Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 7/6/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2011 Año de l Trabajo De ce nte , la Salud y Se guridad de los Trabajadores
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
CORREO
ARGENTINO
RI O
GALLEGOS

FRANQUEO A PAGAR

DECRETOS DEL
PODER EJECUTIVO

PUBLICACION BISEMANALMartes y Jueves Sr. DANIEL RO MAN PERALTA
Gobernador Dr. PABLO GERARDO GO NZALEZ
Ministro de la Je fatura de Gabine te de Ministros Sr. JO SE MANUEL CO RDO BA
Ministro de Gobierno Ingº. GUSTAVO ERNESTO MARTINEZ
Ministro de la Se cre taría Ge ne ral de la Gobernación C.P. DIEGO LEO NARDO RO BLES
Ministro de Economía y O bras Públicas Ingº. JAIME HO RACIO ALVAREZ
Ministro de la Producción Sra. ANA MARIAURRICELQ UI
Ministro de De sarrollo Social Sr. SERGIO PABLO VUCKOVIC
Ministro de Salud Prof. RO BERTO LUIS BO RSELLI
Pre side nte de l Conse jo Provincial de Educación Dr. CARLOS JAVIER RAMO S
Fiscal de Estado
DECRETO Nº 2790

RIO GALLEGOS, 05 de Noviembre de 2010.VIST O:
El Expediente IEPS-Nº 000.031/10;
CONSIDERANDO:
Que con fecha 28 de diciembre de 2009 el Estado Argentino ha aprobado, mediante Decreto Nº 2104, la firma del Convenio Préstamo BIRF Nº 7617-AR, con el noble propósito de financiar la continuación del Proyecto de Energía Renovables en Mercados Rurales, en adelante PERMER;
Que el mencionado Proyecto viene desarrollándose desde el año 2000, proveyendo de servicio eléctrico a un significativo número de habitantes y de servicios públicos rurales, a través de la utilización de fuentes de generación renovables, en diversas provincias;
Que el Estado Argentino, mediante la Secretaría de Energía de la Nación, en adelante la Secretaría, desea contribuir a sostener el esfuerzo que está realizando la Provincia de Santa Cruz, en adelante la Provincia, en materia de electrificación de su mercado rural disperso, dentro de un esquema de responsabilidades compartidas en Nación y Provincia;
Que con fecha 23 de diciembre de 2004 el Estado Argentino, a través de la Secretaría representada por el Ingeniero Daniel CAMERON, ha suscripto con la Provincia, representada por el señor Gobernador, don Daniel Román PERALTA, un Acuerdo Complementario de Participación en el PERMER;
Que para continuar con la implementación del proyecto, es menester sustituir el Convenio de Participación citado en el considerando que precede y sus enmiendas si las hubiere a los efectos de actualizarlo e incorporar las condiciones que las partes convienen en considerar en el convenio y que surgen del nuevo préstamo denominado BIRFNº 7617 - AR y Convenio de Préstamo mencionado en el primer párrafo y de las modificaciones efectuadas al préstamo Nº 4454-AR.
Que por tales razones, con fecha 21 de mayo de 2010, se suscribió entre la Secretaria y la Provincia un convenio de participación, con el fin de complementar la implementación del PERMER en viviendas e instituciones públicas ubicadas en áreas rurales dispersas de la Provincia de Santa Cruz, en los plazos y demás condiciones asumidas en los convenios de Préstamo BIRF
Nº 4454-AR y Préstamo BIRF Nº 7617-AR con los alcances especificados en elANEXO I del mismo;
Que el mencionado Convenio la Secretaría se compromete a asistir técnica y económicamente a la provincia en la electrificación del mercado rural disperso a través de la implementación del PERMER en su territorio;
Por ello y atento al Dictamen AL-Nº 15/10, emitido por Asesoría Letrada, obrante a fojas 19 y a Nota de SLyT-Nº 1639-10, emitida por Secretaría Legal y T écnica de la Gobernación, obrante a fojas 23;

DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA
AUGUSTO RENE CARCAMO
Director General
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LVI Nº 4500

OFICIAL

dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, en representación del Estado Argentino, por una parte y, por la otra el señor Gobe rnador de la P rovincia don Daniel Román PERALTA, en representación de la Provincia de Santa Cruz, con vigencia a partir de la fecha en que se declara la efectividad del Convenio de Préstamo BIRF-Nº 7617AR, el cual forma parte integrante del presente.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departa mento de la Jefatura de Gabinete de Ministros.Artículo 3º.- PASE al Instituto de Energía de Santa Cruz quien remitirá copia del presente ante quien corresponda, a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Sr. PERALTADr. Pablo Gerardo González ________
DECRETO Nº 2791
RIO GALLEGOS, 05 de Noviembre de 2010.VIST O:
El Expediente MEOP-Nº 414.592/10, elevado por el Ministerio de Economía y Obras Públicas; y CONSIDERANDO:
Que mediante Nota IESC.GA-Nº 037-10, la Gerencia de Administración y Relaciones Laborales del Instituto de Energía de Santa Cruz, solicita la reestructuración del crédito de dicho organismo, por la suma total de PESOS UN MILLON CIENT O CINCUENTA MIL
$ 1.150.000,00, en el Presupuesto 2010;
Que el Artículo 10 de la Ley Nº 3114, faculta al Poder Ejecutivo a realizar dicha modificación;
Por ello y atento al Dictamen CAJ-Nº 225/10, emitido por la Coordinación deAsuntos Jurídicos, obrantes a fojas 7 y a Nota SLyT-Nº 1641-10, emitida por Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 13;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1º.- RATIFICAR el Convenio de Participación suscripto entre la Secretaría de Estado de Energía,
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 4500 DE 16 PAGINAS

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1º.- REESTRUCTÚRASE en la suma total
RIO GALLEGO S, 07 de Junio de 2011.de PESOS UN MILLON CIENT O CINCUENTA MIL
$ 1.150.000,00 el crédito del ANEXO: Jefatura de Gabinete - IT EM: I.E.S.C. - CARÁCT ER: Cuentas Especiales; FINALIDAD; FUNCIÓN; SECCIÓN;
SECT OR; PARTIDAS PRINCIPALES, PARCIALES
y SUBPARCIALES, conforme al detalle que figura en la Planilla que como ANEXO I, forma parte integrante del presente, en el Presupuesto 2010 y en un todo de acuerdo con los considerandos.Artículo 2º.- COMUNÍQ UESEa la Honorable Cámara de Diputados conforme lo establece el Artículo 10
de la Ley Nº 3114.Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Obras Públicas.Artículo 4º.- PASEal Ministerio de Economía y Obras Públicas Subsecretaría de Presupuesto a sus efectos tomen conocimiento Honorable Cámara de Diputados, Contaduría General y T ribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido,ARCHÍVESE.Sr. PERALTA C.P. Diego Leonardo Robles.________
DECRETO Nº 2830
RIO GALLEGOS, 11 de Noviembre de 2010.V I ST O :
El Expediente MAS-Nº 207.645/10 elevado por el Ministerio de Asuntos Sociales; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se tramita Aprobar la realización del Programa Institucional SANTA
CRUZ DEPORTES, INSTITUCIONES y CLUBES
DE BARRIOS el cual forma parte integrante del presente, de acuerdo a lo solicitado por la Secretaría de Estado de Deporte, Recreación y T urismo Social, dependiente del Ministerio de Asuntos Sociales;
Que el citado Programa se encuentra orientado a fortalecer la actividad institucional de las asociaciones y/o organizaciones que tienen como objeto el fomento de la actividad deportiva y recreativa en todas sus manifestaciones, generando condiciones idóneas que permitan la estimulación de la práctica del deporte;
Que las referidas organizaciones no sólo comprenden a los entes constituidos por las formas legales establecidas a nivel provincial o municipal, sino también a aquellas no comprendidas por esas formas, guardando notables grados de organización que se asemejan a los tales Entes;
Que tiene por objetivo consolidar la recreación, la práctica del deporte federado, comunitario y social en todo el ámbito provincial, estimulando con la aplicación de políticas públicas la acción de organizaciones a favor del desarrollo deportivo y/o recreativo;
Que el mecanismo de implementación será la figura del aporte no reintegrable y/o asignaciones y su rendición documentada;
Que el mismo rige a partir del día 1º de octubre y hasta el 31 de diciembre del año 2010, vencido el plazo y para el caso de necesidad y urgencia, automáticamente quedarán ampliados y prorrogados todos sus efectos hasta la aprobación del correspondiente al año en curso;
Que asimismo la presente gestión se halla dentro de los lineamientos del Eje Operativo RE.DE.S. Recepción y Deporte Social Comunitario del Plan Gestión Solidaria GE.SOL, aprobado mediante Decreto Nº 2742/92 - Proyectos: Recreación Familiar, Descubriendo Santa Cruz, Integración Nacional, Deporte Comuni-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 7/6/2011

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaeseArgentina

Data07/06/2011

Conteggio pagine16

Numero di edizioni1767

Prima edizione19/02/2002

Ultima edizione11/07/2024

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