Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 12/10/2023

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

BOLETÍN OFICIAL

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ

BOLETÍN OFICIAL
RÍO GALLEGOS, 12 de octubre de 2023.-

M I N I S T E R I O D E L A S E C R E TA R Í A G E N E R A L D E L A G O B E R N AC I Ó N

AÑO LXVIII N 5818

DECRETOS COMPLETOS
DECRETO N 0915
RÍO GALLEGOS, 04 de agosto de 2023.VISTO:
El Expediente A.M.A. N 180.799/23, iniciado por la Agencia de Medios y Contenidos Audiovisuales de Santa Cruz AMA SANTA CRUZ, elevado por el Ministerio de Gobierno; y CONSIDERANDO:
Que con motivo de la nueva reglamentación vigente relacionada al Sistema Integral de Medios y Contenidos Públicos regido por la Ley Nº 3723 y su Decreto Reglamentario Nº 0481/22, y la puesta en vigencia de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Provincial Nº 3755 y su modificatoria Ley Nº 3810 con su respectivo Decreto Reglamentario Nº 1678/22, se deberá proceder a efectuar una nueva reglamentación en cuanto al régimen de la contratación de publicidad oficial de la Administración Pública Central y Descentralizada, Unidad Ejecutora, Entes Descentralizados y Entidades Autárquicas teniendo en cuenta los principios generales que rigen la materia;
Que asimismo, de los antecedentes normativos que sustentan la medida antes mencionada, el artículo 5º de la Ley N 3723 prevé: Competencias. La agencia tendrá por objeto coordinar las políticas de comunicación e información pública, gestionar y administrar los medios públicos de la provincia, promover la producción de contenidos, la difusión del conocimiento y el acceso a la información en materia de cultura, educación y formación profesional, ciencia y tecnología, salud, promoción de valores y desarrollo de iniciativas sociales y productivas a través de nuevas tecnologías, medios de comunicación y dispositivos a nivel federal en toda la Provincia;
Que mediante el artículo 5º del Decreto Nº 0481/22, el cual reglamenta la Ley mencionada Ut Supra, se procedió a determinar las atribuciones y deberes que recaen sobre la Agencia de Medios y Contenidos Audiovisuales de Santa Cruz A.M.A. SANTA CRUZ, los cuales son esenciales y fundamentales para que la misma pueda dar cumplimiento a sus objetivos;
Que entre las misiones y funciones, se encuentran las de asesorar a todos los organismos del Estado Provincial, e interpretar y difundir los actos de gobierno y de toda actividad de interés general para la comunidad;
Que asimismo dicho Ente A.M.A. tiene a su cargo la centralización, dirección y distribución de la información de la Gobernación, Ministerios, Organismos Autárquicos, Sociedades del Estado y Sociedades Anónimas del Estado Provincial, y la facultad de realizar las contrataciones que demanden la comunicación que requiera la publicidad institucional del gobierno provincial, con su respectiva emisión y control de las órdenes de publicidad;
Que asimismo corresponde establecer que la autoridad de aplicación, en materia de contratación de publicidad oficial de la administración central y descentralizada, será la agencia;
Que para el cumplimiento de sus objetivos, se torna necesario facultar a dicho Ente a efectuar las autorizaciones referidas a toda erogación inherente a publicidad oficial, producciones fílmicas, periodísticas, revistas, publicaciones gráficas, o cualquier otro;
Que a su vez resulta necesario aprobar los principios generales que regirán las Contrataciones de Publicidad Oficial a los que debe ajustarse la contratación, de conformidad a lo establecido en el ANEXO I del presente;
Que lo anterior dotará de herramientas que aporten transparencia, control y celeridad a la contratación de publicidad oficial, en el marco de los procedimientos que sean necesarios efectuar a esos fines;
Que asimismo resulta propicio delegar en el Ente la elaboración de los Contratos de Publicidad Oficial y Declaración Jurada de Emisiones Publicitarias en Servicios de Comunicación Audiovisual;
Que se deja establecido que todas las Contrataciones efectuadas en el marco del presente Decreto, se harán conforme lo establecido en la Ley Nº 3755 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Provincial y su modificatoria Ley Nº 3810 y su Decreto Reglamentario Nº 1678/22;
Que conforme lo expuesto corresponde dejar sin efecto las disposiciones establecidas en los Decretos Nros.
0396/18, 0791/20 y 1349/21;
Que nada obsta para proceder en consecuencia;
Por ello y atento a los Dictámenes AL-Nº 658/23, emitido por la Asesoría Letrada del Ministerio de Gobierno, obrante a fojas 139 y SLyT-GOB Nº 711/23, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 148/149;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- APRUÉBASE, los Principios Generales para la contratación de Publicidad Oficial, que como ANEXO I forma parte integrante del presente.Artículo 2.- FACÚLTASE, a la Agencia de Medios y Contenidos Audiovisuales de Santa Cruz A.M.A. a generar los modelos de Contrato de Publicidad Oficial y Declaración Jurada de Emisiones Publicitarias en Servicios de Comunicación Audiovisual.Artículo 3.- DESÍGNASE, a la Agencia de Medios y Contenidos Audiovisuales de Santa Cruz A.M.A. como autoridad de aplicación del presente.Artículo 4.- FACÚLTASE, al/la titular de la Dirección Superior de A.M.A. Santa Cruz a efectuar las autorizaciones referidas a todas las erogaciones a publicidad oficial, producciones fílmicas periodísticas, revistas, Pág. 1

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 12/10/2023

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaeseArgentina

Data12/10/2023

Conteggio pagine54

Numero di edizioni1767

Prima edizione19/02/2002

Ultima edizione11/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Octubre 2023>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031