Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 31/8/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / JUEVES 31 DE AGOSTO DE 2023

En los autos caratulados: IÑIGUEZ, CINTIA MELISA c/ BLAZQUEZ, NICOLAS s/
Alimentos CUIJ N 21-11394778-8, en trámite por ante el Tribunal Colegiado de Instancia Única Civil de Familia de la 3 Nominación de Rosario, a cargo de la Dra.
María José Campanella Jueza, Dr. Sergio Fuster Secretaria, se dispuso: N
1300. Rosario, 08/05/2023. Y VISTOS Y CONSIDERANDO QUE RESUELVO: 1 Hacer lugar a la pretensión cautelar y, en consecuencia, fijar una cuota alimentaría provisoria en favor de CATALINA BLAZQUEZ D.N.I. N 53.798.848 y JUAN IGNACIO BLAZQUEZ D.N.I. N 57.326.693 y a cargo de su progenitor NICOLAS BLAZQUEZ D.N.I. N 31.115.676 equivalente a un Salario Mínimo, Vital y Móvil publicado en el BOLETÍN OFICIAL por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación suma que actualmente -mayo de 2023- asciende a $84.512.- mensuales, con más las asignaciones familiares que correspondieren y toda otra bonificación en beneficio de los alimentados. El monto ordenado se actualizará automáticamente en las oportunidades y porcentajes con que se incremente el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Dicha suma deberá ser depositada en el Banco Municipal Rosario, Sucursal N 80 Caja de Abogados, sito en calle Montevideo N 2076, en cuenta bancaria judicial que se abrirá para estos autos y a la orden de este Tribunal, del 1 al 10 de cada mes. 2 Hágase saber al alimentante lo dispuesto por el art. 40 de la Ley 11.945 que a continuación se transcribe: Habilita la inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos el incumplimiento de tres cuotas consecutivas o cinco alternadas dentro de los dos años, ya sean de alimentos provisorios o definitivos. 3 Notifíquese a las partes y al Defensor General en su despacho. 4 Insértese y hágase saber. AUTOS: IÑIGUEZ CINTIA MELISA
c/ BLAZQUEZ NICOLAS s/Alimentos CUIJ 21-11394778-8. Fdo. Dra. María José Campanella Jueza, Dra. Julieta Biancardi Prosecretaria. Y, ROSARIO, 10 de Julio de 2023. Por notificado. Por interpuestos recurso de revocatoria parcial y apelación en subsidio contra la resolución N 1 300 de fecha 08/05/2023, si en tiempo y forma estuvieran. Al recurso de revocatoria parcial, traslado a la contraparte por el término y bajo apercibimiento de ley. Al recurso de apelación interpuesto en subsidio, no ha lugar, atento no resultar ser parte de la estructura impugnativa de los Tribunales Colegiados. Téngase presente. Notifíquese. Fdo. Dra. María José Campanella Jueza, Dr. Sergio Fuster Secretaria. En los autos caratulados: IÑIGUEZ, CINTIA MELISA c/ BLAZQUEZ, NICOLAS s/ Alimentos CUIJ N 2111394778-8, en trámite por ante el Tribunal Colegiado de Instancia Única Civil de Familia de la 3º Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. María José Campanella Jueza, Dr. Sergio Fuster Secretaria, se dispuso: N 1300. Rosario, 08/05/2023. Y VISTOS Y CONSIDERANDO QUE RESUELVO: 1 Hacer lugar a la pretensión cautelar y, en consecuencia, fijar una cuota alimentaría provisoria en favor de CATALINA BLAZQUEZ D.N.I. N 53.798.848 y JUAN IGNACIO
BLAZQUEZ D.N.I. N 57.326.693 y a cargo de su progenitor NICOLAS BLAZQUEZ
D.N.I. N 31.115.676 equivalente a un Salario Mínimo, Vital y Móvil publicado en el BOLETÍN OFICIAL por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación suma que actualmente -mayo de 2023- asciende a $84.512.- mensuales, con más las asignaciones familiares que correspondieren y toda otra bonificación en beneficio de los alimentados. El monto ordenado se actualizará automáticamente en las oportunidades y porcentajes con que se incremente el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Dicha suma deberá ser depositada en el Banco Municipal Rosario, Sucursal No 80 Caja de Abogados, sito en calle Montevideo N 2076, en cuenta bancaria judicial que se abrirá para estos autos y a la orden de este Tribunal, del 1 al 10 de cada mes. 2 Hágase saber al alimentante lo dispuesto por el art. 40 de la Ley 11.945 que a continuación se transcribe: Habilita la inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos el incumplimiento de tres cuotas consecutivas o cinco alternadas dentro de los dos años, ya sean de alimentos provisorios o definitivos. 3 Notifíquese a las partes y al Defensor General en su despacho. 4 Insértese y hágase saber. AUTOS: IÑIGUEZ CINTIA MELISA c/ BLAZQUEZ NICOLAS
s/ Alimentos CUIJ 21-11394778-8. Fdo. Dra. María José Campanella Jueza, Dra.
Julieta Biancardi Prosecretaria. Y, ROSARIO, 10 de Julio de 2023. Por notificado.
Por interpuestos recurso de revocatoria parcial y apelación en subsidio contra la resolución N 1300 de fecha 08/05/2023, si en tiempo y forma estuvieran. Al recurso de revocatoria parcial, traslado a la contraparte por el término y bajo apercibimiento de ley. Al recurso de apelación interpuesto en subsidio, no ha lugar, atento no resultar ser parte de la estructura impugnativa de los Tribunales Colegiados. Téngase presente. Notifíquese. Fdo. Dra. María José Campanella Jueza, Dr. Sergio Fuster Secretaria. En los autos caratulados: IÑIGUEZ, CINTIA MELISA c/ BLAZQUEZ, NICOLAS s/ Alimentos CUIJ N 21-11394778-8, en trámite por ante el Tribunal Colegiado de Instancia Única Civil de Familia de la 3 Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. María José Campanella Jueza, Dr. Sergio Fuster Secretaria, se dispuso: N 1300. Rosario, 08/05/2023. Y VISTOS Y
CONSIDERANDO QUE RESUELVO: 1 Hacer lugar a la pretensión cautelar y, en consecuencia, fijar una cuota alimentaría provisoria en favor de CATALINA
BLAZQUEZ D.N.I. N 53.798.848 y JUAN IGNACIO BLAZQUEZ D.N.I. N
57.326.693 y a cargo de su progenitor NICOLAS BLAZQUEZ D.N.I. N 31.115.676
equivalente a un Salario Mínimo, Vital y Móvil publicado en el BOLETÍN OFICIAL por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación suma que actualmente -mayo de 2023- asciende a $84.512.- mensuales, con más las asignaciones familiares que correspondieren y toda otra bonificación en beneficio de los alimentados. El monto ordenado se actualizará automáticamente en las oportunidades y porcentajes con que se incremente el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Dicha suma deberá ser depositada en el Banco Municipal Rosario, Sucursal N 80 Caja de Abogados, sito en calle Montevideo N 2076, en cuenta bancaria judicial que se abrirá para estos autos y a la orden de este Tribunal, del 1 al 10 de cada mes. 2
Hágase saber al alimentante lo dispuesto por el art. 40 de la Ley 11.945 que a continuación se transcribe: Habilita la inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos el incumplimiento de tres cuotas consecutivas o cinco alternadas dentro de los dos años, ya sean de alimentos provisorios o definitivos. 3 Notifíquese a las partes y al Defensor General en su despacho. 4 Insértese y hágase saber. AUTOS: IÑIGUEZ CINTIA MELISA c/ BLAZQUEZ NICOLAS s/ Alimentos CUIJ 21-11394778-8. Fdo. Dra. María José Campanella Jueza, Dra. Julieta Biancardi Prosecretaria. Y, ROSARIO, 10 de Julio de 2023. Por notificado. Por interpuestos recurso de revocatoria parcial y apelación en subsidio contra la resolución N 1300 de fecha 08/05/2023, si en tiempo y forma estuvieran. Al recurso de revocatoria parcial, traslado a la contraparte por el término y bajo apercibimiento de ley.
Al recurso de apelación interpuesto en subsidio, no ha lugar, atento no resultar ser parte de la estructura impugnativa de los Tribunales Colegiados. Téngase presente.
Notifíquese. Fdo. Dra. María José Campanella Jueza, Dr. Sergio Fuster Secretaria. En los autos caratulados: IÑIGUEZ, CINTIA MELISA c/ BLAZQUEZ, NICOLAS s/ Alimentos CUIJ N 21-11394778-8, en trámite por ante el Tribunal Colegiado de Instancia Única Civil de Familia de la 3 Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. María José Campanella Jueza, Dr. Sergio Fuster Secretaria, se dispuso: N 1300. Rosario, 08/05/2023. Y VISTOS Y CONSIDERANDO QUE
RESUELVO: 1 Hacer lugar a la pretensión cautelar y, en consecuencia, fijar una cuota alimentaría provisoria en favor de CATALINA BLAZQUEZ D.N.I. N
53.798.848 y JUAN IGNACIO BLAZQUEZ D.N.I. N 57.326.693 y a cargo de su
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progenitor NICOLAS BLAZQUEZ D.N.I. N 31.115.676 equivalente a un Salario Mínimo, Vital y Móvil publicado en el BOLETÍN OFICIAL por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación suma que actualmente -mayo de 2023- asciende a $84.512.- mensuales, con más las asignaciones familiares que correspondieren y toda otra bonificación en beneficio de los alimentados. El monto ordenado se actualizará automáticamente en las oportunidades y porcentajes con que se incremente el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Dicha suma deberá ser depositada en el Banco Municipal Rosario, Sucursal N 80 Caja de Abogados, sito en calle Montevideo N 2076, en cuenta bancaria judicial que se abrirá para estos autos y a la orden de este Tribunal, del 10 al 10 de cada mes. 2 Hágase saber al alimentante lo dispuesto por el art. 40 de la Ley 11.945 que a continuación se transcribe: Habilita la inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos el incumplimiento de tres cuotas consecutivas o cinco alternadas dentro de los dos años, ya sean de alimentos provisorios o definitivos. 3 Notifíquese a las partes y al Defensor General en su despacho. 4 Insértese y hágase saber. AUTOS: IÑIGUEZ CINTIA MELISA
c/ BLAZQUEZ NICOLAS s/ Alimentos CUIJ 21-11394778-8. Fdo. Dra. María José Campanella Jueza, Dra. Julieta Biancardi Prosecretaria. Y, ROSARIO, 10 de Julio de 2023. Por notificado. Por interpuestos recurso de revocatoria parcial y apelación en subsidio contra la resolución N 1300 de fecha 08/05/2023, sien tiempo y forma estuvieran. Al recurso de revocatoria parcial, traslado a la contraparte por el término y bajo de ley. Al recurso de apelación interpuesto en subsidio, no ha lugar, atento no resultar ser de la estructura impugnativa de los Tribunales Colegiados.
Téngase presente. Notifíquese. Fdo. Dra. Mía José Campanella Jueza, Dr. Sergio Fuster Secretaria.
505566
Ago. 31 Set. 4
S/C


JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

Por disposición del Juez del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décimo Segunda Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Fabián E. Daniel Bellizia, Juez, Secretaria de la autorizante, en autos caratulados: OLGA MARGARITA
s/Quiebra - CUIJ 21-02949068-3, se ha presentado informe final y proyecto de distribución y por Auto N 135 de fecha 09/03/2023 fueron regularon los honorarios de los Dres. Ignacio Arroyo y Dr. Santiago Barbarach profesionales por la fallida en la suma de $ 109.591,14 en proporción de ley; y de la CPN Luisa Maria Parrella Sindica en la suma de $ 164.386,72. Rosario 16/08/23 .Elisabet Carla Felipetti Secretaria Subrogante.
505554
Ago. 31 Set. 1
S/C


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 14 Nominación de Rosario y en autos BANCO MACRO SA c/ DOMINGUEZ, BRIGIDA ESTHER Y OTROS s/Juicio Ejecutivo 21-02847754-3 se hace saber que se dictó lo siguiente: N 763, ROSARIO 11/08/23, ANTECEDENTES: . . . FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO: . . . RESUELVÓ: 1.- Seguir adelante la ejecución hasta tanto la actora se haga íntegro cobro de la suma de $ 121.804,92.con más los intereses pactados en cuanto los mismos no superen la tasa activa sumada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A y en caso de superarla se aplicará dicha tasa, todo ello con más el IVA correspondiente, desde la fecha de la mora y hasta el día de su efectivo pago, en los términos expuestos en la parte de los fundamentos de la presente. IIImponer costas al vencido Art. 251 C.P.CyC. III-Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva. IV-Notificar la presente sentencia al Ministerio Público Fiscal. Insértese y hágase saber.. Dra.
DRA. VALERIA BELTRAME Prosecretaria DR. MARCELO C. M. QUAGLIA
Juez.Rosario 17/08/23.Dra. Karina Arreche, secretaria subrogante.
$ 50

505592
Ago. 31 Set. 4


En los autos caratulados: MUTUAL AGINCO c/ FRANCIA MONELLA ALBERTO Y
OT. s/Ejecutivo - CUIJ Nº 21-01562052-5, que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 14º Nominación de Rosario. A
cargo del Dr. Quaglia, Secretaria de la autorizante, se ha dictado lo siguiente: Rosario, 03/08/2023.Con los autos a la vista se provee el escrito cargo N 10806/2023:
téngase presente la planilla practicada. De manifiesto en la Oficina por el término y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula con expresión de monto. Firmado: Dra. Arreche Secretaria Subrogante SE DEJA CONSTANCIA DE QUE SE
HA PUESTO DE MANIFIESTO LA PLANILLA PRACTICADA EN AUTOS, LA CUAL
ASCIENDE A LA SUMA DE PESOS CUATROCIENTOS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS C/50/100 $ 400.746,50.Rosario 17/08/23.Dra. Karina Arreche, Secretaria Subrogante.
$ 50

505485
Ago. 31 Set. 4


Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la 17 Nominación de Rosario, dentro de los Autos caratulados: FRIZ, ANA MARIA s/Sumaria Información;
CUIJ 21-02966606-4, llama para que comparezcan dentro del plazo de 15 días hábiles quienes deseen formular oposición al cambio de nombre ANA MARIA de la llamada Ana María Friz, DNI N 26.100.735, para que el mismo sea identificado como RAMON OSCAR, todo ello conforme a lo ordenado en autos mediante decreto que a continuación se transcribe: Rosario, 23 de Febrero de 2023. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, con patrocinio de la Defensoría General Zonal N 1, désele la participación que por derecho le corresponda. Por promovida acción tendiente al cambio de nombre en los términos expresados. Imprimase al presente proceso el trámite sumarísimo. Acompañe en debida forma copias de los DNI glosadas a fs. 5 y 6 de autos atento no resultar visibles las mismas.
Dese intervención al Sr. Fiscal. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales una vez por mes; en el lapso de dos meses cfme. Art. 70 del C.C.C.N.. Por ofrecida prueba, téngase presente y certifique la documental acompañada en copia. Líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble y a los Registros de la Propiedad Automotor a fin que informen si existen medidas precautorias a nombre del interesado y al Registro de. Procesos Universales a fin que informe si existe quiebra o concurso del interesado. Ofíciese a la Jefatura de Policía Unidad Regional II Rosario, al Registro Nacional de Reincidencias y Estadística Criminal, a la Policía Federal Argentina Delegación Rosario, al Ministerio Público de la Acusación, y a la Oficina de Gestión Judicial de 1º y 2º instancia del Poder Judicial de la Prov. de Santa Fe a fin que informen si el interesado tiene antecedentes y/o pedido de captura y al Registro Nacional de las Personas a fin que manifieste si existe objeción al cambio de nombre. Ofíciese al BCRA a fin de que informe respecto a los antecedentes financieros del interesado y al Registro de Deudores Alimentarios y a la Dirección General de Tránsito de la Municipalidad de Rosario, todo con el fin de

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 31/8/2023

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaeseArgentina

Data31/08/2023

Conteggio pagine64

Numero di edizioni724

Prima edizione03/05/2002

Ultima edizione02/08/2024

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