Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 25/10/2018

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

Página 2

RIO GALLEGOS, 25 de Octubre de 2018.-

DECRETO Nº 0982
RIO GALLEGOS, 19 de Octubre de 2018.VISTO:
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 27 de septiembre de 2018; y CONSIDERANDO:
Que mediante la citada ley, se ADHIERE la Provincia de Santa Cruz a la Ley Nacional Nº 25.506, que reconoce el empleo de la firma digital y la firma electrónica y su eficacia jurídica en las condiciones establecidas en la misma;
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
Por ello y atento a Nota SLyT-GOB-N 1358/18, emitida por Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- PROMULGASE bajo el N 3618 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 27 de septiembre del año 2018, mediante la cual se ADHIERE la Provincia de Santa Cruz a la Ley Nacional Nº 25.506, que reconoce el empleo de la firma digital y la firma electrónica y su eficacia jurídica en las condiciones establecidas en la misma, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos de la presente.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de la Secretaría General de la Gobernación.Artículo 3º- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Sra. Claudia Alejandra Martínez _______
LEY Nº 3619
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de:
LEY
OBLIGATORIEDAD DE REALIZAR
PUBLICIDAD INSTITUCIONAL DESTINADA
A LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN
DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO
Artículo 1.- ESTABLECESE la obligatoriedad de realizar publicidad institucional destinada a brindar información que incluya contenido orientado a la prevención y erradicación de la violencia de género en medios de comunicación en sus distintas formas.Artículo 2.- Será objeto de la presente ley promover la protección y salvaguarda de la igualdad de género a partir de la generación de espacios de sensibilización y concientización.Artículo 3.- El Ministerio de Desarrollo Social a través de la Subsecretaría de las Mujeres tendrá a su cargo el diseño y generación de publicidad institucional la cual contendrá contenidos orientados a la prevención, sanción y erradicación de la violencia de género en todas sus formas.Artículo 4.- Será su función articular acciones con los Municipios y Comisiones de Fomento para suscribir acuerdos que contemplen la implementación efectiva de avisos institucionales en los medios de comunicación de su propiedad.Artículo 5.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará en la parte que corresponda del presupuesto que destine el Ministerio de Desarrollo Social en publicidad y propaganda.Artículo 6.- A fin de garantizar el cumplimiento efectivo de la presente ley se deberá garantizar preferentemente una proporción no inferior al quince por ciento 15% del total del presupuesto que destine el Ministerio de Desarrollo Social en publicidad y propaganda.Artículo 7.- AUTORIZASE al Poder Ejecutivo Provincial a realizar las adecuaciones presupuestarias en el ejercicio corriente que fueren necesarias para la imple-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. nº 5299 DE 16 PAGINAS

mentación de lo establecido en el Artículo 1.Artículo 8.- INVITASE a los Municipios a adherirse a la presente ley.Artículo 9.- COMUNIQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.DADA EN SALA DE SESIONES: RIO GALLEGOS; 27 de Septiembre de 2018.JOSE RAMON BODLOVIC
Vicepresidente 1º Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz PABLO ENRIQUE NOGUERA
Secretario General Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz DECRETO Nº 0983
RIO GALLEGOS, 19 de Octubre de 2018.VISTO:
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 27 de septiembre de 2018; y CONSIDERANDO:
Que mediante la citada ley, se ESTABLECE la obligatoriedad de realizar publicidad institucional destinada a brindar información que incluya contenido orientado a la prevención y erradicación de la violencia de género en medios de comunicación en sus distintas formas;
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, corresponde a éste Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
Por ello y atento a Nota SLyT-GOB N 1359/18, emitida por Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- PROMULGASE bajo el N 3619 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 27 de septiembre del año 2018, mediante la cual se ESTABLECE la obligatoriedad de realizar publicidad institucional destinada a brindar información que incluya contenido orientado a la prevención y erradicación de la violencia de género en medios de comunicación en sus distintas formas, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Desarrollo Social.Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Dra. KIRCHNER - Lic. Marcela Paola Vessvessian _______

decretos del poder ejecutivo DECRETO Nº 0829
RIO GALLEGOS, 12 de Septiembre de 2018.VISTO:
El Expediente HTD-Nº 161.843/18, elevado por el Honorable Tribunal Disciplinario; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se propicia el nombramiento en Planta Permanente, a partir del día de la fecha, de los agentes Miriam Lucia OGGERO y Carlos Alberto CACERES, dependientes del ANEXO: Honorable Tribunal de Disciplina - ÍTEM: Único, quienes actualmente revistan como personal designado sin estabilidad;
Que de los antecedentes adjuntos al presente, surge que los mencionados agentes cumplen con los requisitos exigidos por la reglamentación en vigencia para revistar en Planta Permanente, acreditando cumplir
BOLETIN OFICIAL
funciones ininterrumpidas en la Administración Pública Provincial desde los años 1993 y 1998, con merito e idoneidad en las funciones asignadas y que en la actualidad desempeñan, por lo que corresponde el dictado del presente Instrumento Legal a fines de equilibrar la situación de los involucrados;
Que de conformidad a las facultades conferidas por la Ley de Presupuesto Nº 3590 del Ejercicio 2018, corresponde disponer la readecuación para crear nuevas categorías asignadas a los agentes en Planta Permanente, en el ANEXO: Tribunal de Disciplina - ÍTEM:
Único, como asimismo instruir al Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación para que a través de la Dirección Provincial de Recursos Humanos se efectivice las reestructuraciones de cargos de la Planta de Personal;
Que resulta necesario poner de manifiesto que la presente gestión no implica erogaciones extraordinarias de ningún tipo;
Que a tal efecto se hace necesario facultar al Ministerio de Economía, Finanzas Infraestructura, para que mediante Resolución Ministerial, se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, de conformidad con la Ley de Presupuesto Nº 3590 del Ejercicio 2018;
Por ello y atento al Dictamen DPAL-HTD-Nº 13/18, emitido por la Dirección Provincial de Asesoría Letrada del Honorable Tribunal de Disciplina, obrante a fojas 53;

LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- PASE A PLANTA PERMANENTE
a partir del día de la fecha, a la señora Miriam Lucia OGGERO D.N.I. Nº 13.611.460, Agrupamiento:
Administrativo Categoría: 20 y el señor Carlos Alberto CACERES Clase 1966 - D.N.I. Nº 18.525.402, Agrupamiento: Administrativo Categoría: 22, en el ANEXO: Tribunal de Disciplina - ÍTEM: Único, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.Artículo 2º.- INSTRÚYASE al Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación, para que por medio de la Dirección Provincial de Recursos Humanos, se efectivice las reestructuraciones de cargos de la Planta de Personal, conforme a la Ley de Presupuesto Nº 3590
del Ejercicio 2018.Artículo 3º.- FACÚLTASE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura para que por Resolución Ministerial se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, de conformidad a las facultades conferidas por la Ley de Presupuesto Nº 3590 del Ejercicio 2018.Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de la Secretaría General de la Gobernación.Artículo 5º.- PASE al Honorable Tribunal Disciplinario, a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER Sra. Claudia Alejandra Martínez ________
DECRETO Nº 0830
RIO GALLEGOS, 12 de Septiembre de 2018.VISTO:
El Expediente MTEySS-N 511.789/18, elevado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se propicia designar a partir del día 1º de septiembre del año 2018, en el cargo de Directora de Igualdad de Oportunidad y Trato dependiente de la Dirección Provincial de Empleo y Relaciones Laborales de la Secretaría de Estado de Empleo y Relaciones Laborales, a la señora Noelia Alejandra LEON, en los términos del Artículo 5º de la Ley Nº 1831 y en el cargo de Jefe de Departamento de Conflictos Individuales y Pluriindividuales dependiente de la Dirección Policía de Trabajo Seguridad e Higiene Puerto San Julián de la Subsecretaría de Trabajo, al señor Carlos Alberto MORON, en el marco del Artículo

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 25/10/2018

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaeseArgentina

Data25/10/2018

Conteggio pagine16

Numero di edizioni1767

Prima edizione19/02/2002

Ultima edizione11/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Octubre 2018>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031