Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 18/7/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

BOLETIN OFICIAL
Finanzas e Infraestructura - Unidad de Organización:
Instituto de Desarrollo Urbano y Vivienda Sector:
Egresos Partida Principal: 2 Bienes de Consumo y 3
Servicios no Personales del Ejercicio 2017.________

disposicion D.P.R.H.
DISPOSICION Nº 068
RIO GALLEGOS, 08 de Junio de 2017.VISTO:
El Expediente N 484.461/07 y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Disposición N 016/17 se ha derogado el permiso de captación de agua de dos 2 pozos ubicados en la Estancia La Bajada, con fines de abastecimiento poblacional y con fines industriales, ya que en la misma se encontraba además autorizado el pozo La Bajada 2 el cual la empresa Patagonia Gold S.A., mediante nota obrante en expediente solicita su baja en la base de datos perteneciente a ésta Dirección Provincial.
Que se autorizará la captación de agua, mediante un nuevo instrumento legal de los pozos La Bajada 1 y La Bajada3, los cuales se encuentran ubicados en las coordenadas geográficas: Pozo LB1: Lat. S475612.7Long.W702917.5; Pozo LB3: Lat. S475612.5
- Long. W702929.4 Datum WGS84. Siendo la Estancia propiedad de la empresa Minamalú S.A., consta permiso en expediente de referencia.
Que obra en Expediente a fojas N 659-682, Informe Técnico y ensayos de bombeo de los puntos de captación mencionados, realizados por la empresa Solucionart S.A.
Que el caudal a extraer será, del pozo 1:1.5 m3/hr, del pozo 3: 2.7 m3/hr, según lo recomendado en el Estudio Hidrogeológico mencionado.
Que los dos pozos alimentan un tanque cisterna de 20 m3, a partir del cual el agua es conducida por gravedad mediante un acueducto, hacia el campamento y hacia la Planta de Procesos Gold Room Que la dotación a utilizarse para abastecimiento del Campamento minero, en función de las personas declaradas, se ha fijado en un volumen de 7.4 m3/día.
Que la dotación a utilizarse para uso industrial en la planta de tratamiento de minerales, se ha fijado en un volumen de 26.2 m3/día Que los metros cúbicos solicitados, serán ratificados mediante las lecturas de los caudalímetros instalados.
Que se otorgará permiso desde el 07 de febrero de 2017 hasta el 01 de julio de 2017.
Que el uso que se le dará al agua extraída, será catalogado como uso especial, por lo que se deberá cumplimentar con lo establecido en la Disposición N
020/13 de la Ley 1451.
Que obra Informe Técnico a fojas N 1622, en expediente de referencia.
Que mediante Ley N 2625 promulgada por Decreto N 1949, de fecha 2 de Agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley N 1451, el que mediante Resolución N
998/2002 delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento Legal correspondiente.
POR ELLO:
El DIRECTOR PROVINCIAL DE
RECURSOS HÍDRICOS
DISPONE:
Artículo 1º Otorgar permiso a favor de la Empresa Patagonia Gold S.A., con domicilio en Pasaje Feruglio 157, de la Ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz, para realizar la captación de agua de los pozos denominados La Bajada 1 y La Bajada 3, ubicados en la Ea. El Tranquilo, con fines de abastecimiento poblacional e industrial, teniendo en cuenta la Normativa
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 5159 DE 08 PAGINAS

RIO GALLEGOS, 18 de Julio de 2017.Vigente y de acuerdo con lo presentado.
Artículo 2º Los puntos de captación se encuentran ubicados en las siguientes coordenadas Pozo 1: Lat.
S475612.7; Long.W 702917.5, Pozo 3: Lat.
S475612.5; Long. W 702929.4 Datum WGS84.
Artículo 3º Que el caudal a extraer será, del Pozo 1:1.5 m3/hr, del Pozo 3: 2.7 m3/hr, con un régimen de bombeo de ocho 8 horas de extracción y dieciséis 16 horas de recuperación, según lo recomendado en Estudio Hidrogeológico realizado por la empresa Solucionart S.A.
Artículo 4º Que la dotación autorizada para abastecimiento del Campamento minero, se ha fijado en un volumen de 7.4 m3/día.
Artículo 5º Que la dotación autorizada para uso industrial en la planta de tratamiento de minerales, se ha fijado en un volumen de 26.2 m3/día Artículo 6º El permiso se extenderá desde el 07
de febrero de 2017 al 01 de julio de 2017. Fecha en la cual para su renovación Patagonia Gold S.A. deberá actualizar la información hidrogeológica de los puntos de captación mencionados.
Artículo 7º Que la empresa deberá cumplimentar lo establecido por la Dirección General de Auditoría General y Sanitaria dependiente del Ministerio de Salud de la Provincia, en lo concerniente a la calidad del agua para uso de abastecimiento poblacional.
Artículo 8º Que la empresa deberá presentar en forma semestral, los protocolos de análisis físico - químicos y bacteriológicos realizados en muestras de agua de los pozos, a efectos de realizar su correspondiente caracterización y seguimiento de parámetros. Debiendo realizar la primera presentación en un plazo de treinta días hábiles, a partir de la recepción del presente permiso.
Artículo 9º Que la empresa deberá presentar ante las oficinas de esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, la declaración jurada de los consumos mensuales realizados y el correspondiente registro fotográfico del caudalímetro instalado, donde conste la última lectura realizada, en forma mensual.
Artículo 10º Que el agua utilizada tendrá carácter de uso especial - abastecimiento poblacional e industrial, por lo que la Empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente, el que se encuentra establecido en la Disposición N 020/13 Sistema Tarifario por uso especial de agua de la Ley 1451.
Artículo 11º Que el pago del canon deberá hacerse efectivo mediante depósito en el Banco Santa Cruz, a la cuenta C.A.P. Fondos de Terceros, suc. Río Gallegos, previa conformidad de la Dirección Provincial de Recursos Hídricos y de acuerdo al valor establecido.
Artículo 12º Que el permisionario deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en la Disposición 03/03 Preservación de los Recursos Hídricos en la explotación con destino industrial, perteneciente a la Ley Provincial de Aguas 1451, de esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos.
Artículo 13º Facultar a técnicos, designados a tales efectos, de la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, a efectuar inspecciones sin necesidad de previo aviso y cuando así se considere conveniente.
Artículo 14º Que esta Dirección Provincial podrá revocar el permiso otorgado en los casos que crea conveniente, ante la detección de anomalías que pudieran afectar negativamente al recurso o ante el incumplimiento de la normativa Vigente.
Artículo 15º Que la empresa deberá tramitar la correspondiente renovación del permiso de captación de agua, con treinta 30 días de anticipación al vencimiento de la presente Disposición.
Artículo 16º Esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos deja constancia que la presente fue elaborada a partir de datos, estudios y documentación presentada por la parte interesada y rubricada por un profesional competente, haciendo responsables a aquellos de los inconvenientes que se pudieran suscitar.
Artículo 17º Que tal lo establece el artículo N 40, de la Ley Provincial de Agua 1451, el solicitante deberá publicar, a su cargo, por tres días en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz, su presentación con la respectiva Disposición emanada de esta Dirección Provincial.

Página 3
Artículo 18º REGISTRESE. Tomen conocimiento: Presidencia, Dirección General de Gestión Técnica y Administrativa, Dirección de Administración. Notifíquese a Patagonia Gold S.A. y cumplido ARCHIVESE.-

P-3

Ing. OJEDA ALEJANDRO
Director Provincial de Recursos Hídricos Consejo Agrario Provincial Provincia de Santa Cruz _________

disposicion SINTETIZADA
S.s.c.
DISPOSICION Nº 150
RIO GALLEGOS, 31 de Mayo de 2017.RENOVAR la inscripción de la firma WM ARGENTINA S.A.; con domicilio real en CHOELE
CHOEL Nº 1010 - 1824LANUS, PCIA. DE BUENOS AIRES; bajo el Nº 1075 para desarrollar la actividad de COMERCIANTE en los rubros: 13/729 INSTRUMENTAL P/ANALISIS CLINICOS Y QUIMICOS - 13/813 RECIPIENTES P/LABORATORIOS
14/120 APARATOS DE ELECTROMEDICINA;
con vigencia a partir del día de la fecha.La presente Renovación es válida hasta el día 30
DE MAYO DE 2018, vencida dicha fecha quedará inhabilitada para contratar con el Estado Provincial.
La firma deberá presentar la documentación para su actualización con diez 10 días de anticipación a la fecha citada.La firma deberá comunicar toda modificación que se opere sobre la documentación presentada dentro de los cinco 5 días de ocurrida. El incumplimiento dará lugar a la aplicación de las normas pertinentes del Reglamento de Contrataciones del Estado.GUSTAVO ALFONSO LEVATI
Subsecretario de Contrataciones M.E.F.I.


edictos EDICTO
Por disposición del Juzgado Provincial de Primera Instancia Nro. 1 en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería, a cargo del Dr. Francisco Marinkovic por Subrogancia Legal; con asiento en Avda. Marcelino Álvarez N 113 de Río Gallegos; Secretaría N 2 a cargo, del Dr. Gustavo Paúl Topcic, se CITA y EMPLAZA a herederos y acreedores de la causante Sra. MARIA ADRIANA AMADO, D.N.I. Nº 6.024.142, por el término de treinta 30 días bajo apercibimiento de ley art. 683 del C.P.C. y C. en los autos caratulados: AMADO MARIA ADRIANA S/ SUCESION ABINTESTATO
Expte. Nº 27.351/16.Publíquese edictos en el diario La Opinión Austral y en el Boletín Oficial provincial, ambos de esta ciudad.- Por el Plazo de 3 días.RIO GALLEGOS, 5 de Julio de 2017.-

P-1

GUSTAVO PAUL TOPCIC
Secretario _______
EDICTO

Por disposición del Juzgado Provincial de Primera Instancia Nro. 1 en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería, a cargo del Dr. Francisco Marinkovic por Su-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 18/7/2017

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaeseArgentina

Data18/07/2017

Conteggio pagine8

Numero di edizioni1772

Prima edizione19/02/2002

Ultima edizione30/07/2024

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