Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 27/6/2019

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

Página 6

RIO GALLEGOS, 27 de Junio de 2019.-

miento de las sociedades.19Impuestos que gravan las transferencias de inmuebles. Hechos imponibles. Responsabilidad del escribano. Alícuotas aplicables a operaciones de inmuebles de la ley de sellos Provincial.20Obligatoriedad de dar cumplimiento a la Ley Provincial N 1673 Articulo 46.
21Documentos habilitantes para la representación legal, orgánica y voluntaria.22Actas Concepto. Distintas Clases.23Mutuo.AMPLIACIÓN DE TEMARIO
RESOL. 140/15 08/05/15
1 UNIONES CONVIVENCIALES.2 PODER ESPECIAL IRREVOCABLE.3 ASENTIMIENTO CONYUGAL.________
RESOLUCION Nº 0265
Río Gallegos, 16 de mayo de 2019.VISTO:
El Expediente MG-Nº 507.197/18; La Ley Provincial N 3523 de Seguridad Pública y las Resoluciones Nros. 949/12 del 30 de Agosto del año 2012; 428/13 de fecha 27 de Julio del año 2013; 225/16 de fecha 1º de Junio del año 2016; 1278-E/17 de Noviembre del año 2017 del Ministerio de Seguridad de la Nación y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo de propicia la ratificación en todas sus partes del CONVENIO DE ADHESIÓN
A LA GUÍA DE ACTUACIÓN PARA LAS FUERZAS POLICIALES Y DE SEGURIDAD PARA
LA INVESTIGACIÓN DE FEMICIDIOS EN EL
LUGAR DEL HECHO, suscripto el día 07 de Marzo del corriente año, entre la Provincia de Santa Cruz, representada por el titular de la Secretaría de Estado de Seguridad, Dr. Lisandro Gabriel DE LA TORRE y el Ministerio de Seguridad de la Nación, representado por su titular, Dra. Patricia BULLRICH;
Que con la puesta en vigencia de la Ley Nº 3523 de Seguridad Pública se propició la implementación de un nuevo paradigma en materia de seguridad, basada en la acción coordinada y la interacción permanente entre las personas y las instituciones del sistema democrático, representativo y republicano, particularmente, los organismos componentes del sistema institucional de seguridad ciudadana;
Que para alcanzar, mantener y garantizar la seguridad provincial es indispensable que los recursos humanos de las fuerzas policiales y de seguridad que constituyen el SISTEMA DE SEGURIDAD PÚBLICA
actúen conforme a las doctrinas, técnicas y prácticas profesionales comprometidas con la plena vigencia de los derechos humanos;
Que por Ley Nacional Nº 24.632 se aprobó la Convención Interamericana Para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer;
Que el Artículo 4º de dicha Convención dispone que los Estados Partes deberán abstenerse de cualquier acción práctica de violencia contra la mujer y velar porque las autoridades, sus funcionarios, personal y agentes, e instituciones se comporten de conformidad con esta obligación; a actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer y a establecer los mecanismos judiciales y administrativos necesarios para asegurar que la mujer objeto de violencia tenga acceso efectivo a resarcimiento, reparación del daño u otros medios de compensación justos y eficaces conforme Articulo 7;
Que asimismo la Ley Nº 26.791 modificó el Artículo 80 del Código Penal de la Nación para incluir entre los homicidios susceptibles de ser condenados con prisión perpetua a aquellos que se cometen por razón de género, existiendo o no un vínculo entre la víctima;
Que de acuerdo con la legislación vigente, y con el objetivo de garantizar el acceso a la justicia por parte de las víctimas, la investigación de homicidios de mujeres requiere de un abordaje metodológicamente orientado a la identificación de indicios que permitan analizar si el mismo se encuadra dentro de la figura de femicidio;
Que en estos contextos, las Fuerzas Policiales y de Seguridad tienen un rol fundamental al ser el primer dispositivo del Estado que toma contacto con este tipo
de hechos y que como auxiliar de justicia tienen la responsabilidad de abordar la investigación en el lugar del hecho con perspectiva de genero;
Que mediante la Resolución Nº 949/12 del Ministerio de Seguridad de la Nación del 30 de Agosto del año 2012, se creó la primera Mesa de trabajo interdisciplinaria con el objetivo de desarrollar guías de actuación para las Fuerzas Policiales y de Seguridad que adecuen los procedimientos de intervención a los más altos estándares de eficiencia y respeto de derechos humanos para la investigación de casos de violencia de género en sus diversas manifestaciones y, en particular, para los homicidios de mujeres y personas con identidad de género femenina;
Que la mencionada Mesa de trabajo dió origen a la GUÍA DE ACTUACIÓN PARA LAS FUERZAS
POLICIALES Y DE SEGURIDAD PARA LA INVESTIGACIÓN DE FEMICIDIOS EN EL LUGAR DEL HALLAZGO, aprobada en el año 2013
por el Ministerio de Seguridad de la Nación mediante la Resolución Nº 428/13;
Que por Resolución MS-Nº 225/16 se aprobó dentro de la Dirección Nacional de Control de Integridad de las Fuerzas de Seguridad dependiente del Ministerio de Seguridad a la Dirección de Ejecución de Políticas de Género y Diversidad;
Que dentro de los objetivos asignados a la mencionada Dirección, se encuentran la promoción de políticas tendiente a velar por la integridad de las personas a través de la elaboración de protocolos de actuación y normativas necesarias a tales fines para poner en practica por los cuerpos policiales y de seguridad, así como analizar la dinámica del delito con perspectiva de genero y diversidad, en base al desarrollo de investigaciones judiciales e intervención policial, a través de la sistematización de los datos estadísticos;
Que en agosto y septiembre del año 2016 la Dirección de Ejecución de Políticas de Género y Diversidad convocó a dos Mesas de trabajo interdisciplinarias donde consensuaron criterios para el abordaje de la investigación de femicidios por parte de las Fuerzas Policiales y de Seguridad en el contexto nacional, buscando optimizar los procedimientos aplicados y las formas de articulación con el resto de los organismos intervinientes en la investigación judicial desde una perspectiva de Derechos Humanos, y en particular desde una perspectiva de género;
Que a través de dicho Convenio, la Provincia de Santa Cruz, se compromete a poner en conocimiento sobre la GUIA DE ACTUACIÓN PARA LAS FUERZAS
POLICIALES Y DE SEGURIDAD PARA LA INVESTIGACIÓN DE FEMICIDIOS EN EL LUGAR
DEL HECHO a todas las divisiones especializadas e intervinientes en casos de homicidios de la policía a su cargo a fin que tomen en cuenta el documento en sus intervenciones en casos de muertes violentas de mujeres;
Que asimismo la Provincia de Santa Cruz, se compromete a remitir con carácter mensual a EL MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN a través del Sistema Nacional de Información Criminal SNIC
dependiente de la Subsecretaría de Estadística Criminal, la cantidad de casos en los que intervenga la policía a su cargo, con el detalle de las siguientes variables: Género de la víctima, cantidad de víctimas, Localidad del hecho, Lugar del hecho domicilio particular, vía pública, otro, Identificación del/la victimario/a en el lugar del hecho SI/NO, Divisiones especializadas;
Que por su parte, el Ministerio de Seguridad de la Nación pondrá a disposición tanto del equipo de la Dirección de Ejecución de Políticas de Género y Diversidad, la Dirección Nacional de Policía Científica y la Dirección Nacional de Formación y Capacitación como a personal capacitado en la temática de las cuatro Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, para la capacitación del personal policial indicado por La Provincia, a los fines de adecuar los procedimientos operativos y especializados que considere pertinentes a las recomendaciones identificadas en dicha guía;
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 10 Incisos a, b y f de la Ley de Seguridad Pública Nº 3523;
Que dicho trámite se realiza conforme anteproyecto de Resolución, emitido por la Dirección de Despacho dependiente de la Secretaria de Estado de Seguridad obrante a fojas 40/43;
Por ello y atento al Dictamen DGCALyD-Nº 0200/19, emitido por la Dirección General de Coordinación de
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
sup. B.O. nº 5364 DE 28 PAGINAS

BOLETIN OFICIAL
Asuntos Legales y Despacho de la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio de Gobierno, obrante a fojas 56 y vuelta;
EL MINISTRO DE GOBIERNO
R E S U E L V E:
1.- RATIFÍCASE, en todas sus partes el CONVENIO DE ADHESIÓN A LA GUÍA DE ACTUACIÓN PARA LAS FUERZAS POLICIALES Y DE
SEGURIDAD PARA LA INVESTIGACIÓN DE
FEMICIDIOS EN EL LUGAR DEL HECHO, suscripto el día 7 de Marzo del corriente año, entre la Provincia de Santa Cruz, representada por el titular de la Secretaría de Estado de Seguridad, el Dr. Lisandro Gabriel DE LA TORRE, y el Ministerio de Seguridad de la Nación, representado por su titular, la Dra. Patricia BULLRICH, el cual como ANEXO I forma parte integrante de la presente.2.- PASE a la Subsecretaría de Planificación y Gestión de Seguridad Ciudadana Secretaria de Estado de Seguridad, a sus efectos, tomen conocimiento, Jefatura de Policía, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Abog. FERNANDO M. BASANTA
Ministro de Gobierno ________

resolucionES
SINTETIZADAS
M.G.
RESOLUCION Nº 034
RIO GALLEGOS, 06 de Febrero de 2019.Expediente MG-Nº 507.376/18.ACEPTAR, a partir del día 1º de Enero del año 2019, la renuncia a la Administración Pública Provincial, presentada por el agente de Planta Permanente - Agrupamiento: Administrativo, Categoría: 17, Señor José Roberto MALLO Clase 1959 - D.N.I. Nº 13.582.606, con situación de revista en el ANEXO: Ministerio de Gobierno - ITEM: Secretaría de Estado de Medios e Información Pública, a efectos de acogerse al beneficio de la Jubilación Ordinaria, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente.________
RESOLUCION Nº 035
RIO GALLEGOS, 06 de Febrero de 2019.Expediente MG-Nº 507.363/18.LIMÍTASE, a partir del día 10 de Diciembre del año 2018, en el cargo de Jefa de División Discoteca dependiente de la Dirección Provincial de LU14 Radio Provincia de la Secretaría de Estado de Medios e Información Pública del Ministerio de Gobierno, a la Señora Margarita Inés MENDEZ D.N.I. Nº 12.079.965, quién fuera confirmada por Decreto Nº 1257/18, en los términos del Artículo 4 de la Ley 1831, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos de la presente.DESE DE BAJA POR FALLECIMIENTO, a partir del día 10 de Diciembre del año 2018, a la extinta Margarita Inés MENDEZ D.N.I. Nº 12.079.965, quién prestaba servicios en el ámbito de la Secretaría de Estado de Medios e Información Pública dependiente del Ministerio de Gobierno, con situación de revista como Agente Planta Permanente - Agrupamiento: Administrativo - Categoría 11, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.________
RESOLUCION Nº 036
RIO GALLEGOS, 06 de Febrero de 2019.Expediente MG-Nº 507.383/18.DESE DE BAJA POR FALLECIMIENTO, a partir del día 13 de Julio del año 2018, al extinto Raúl Segundo MUÑOZ GUZMAN Clase 1984 - D.N.I. Nº 19.034.610, dependiente del ANEXO: Ministerio de Gobierno - ÍTEM: Ministerio de Gobierno, con situa-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 27/6/2019

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaeseArgentina

Data27/06/2019

Conteggio pagine28

Numero di edizioni1771

Prima edizione19/02/2002

Ultima edizione25/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Junio 2019>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30