Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 17/10/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

BOLETÍN OFICIAL

BOLETÍN OFICIAL

RÍO GALLEGOS, 17 de octubre de 2023.-

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ

AÑO LXVIII N 5819

M I N I S T E R I O D E L A S E C R E TA R Í A G E N E R A L D E L A G O B E R N AC I Ó N

obrante a fojas 17 y SLyT-GOB-Nº 745/23, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 23/26;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- AUTORÍZASE al Ministerio de Gobierno para que a través de la Dirección Provincial de Administración, Despacho y Control de Gestión dependiente de la Subsecretaría Técnica y Administrativa, proceda a la creación del Fondo Rotatorio Especial FRE, a favor de la Secretaría de Estado de Cultura, por la suma de PESOS SEIS MILLONES VEINTINUEVE MIL SEISCIENTOS CUARENTA $ 6.029.640,00.Artículo 2º.- DÉJASE ESTABLECIDO, que el Fondo Rotatorio Especial FRE cuya creación se autoriza por el artículo precedente, será utilizado para solventar los gastos que demanden los pasajes aéreos y honorarios del Grupo Folklórico Las Voces de Orán quienes se presentarán el día 22 de agosto del año 2023 en el marco del 190º Aniversario de la localidad de Comandante Luis Piedra Buena, evento que se desarrollará durante los días 22, 23 y 24 del mismo mes.Artículo 3º.- DÉJASE ESTABLECIDO que el Ministerio de Gobierno deberá proceder a la creación del Fondo Rotatorio Especial FRE en los términos de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Provincial Nº 3755, su modificatoria Nº 3810, Decreto Reglamentario Nº 1678/22 y Memorándum Nº 2/CGP/2023.Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.Artículo 5º.- PASE al Ministerio de Gobierno Dirección Provincial de Administración, Despacho y Control de Gestión a sus efectos tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dese al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Sr. Leandro Eduardo Zuliani ________
DECRETO N 0958
RÍO GALLEGOS, 14 de agosto de 2023.VISTO:
El Expediente MEFI-Nº 411.470/23, iniciado por la Subsecretaría de Presupuesto y elevado por el Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, y;
CONSIDERANDO:
Que a fojas 02 obra Nota Nº 0100 de fecha 2 de agosto del año 2023 de la Dirección Provincial de Informática del Consejo Provincial de Educación, mediante la cual solicita la ampliación del crédito en el Presupuesto del Ejercicio 2023 por la suma total de PESOS DOS MIL QUINIENTOS MILLONES $ 2.500.000.000,00, en concepto de Fondo Nacional de Incentivo Docente;
Que a fin de posibilitar su utilización resulta necesaria la incorporación de dichos recursos al Ejercicio Presupuestario 2023;
Que la Subsecretaría de Presupuesto ha tomado intervención de competencia propiciando la instrumentación de la presente modificación presupuestaria;
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 11 de la Ley Nº 3812 y el artículo 49 de la Ley Nº 3755 y su modificatoria Nº 3810;
Por ello y atento a los Dictámenes CAJ-Nº 789/23, emitido por la Coordinación de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, obrante a fojas 16/17 y SLyT-GOB Nº 751/23, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 24/25;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- INCREMÉNTASE en la suma total de PESOS DOS MIL QUINIENTOS MILLONES $ 2.500.000.000,00;
el total de recursos del Presupuesto 2023 conforme al detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, la cual forma parte integrante del presente.Artículo 2.- AMPLÍASE en la suma total de PESOS DOS MIL QUINIENTOS MILLONES $ 2.500.000.000,00;
en el Presupuesto 2023 el crédito de la JURISDICCIÓN; SAF; FUENTE DE FINANCIAMIENTO; CATEGORÍAS PROGRAMÁTICAS; IPP, conforme al detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo que forma parte integrante de la presente medida.Artículo 3º.- COMUNÍQUESE a la Honorable Cámara de Diputados conforme lo establecido en el artículo 11
de la Ley Nº 3812.Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía, Finanzas e Infraestructura.Artículo 5º.- PASE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dese al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Lic. Ignacio Perincioli
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Pág. 2

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 17/10/2023

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaeseArgentina

Data17/10/2023

Conteggio pagine50

Numero di edizioni1767

Prima edizione19/02/2002

Ultima edizione11/07/2024

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