Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 27/3/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

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terio de Gobierno, presentada por el señor José Raúl SANTIBÁÑEZ Clase 1964 - D.N.I. Nº 17.095.243, quien Tuera designado mediante Decreto Nº 1705-08
y confirmado por Decreto N 433-11.________
DECRETO Nº 143
RIO GALLEGOS, 27 de Febrero de 2013.ACEPTASE a partir del día 28 de febrero del año 2013, la renuncia al cargo de Presidente del Directorio de la Administración General de Vialidad Provincial presentada por el Ingeniero Raúl Gilberto PAVESI Clase 1951 - D.N.I. Nº 8.534.542, quien fuera designado mediante Decreto Nº 021 - 07 y confirmado por Decreto Nº 172/11.________
DECRETO Nº 144
RIO GALLEGOS, 27 de Febrero de 2013.DESIGNASE a partir del día 28 de febrero de 2013 en el cargo de Presidente del Directorio de la Administración General de Vialidad Provincial, al señor José Raúl SANTIBÁÑEZ Clase 1964 - D.N.I.
Nº 17.095.243.________
DECRETO Nº 145
RIO GALLEGOS, 27 de Febrero de 2013.Expediente GOB-Nº 112.840/13.DESIGNASE a partir del día de la fecha, en el cargo de Vocal Director ante el Directorio del Consejo Agrario Provincial, y en representación del Sector de los Trabajadores Rurales, al señor Pedro Alberto NUÑEZ Clase 1952 - D.N.I. Nº 10.415.768.________

RESOLUCIONES
M.P.
RESOLUCION Nº 025
RIO GALLEGOS, 25 de Febrero de 2014.VISTO:
El Expediente Nº 424.882 -MP-13, la Ley Provincial de Pesca Artesanal N 2934, Resoluciones Nº 0123 y 258/2013, y las Disposiciones de la Subsecretaría de Pesca y Actividades Portuarias Nº 188/07, 189/07, 310/10; y CONSIDERANDO:
Que por el mismo la SOCIEDAD DE HECHO
Carmelo DATO y Martín Osvaldo MARTIN
solicita permiso de pesca artesanal en aguas de jurisdicción de la provincia de Santa Cruz, para el año 2013, para el Buque Pesquero O SURRIENTO
Mat. 01191;
Que la SOCIEDAD DE HECHO Carmelo DATO
y Martín Osvaldo MARTIN es propietaria del Buque Pesquero O SURRIENTO Mat. 01191;
Que la SOCIEDAD DE HECHO Carmelo DATO
y Martín Osvaldo MARTIN constituye domicilio legal en Bº ALTOS DEL GOLFO OSTREROS Nº 475, de la ciudad de Caleta Olivia, en el que serán válidas todas las notificaciones que deba efectuar la Autoridad de Aplicación;
Que a fs. 2 a 3 obra Nota de Solicitud del Permiso Provincial de Pesca Artesanal y Declaración Jurada de No poseer permiso de pesca de cualquier tipo en otra jurisdicción;
Que a fs. 4 a 5 obra Copia legalizada de Documento Nacional de Identidad, incluyendo última actualización de Domicilio;
Que a fs. 23 obra Certificado de Libre Deuda extendido por la Unidad Ejecutora Portuaria de la Provincia de Santa Cruz;

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 4808 DE 10 PAGINAS

RIO GALLEGOS, 27 de Marzo de 2014.Que a fs. 13 obra Copia Legalizada de Certificado de matrícula;
Que a fs. 21 obra Copia Legalizada de Certificado Nacional de Seguridad de la Navegación;
Que a fs. 15 obra Certificado de Capacidad de Bodega extendido por Prefectura Naval Argentina;
Que a fs. 14 obra Copia legalizada de Certificado de Arqueo Nacional;
Que a fs. 16 obra Copia Legalizada de Carnet como Armador extendido por Prefectura Naval Argentina;
Que a fs. 17-19 obra Constancia de Inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos AFIP;
Que a fs. 60 obra Certificado de Libre Deuda extendido por Fiscalía de Estado de la Provincia de Santa Cruz;
Que a fs. 63 obra Certificado de Libre Deuda a la Dirección General de Gestión Técnica Administrativa de la Subsecretaría de Pesca y Actividades Portuarias;
Que a fs. 62 obra Certificado de Libre Deuda extendido por la Secretaría de Ingresos Públicos de la Provincia de Santa Cruz;
Que a fs. 68 obra Constancia de Cumplimiento de Legislación Ambiental extendida por la Subsecretaría de Medio Ambiente de la Provincia de Santa Cruz;
Que a fs. 66 y 67 obran Certificados de Inscripción en el Registro Provincial de Pesca Artesanal requeridos por Disposición N188/SPyAP/07;
Que a fs. 25 obra Copia de nota recibida por la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social de la provincia de Santa Cruz, solicitando la Constancia de Cumplimiento de las Obligaciones Laborales y Previsionales del personal empleado en planta y embarcado;
Que a fs. 64 obra Constancia de Pago, correspondiente a la cancelación del arancel anual de pesca, conforme lo establecido en Resolución N 0123/
MP/2013;
Que mediante Disposición N 310/SPyAP/10 se establece un canon para la captura de especies o grupos de especies y modalidad de pesca como derecho único de extracción;
Que a fojas 78 obra Dictamen de Asesoría Letrada Nº 38/DPAL/2014;
POR ELLO:
EL MINISTRO DE LA PRODUCCION
RESUELVE:
ARTICULO 1.- CONVALIDAR las tareas de pesca en aguas de jurisdicción de la provincia realizadas por el buque pesquero O SURRIENTO
Mat. 01191 a partir del 1º de septiembre de 2013
y hasta el día de la fecha, de acuerdo a lo expresado en los considerandos de la presente.ARTÍCULO 2º.- AUTORIZAR a partir del día de la fecha y hasta el 30 de Abril del año 2014, a la SOCIEDAD DE HECHO Carmelo DATO y Martín Osvaldo MARTIN con domicilio legal en Bº ALTOS DEL GOLFO OSTREROS Nº 475 de la localidad de Caleta Olivia, a realizar tareas de pesca Artesanal en aguas de jurisdicción de la provincia de Santa Cruz, con el buque pesquero O SURRIENTO Mat. 01191; de acuerdo a lo expresado en los considerandos de la presente.ARTICULO 3.- OTORGAR al buque pesquero O SURRIENTO Mat. 01191 el Permiso de Pesca Artesanal con carácter intransferible, precario y provisorio.
ARTICULO 4.- ESTABLECER que la SOCIEDAD DE HECHO Carmelo DATO y Martín Osvaldo MARTIN deberá hacer efectivo el canon por captura establecido por Disposición N 310/
SPyAP/10 y en el plazo dispuesto en el punto 8
de la misma.
ARTICULO 5.- ESTABLECER que la SOCIEDAD DE HECHO Carmelo DATO y Martín Osvaldo MARTIN deberá mantener, durante el plazo autorizado por la presente, la vigencia de los certificados extendidos por la Secretaría de Ingresos
BOLETIN OFICIAL
Públicos, Fiscalía de Estado, Subsecretaría de Pesca y Actividades Portuarias, Unidad Ejecutora Portuaria, Subsecretaría de Medio Ambiente, Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, todos ellos de la provincia de Santa Cruz, así como dar estricto cumplimiento a la legislación provincial pesquera.
ARTICULO 6.- ESTABLECER que el incumplimiento o transgresión a lo señalado en los artículos precedentes dará lugar a la suspensión automática del permiso que mediante la presente se habilita a la pesca.
ARTICULO 7.- TOMEN CONOCIMIENTO:
Ministerio de la Producción, Secretaría de Ingresos Públicos, Direcciones y Delegaciones de la Subsecretaría de Pesca y Actividades Portuarias; Honorable Tribunal de Cuentas, Empresas Pesqueras; Prefectura de Zona Mar Argentino Sur; dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.HAROLD J. BARK
Ministro de la Producción Provincia de Santa Cruz ________
RESOLUCION Nº 026
RIO GALLEGOS, 25 de Febrero de 2014.VISTO:
El Expediente Nº 424.883 -MP-13, la Ley Provincial de Pesca Artesanal N 2934, Resoluciones Nº 0123 y 258/2013, y las Disposiciones de la Subsecretaría de Pesca y Actividades Portuarias Nº 188/07, 189/07, 310/10; y CONSIDERANDO:
Que por el mismo la SOCIEDAD DE HECHO
Carmelo DATO y Martín Osvaldo MARTIN solicita permiso de pesca artesanal en aguas de jurisdicción de la provincia de Santa Cruz, para el año 2013, para el Buque Pesquero NUEVO O SURRIENTO
Mat. 02583;
Que la SOCIEDAD DE HECHO Carmelo DATO
y Martín Osvaldo MARTIN es propietario del Buque Pesquero NUEVO O SURRIENTO Mat. 02583;
Que la SOCIEDAD DE HECHO Carmelo DATO
y Martín Osvaldo MARTIN constituye domicilio legal en Bº ALTOS DEL GOLFO, OSTREROS
Nº 475, de la ciudad de Caleta Olivia, en el que serán válidas todas las notificaciones que deba efectuar la Autoridad de Aplicación;
Que a fs. 2 a 3 obra Nota de Solicitud del Permiso Provincial de Pesca Artesanal y Declaración Jurada de No poseer permiso de pesca de cualquier tipo en otra jurisdicción;
Que a fs. 4 a 5 obra Copia legalizada de Documento Nacional de Identidad, incluyendo última actualización de Domicilio;
Que a fs. 22 obra Certificado de Libre Deuda extendido por la Unidad Ejecutora Portuaria de la Provincia de Santa Cruz;
Que a fs. 13 obra Copia Legalizada de Certificado de matrícula;
Que a fs. 33 a 34 obra Copia Legalizada de Certificado Nacional de Seguridad de la Navegación;
Que a fs. 16 obra Certificado de Capacidad de Bodega extendido por Prefectura Naval Argentina;
Que a fs. 15 obra Copia legalizada de Certificado de Arqueo Nacional;
Que a fs. 17 obra Copia Legalizada de Carnet como Armador extendido por Prefectura Naval Argentina;
Que a fs. 18-20 obra Constancia de Inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos AFIP;
Que a fs. 27 obra Certificado de Libre Deuda extendido por Fiscalía de Estado de la Provincia de Santa Cruz;
Que a fs. 30 obra Certificado de Libre Deuda a la Dirección General de Gestión Técnica Administrativa de la Subsecretaría de Pesca y Actividades Portuarias;
Que a fs. 29 obra Certificado de Libre Deuda

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 27/3/2014

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaeseArgentina

Data27/03/2014

Conteggio pagine10

Numero di edizioni1767

Prima edizione19/02/2002

Ultima edizione11/07/2024

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