Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 15/3/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

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RIO GALLEGOS, 15 de Marzo de 2018.-

de los recursos humanos, la planificación y ejecución presupuestaria, la gestión económica, contable, financiera y patrimonial, la planificación y gestión logística e infraestructural y la asistencia y asesoramiento jurídicolegal, todo lo cual se realizará a través de una unidad de organización administrativa especial;
Que mediante Decreto N 0221/17 se reglamenta el artículo 10 inciso e conformándose un SISTEMA DE
ADMINISTRACIÓN CONJUNTA DE LA SEGURIDAD SACS el cual establece un conjunto ordenado de principios, actividades y procedimientos tendientes a regular la gestión administrativa general de la fuerza en mención;
Que por Decreto N 0244/79 se dispuso el REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DE PROMOCIONES POLICIALES el cual tiene por objeto satisfacer las necesidades orgánicas de la Institución Policial, llenando las vacantes de los cargos previstos en el Presupuesto General de la Provincia;
Que en ese sentido el JEFE de la POLICÍA DE LA
PROVINCIA DE SANTA CRUZ, por medio de la Disposición N 048-JC717 ha realizado la convocatoria formal para la constitución de la JUNTA DE
CALIFICACIONES a los fines de tratar ascensos del Personal Superior y Subalterno, que hubiera alcanzado a reunir los requisitos exigidos por la Ley N 746 y las disposiciones específicas del reglamento mencionado;
Que asimismo, conforme fuera contemplado por el artículo 41 del Decreto N 44/79 mediante Resolución MG N 362/17 se dispuso el número de vacantes existentes por cada jerarquía y su distribución por escalafón, conforme al que mejor contemple las necesidades de la fuerza policial;
Que como resultante del tratamiento por parte de la JUNTA DE CALIFICACIONES del Personal Superior obra a fs. 102 propuesta definitiva para proceder a la promoción a los grados superiores inmediatos;
Que de acuerdo a la facultad otorgada por el artículo 11 inciso 1 de la Ley N 3523, la SECRETARÍA DE
ESTADO DE SEGURIDAD dictó la Disposición SES
N 026/17 la cual eleva la cantidad de vacantes a las otorgadas por resolución MG N 362/17 y modificó el ordenamiento definitivo de las promociones de Personal Superior;
Que en este sentido resulta necesario proceder a promover a partir del 1 de Enero del año 2018 a los funcionarios policiales incluidos en el ordenamiento definitivo de las promociones del Personal Superior;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 10 inciso e de la Ley N 3523 y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 21 inciso c del ANEXO al Decreto N 0221/17;
Por ello y atento a los Dictámenes DPCTyL-N 83/17, emitido por la Dirección Provincial de Coordinación Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Gobierno, obrante a fojas 173 y SLyT-GOB-N 005/18, emitido por Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 181/184;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- PROMUÉVASE a partir del día 1º de Enero de 2018, en los grados que en cada caso se indica, a los funcionarios policiales que se describen en el ANEXO I que forma parte integrante del presente.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.Artículo 3º.- PASE al Ministerio de Gobierno Jefatura de Policía a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Dr. Fernando Miguel Basanta _________
DECRETO Nº 0023
RIO GALLEGOS, 10 de Enero de 2018.VISTO:
La Ley N 3523 de Seguridad Pública, y el Expediente MG N 505.335/17 IV Cuerpos, elevado por el Ministerio de Gobierno; y CONSIDERANDO:
Que la Ley N 3523 de Seguridad Pública, establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema de Seguridad Pública Provincial en lo referente
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 5232 DE 12 PAGINAS

a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento, así como las bases jurídicas e institucionales para la formulación, implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad;
Que el Artículo 56 Inciso b de la Ley N 3523 prevé los cargos de superintendentes en carácter de organismos de Conducción Superior;
Que el Artículo 57 de la Ley N 3523 establece Las superintendencias se organizarán conforme lo determine la reglamentación de ley, en los niveles de Direcciones Generales, Departamentos y Divisiones;
Que así también, el Artículo 68 Incisos a, b y c de la Ley N 3.523 prevé los cargos de Directores Generales en carácter de Equipo de Apoyo Técnico;
Que el Artículo 72 de la Ley N 3523 reza Las Direcciones Generales destacadas en el presente Capítulo se organizarán conforme lo determina la reglamentación de esta ley;
Que en función de ello corresponde proceder a la reglamentación de las misiones y funciones del Nivel Superior Policial respecto al Jefe y Subjefe de la Policía de la Provincia;
Que es menester reglamentar las Estructuras Organizativas en los niveles inferiores de los organismos de conducción superior y de los equipos de apoyo técnico en virtud a lo destacado en lo párrafos precedentes;
Que a efectos de agilizar las adecuaciones que resulten necesarias se faculta al Sr. Ministro de Gobierno a dictar los actos administrativos necesarios a los fines de contribuir al cumplimiento de las obligaciones determinadas para la Policía de la Provincia;
Que asimismo, es pertinente autorizar al Señor Jefe de la Provincia de Santa Cruz a dictar las medidas complementarias y aclaratorias a las misiones y funciones de las Estructuras Orgánicas Funcionales aprobadas;
como así también a dictar y/o realizar las adecuaciones pertinentes en los reglamentos de funcionamiento perteneciente a cada dependencia policial;
Que el presente corresponde a la reglamentación de la Ley N 3523 en lo que respecta al TÍTULO II SOBRE
LA POLICÍA DE LA PROVINCIA, CAPÍTULOS
VII DE LA JEFATURA DE POLICÍA Artículo 57 y CAPÍTULO IX DEL ASESORAMIENTO Y APOYO
TÉCNICO DE LA JEFATURA DE POLICÍA, Artículo 72;
Que han tomado intervenciones los Servicios Jurídicos competentes en virtud de lo dispuesto por el Artículo 7, Inciso d de la Ley de Procedimientos Administrativos N 1260;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del Artículo 119 Incisos 2 y 18 de la Constitución Provincial;
Por ello y atento a los Dictámenes N 781/2017, emitido por Asesoría Letrada del Ministerio de Gobierno, obrante a fojas 623 y SLyT-GOBN 008/18, emitido por la Secretaría Legal Y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 799/802;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- APRUÉBASE las Misiones y Funciones del Nivel Superior Policial en figura del Jefe y Sub Jefe de la Policía de la Provincia de Santa Cruz que como ANEXOS I a, I b y I c forman parte integrante del presente Decreto.Artículo 2º.- APRUÉBASE las Misiones y Funciones de las superintendencias y Direcciones Generales dependiente de la Jefatura de Policía que como ANEXO II
forma parte integrante del presente Decreto.Artículo 3º.- APRUÉBASE la reglamentación del TÍTULO II SOBRE LA POLICÍA DE LA PROVINCIA, CAPITULO VII DE LA JEFATURA DE POLICIA, Artículo 57 perteneciente a la Ley N 3523 que como ANEXOS III a, III b, IV a, IV b, V a, V b, V c, Y d, V e, V f, V g, VI a, VI b, VI c, VI d, VI e, VII a, VII b, VII
c, VII d, VII e, VII f y VII g que forman parte integrante del presente Decreto.Artículo 4º.- APRUÉBASE la reglamentación del TÍTULO II SOBRE LA POLICÍA DE LA PROVINCIA, CAPÍTULO IX DEL ASESORAMIENTO
Y APOYO TÉCNICO DE LA JEFATURA DE
POLICÍA, Artículo 72 pertenecientes a la Ley N 3523
que como ANEXOS VIII a y VIII b que forman parte integrante del presente Decreto.-

BOLETIN OFICIAL
Artículo 5º.- FACÚLTASE al Señor Ministro de Gobierno a realizar las adecuaciones futuras de las Estructuras Organizativas aprobadas en los artículos precedente, a los efectos de contribuir al cumplimiento de las obligaciones determinadas para la Policía de la Provincia de Santa Cruz, en un todo de acuerdo a los considerandos vertidos en el presente Decreto.Artículo 6º.- AUTORÍZASE al Señor Jefe de la Policía de la Provincia de Santa Cruz a dictar las medidas complementarias y aclaratorias a las misiones y funciones de las Estructuras Organizativas aprobadas en los Artículos 1º, 2º, 3º y 4º; como así también a dictar y/o realizar las adecuaciones pertinentes en los reglamentos de funcionamiento perteneciente a cada dependencia policial.Artículo 7º.- DÉJASE ESTABLECIDO que la presente reglamentación tendrá vigencia a partir del vencimiento del plazo dispuesto en el artículo 109 de la Ley de Seguridad Pública N 3523.Artículo 8º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno. Artículo 9º.- PASE al Ministerio de Gobierno Subsecretaría de Planificación y Gestión de Seguridad Ciudadana, a sus efectos tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Dra. KIRCHNER - Dr. Fernando Miguel Basanta ________
DECRETO Nº 0024
RIO GALLEGOS, 10 de Enero de 2018.VISTO:
El Expediente MG-N 506.249/18, elevado por el Ministerio de Gobierno; y CONSIDERANDO:
Que como consecuencia de los hechos de público conocimiento que sucedieron en la localidad de Caleta Olivia y zonas aledañas, a partir de las irregularidades en la percepción de los salarios de los trabajadores que integran la Fundación Santa Cruz Sustentable, con fecha 18 de diciembre de 2015, el titular de la Secretaría de Estado de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia, señor Teodoro CAMINO, suscribió un Acta Acuerdo con los señores Daniel HERNANDEZ, Guadalupe FERNANDEZ y Jesica CONSTANCIO en representación de la Fundación referida, donde se acordó el pago de la nómina salarial al personal comprendido en el Anexo que integra el Acta Acuerdo y la reorganización inmediata del funcionamiento de la Fundación;
Que tal instrumento fue aprobado mediante Resolución M.G. Nº 004/15 y luego ratificada por Decreto Nº 127 de fecha 18 de Diciembre de 2015;
Que el Interventor de la Fundación Santa Cruz Sustentable informó que durante el mes de Diciembre de 2016 el Banco de la Provincia de Santa Cruz habilitó la cuenta Nº 10319698001 a nombre de la Fundación Santa Cruz Sustentable;
Que en conjunto con la apertura de esta cuenta, se ha procedido a bancarizar a todo el personal en relación de dependencia con la Fundación Santa Cruz Sustentable, el cual percibe sus haberes mediante las cuentas sueldos creadas en el Banco Santa Cruz;
Que en consecuencia, corresponde dictar el presente Instrumento Legal a fin de efectivizar el otorgamiento de un aporte no reintegrable por la suma de PESOS
CINCO MILLONES OCHOCIENTOS OCHO
MIL CUARENTA Y NUEVE CON TREINTA Y UN
CENTAVOS $ 5.808.049,31, a la Fundación para que instrumente el pago de haberes, descuentos judiciales, alimentarios comerciales, aportes y contribuciones sociales, del personal comprendido en los Anexos que forman parte integrante del presente y con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión;
Que el presente acto se enmarca en las excepciones establecidas en el Artículo 11º del Decreto 157/15;
Por ello y atento a los Dictámenes DPCTAyL-Nº

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 15/3/2018

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaeseArgentina

Data15/03/2018

Conteggio pagine12

Numero di edizioni1765

Prima edizione19/02/2002

Ultima edizione02/07/2024

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