Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 17/10/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

Página 12

RIO GALLEGOS, 17 de Octubre de 2019.-

convocatorias TECPE S.A.
La firma TECPE SA, convoca a SOCIOS-ACCIONISTAS para participar en ASAMBLEA GENERAL Ordinaria a celebrarse el día 26 de Octubre de 2019 a las 09 hs y con el propósito de tratar el siguiente ORDEN DEL DIA:
1Designación de Dos 2 accionistas para la firma del Acta respectiva.
2Consideración de la Memoria, Balance General, Estado de resultados e informe de la Comisión Fiscalizadora correspondiente al Ejercicio terminado el 31 de Diciembre de 2018.
3Distribución de utilidades del ejercicio 2018.
4Retribución del directorio y comisión Fiscalizadora.
La Asamblea General ordinaria se realizará en las oficinas de la firma TECPE SA sitas en Barrio Industrial s/n de Cañadón Seco y dará inicio en la fecha y hora señaladas una vez reunidos los quórums Estatutarios y fijados por la Ley 19.550 to para su validez -

P-2

CARLOS ALBERTO BRIZUELA
D.N.I.: 14.252.905
Presidente TECPE S.A.


ASOC. MUTUAL DE S.M.A.T.A.

Convócase a los Señores Socios de ASOCIACION MUTUAL DE AFILIADOS AL SINDICATO
DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE
AUTOMOTOR a Asamblea Ordinaria para el día 06 de Noviembre de 2019 a las 19:00 hs. en primera convocatoria y a las 20:00 hs. en segunda convocatoria, en el domicilio especial sito en la Santiago del Estero N 43 de la ciudad de Río Gallegos para tratar el siguiente:
ORDEN DEL DÍA
1 Designación de dos socios para firmar el acta.
2 Consideración de la documentación anual: Balance General, Cuenta de Gastos y Recursos; la Memoria presentada por el órgano directivo; y el Informe de la Junta Fiscalizadora art. 32 del Estatuto correspondiente al ejercicio cerrado al 30 de junio de 2019.
3 Consideración de la gestión de la Comisión Directiva durante el ejercicio cerrado al 30 de junio de 2019.
4 Consideración de la gestión de la Junta Fiscalizadora durante el ejercicio cerrado al 30 de junio de 2019.
5 Consideración de los resultados correspondientes al ejercicio cerrado al 30 de junio de 2019 y su destino.
Comisión Directiva
P-2

MARCELO R. ARGUELLO
Presidente Asoc. Mutual de S.M.A.T.A.


NOTIFICACIONES
CEDULA DE NOTIFICACION A LA R/S:
GREEN S.R.L.
Hago saber Ud., que autos caratulados MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
sobre ACTA DE INSPECCION A LA RAZON SOCIAL GREEN S.R.L., que se tramita por ante este Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social bajo Expediente N513.516/2019, se ha dictado Resolución N 782/19 que transcripta en sus partes pertinentes dice así Río Gallegos 05 de Septiembre de 2019 VISTO
CONSIDERANDO: Que, el mismo tiene origen en una Inspección realizada por este organismo a la Razón Social GREEN SRL / CUIT N 30-71476837-5, con domicilio legal en Avda. Kirchner N 952 Dpto. N 23

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. nº 5396 DE 14 PAGINAS

y de Inspección en calle Entre Ríos N 68 de la Ciudad de Río Gallegos Provincia de Santa Cruz; Que, según constancias de fs. 02 y 07 la RAZÓN SOCIAL ha contado con los plazos razonables para efectuar descargos y ofrecer pruebas que hagan a su Derecho de Defensa, a los fines de dar cumplimiento con lo requerido en el Acta de Inspección N 104/2019 de fecha 22 de enero de 2019 y en el Dictamen Acusatorio Circunstanciado N
141/19 obrante a fs. 04; Que, ante tal situación la misma es pasible de la sanción prevista en el Art. 46 de la Ley 2.450/96 y concordantes, teniéndose en cuenta que la Razón Social infringe en lo siguiente: Ley 24.557 Arts.
26 y 27 Contrato de afiliación a una ART con nómina de trabajadores cubiertos, RES. SRT 463/09 Declaración del relevamiento general de riesgos laborales presentado ante su ART firmada por el empleador y/o Servicio de Higiene y Seguridad y RES. SRT 37/10
Art. 4 Nómina de Trabajadores expuestos a agentes de riesgo presentado ante su aseguradora; Que, conforme a las facultades conferidas por el Art. 46º de Ley 2.450, de Procedimiento Administrativo en lo Laboral de la Provincia de Santa Cruz, el Anexo II Capítulo 2 Artículo 5 Apartado 1 Inc. a del Pacto Federal del Trabajo Ley N 25212 ratificada por Ley Pcial. N 2506 y en concordancia con el Dictamen Nº 937/DGAJ/19 obrante a fs. 13/13 vta., debe dictarse el acto sancionatorio correspondiente; POR ELLO: EL MINISTRO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE ARTÍCULO 1.- SANCIONAR con un APERCIBIMIENTO a la Razón Social GREEN
SRL / CUIT N 30-71476837-5, con domicilio legal en calle Avda. Kirchner N 952 y de Inspección en calle Entre Ríos N 68 de la Ciudad de Río Gallegos Provincia de Santa Cruz, por infracción a la: Ley 24.557 Arts.
26 y 27, de acuerdo al Anexo II Capítulo 2 Artículo 5
Apartado 1 Inc. a del Pacto Federal del Trabajo Ley N
25212 ratificada por Ley Pcial N 2506, conforme los considerando de la presente. ARTÍCULO 2º.- Regístrese, Notifíquese y Cumplido ARCHÍVESE.MARIA ELINA SANDOVAL
Directora General de Conciliación y Arbitraje Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Provincia de Santa Cruz P-1


CEDULA DE NOTIFICACION A LA R/S:
PARODI MARIA AGUSTINA
Hago saber Ud., que autos caratulados MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
sobre ACTA DE INSPECCION DE SEGURIDAD
E HIGIENE A LA RAZON SOCIAL PARODI
MARIA AGUSTINA., que se tramita por ante este Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social bajo Expediente N 513.981/2019, se ha dictado Resolución N 778/19 que transcripta en sus partes pertinentes dice así Río Gallegos 05 de Septiembre de 2019 VISTO CONSIDERANDO: Que, el mismo tiene origen en una Inspección realizada por este organismo a la Razón Social PARODI MARIA AGUSTINA / CUIT
N 27-06249898-1, con domicilio legal y de Inspección en calle 9 de Julio N 410 de la Ciudad de Río Gallegos Provincia de Santa Cruz; Que, según constancias de fs. 02 y 07 la RAZÓN SOCIAL ha contado con los plazos razonables para efectuar descargos y ofrecer pruebas que hagan a su Derecho de Defensa, a los fines de dar cumplimiento con lo requerido en el Acta de Inspección N 356/2019 de fecha 08 de Abril 2019 y en el Dictamen Acusatorio Circunstanciado N 236/19
obrante a fs. 04; Que, ante tal situación la misma es pasible de la sanción prevista en el Art. 46 de la Ley 2.450/96 y concordantes, teniéndose en cuenta que la Razón Social infringe en lo siguiente: Ley 24.557 Arts.
26 y 27 Contrato de afiliación a una ART con nómina de trabajadores cubiertos, RES. SRT 463/09 Declaración del relevamiento general de riesgos laborales presentado ante su ART firmada por el empleador y/o Servicio de Higiene y Seguridad y RES.SRT 37/10
Art. 4 Nómina de Trabajadores expuestos a agentes de riesgo presentado ante su aseguradora; Que, conforme a las facultades conferidas por el Art. 46º de Ley 2.450,
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de Procedimiento Administrativo en lo Laboral de la Provincia de Santa Cruz, el Anexo II Capítulo 2 Artículo 5 Apartado 1 Inc. a del Pacto Federal del Trabajo Ley N 25212 ratificada por Ley Pcial. N 2506 y en concordancia con el Dictamen Nº 944/DGAJ/19 obrante a fs. 13/13 vta., debe dictarse el acto sancionatorio correspondiente; POR ELLO: EL MINISTRO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE ARTÍCULO 1.- SANCIONAR con un APERCIBIMIENTO a la Razón Social PARODI
MARIA AGUSTINA / CUIT N 27-06249898-1, con domicilio legal y de Inspección en calle 9 de Julio N
410 de la Ciudad de Río Gallegos Provincia de Santa Cruz, por infracción a la: Ley 24.557 Arts. 26 y 27, RES. SRT 463/09 y RES.SRT 37/10 Art. 4 de acuerdo al Anexo II Capítulo 2 Artículo 5 Apartado 1 Inc. a del Pacto Federal del Trabajo Ley N 25212 ratificada por Ley Pcial N 2506, conforme los considerando de la presente. ARTÍCULO 2º.- Regístrese, Notifíquese y Cumplido ARCHÍVESE.MARIA ELINA SANDOVAL
Directora General de Conciliación y Arbitraje Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Provincia de Santa Cruz P-1
CEDULA DE NOTIFICACION A LA R/S:
PARODI MARIA AGUSTINA
Hago saber Ud., que autos caratulados MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
sobre ACTA DE INSPECCION A LA RAZON
SOCIAL PARODI MARIA AGUSTINA., que se tramita por ante este Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social bajo Expediente N 514.030/2019, se ha dictado Resolución N 804/19 que transcripta en sus partes pertinentes dice así Río Gallegos 10 de Septiembre de 2019 VISTO CONSIDERANDO: Que, el mismo tiene origen en una Inspección realizada por este organismo a la Razón Social PARODI MARIA AGUSTINA / CUIT N 27-06249898-1, con domicilio legal y de Inspección en calle 9 de Julio N 410 de la Ciudad de Río Gallegos Provincia de Santa Cruz; Que, la RAZON
SOCIAL en cuestión no cumplió con los requerimientos del Acta de Inspección N 372/2019 de fecha 08 de Abril de 2019, obrante a fs. 02 del expediente de marras;
Que, según constancias de fs. 02 y 07 la RAZÓN SOCIAL ha contado con los plazos razonables para efectuar descargos y ofrecer pruebas que hagan a su Derecho de Defensa, a los fines de dar cumplimiento con lo requerido en el Acta de Inspección Laboral mencionada precedentemente y en el Dictamen Acusatorio Circunstanciado N
213/19 obrante a fs. 04, Que, ante tal situación la misma es pasible de la sanción prevista en el Art. 46 de la Ley 2.450/96 y concordantes, teniéndose en cuenta que la Razón Social infringe en lo siguiente: Ley 20.744 Art.
52 Libro y/o planilla de sueldos y jornales rubricado y foliado por autoridad laboral Art. 138 al 140 Recibo de sueldo doble ejemplar y contenido necesario Ley 24.013
Art. 18 Formulario con comprobante de pago de aportes y contribuciones patronales, asignación familiar y obra social RES. 1891 Art. 2 Altas tempranas y bajas ante A.F.I.P. Dcto. 1567/74 Contrato y vigencia del seguro de vida colectivo y obligatorio con nómina de personal asegurado y último comprobante de pago Ley 24557
Art. 23 Inc. 1 y 3 Art. 27 Inc. 1 y 3 Contrato y vigencia de la aseguradora de riesgo de trabajo con nómina del personal asegurado y último comprobante de pago contrato de afiliación a una ART con nómina de trabajadores cubiertos, la documentación solicitada corresponde a los meses de Enero y Febrero de 2019; Que, atento a lo expuesto y a que la Razón Social PARODI MARIA
AGUSTINA / CUIT N 27-06249898-1, ha infringido normas de la Legislación Laboral, correspondiendo en consecuencia aplicar una multa equivalente a PESOS
DOS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO
con 00/100 $ 2.975,00 por cada trabajador afectado por la infracción, de acuerdo a la planilla de constatación de de personal obrante a fs. 03 y a lo estipulado y normado en el Anexo II Capítulo 2, Art. 2 Inc. d, Art. 3 Inc.
g y Art. 4 Inc. g, del pacto Federal del Trabajo Ley

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 17/10/2019

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaeseArgentina

Data17/10/2019

Conteggio pagine14

Numero di edizioni1773

Prima edizione19/02/2002

Ultima edizione01/08/2024

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