga al 22 de Agosto de 2023, de conformidad con lo establecido por el art. 607 inc. c del CCyCN. 2 Oficiar a la Autoridad administrativa que solicitó el control de legalidad, para que, atento encontrarse vencida la medida, en el término de 10 días resuelva definitivamente la situación de la niña Micaela Romero, poniendo en conocimiento a la Dirección que en el momento de resolver definitivamente, junto a la Disposición Administrativa que así lo sugiera, acompañe las notificaciones correspondientes a los progenitores. 4 Notificar a los niños, su defensor privado si hubiera intervenido, el Defensor de Menores de Edad, los representantes legales, familiares o responsables y demás partes del proceso. 5.- Anoticiar a la Defensora General de Niñas, Niños y Adolescentes.
6.- Resérvense las presentes actuaciones por aquel período, aplicándose estrictamente el art. 56 del CPCC, solo pudiendo ser retirados por Secretaría en su caso, con el debido registro informático. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. María José Campanella, Jueza; Dra. Gabriela Ríos Artacho, Secretaria.
S/C
505984
Set. 7 Set. 11


El Sr. Juez del Tribunal Colegiado de Familia de la 3ra. Nominación, dentro de los autos caratulados: LOPEZ, DEBORA ROCIO c/ARRUA, DIEGO ARIEL s/Extinción, privación, suspensión y rehabilitación de la responsabilidad parental, CUIJ N 2111394510-6, ha dictado lo siguiente: Rosario, 23 de Junio de 2022. Téngase presente lo manifestado. Procédase a recaratular los presentes. Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, con patrocinio letrado. Otórguese la participación legal que por derecho corresponda. Jueza del trámite. Dra. María José Diana, Por interpuesta demanda de supresión del apellido paterno. Imprímase el trámite de juicio sumarisimo art. 413 del Código Procesal Civil y Comercial. Cítese y emplácese al demandado para que en el plazo de 10 días comparezca a estar a Derecho con el patrocinio letrado de un abogado particular o Defensoría General de estos Tribunales, conteste la demanda y ofrezca prueba, bajo apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula y con copia de la demanda. El Oficial Notificar deberá requerir de quien lo atienda o de vecinos si el demandado vive o trabaja allí y solo en caso afirma o procederá a efectuar la notificación. De conformidad con lo dispuesto para el art. 70 del CCyC, publíquense los edictos de ley una vez por mes, en el lapso de dos meses. Líbrese oficio al Registro Civil, al Registro General de la Propiedad y la autoridad policial competente a fin que informen la existencia o no de medidas pro cautas a nombre de la peticionante. Fdo.: Dra. María José Diana Jueza: Dra. Dania Chiementin Secretaria. Publíquense los edictos en el BOLETIN OFICIAL sin cargo, en virtud del patrocinio ejercido por el Sr. Defensor General. Rosario. Dra. Dania Chiementín, Secretaria.
S/C
505984
Set. 7 Set. 11


Por disposición de la Dra. Jorgelina Entrocasi, Jueza de Tramite del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual N 2 de la ciudad de Rosario, Secretaria de la Dra. Mayra Ibáñez, en autos caratulados: MAINO, MARTIN EDUARDO
y Otros c/MULLER, FEDERICO FACUNDO PATRICIO y Otros s/Daños y perjuicios, Expte. CUIJ N 21-11875203-9, se ha ordenado publicar edictos, los cuales se publicarán por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibirán en el hall de PB de Tribunales, conforme lo dispuesto por el art. 73 CPCC y por lo que se le notifica al demandado Muller, Federico Facundo Patricio, que se lo cita y emplaza para que comparezca a estar a derecho: Rosario, 05 de diciembre de 2022: Atento lo solicitado cítese por edictos al Sr. Muller Federico Facundo Patricio para que comparezca a estar a derecho, por sí o por apoderado, dentro del término de tres días y bajo apercibimientos de ley, publicándose los mismos en el diario BOLETÍN OFICIAL y en el hall Central del Palacio de Tribunales Provinciales de Rosario. Fdo.:
Dra. Mayra Ibáñez Secretaria; Dra. Jorgelina Entrocasi Jueza de Tramite. Rosario, 18 de Agosto de 2023.
Mayra Ibáñez, Secretaria Subr.
$ 50
506012
Set. 7 Set. 11


Por disposición de la Dra. María Paula Mangani Jueza del Tribunal Colegiado de Instancia Unica de Familia de la Cuarta Nominación de Rosario, Secretaria de la Dra. Maria José Caviglia, se cita y emplaza a Tamara María Sosa Aquino, DNI

Pág. 35

38.726.123 para que comparezca dentro de los autos caratulados: SOSO, MONICA
PATRICIA y SOSO, DANIELA ANALIA c/SOSO AQUINO, TAMARA MARIA s/Extinción, privación, suspensión y rehabilitación de la responsabilidad parental - CUIJ
Nro. 21-11411599-9 Expte. Nro. 1002/2023 en tramite ante el Tribunal Colegiado de Familia Nro. 4 de Rosario, Provincia de Santa Fe, citándose a la mencionada por edictos que se publicarán tres veces, venciendo el término cinco días después de la última publicación art. 73 CPCC. Rosario, 30 de agosto de 2023 Fdo. Dra.
María José Caviglia Secretaria.
$ 50
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Set. 7 Set. 11


La Sra. Jueza a cargo del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la 1ra. Nominación de Rosario, Dra. Luciana Paula Martínez, Secretaría de la Dra. Eliana C. Gutiérrez White, notifica, dentro de los autos caratulados: DE
MARCO, EDGARDO JOEL c/RUBIAL, MARIA IRICA s/Daños y perjuicios, Expte.
CUIJ N 21-11890280-4, a la Señora Rubial, María Inca, DNI N 34.411.453, el primer decreto de tramite que a continuación se transcribe: Rosario, 17 de abril de 2023. Habiendo cumplimentado con lo ordenado, se provee, por presentado, domiciliado y por parte a mérito del poder especial que se acompaña y agrega. Acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Agréguese la boleta colegial acompañada. Por iniciada la acción de daños que expresa. Cítese y emplácese a RUBIAL MARIA IRICA y la citada en garantía TRIUNFO SEGUROS para que comparezcan a estar a derecho y contesten la demanda dentro del término de veinte días. Por ofrecida prueba, téngase presente. Téngase presente la reservas formuladas. Concédase al actor el beneficio de litigar sin gastos en los términos del Art.
333 CPCC a tenor de la declaración jurada de pobreza acompañada. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en 10 Procesos de Responsabilidad Civil Extracontractual, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe, en el marco de colaboración suscripto con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación , por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación establecido por Acordada Nro 7 de fecha 07/03/2019. En dicho marco, téngase presente que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la incomparecencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 12851 ley de aranceles profesionales. Líbrense los oficios al MPA, al Hospital Roque Saenz Peña, al RNPA, a los fines solicitados. Hágase saber a las partes que en su primera presentación deberán informar su mail, teléfono celular y whatsapp. Hágase saber que en oportunidad de celebrarse la Audiencia de Vista de Causa, deberá acompañar: a el original de la demanda o escrito ratificatorio de la misma; b originales del poder especial y sellado del mismo, declaración jurada de pobreza, boleta inicial c sobres con la documental original de la oportunamente ofrecida. En caso de haberse ofrecido documental fundante, pliego cerrado de posiciones / testimonial / confesional, deberá acompañar el mismo en el término de tres días vía correo electrónico o concurrir personalmente al Tribunal en el horario de 07:15 a 12:45 hs. Notifíquese el presente decreto con copia de demanda y de la documental adjuntada. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá consultar a quien lo atienda, los vecinos, si el mismo se domicilia allí, y sólo en caso afirmativo procederá a practicar la notificación. Jueza de trámite: Dra. Luciana Paula Martínez. Fdo.: Dra. Eliana Gutiérrez White Secretaria - Dra. Luciana Paula Martínez Jueza. Y otra providencia que dice: Rosario, 31 de julio de 2023. Agréguese la constancia que en copia acompaña. Atento lo solicitado por el Dr. Edgardo Daniel Bressan y constancias de autos, notifíquese a la demandada María Irica Rubial DNI 34.411.453 mediante edictos, los cuales se publicarán por el término de ley en el Boletín oficial y se exhibirán en el hall de P.B. de Tribunales conforme lo dispuesto por el art. 73
CPCCSF. Hágase saber que en el cuerpo del edicto deberá hacerse saber a la demandada que se la cita y emplaza a los fines d comparecer a estar a derecho en el término de 20 veinte días que deberá transcribirse en el mismo decreto de fecha 17 de abril de 2023 fs. 17 el presente proveído. Acompañe edicto a los fines de su suscripción por el Tribunal. Fdo.: Dra. Eliana Gutiérrez White Secretaria - Dra. Luciana Paula Martínez Jueza. Dra. María Florencia Netri, Secretaria.
$ 130
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Set. 7 Set. 11


Por disposición de la Señora Jueza del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual - Ira. Nom. de Rosario, Dra. Mariana Varela, Secretaría de la autorizante, dentro de los autos caratulados: CARDENAS, CARLOS DANIEL c/ALVAREZ, LUCAS ELOY y otros s/Daños y perjuicios; CUIJ Nº 21-12637489-2 se hace saber a Paola Soledad Colazo DNI Nº 30.939.423 que se la ha declarado rebelde y se le ha dado por decaído el derecho dejado de usar. Se transcribe el auto que así lo ordena: N 1153. Rosario, 31 de Julio de 2023. Visto y considerando: Resuelvo: Declarar rebelde a Colazo Paola Soledad y dársele por decaído el derecho dejado de usar. Notifíquese a Colazo Paola Soledad mediante edictos, los cuales se publicarán por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibirán en el hall de P. B. de Tribunales conforme lo dispuesto por el art. 73 CPCCSF. Hágase saber que en el cuerpo del edicto deberá hacerse saber a la codemandada que se la ha declarado rebelde y se le ha dado por decaído el derecho dejado de usar, debiendo transcribirse en el edicto el presente auto. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Mariana Varela, Jueza; Dra. Eliana Gutiérrez White, secretaria. Rosario, 23 de agosto de 2023.
$ 52,50
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Sep. 07

Por disposición de la Dra. María José Campanella, jueza del Tribunal Colegiado de Familia N 3 de Rosario, se ha dispuesto notificar por edictos la sentencia dictada dentro de los autos caratulados TORRES CRISTIAN NORBERTO y otro s/Control de legalidad de medidas excepcionales y urgentes ley 12.967; CUIJ N 2111340303-6, que a continuación se transcribe: Nº 1057/2023. Rosario, 21 de Abril de 2022. Y vistos Y considerando Resuelvo: 1.-Legitimar el acto administrativo de resolución definitiva de la medida excepcional adoptada por la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2a Circunscripción respecto de Cristhian Norberto Torres D.N.I. N 48.474.637
nacido en fecha 09 de Noviembre de 2007, hijo de la Señora Lorena Elizabeth Torres D.N.I. N 24.600.620 con domicilio en calle Zanabria N 8257 Barrio Los Troncos ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, sin filiación paterna acreditada, en cuanto sugiere el ingreso del mismo en el Programa de Autonomía Progresiva según surge de la Disposición N 205/21 de fecha 29 de Diciembre de 2021; 2 citar a la señora Lorena Elizabeth Torres, a fin de que se expidan sobre las medidas definitivas propuestas por la autoridad de aplicación y ofrecer prueba en el término de diez días, bajo apercibimientos de ley artículo 66 BIS tercer párrafo de la ley 12.967; 3
Ordenar provisionalmente la incorporación de Cristhian Norberto Torres en el Programa de Autonomía Progresiva y/o Programa de Acompañamiento de egreso para Jóvenes sin cuidados parentales o el que en el futuro lo reemplace de conformidad

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 7/9/2023

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaeseArgentina

Data07/09/2023

Conteggio pagine48

Numero di edizioni723

Prima edizione03/05/2002

Ultima edizione01/08/2024

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