Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 17/5/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2011 Año de l Trabajo De ce nte , la Salud y Se guridad de los Trabajadores
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
CORREO
ARGENTINO
RI O
GALLEGOS

AÑO LVI Nº 4494

FRANQUEO A PAGAR

PUBLICACION BISEMANALMartes y Jueves Sr. DANIEL RO MAN PERALTA
Gobernador Dr. PABLO GERARDO GO NZALEZ
Ministro de la Je fatura de Gabine te de Ministros Sr. JO SE MANUEL CO RDO BA
Ministro de Gobierno Ingº. GUSTAVO ERNESTO MARTINEZ
Ministro de la Se cre taría Ge ne ral de la Gobernación C.P. DIEGO LEO NARDO RO BLES
Ministro de Economía y O bras Públicas Ingº. JAIME HO RACIO ALVAREZ
Ministro de la Producción Sra. ANA MARIAURRICELQ UI
Ministro de De sarrollo Social Sr. SERGIO PABLO VUCKOVIC
Ministro de Salud Prof. RO BERTO LUIS BO RSELLI
Pre side nte de l Conse jo Provincial de Educación Dr. CARLOS JAVIER RAMO S
Fiscal de Estado
LEY Nº 3208
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerz a de :
LE Y
Artículo 1.- DESÍGNASE con el nombre de Pre side nte Né stor Carlos KIRCHNER a la obra Acueducto de vinculación Río Santa Cruz Bahía de San Julián.
Artículo 2.- CO MUNÍQ UESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.DADA EN SALA DESESIO NES: RIO GALLEGO S; 28 de abril de 2011.Dr. LUIS HERNÁN MARTINEZ CRESPO
Presidente Honorable Cámara de Diputados Prof. DANIEL ALBERTO NO TARO
Secretario General Honorable Cámara de Diputados
DECRETO DEL
PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 2634

DECRETO Nº 0814
RIO GALLEGOS, 06 de Mayo de 2011.VIST O:
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 28 de Abril del año 2011, mediante la cual se DESIGNA con el no mbre de P re side nte Do cto r Né stor Carlo s KIRCHNER a la obra Acueducto de vinculación Río Santa Cruz Bahía de San Julián; y CONSIDE RANDO:
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D ECRE TA:
Artículo 1º.- PRO MÚLGASE bajo el Nº 3208 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 28 de abril del año 2011, mediante la cual la se DESIGNA con el nombre de Presidente Doctor Néstor Carlos KIRCHNER
a la obra Acueducto de vinculación Río Santa Cruz Bahía de San Julián.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Jefatura de Gabinete de Ministros.Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA-Dr. Pablo Gerardo González
DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA
AUGUSTO RENE CARCAMO
Director General
CUENTA Nº 07-0034

LEY

OFICIAL

RIO GALLEGOS, 25 de Octubre de 2010.V I ST O :
El Expediente GOB-Nº 111.763/10; y CONSIDE RANDO:
Que mediante el mismo se tramita la presentación realizada por el señor Mario Alejandro MO RENO el que solicita se le permita efectuar los aportes previsionales correspondientes al período en que se vio forzado a alejarse de sus funciones en la Administración Pública Provincial en virtud de la situación institucional en la que se vio envuelta la República Argentina en la década del 70, y hasta el día 10 de diciembre del año 1983;
Que de acuerdo a las constancias agregadas en autos surge que el nombrado revistaba como agente del Estado Provincial y a partir del día 1º de marzo de 1980 fue dado de baja en la mencionada situación laboral, no gozando a la fecha de beneficio jubilatorio alguno;
Que en primer lugar debe señalarse que nos enfrentamos a situaciones de hecho injustas que deben ser reparadas mediante la aplicación de las normas vigentes en materia previsional, utilizando como base los principios generales que rigen a la misma, atendiendo a la finalidad de justicia y equidad, debiendo dilucidarse en tal sentido el marco normativo a aplicar;
Que el caso en análisis no es asimilable a ninguna de las figuras de la Ley Nº 1782 y sus modificatorias, pues éstas representan generalidades y particularidades afines a procesos y hechos de normalidad institucional dentro del derecho laboral y previsional;
Que debemos considerar tanto la legislación nacional como provincial mediante la cual se regularon específicamente las situaciones pendientes derivadas de procesos históricos de excepcionalidad o anormalidad institucional;
Que con ese fin, oportunamente la Provincia de
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 4494 DE 14 PAGINAS

RIO GALLEGO S, 17 de Mayo de 2011.-

Santa Cruz dictó la Ley Nº 1595 por la que se resolvió la situación de aquellos agentes de la Administración Pública Provincial, Municipal, Entes Autárquicos, Organismos Descentralizados, Empresas y Sociedades del Estado que durante el período 24 de marzo de 1976 al día 10 de diciembre de 1983, fueron afectados en su estabilidad laboral por aplicación de regímenes disciplinarios al margen de los preceptos constitucionales o por normas de prescindibilidad igualmente viciadas;
Que a su tiempo la Ley Nacional Nº 23.278 y sus modificatorias, resolvió en el mismo sentido que en nuestra norma provincial, la situación de las personas afectadas en su estabilidad laboral por motivos políticos o gremiales desde la fecha de vigencia de la Ley Nacional Nº 16.001, esto es, 30 de octubre de 1961 hasta el día 9 de diciembre del año 1983;
Que dada la atipicidad y singularidad de la situación planteada y luego del pormenorizado análisis de la documental colectada, es dable concluir que corresponde reconocer al solo efecto jubilatorio el período de inactividad comprendido entre el momento en que cesó en sus tareas y el día 19 de mayo de 1981, autorizándolo a formular los aportes previsionales de orden personal los que se formalizarán de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 1595, considerando a tal fin la situación de revista que detentaba al momento del cese o su equivalente;
Por ello y atento a Nota SLyT-Nº 1560/10, emitida por Secretaría Legal y T écnica de la Gobernación, obrante a fojas 13;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D ECRE TA:
Artículo 1º.- RECO NO CER al señor Mario Alejandro MO RENO D.N.I. Nº 14.381.998 al solo efecto previsional el período de inactividad comprendido entre el 1º de marzo de 1980 y el día 19 de mayo de 1981, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.Artículo 2º.- La Caja de Previsión Social formulará los cargos correspondientes de acuerdo a los considerandos del presente.Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Obras Públicas.Artículo 4º.- PASE a Servicios Públicos Sociedad del Estado, Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación y a la Caja de Previsión Social a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y T ribunal de cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Sr. PERALTA-C.P. Diego Leonardo Robles ________

DECRETOS
SINTETIZADOS
DECRETO Nº 2589
RIO GAL LEGOS, 25 de Octubre de 2010.Expediente MASNº 204.211/10.NO MBRASE, a partir del día 1º de abril del año

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 17/5/2011

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaeseArgentina

Data17/05/2011

Conteggio pagine14

Numero di edizioni1765

Prima edizione19/02/2002

Ultima edizione02/07/2024

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