Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 17/5/2002

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

Cuarta: Las partes acuerdan que la Comisión Directiva, una vez constituida, elaborará dentro de los sesenta 60 días de su conformación un reglamento de funcionamiento, así como un plan de actividades que será de validez anual y que tendrá en cuenta los dos objetivos fundamentales del Centro: preservación de huellas y material testimonial del Centro Clandestino de Detención "El Pozo" que funcionara en el lugar, por una parte y por otra parte la realización de todo tipo de actividades que permitan la participación de la comunidad en el proceso de recuperación y mantenimiento de la memoria colectiva conferencias, videos, visitas guiadas, etc., en el marco de la finalidad y objeto aludido en la cláusula primera.
Quinta : A los efectos del financiamiento de las actividades, la Comisión Directiva podrá gestionar subvenciones tanto oficiales como privadas, que permitan el desarrollo de las actividades que se programen.
Sexta: Previo a la entrega de posesión del local, se solicitará a la Dirección Provincial de Construcciones y Equipamiento Social Di.P.C.E.S. u otro organismo oficial un relevamiento del estado en que se encuentran las instalaciones y los elementos muebles que pudieren encontrarse, así como la confección de un croquis, ello con la finalidad de anexar tal informe y croquis al convenio, y en orden a dejar determinado cuál es el espacio que se cede en administración a los Organismos de Derechos Humanos, y en qué condiciones.
Séptima: Los Organismos de Derechos Humanos -quienes detentarán la custodia y administración de tales instalacionesdeberán contratar un seguro de responsabilidad civil que mantenga indemne al Estado Provincial de los eventuales reclamos por accidentes, daños y perjuicios.
Octava: Las pautas generales atinentes al funcionamiento del Centro horarios de actividades, etc.
han de supeditarse a la aprobación conjunta del Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto, y de la Secretaría General de la Gobemación, que -a la vezdeberán coordinar las necesidades funcionales de las organizaciones con las demás actividades del edificio.
Novena: El plazo fijado en el presente convenio podrá prorrogarse por otros diez 10 años, de común acuerdo entre las partes signatarias.
Décima: Las partes podrán rescindir el presente convenio sin expresión de causa en cualquier momento, mediante comunicación formal a la otra parte con un plazo no menor de treinta 30 días.
Décimoprimera: A los efectos de la interpretación y/o aplicacíón del presente convenio las partes se someten a la jurisdicción judicial de los Tribunales Ordinarios con asiento en la ciudad de Rosario, renunciando a cualquier otro fuero.
Previa lectura y ratificación de su contenido, suscriben las partes la cantidad de ejemplares, en la ciudad de Rosario, a los días del mes de de 2002.


MUNICIPALIDAD DE ARMSTRONG
LICITACION PUBLICA N 01/2002
OBJETO: Adquisición y montaje de un cuerpo de 40 nichos a ubicarse en el Cementerio local.

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 17/5/2002

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaeseArgentina

Data17/05/2002

Conteggio pagine4

Numero di edizioni714

Prima edizione03/05/2002

Ultima edizione19/07/2024

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