Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 23/8/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / MIERCOLES 23 DE AGOSTO DE 2023

EDICTOS ANTERIORES

JUZGADO LABORAL

Por disposición del Juzgado de la Instancia de Distrito en lo Laboral de la 3 Nominación de Santa Fe se ha dispuesto que en los autos caratulados LEONE, ANDREA VIVIANA c/VERGARA, MARTA ELDA y otros s/Cobro de pesos - Rubros laborales; CUIJ Nº 21-047829752; se cita, llama y emplaza a los herederos de la Sra. Elsa Elena Vergara, CUIT Nº 27-10472732-3, para que dentro del término y bajo los apercibimientos de ley, comparezcan a tomar la intervención que por derecho les corresponda en estos autos y hacer valer sus derechos en los autos de referencia. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial tres veces venciendo el término cinco días después de su última publicación. Fdo.: Dr. Carlos GaribayJuez. Dr. Germán Allende-Secretario. Santa Fe, Agosto de 2023.
S/C
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Ago. 18 Ago. 23


TRIBUNAL COLEGIADO

Por disposición del sr. Juez del Tribunal Colegiado de Familia Nº 3, Segunda Secretaría, Dr. Fernando A. Gastiazoro, en autos SAUCEDO CARLOS DAVID c/MONZON GLADIS BEATRIZ s/Divorcio; CUIJ Nº 21-10754916-9, se notifica a la sra.
Gladis Beatriz Monzón, D.N.I. N 23.925.160, de lo resuelto supra: Santa Fe, 12 de Junio de 2023. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder acompañado fs. 1, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Téngase por promovida demanda de Divorcio art. 438 del Cód. Civ. y Com de Carlos David Saucedo. De la demanda de divorcio córrase traslado a Gladis Beatriz Monzón por el término de diez días bajo apercibimientos de ley. Agréguese la documental fundante art. 137 CPCC. Siendo de imposible implementación el impulso oficioso que prescribe el art. 709 del Código Civil y Comercial, atento la falta de recursos técnicos y humanos del Tribunal, hágase saber que el mismo estará a cargo de los litigantes. Hágase saber al Oficial Notificador que, en el momento de hacer efectiva la diligencia, y de no ser hallada/ o la/el requerida/o en el domicilio denunciado, deberá requerir a quien lo atienda o de los vecinos la confirmación de que es allí donde vive la/el misma/o y únicamente en caso afirmativo procederá a practicar la notificación. Hágase saber que ha sido designado Juez de Trámite el Dr.
Fernando A Gastiazoro art. 543 del C.P.C.C.. Notifiquen los empleados de esta Secretaría. Previo a todo trámite denuncie el domicilio real de la demandada. a todo Notifíquese por cédula con transcripción del artículo 438 del Cód. Civ. y Com. art.
63, inc. 20 del CPCC. Otro Decreto: Santa Fe, 13 de Julio de 2023. Téngase presente, agréguese la documental acompañada. Atento lo manifestado, constancias de autos y a los fines solicitados, publíquense edictos en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley y de conformidad a las previsiones de los arts.
67 y 73 del C.P.C.C. Notifíquese. Fdos.: Fernando A. Gastiazoro Juez - Marcelo Albrecht Secretario. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en los estrados judiciales. Santa Fe, 03 de Agosto de 2023.
$1
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Ago. 18 Ago. 25


JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 2 Nominación de la ciudad de Santa Fe Sta. Fe en autos caratulados MARTINEZ AGUIRRE, JUAN MANUEL MARIA s/Sumaria información; CUIJ N 21-02040352-4, A los fines previstos en el Art. 2º del Decreto 1612/95 7 y en lo pertinente a la Ley N 6.898 se hace saber que el Sr. Juan Manuel María Martínez Aguirre, DNI Nº 25.326.112, argentino, soltero, nacido el 08/09/1976, de apellido materno Aguirre, con domicilio real y legal en calle Av.
Iriondo N 2324, de la ciudad de san Justo provincia de Santa Fe, código postal 3040, título habilitante: Escribano; y cuyos progenitores son Juan Manuel Lucas Martínez y Graciela Haydee Argentina Aguirre se encuentra tramitando procedimiento de sumaria información tendiente a acreditar los extremos exigidos por los arts. 1º, 2, 4, y 7 de la ley 6.898 t.o. y Art. 1 y 2 del Decreto Reglamentario N
1612/95 T.O. Decreto 3968/15, con el propósito de tramitar la inscripción en la matrícula Profesional a cargo del Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe, Primera Circunscripción. Fdo. Dr. Carlos Federico Marcolin, Juez, Dr. Pablo Cristian Silvestrini, Secretario. 09 de agosto de 2023.
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Ago. 22 Ago. 24


Por disposición del Sr. Juez, a cargo del Juzg. de 1 Int de Dto. Jcial. N 1 en lo Civil y Comercial de la 4 Nom., sito en calle San Jerónimo 1551 de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados BRAVO, DATANA Y OTROS c/RAVERA, CARLOS ALBERTO Y OTROS s/Demanda Ordinaria; CUIJ Nº 21-02036687-4, he ha decretado la rebeldía a los posibles herederos, mediante Edicto en el BOLETÍN OFICIAL y en Hall de tribunales, de Don Ravera, Carlos Alberto, DNI N 6.600.386, seguidamente se transcribe el decreto que así lo dispone: Santa Fe, 07 de Agosto de 2023. Haciéndose efectivos los apercibimientos decretados, declárase rebelde a herederos de Carlos Alberto Ravera. Publíquense edictos. Notifíquese. Dra. Maria Alfonsina Pacor Alonso; Dr. Diego Raúl Aldao, Secretaria Juez a/cargo. Santa Fe, 09 de Agosto de 2023.
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Ago. 22 Ago. 24


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Ejecución Civil de circuito primera Secretaria de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe; Dra. Ma. José Haquin de Beron; y Secretaría a cargo de la Dra. Laura Maydana; en los autos caratulados: NUEVO PUERTO SANTA FE S.A. c/VALDIVIEZO, ANGEL OMAR
s/Juicio Ejecutivo; CUIJ Nº 21-01996888-7; se ha dispuesto librar el presente Edicto para que se tenga por promovida demanda ejecutiva contra Angel Omar Valdiviezo, DNI Nº 23.749.610 a quien se cita y emplaza para que dentro del término de tres días comparezca a estar a derecho bajo apercibimientos de rebeldía. Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL y Hall de Planta Baja de Tribunales en los términos de los arts. 28 ley 5066 y 73 del CPCC tres veces y cuyo término vencerá después del quinto día de la última publicación. Se transcriben los proveídos que ordenan la medida: Santa Fe, 10 de Abril de 2019. Téngase presente la aclaración realizada respecto al nombre del demandado. Proveyendo escrito obrante a fs. 819: Por promovida demanda ejecutiva contra Ángel Omar Valdiviezo por $ 20.551,26, a quien se citará y emplazará para que dentro del término de tres días comparezca a estar a derecho bajo apercibimientos de rebeldía. Decrétase la inhibición general de la
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parte demandada, hasta cubrir la suma reclamada con más la de $ 10.275, que se fija provisoriamente para intereses y costas. A sus efectos, ofíciese al Registro General de la Propiedad Inmueble y al Registro Nacional de la Propiedad Automotor.
Autorízase al propuesto a intervenir en su diligenciamiento. Habilítense los días y horas inhábiles que fueran menester a fin del diligenciamiento de la medida. No siendo competencia ni estando dentro de los fines del Registro de Licitadores de Obras Públicas del Ministerio de Obras Públicas y Vivienda de la Provincia de Santa Fe la inscripción y/o toma de razón de medida cautelar, a lo peticionado no ha lugar.
Procédase al escaneo y posterior devolución de la documental acompañada por la parte actora conforme se establece en la Acordada de la CSJ, Acta N 14, Acta Acuerdo Ordinario N 17 del 24/04/2017 y con los alcances allí dispuestos, constituyendo al Dr. Garrote y/o a quien éste proponga depositario judicial de la misma quien deberá constituir domicilio de depósito y presentar la documental ante el Juzgado cuando le sea requerido. Notifiquen: Aranda - González - Díaz. Notifíquese.
Fdo: Dra. Corma A. Molina Secretaria, Dra. María José Haquín de Berón Juez.
Otro Decreto: Santa Fe, 14 de Julio de 2023. Previamente, en los términos de los arts. 28 ley 5066 y 73 del CPCC cítese por edictos al demandado, los que se publicarán tres 3 veces en el BOLETÍN OFICIAL y en el lugar que al efecto ha habilitado la CSJSF en el hall de estos tribunales, cuyo término vencerá después del quinto día de la última publicación. Notifíquese. Fdo. Dra. Laura Maydana, Secretaria; Dra. Maria José Haquin de Beron, Juez. Santa Fe, 03/08/2023. Nanci Brollo, prosecretaria.
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Ago. 22 Ago. 24
$ 150


Por disposición del Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 23 de la ciudad de Las Rosas, dentro de los autos: ARGUELLO NANCY MARGARITA c/RUIZ EGLIS
MARTA Y OTROS s/Prescripción Adquisitiva; CUIJ Nº 21-26029140-5, se cite y emplace por el término de diez 10 días a comparecer o estar a derecho bajo los apercibimientos de rebeldía a los herederos y/o legatarios de Scuotri Nersi Gladis Teresa sin domicilios conocidos y a los eventuales titulares, poseedores, herederos o con interés legítimo sobre el inmueble cuya prescripción se solicita. El inmueble que se pretende Usucapir se halla ubicado en calle 19 N 312 de la ciudad de Las Parejas, provincia de Santa Fe, y su dominio se encuentra inscripto al Tomo: 149 Folio: 516
Numero: 117292 de fecha 04/06/1986, Dep. Belgrano del Registro General de la Propiedad de la ciudad de Rosario. Partido Impuesto Inmobiliario Nº 13-03-00, 179153/0476-6. Secretaría a cargo del Dr. Oscar Estelrich. Firmado, Las Rosas 9
de Agosto de 2023.
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Ago. 22 Sep. 04
$ 330

Por Disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de 1 Instancia de Circuito Nº 21 de la Localidad de Helvecia, en los autos caratulados: VUIZOT, ROBERTO OMAR
c/KAUFMANN, RICARDO A Y/O VUIZOT LUIS TEODORO Y/U OTROS s/Prescripción Adquisitiva; Expte. CUIJ Nº 21-25124721-5, que se tramita por ante el Juzgado de Primera Instancia de Circuito N 21, de la localidad de Helvecia, se ha dictado el siguiente decreto: Helvecia, 21 de Junio de 2023. Cargo 704/2023: Habiéndose cumplimentado el decreto de fecha 25/04/2023 en cuanto se agregan los edictos publicados oportunamente, se dispone: 1. A lo solicitado en escrito cargo 337/2023: no ha lugar. 2. Advertido que la providencia que dispone la apertura de la causa a pruebas es de fecha 09 de noviembre de 2020 y el ofrecimiento y producción por parte de la Actora es anterior al nombramiento del Defensor de Ausentes, cuya aceptación del cargo fue en fecha 7 de junio de 2022 y la contestación de demanda por su parte, es del 02 de diciembre de 2022; atendiendo que se han tomado declaraciones testimoniales el 20/08/2021 sin la intervención y debido control por parte del Defensor de Ausentes, dado que se encuentra involucrado el orden público, el derecho de defensa y que la debida integración de la relación jurídico procesal constituye un requisito esencial cuya ausencia afecta la validez del proceso, es que corresponde declarar la nulidad de la prueba testimonial producida sin la intervención del Defensor de Ausentes; En virtud de ello: 3. Notifíquese al Sr. Defensor de Ausentes la providencia de fecha 09/11/2020 a los fines del ofrecimiento y posterior producción de la prueba por las partes; 4. Siendo que la actora amplió la demanda contra propietario desconocido, y no habiendo comparecido, decláreselos rebeldes, debiendo publicarse los edictos correspondientes; 5. Firme que sea, hágasele saber a las partes que la designación del Defensor de Ausentes comprenderá la representación de los declarados rebeldes en autos Ricardo Adolfo Kaufmann, Luis Teodoro Vuizot, Flora Boisselau, Sucesores y/o quienes se consideren con derechos sobre el inmueble objeto de la presente acción así como a los propietarios desconocidos. Notifíquese por cédula. Fdo. Claudia Yaccuzzi Jueza, Dr. Juan Manuel Lanteri Secretario. Helvecia, 04 de agosto de 2023.
$ 615
504665
Ago. 22 Ago. 28


Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Circuito N
21 de la Localidad de Helvecia, en los autos caratulados: ABAD, ALVARO s/Juicio Ordinario; CUIJ Nº 21-25125962-0, se ha dictado el siguiente decreto: Helvecia, 06 de Julio de 2023. Cargo N 876/2023: Téngase presente. Agréguese. Atento lo informado por el Registro General y constancias de autos, habiéndose cumplimentado con lo requerido en el proveído de fecha 25/04/2023 fs.63, se dispone: Haciendo efectivos los apercibimientos decretados, declarase rebelde a los demandados Propietario Desconocido y quien se considere con derechos sobre el inmueble objeto de autos. Notifíquese por edictos que se publicarán por tres 3 días consecutivos en el Boletín Oficial y se exhibirán en el lugar que al efecto ha habilitado la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia en esos Juzgados, bajo apercibimientos de ley. Notifíquese. PII 05-01-00-021833/0012-0. Fdo. Dr. Juan Manuel Lanteri, Secretario; Dra. Claudia Yaccuzzi, Jueza. Helvecia, 02 de agosto de 2023.
$ 210
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Ago. 22 Ago. 24


El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial, Laboral y de Familia de San Javier, a cargo de la Dra. Lilian Insaurralde, comunica por dos días que en los autos: LOPEZ ERICA SOFIA s/Quiebras; CUIJ Nº 21-26169389-2, se han regulado los del Síndico CPN Ignacio Martín Pacheco Huber en la suma de $
549.381,28 y de la apoderada del fallido Dra. Rocío Scozzina, en la suma de $
254.734,84 y se ha presentado informe final y proyecto de distribución REFORMULADO Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por dos días. San Javier, 2023. Secretaria.
$1
504620
Ago. 22 Ago. 23


El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial, Laboral y de Familia de San Javier, a cargo de la Dra. Lilian, Insaurralde, comunica por dos días que en los autos: FORT, RUBEN DARIO s/Quiebras; 21-26169329-9, se han regu-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 23/8/2023

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaeseArgentina

Data23/08/2023

Conteggio pagine49

Numero di edizioni727

Prima edizione03/05/2002

Ultima edizione07/08/2024

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