Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 1/8/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

individualizados supra, en los cuales se demanda el cobro ejecutivo de pesos Cincuenta Y Un Mil $ 51.000, con más sus intereses y costas del proceso, y de los que resulta que, citado de remate el deudor, no ha comparecido ni opuesto excepción alguna, y ha sido verificada la inexistencia de escritos sueltos, según informe de Secretaría, Y CONSIDERANDO que: 1 El título acompañado, que tengo ante mi vista en este acto, trae aparejada ejecución CPC 442, 3; 2 La falta de oposición de toda excepción a la citación de remate practicada bajo apercibimientos de ley, al domicilio constituido oportunamente en autos CPC, 473 y 474, torna aplicables los apercibimientos, por lo que corresponde llevar adelante la ejecución. Consiguientemente, FALLO:
llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado Maximiliano Exequiel Torres, haga íntegro pago al ejecutante del capital reclamado de pesos Cincuenta Y Un Mil $ 51.000, con más sus intereses calculados desde la fecha de la mora a la tasa activa sumada del NBSF para operaciones de descuento de documentos a 30 días y hasta el momento del efectivo pago. Con costas. CPC, 251. Practicada planilla de liquidación, se regularán honorarios. Insértese, agréguese y hágase saber. Fdo.: Dra. Mariana Alvarado Juez, Dr. Mariana Cattani Secretaria. Arroyo Seco. 6 de Julio de 2022.
$ 40 481788 Ago. 1 Ago. 3


Por disposición del Juzgado de Primera instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/TRANSPORTE EL INDIO S.R.L.
s/APREMIO MUNICIPAL CUIJ 21-22765472-1, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 27 de Septiembre de 2019
Por presentado, domiciliado, en el carácter invocado a mérito a la copia del poder general acompañada.
Otórguesele la participación que por derecho corresponda; Agréguese la boleta de iniciación y la copia de la cédula de revocación del poder al Dr. De Rienzo acompañadas. Por iniciada demanda de apremio contra TRANSPORTEEL INDIO S.R.L. y Otros. Imprímase a este proceso el trámite previsto en la ley 5056 de esta provincia. Intímese el pago y cítese de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante a ejecución si no lo hiciere. Cítese a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. Firmado: Dra. Marina Sabina Cattani, Secretaria; Dra. Mariana Alvarado, Juez. Arroyo Seco 26 de Agosto de 2020 Atento lo informado por el Oficial Notificador, previamente el denuncie nuevo domicilio de la demandada.
Firmado: Dra. Mariana Sabina Cattani, Secretaria; Dra. Mariana Alvarado, Juez. Arroyo Seco, 02 de Agosto de 2021. Téngase presente lo manifestado. Intímese al pago y cítese de remate al demandado por edictos como se solicita FIRMADO: Dra. Mariana Sabina Cattani, Secretaria; Dra. Mariana Alvarado Juez En Tal Sentido Se Intima Al Pago Y Se Cita De Remate En Los Términos Del Art. 7 de La Ley 5066 Y Modificatorias A TRANSPORTE EL
INDIO S.R.L. y/o Quien Resulte Titular Registral y/o Contribuyente Y/O Poseedor y/o Tenedor y/o Responsable Fiscal El Art. 261 Del Código Fiscal De La Provincia De Santa Fe Por El Impuesto De Patente Unica Sobre Vehículos Respecto Del Rodado Dominio Aok180.Secretaria, 22 de marzo de 2022.
S/C 481755 Ago. 1. Ago. 3


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décimo Tercera Nominación de Rosario, en autos: MUZZO OSCAR F. s/ QUIEBRA. CUIJ 21-01513521-9 y en forma conjunta con autos MUZZO HECTOR s/ CONCURSO PREVENTIVO hoy QUIEBRA CUIJ Expte. 1143/06 y MUZZO MIGUEL
ANGEL s/ QUIEBRA Expte. Nº 1242/2001, estos últimos en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 4º Nominación de Rosario y con la conformidad de las tres sindicaturas C.P.
Claudia Serra, C.P. Elsa Lopez y C.P. Hugo Villalba, se ha dispuesto a la venta por licitación con mejoramiento de oferta, de las 3/6 partes indivisas, que corresponden a los fallidos, del siguiente inmueble: Una fracción de campo, con todo lo en él clavado, plantado alambrado y demás adherido al suelo, que se ubica en la Provincia de Salta, Departamento Oran, Partido de Pichanal, denominado LAS VARAS II, que se deslinda: es parte integrante de las fincas Las Varas, Simbolar y Pozo La Campana o Las Juntas, se designa como LOTE
ONCE del plano de fraccionamiento que se encuentra archivado en la Dirección General de Inmuebles bajo el Nº 1.395 Oran. Mide: 1.376,55 m. en su costado Lado Sud; 5.122,15 m. en su lado Este; 3.828,10 m. en su lado Oeste, y el lado Norte está formado por dos segmentos que miden, partiendo del vértice Nord-Oeste o punto 22 hasta el punto 5: 1.184,78m. y desde el punto 5 hasta el punto 54: 844,89m. lo que hace una superficie total de 597 has. 239,25 m2.; Linda: al Norte con el Río San Francisco; al Sud con la Ruta Provincial

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 1/8/2022

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaeseArgentina

Data01/08/2022

Conteggio pagine155

Numero di edizioni709

Prima edizione03/05/2002

Ultima edizione12/07/2024

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