Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 5/6/2008

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

BO LETIN O FICIAL

gencia de treinta y seis 36 meses asignándose al presente ejercicio a partir del día 1º de Agosto al 31
de Diciembre de 2007, previéndose para el Ejercicio 2008 la diferencia, conforme lo autoriza elArtículo 16 - Inciso b de la Ley de Contabilidad Nº 760;
Que en consecuencia corresponde el dictado del presente Instrumento Legal debiendo exceptuarse el trámite de los alcances del Artículo 35º del Decreto Nº 140/91;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D ECRE TA:
Artíc ulo 1º.- EXCEPT UASE el pr esente t rámite de los alcanc es de l Ar tículo 35 º de l Dec reto Nº 140/91.Artículo 2º.- RAT IFICASE en todas sus partes el Contrato de Locación de Inmueble celebrado entre el Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación, representado en este acto por la señora Subsecretaria de Asuntos Administrativos, doña NoraAlejandra STRT Z de MENENDEZ y la señora Adriana Elizabeth SORBERA de la ciudad de Caleta Olivia, el que será destinado exclusivamente al funcionamiento de la Dirección de Prensa Zona Norte, el cual forma parte integrante del presente.Artículo 3º.- AFECTASE el gasto con cargo al ANEXO: Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación - IT EM: Prensa - CARÁCT ER:Administración Central - FINALIDAD: Servicios Económicos - FUNCION: Comunica ción - SECCION:
Erogaciones Corrientes - SECT OR: Operación PART IDA PRINCIPAL: Servicios No Personales PART IDA PARCIAL: Alquiler y Derechos PART IDA SUBPARCIAL: Alquiler de Edificios y Locales, del Ejercicio 2007.Artículo 4º.- ABONAR por Tesorería General de la Provincia a la señora Adriana Elizabeth SORBERA según detalle:
AGOST O/07 $ 2.000,00.SEPT IEMBRE/07 $ 2.000,00.OCT UBRE/07 $ 2.000,00.NOVIEM BRE/07 $ 2.000,00.DICIEMBRE /07 $ 2.000,00.Artículo 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Secretaría General de la Gobernación.Artículo 5º.- PASE al Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación Dirección Provincial de Administración, a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y T ribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA-Ingº. Gustavo Ernesto Martinez _______
DECRETO Nº 1171
RIO GALLEGOS, 22 de Mayo de 2008.V I ST O :
El Expediente MEOP-N 403.256/07 Cinco Cuerpos elevado por el Ministerio de Economía y Obras Públicas; y CONSIDE RANDO:
Que mediante Decreto N 373 de fecha 28 de Febrero del año 2008, se otorgó a las empresas ALIANZ A PE T ROLE RA ARGENT I NA SOCIE DAD
ANONIMA y COMPAÑÍA GENERAL DE COMBUST IBLES SOCIEDADANÓNIMA en un ochenta por ciento 80% y veinte por ciento 20% respectivamente, una Concesión de Explotación sobre el lote ESTANCIA LA MARIPOSA integrante de la Cuenca del Golfo San Jorge XVI CGSJ XVI, con el objeto de realizar trabajos de desarrollo y explotación de hidrocarburos en los yacimientos existentes en el mismo, bajo el régimen del Artículo 27 y siguientes de la Ley Nº 17.319;
Que así también se autorizó a la empresa COMPAÑÍA GENERAL DE COMBUST IBLES SOCIEDADANONIMAa ceder el ciento por ciento 100%

RIO GALLEGO S, 05 de Junio de 2008.-

de su participación, sobre los derechos y obligaciones que le corresponden sobre el lote ESTANCIA
LA MARIPOSA a favor de ALIANZA PET ROLERA ARGENT INA SOCIEDAD ANONIMA;
Que a través de dicho instrumento legal se ratificó el Co ntrato de Unión T ransitoria de Emp resas suscripto entre ALIANZA PET ROLERAARGENT I NA SOCIE DAD ANONI MA y FOM ENT O
MINERO DE SANTA CRUZ SOCIEDAD DEL
ESTADO FOMICRUZ S.E. para la exploración y explotación de hidrocarburos en las áreas Cuenca del Golfo San Jorge XVI, XVII y XVIII CGSJXVI, XVII y XVIII denominadas Estancia La Mariposa, El Romero y Lomita de la Costa, el cual refleja los porcentajes de participación en la producción de la misma, correspondiendo al GRUPO PRIVADO el noventa y uno por ciento 91% y a FOMENT O MINE RO DE SANTA CRUZ SOCIEDAD DEL ESTADO FOMICRUZ S.E. el nueve por ciento 9%;
Que con fecha 22 de Noviembre de 2007, las firmas ALIANZA PET ROLERA ARGENT INA SOCIEDAD ANONIMA y T ECPET ROL S.A., solicitan a la Secretaría de Estado de Energía dependiente del Ministerio de Economía y Obras Públicas de la Provincia formal autorización en el marco delArtículo 72 de la Ley Nacional N 17.319 para proceder a la cesión de parte de ALIANZA PET ROLERA
ARGENT INA SOCIEDAD ANONIMA a favor de T ECPET ROL S.A. del porcentual de su participación equivalente al ochenta y dos por ciento 82%
en el Lote de Explotación CGSJ XVI Estancia La Mariposa que le fuera otorgado mediante Decreto Provincial N 373/08, asumiendo la cesionaria de manera expresa e irrevocable, los derechos y obligaciones inherentes a la Concesión antes mencionada, manifestando asimismo, la intención de T ECPET ROL S.A. de asumir la operación del área en cuestión, en caso de ser otorgada la cesión;
Que las empresas cesionarias reúnen las condiciones requeridas por la Ley Nacional N 17.319 para ser titulares de la Concesión de Explotación mencionada habiéndose acompañado las correspondientes minutas de escrituras públicas de cesión;
Que el Artículo 124 de la Constitución Nacional establece que Corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio. como así tambien el Artículo 52 de la Constitución Provincial que establece que La Provincia tiene el dominio originario de los recursos naturales, renovables o no, existentes en su territorio, comprendiendo el suelo, el subsuelo, el mar adyacente a sus costas, su lecho, la plataforma continental y el espacio aéreo y de las sustancias minerales y fósiles; y lo ejercita con las particularidades que establece para cada uno, sin perjuicio de las facultades delegadas. Serán considerados en especial del dominio originario provincial: los yacimientos hidrocarburíferos, los recursos ictícolas y las fuentes de energía
Que en igual sentido y a los fines de armonizar dichos principios, el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N 546/03 reconoce a Los Estados Provinciales, a través de sus organismos concedentes o de aplicación, el derecho a otorgar permisos de exploración y concesiones de explotación, almacenaje y transporte de hidrocarburos en sus respectivas jurisdicciones, siendo ese espíritu congruente con la Ley Provincial N 2727 que declara al Poder Ejecutivo Provincial como Autoridad Concedente para otorgar permisos de exploración y eventuales concesiones de explotación de hidrocarburos;
Que con fecha 5 de Enero de 2007 se publica en el Boletín Oficial de la Nación, la Ley Nacional 26.197, la cual dispone a través de su Artículo 2 que a partir de su promulgación, las provincias asumirán en forma plena el ejercicio del dominio originario y la administración sobre los yacimientos de hidrocarburos que se encontraren en sus respectivos territorios y en el lecho y subsuelo del mar territorial del que fueren ribereñas; quedando transferidos de pleno derecho todos los permisos de exploración y con-

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cesiones de explotación de hidrocarburos, así como cualquier otro tipo de contrato de exploración y/o explotación de hidrocarburos otorgado o aprobado por el Estado Nacional en uso de sus facultades, sin que ello afecte los derechos y las obligaciones contraídas por sus titulares;
Que de los análisis y evaluaciones realizadas corresponde acceder a lo solicitado por las empresas mencionadas conforme lo informado por la Secretaría de Estado de Energía de la Provincia;
Que la presente medida se dicta de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 119 Inciso 2 de la Constitución Provincial;
Por ello y atento al Dictamen SLyT-Nº 1744/08, emitido por Secretaría Legal y T écnica de la Gobernación, obrante a fojas 993;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D ECRE TA:
Artículo 1.- AUTO RIZAR a la empresa ALIANZA PET ROLERAARGENT INA SOCIEDAD ANONIMA a ceder el ochenta y dos por ciento 82% de su participación, sobre los derechos y obligaciones que le corresponden sobre el área Cuenca del Golfo San Jorge XVI Estancia La Mariposa a favor de T ECPET ROL SOCIEDAD ANÓNIMA, quedando la titularidad de la concesión aludida distribuida de acuerdo a los siguientes porcentajes: T ECPET ROL
SOCIEDAD ANÓNIMA OCHENTA Y DOS POR
CIENT O 82% y ALIANZA PET ROLERA ARGENT INA SOCIEDAD ANONIMA, DIECIOCHO
POR CIENTO 18%.Artículo 2.- La Empresa cedente y la cesionaria involucradas en las cesiones que por el presente se autorizan, deberán presentar a la Autoridad de Aplicación dentro de sesenta días de dictado el presente, las escrituras definitivas de las cesiones, a los fines de la efectiva vigencia de las mismas.Artículo 3º.- A los efectos del otorgamiento de las escrituras públicas de cesión que se autorizan en el Artículo 1 del presente, el Escribano Público interviniente deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 74 de la Ley Nacional Nº 17.319.Artículo 4.- INST RUIR a la Escribanía Mayor de Gobierno de la Provincia, de conformidad con lo previsto en el Artículo 55 de la Ley Nº 17.319, a protocolizar en Registro del Estado Provincial, los instrumentos que le remitirá la Secretaría de Estado de Energía dependiente del Ministerio de Economía y Obras Públicas de la Provincia.Artículo 5.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Obras Públicas.Artículo 6º.- PASE al Ministerio de Economía y Obras Públicas Secretaría de Estado de Energía quien remitirá copia del presente a quien corresponda y a Escribanía Mayor de Gobierno a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y T ribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA-C.P.N. Juan Manuel Campillo ________

DECRETOS
SINTETIZADOS
DECRETO Nº 500
RIO GALLEGOS, 17 de Marzo de 2008.Expediente MEOP-Nº 406.245/08.AUTO RÍZASE la Comisión de Servicios a favor de l señor Subse cre tario de T urismo Ale xis SIMUNO VIC y al agente Pablo GO DO Y a la ciudad de San Pa blo - Brasil - a fin de particip ar en el Workshop Patagonia, entre las fechas 25 al 29 de Marzo del corriente año.ASÍGNASE por Tesorería General de la Provin-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 5/6/2008

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaeseArgentina

Data05/06/2008

Conteggio pagine16

Numero di edizioni1771

Prima edizione19/02/2002

Ultima edizione25/07/2024

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