Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 4/10/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2011 Año de l Trabajo De ce nte , la Salud y Se guridad de los Trabajadores
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
CORREO
ARGENTINO
RI O
GALLEGOS

FRANQUEO A PAGAR

DECRETOS DEL
PODER EJECUTIVO

PUBLICACION BISEMANALMartes y Jueves Sr. DANIEL RO MAN PERALTA
Gobernador Dr. PABLO GERARDO GO NZALEZ
Ministro de la Je fatura de Gabine te de Ministros Sr. JO SE MANUEL CO RDO BA
Ministro de Gobierno Ingº. GUSTAVO ERNESTO MARTINEZ
Ministro de la Se cre taría Ge ne ral de la Gobernación C.P. DIEGO LEO NARDO RO BLES
Ministro de Economía y O bras Públicas Ingº. JAIME HO RACIO ALVAREZ
Ministro de la Producción Sra. ANA MARIAURRICELQ UI
Ministro de De sarrollo Social Dr. SERGIO PABLO VUCKOVIC
Ministro de Salud Prof. RO BERTO LUIS BO RSELLI
Pre side nte de l Conse jo Provincial de Educación Dr. IVAN FERNANDO SALDIVIA
Fiscal de Estado
DECRETO Nº 0293

RIO GALLEGOS, 10 de Marzo de 2011.V I ST O :
El Expediente GOB-Nº 112.033/11; y CONSIDE RANDO:
Que por Ley Provincial Nº 3179 se declaró de utilidad pública y sujeta a expropiación una fracción aproximada de seiscientas 600 hectáreas correspondientes a la zona denominada LAGUNA SECA
del Departamento Lago Argentino;
Que en el artículo primero de la citada Ley se específica que el inmueble sujeto a expropiar surge de la imagen satelital A y el Croquis B, instrumentos adjuntos a la norma que forman parte integrante de la misma como Anexos I y II;
Que el comparativo de la nomenclatura expresada en la Ley Nº 3179 y la que surge de los Anexos I y II, exhiben un error de tipo material que corresponde ser subsanado en la presente etapa administrativa;
Que la Ley Nº 3179 faculta al Poder Ejecutivo Provincial a través de su Artículo Tercero a efectuar la delimitación definitiva de la superficie a expropiar;
Que conforme el informe producido por la Dirección Provincial de Catastro mediante Nota Nº 022/
DPC/11 se describe en forma correcta la nomenclatura del inmueble a expropiar identificado como Fracción LX plano de mensura M-6281 y que se corresponde con la zona denominada Laguna Seca y la documental adjunta forma parte integrante de dicha norma;
Que es clara la Ley respecto de la ubicación territorial de la fracción a deslindar por cuanto establece que ésta se encuentra en la zona denominada Laguna Seca, del Departamento Lago Argentino, conforme imagen satelital A obrante a fojas 13 y al croquis B obrante a fojas 14 que se adjuntan y constituyen parte integrante de la presente en carácter de ANEXO I y ANEXO II respectivamente;
Que ante la discordancia de la nome nclat ura catastral consignada en elArtículo Primero de la citada Ley y la que efectivamente se corresponde con la documental adjunta, procede identificar correctamente los datos que individualizan el inmueble sujeto a expropiación conforme fuera determinado en la propia Ley Nº 3179;
Por ello y atento a Nota SLYT-Nº 197-11, emitida por la Secretaría Legal y T écnica de la Gobernación, obrante a fojas 8;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D ECRE TA:
Artículo 1º.- ACLARESE la nomenclatura catastral del inmueble declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación mediante la Ley Provincial Nº 3179, el cual se identifica como FRACCIÓN LX PLANO
DE MENSURA Nº M-6281, sector denominado LAGUNA SECA del Departamento Lago Argentino, todo ello conforme se describe en los Anexos I y II de la Ley Nº 3179.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Obras Públicas.-

DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA
AUGUSTO RENE CARCAMO
Director General
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LVI Nº 4537

OFICIAL

Artículo 3º.- PASE a la Secretaría Legal y T écnica de la Gobernación quién remitirá copia del presente ante quién corresponda y Escribanía Mayor de Gobierno a sus efectos, tome conocimiento T ribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA-C.P.N. Diego Leonardo Robles ________
DECRETO Nº 0295

RIO GALLEGOS, 04 de O ctubre de 2011.trol responsable y eficiente del gasto público;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D ECRE TA:
Artículo 1º.- EXTIÉNDASE la vigenc ia de las medidas dispuestas mediante los Decretos Nros. 330/
09 y 1741/09, los cuales regirán hasta el día 30 de junio de 2011.Artículo 2º.- INVÍTASE a los Poderes Legislativos y Judicial y Municipalidades de la Provincia a dictar normas similares al presente.Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Jefatura de Gabinete de Ministros.Artículo 4º.- Pase a Jefatura de Gabinete de Ministros y a los Ministerios de Gobierno, de Economía y Obras Públicas, de Producción, de Asuntos Sociales, de la Secretaría General de la Gobernación y al Consejo Provincial de Educación a sus efectos, tomen conocimiento Entes Autárquicos y Organismos Descentralizados, Poderes Legislativo y Judicial, Municipalidades, Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y T ribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Sr. PERALTA-Dr. Pablo Gerardo González ________

DECRETOS
SINTETIZADOS

DECRETO Nº 0291

RIO GALLEGOS, 10 de Marzo de 2011.V I ST O :
Los Decretos Nros. 330/09, 1741/09, 286/10 y 1651/10; y CONSIDE RANDO:
Que mediante Decreto Nº 330/09 se había dispuesto suspender hasta el día 31 de diciembre de 2009, la designación de personal en planta permanente, contratada y/o transitoria para cubrir cargos de laAdministración Pública Central, Entes Autárquicos, Descentralizados y Sociedades del Estado, a excepción de aquellos nombramientos consignados en el Artículo 2º de dicha norma cuya consideración quedaba sujeta a la evaluación de la Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que por su parte, mediante el Decreto Nº 1741/09
se ordenaron medidas destinadas a organizar los gastos de funcionamiento, controlar el manejo financiero y fiscalizar las erogaciones corrientes y las adquisiciones de bienes y servicios de toda la Administración Pública Central, Entes Autárquicos, Descentralizados y Sociedades del Estado y Sociedades Anónimas con participación Estatal Mayoritaria;
Que habiéndose cumplido el plazo temporal fijado inicialmente, con la emisión del Decreto Nº 1651/10
se extendió la vigencia de las medidas contenidas en ambos instrumentos legales hasta el día 31 de Diciembre de 2010;
Que en esta oportunidad, habiendo fenecido el plazo otorgado resulta necesario el dictado del presente a los efectos de mantener vigentes dichas disposiciones por un término similar, con el objeto de un con-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 4537 DE 26 PAGINAS

RIO GALLEGOS, 10 de Marzo de 2011.Expediente MAS-Nº 204.977/10.RECTIFICASE en su parte pertinente el Artículo 2º del Decreto Nº 3309/10, donde dice: 65/94, debe leerse: 675/94, asimismo a continuación de INCREMENTASE deberá AGREGARSE: a partir de l 1 de Ene ro de l año 2009.INCREMENTASE a partir del 1º de enero del año 2011, el valor mensual del complemento de la Beca Nacional, aludido en el Punto 6º Inciso c del Anexo I
del Decreto Nº 0675/94 en la suma de PESOS CUAT RO M IL CUAT ROCIENT OS CINCUENTA Y
OCHO CON CINCUENTA Y SEIS CENTAVOS
$ 4.458,56.________
DECRETO Nº 0292
RIO GALLEGOS, 10 de Marzo de 2011.Expediente MP-Nº 425.417/10.CO NVALIDAR la Comisión de Servicios cumplimentada por el Secretario de Estado de Minería Licenciado Oscar Luis VERA, a la ciudad de Viña del Mar - Chile, durante los días 22 al 28 de noviembre del año 2010.APRO BAR la sum a de PESO S O NCE MIL
O CHO CIENTO S CINCUENTA Y DO S CO N
SESENTA Y SEIS CENTAVO S $ 11.852,66.-
correspondientes a viáticos.AFECTAR el gasto que demande el cumplimiento

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 4/10/2011

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaeseArgentina

Data04/10/2011

Conteggio pagine26

Numero di edizioni1767

Prima edizione19/02/2002

Ultima edizione11/07/2024

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