Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 19/7/2002

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

realidad, queda subsistente la obligación de así denunciarlo y satisfacer la diferencia resultante.ART. 3: De acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 23 inciso 5 del mencionado texto legal, se intima para que dentro del plazo de 15 quince días de efectuado el ingreso para cancelar la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba o remita las constancias respectivas a la SUBDIRECCION DE PLANIFICACION, SELECCIÓN Y CONTROL, sita en calle Tucumán N 1853 ROSARIO, bajo apercibimiento de confeccionar sin más trámite el Título Ejecutivo respectivo, debiendo en consecuencia soportar la carga de los costos y costas judiciales que se irroguen en el juicio de apremio a promoverse en su contra por ante los Tribunales locales que por turno y/o competencia correspondan.ART. 4: Regístrese y pase a la SUBDIRECCION DE PLANIFICACION, SELECCIÓN Y CONTROL a los fines de su conocimiento, notificación y demás efectos pertinentes.C.P.N. CARLOS A. DIDESIDERO
Administración Regional Rosario Administración Provincial de Impuestos $ S/C.11453Jul. 19 Jul. 25

ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS
RESOLUCION N 014/02 GRAL.
SANTA FE, 08 de Julio de 2002.
VISTO:
El expediente N 13402-0306947-1 y agregado 13401-0281376-8 del registro del Sistema de Información de Expedientes; y CONSIDERANDO:
Que en reiteradas oportunidades se ha podido observar la existencia de sellados fiscales, expedidos en blanco, que carecen de la debida imputación de pago de los conceptos impositivos que los mismos cubren;
Que tal circunstancia podría dar lugar a que no se le dé a dicho pago la correcta afectación al acto o contrato que en principio hubiera correspondido;
Que tal circunstancia hace necesario reglamentar debidamente el procedimiento al que deberán ajustarse los contribuyentes y responsables de la obligación tributaria;
Que, según surge de las disposiciones legales vigentes, si bien el pago en término del gravamen se justificará con el sello fechador de las oficinas expendedoras artículo 212 del Código Fiscal, también corresponde su inutilización artículo 245 del mismo cuerpo legal;
POR ELLO,

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 19/7/2002

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaeseArgentina

Data19/07/2002

Conteggio pagine10

Numero di edizioni705

Prima edizione03/05/2002

Ultima edizione05/07/2024

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