Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 23/5/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2019 - Año Internacional de las lenguas de los Pueblos Originarios, Trigésima Edición de la Fiesta Nacional de la Cereza y 50 Aniversario de la Fundación de la Base Antártica Vicecomodoro Marambio.

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

OFICIAL

FRANQUEO A PAGAR

DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA
Ana María CALIVA
Directora General
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LXIV Nº 5354

publicacion bisemanal Martes y Jueves
Río Gallegos, 23 de Mayo de 2019.-

Dra. ALICIA MARGARITA KIRCHNER
Gobernadora Dr. FERNANDO MIGUEL BASANTA
Ministro de Gobierno Lic. IGNACIO PERINCIOLI
Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura Sra. CLAUDIA ALEJANDRA MARTINEZ
Ministra de la Secretaría General de la Gobernación Sr. LEONARDO DARIO ALVAREZ
Ministro de la Producción, Comercio e Industria Lic. MARCELA PAOLA VESSVESSIAN
Ministra de Desarrollo Social Odont. MARIA ROCIO GARCIA
Ministra de Salud y Ambiente Sr. TEODORO SEGUNDO CAMINO
Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Lic. MARIA CECILIA VELAZQUEZ
Presidente Consejo Provincial de Educación Dr. FERNANDO PABLO TANARRO
Fiscal de Estado
vincial de la Memoria, con el objeto de promover e implementar políticas públicas en materia de derechos humanos y el estudio e investigación de los derechos humanos en la historia provincial para la difusión y conocimiento público;
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
Por ello y atento a Nota SLyT-GOB-Nº 518/19, emitida por Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación;

LEY
LEY Nº 3652
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de:
LEY
COMISIÓN PROVINCIAL DE LA MEMORIA
Artículo 1.- CRÉASE en el ámbito de la provincia de Santa Cruz la Comisión Provincial de la Memoria, con el objeto de promover e implementar políticas públicas en materia de derechos humanos y el estudio e investigación de los derechos humanos en la historia provincial para la difusión y conocimiento público.Artículo 2.- DISPÓNESE como objetivos de la misma:
a contribuir a la identidad provincial con el mantenimiento de la historia provincial respecto de la violación sistemática de los derechos humanos, específicamente en relación a los sucesos acaecidos durante las Huelgas Patagónicas de 1920 y 1921, al igual que a hechos referidos a la dictadura cívico-militar impuesta en 1976;
bfomentar la formación e investigación en materia de Memoria, Verdad y Justicia;
ccontribuir a la difusión de los sitios de la Memoria que se encuentren en nuestra Provincia;
dpromover la señalización y el cuidado de los sitios históricos relacionados con la Memoria, la Verdad y la Justicia.Artículo 3.- DISPÓNESE como atribuciones:
adictar su reglamento de funcionamiento interno para la designación de autoridades;
bcelebrar convenios con entidades tanto públicas como privadas para el desarrollo de los objetivos de la Comisión;
celaborar un plan de acción anual en relación a los objetivos de la Comisión.Artículo 4.- La Comisión de la Memoria se conformará de la siguiente manera:
apor parte del Poder Ejecutivo Provincial participarán un 1 representante dependiente de la Secretaría de Estado de Derechos Humanos de la Provincia de Santa Cruz y un 1 representante dependiente de la Secretaría de Estado de Cultura de la Provincia de Santa Cruz;
bpor parte del Poder Legislativo Provincial participarán dos 2 diputadas y/o diputados, cuya representación deberá respetar la paridad de género;
cen representación de la mesa provincial de las Huelgas Patagónicas participará un 1 representante por cada localidad de las que compongan dicha mesa de trabajo;
den representación del sector universitario participará un 1 integrante por cada universidad pública existente en la provincia de Santa Cruz;
een representación de las localidades de la provincia de Santa Cruz participará un 1 representante del área competente en materia de derechos humanos por cada Municipio;
f en representación de los familiares de los detenidos/as, desaparecidos/as de la provincia de Santa Cruz participarán dos 2 representantes;
gen representación de los ex presos/as políticos/as de la última dictadura cívico-militar participará un 1
representante;
hen representación del nodo provincial de la Red por la Identidad de la Asociación Abuelas de Plaza de
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. nº 5354 DE 16 PAGINAS

Mayo participará un 1 representante.Artículo 5.- Conformada la Comisión con sus respectivas representaciones dictará su reglamentación interna a los fines de la designación de autoridades, cada miembro durará en su cargo un período de dos 2 años y su calidad será ad-honorem.Artículo 6.- A los fines del cumplimiento de los objetivos y atribuciones establecidos en la presente ley, la Comisión tendrá la facultad de presentar proyectos a Organismos Gubernamentales y no Gubernamentales, instituciones, fundaciones, asociaciones y/o entes que considere pertinentes.Artículo 7.- Los Organismos Públicos del Estado Provincial deberán prestar la colaboración requerida por la Comisión a los fines de dar cumplimiento a sus objetivos y atribuciones.Artículo 8.- La presente ley deberá ser reglamentada dentro de los noventa 90 días de su promulgación.Artículo. 9.- Disposición Transitoria: Hasta tanto se dicte la reglamentación de la presente, la Comisión Provincial de la Memoria tendrá reuniones trimestrales en la ciudad de Río Gallegos.Artículo 10.- INVITASE a los Municipios de todo el territorio provincial a adherirse a la presente ley.Artículo 11.- COMUNIQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.DADA EN SALA DE SESIONES: RIO GALLEGOS; 25 de Abril de 2019.Dr. PABLO GERARDO GONZALEZ
Presidente Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz PABLO ENRIQUE NOGUERA
Secretario General Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz DECRETO Nº 0463
RIO GALLEGOS, 17 de Mayo de 2019.VISTO:
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 25 de abril del año 2019; y CONSIDERANDO:
Que mediante la citada ley, se CREA en el ámbito de la Provincia de Santa Cruz la Comisión Pro-

LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- PROMULGASE bajo el Nº 3652 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 25 de abril del año 2019, mediante la cual se CREA en el ámbito de la Provincia de Santa Cruz la Comisión Provincial de la Memoria, con el objeto de promover e implementar políticas públicas en materia de derechos humanos y el estudio e investigación de los derechos humanos en la historia provincial para la difusión y conocimiento público, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos de la presente.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Desarrollo Social.Artículo 3º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Lic. Marcela Paola Vessvessian ________

decretoS del poder ejecutivo DECRETO Nº 0306
RIO GALLEGOS, 08 de Abril de 2019.VISTO:
El Expediente GOB-N 114.574/19; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia, se propicia ratificar el Convenio suscripto entre la Provincia de Santa Cruz, representada por la señora Gobernadora, Dra.
Alicia Margarita KIRCHNER, por una parte y por la otra el Consejo Federal de Inversiones, representado por el señor Secretario General Ing. Juan José CIÁCERA, el cual como Anexo forma parte integrante del presente;
Que el Consejo Federal de Inversiones actúa como Organismo de asesoramiento de las Provincias Argentinas, brindando asistencia técnica y financiera con el propósito de promover el desarrollo armónico del país;
Que uno de los principales objetivos de dicho Consejo, consiste en promover el crecimiento de los sistemas productivos regionales creando y fomentando todas las condiciones favorables para mejorar la competitividad de los emprendimientos que le agreguen valor a los bienes y servicios obtenidos;
Que por lo expuesto precedentemente, la Provincia y el Consejo, acuerdan llevar adelante un programa de eficiencia energética el cual tendrá como objetivo la mejora de la competitividad empresarial logrando una

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 23/5/2019

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaeseArgentina

Data23/05/2019

Conteggio pagine16

Numero di edizioni1765

Prima edizione19/02/2002

Ultima edizione02/07/2024

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