Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 18/7/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

Página 4

RIO GALLEGOS, 18 de Julio de 2013.-

DECRETO
SINTETIZADO
DECRETO Nº 1227
RIO GALLEGOS, 13 de Junio de 2012.Expediente MP-Nº 420.384/12.ACEPTASE a partir del día 9 de marzo del año 2012 la renuncia al cargo de Jefe de Departamento de Registro y Fiscalización dependiente de la Secretaría de Estado de Turismo del Ministerio de la Producción, presentada por el señor Alejandro AGULLA Clase 1972 - D.N.I Nº 22.427.449, quien fuera confirmado mediante Decreto Nº 222/11, conforme a los términos del Artículo 4 de la Ley Nº 1831.________

DISPOSICION
D.P.R.H.
DISPOSICION Nº 081
RIO GALLEGOS, 27 de Junio de 2013.VISTO:
El Expediente Nº 484.461/07, iniciado por la Dirección Provincial de Recursos Hídricos; y CONSIDERANDO:
Que mediante nota obrante a fojas N 618 del expediente de referencia, la empresa Patagonia Gold S.A., solicita la ampliación de la dotación autorizada mediante Disposición N 063/DPRH/2012 del pozo denominado MW002 GW 02, ubicado en la Ea. El Rincón, en las coordenadas X 4.797.592; Y
2.381.173, del Proyecto Lomada de Leiva - Bloque la Paloma.
Que obra en expediente, información solicitada por esta Autoridad de Aplicación referida al punto de captación mencionado.
Que la empresa solicita autorización para obtener un incremento en la dotación autorizada, ya que al momento de gestionar los permisos de extracción de agua, para el tratamiento de minerales mediante la Pila Piloto de Lixiviación, no se habían contemplado las obras civiles en construcción cancha de lixiviación, expansión de la pila y dique de emergencia.
Que la dotación solicitada se ha fijado en un volumen de ciento sesenta y cinco metros cúbicos por día 165 m3/día en función de los ensayos de bombeo realizados.
Que se autorizará la extracción por un período de cuatro 4 meses desde el 01 de junio de 2013 al 01
de octubre de 2013.
Que los metros cúbicos autorizados serán ratificados mediante la lectura del caudalímetro instalado.
Que el uso que se dará al agua extraída será catalogado como uso especial, por lo que la empresa deberá cumplimentar con la Disposición Nº 20/2013, de la Ley 1451.
Que obra Informe Técnico a fojas N 643, en expediente de referencia.
Que mediante Ley N 2625 promulgada por Decreto N 1949, de fecha 2 de Agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley N 1451, el que, mediante Resolución N 998/2002 delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO:
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE
RECURSOS HÍDRICOS
DISPONE:
1º Otorgar permiso a favor de la Empresa Patagonia Gold S.A., con domicilio legal en Pasaje Fenuglio
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 4724 DE 10 PAGINAS

157, de la Ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz; para la captación de agua pública del pozo denominado MW002 GW 002, ubicado en las coordenadas X 4.797.592; Y 2.381.173, para ser utilizada en el Proyecto Lomada Leiva, Bloque La Paloma, teniendo en cuenta la Normativa Vigente y de acuerdo a lo presentado.
2º Que la dotación que se autoriza es hasta un máximo de ciento sesenta y cinco metros cúbicos por día 165 m3/día, por un período de cuatro 4
meses, a partir del 01 de junio de 2013.
3 Que el objeto de la dotación, será destinada al tratamiento de minerales, en la pila piloto de lixiviación y a las obras civiles en construcción cancha de lixiviación, expansión de la pila y dique de emergencia, perteneciente al Proyecto Lomada de Leiva.
4º Que la empresa, deberá presentar en las oficinas de esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, las lecturas del caudalímetro instalado, en forma mensual, en carácter de Declaración Jurada.
5º Que el agua utilizada tendrá carácter de uso industrial, por lo que la empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente, el que se encuentra establecido en la Disposición Nº 20/2013
Sistema Tarifario por uso especial de agua de la Ley 1451.
6º Que el pago del canon deberá hacerse efectivo mediante depósito en el Banco Santa Cruz, a la cuenta CAP-Fondos de Terceros, Suc. Río Gallegos, previa conformidad de esa Autoridad de Aplicación y de acuerdo al valor establecido.
7º Que la empresa deberá dar cumplimiento a lo establecido en la Disposición Nº 03/03 de la Ley 1451 Preservación de los Recursos Hídricos en la explotación con destino industrial 8º Facultar a técnicos, designados a tales efectos, de la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, a efectuar inspecciones sin necesidad de previo aviso y cuando así lo consideren conveniente.
9º Que esta Dirección Provincial podrá revocar el permiso otorgado en los casos que crea conveniente, ante la detección de anomalías que pudieran afectar negativamente al recurso o ante el incumplimiento de la normativa Vigente.
10 Que tal lo establece el Artículo N 40, de la Ley Provincial de Agua 1451, el solicitante deberá publicar, a su cargo, por tres días en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz, su presentación con la respectiva Disposición emanada de esta Dirección Provincial.
11 REGISTRESE. Tomen conocimiento:
Presidencia, Dirección General de Gestión Técnica y Administrativa, Dirección de Administración.
Notifíquese a Patagonia Gold S.A. y cumplido.
ARCHIVESE.MARTA MAYORGA
Directora Provincial de Recursos Hídricos Consejo Agrario Provincial P-3


DISPOSICIONES
S.P. y A.P.
DISPOSICION Nº 070
RIO GALLEGOS, 11 de Junio de 2013.V I S T O:
El Expediente N 425.063/MP/13, la Ley Provincial de Pesca Artesanal Nº 2934; y su Disposición de la Subsecretaría de Pesca y Actividades Portuarias Nº 546/07; y CONSIDERANDO:
Que mediante el actuado de referencia el Señor OJEDA VELAZQUEZ Jorge Hernán, D.N.I. Nº 18.720.471, solicita permiso de Pesca Artesanal, en aguas de jurisdicción de la provincia de Santa Cruz.Que ha cumplimentado con los requisitos para la
BOLETIN OFICIAL
inscripción del registro de pescadores artesanales;
Que a fs. 03 del presente obra Boleta de Depósito de pago del arancel correspondiente.Que a fs. 04 obra Certificado de Libre de Deuda expedido por la Dirección General de Gestión Técnica Administrativa del Sr. OJEDA VELAZQUEZ
Jorge Hernán, D.N.I. Nº 18.720.471.Que el permisionario deberá dar cumplimiento a la entrega de partes de pesca mensuales.Que obra Dictamen de la Asesoría Letrada de esta Subsecretaría.POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE PESCA Y
ACTIVIDADES PORTUARIAS
D I S P O N E:

ARTICULO 1º AUTORIZASE a partir de la firma de la presente al Sr. OJEDA VELAZQUEZ
Jorge Hernán, D.N.I. Nº 18.720.471, fijando domicilio legal en Hernán Cortez Nº 1330 de la localidad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz, a realizar tareas de Pesca Artesanal, con fines de Consumo Familiar en aguas de jurisdicción Provincial, hasta el 1 uno de Marzo de 2014.ARTICULO 2º ESTABLECER que el permisionario se encuentra habilitado para registrar un máximo de 2 dos redes, pudiendo utilizar 1 una de las misma por vez, debiendo cumplir durante la vigencia del presente permiso los requisitos que establece la normativa vigente.ARTICULO 3º ESTABLECER que el incumplimiento o transgresión a lo señalado en los precedentes podrá dar lugar a la suspensión del permiso de pesca y/o iniciación de las actuaciones sumariales correspondientes.ARTICULO 4º TOMEN CONOCIMIENTO:
Dirección Provincial de Intereses Marítimos y Portuarios, Dirección de Gestión Técnica Administrativa, Prefectura de Zona Mar Argentino Sur, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.OMAR RAUL MELLA
Subsecretario de Pesca y Actividades Portuarias Ministerio de la Producción ________
DISPOSICION Nº 072
RIO GALLEGOS, 18 de Junio de 2013.VISTO:
El Expediente Nº 426.670-MP-13;
CONSIDERANDO:
Que mediante Disposición Nº 069-SP y AP-13, se procedió a reconocer que la empresa Yaganes S.A.
es titular de un proyecto productivo, en la localidad de Caleta Olivia - Provincia de Santa Cruz, ha presentado con fecha 5 de Junio de 2013 su informe estimativo de metas correspondientes al proyecto productivo año 2013.Que mediante providencia la Dirección Provincial de Intereses Marítimos y Portuarios solicita la modificación de la Disposición mencionada en virtud de la nota presentada por el Sr. Federico Wilensky en calidad de Apoderado de la Empresa Yaganes S.A..Que por lo expuesto se hace necesario modificar la Disposición Nº 069/SPyAP/13 en su considerando Nº 5, la que quedará redactada de la siguiente manera donde dice: Que el volumen de materia prima que se estima ingresar a planta para ser elaborado en tierra en jurisdicción provincial será de 200 Toneladas anuales aproximadamente. Deberá decir Que el volumen de materia prima que se estima ingresar a planta para ser elaborado en tierra en jurisdicción provincial será de 200 Toneladas mensuales aproximadamente; y Artículo 2 donde dice Estimativamente ingresaran a planta la cantidad de 200 Toneladas anuales, deberá decir Estimativamente ingresaran a planta la cantidad de 200 Toneladas mensuales;
Que obra dictamen del Cuerpo de Asesores Jurí-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 18/7/2013

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaeseArgentina

Data18/07/2013

Conteggio pagine10

Numero di edizioni1767

Prima edizione19/02/2002

Ultima edizione11/07/2024

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