Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 27/11/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2007 -Año del Centenario del Descubrimiento del Petróleo
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
CORREO
ARGENTINO
RI O
GALLEGOS

FRANQUEO A PAGAR

DECRETOS DEL
PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 3102
RIO GALLEGOS, 03 de Octubre de 2007.-

VIST O Y CONSIDERANDO:
Que por Ley Nº 2936 se dispuso la incorporación como afiliados de la Caja de Previsión Social de la Provincia de Santa Cruz, a los beneficiarios de Programas Provinciales PRENO-PEC comprendidos en el Decreto Provincial Nº 1429/04 y a los beneficiario s de Programas de E mergencia Ocup acio nal implementados por las respectivas Municipalidades y Comisiones de Fomento comprendidos en el Decreto Provincial Nº 3095/04;
Que el Artículo tercero de la citada Ley establece que el reconocimiento de los servicios prestados estará sujeto al pago de los aportes personales y patronales sobre la base de haberes mínimos jubilatorios;
Que de acuerdo con lo dispuesto en dicha normativa, y sin perjuicio de que el reconocimiento de tales servicios se dispuso a los fines previsionales, resulta justo y equitativo que la prestación de estos servicios asimismo sean tenidos en cuenta a los efectos del cálculo del adicional por antigedad, previsto en elArtículo 7º de la Ley Nº 1327 y Decreto Provincial Nº 996/86;
Que este beneficio alcanza a todas aquellas personas que revistaron en dicha condición, debiéndose computar a los fines del cálculo del adicional por antigedad, el período transcurrido desde la fecha de su alta oficial hasta su baja en el respectivo programa;
Que el reconocimiento de la antigedad en los servicios prestados bajo la modalidad de programas de empleo, no solamente redunda en un beneficio económico para el agente, en cuanto ve incrementado el adicional que percibe por tal concepto, sino que también tiene incidencia directa al momento del cómputo del período de la licencia anual ordinaria, posibilitando de esta manera extender su descanso anual, de manera acorde a los años efectivamente trabajados para el Estado Provincial;
Que la efectivización de esta medida, y los consecuentes beneficios que genera en este segmento del personal, responden al accionar que viene desarrollando este Gobierno Provincial, tendiente a mejorar la situación laboral de los empleados públicos en su conjunto;
Por ello, y atento la Nota Nº 2864-07 de la Secretaría Legal y T écnica de la Gobernación;
EL VICEPRESIDENT E PRIMERO DE LA
HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS
EN EJERCICIO DEL PODER EJECUT IVO
D ECRE TA:
Artículo 1º.- RECO NOZCASE los servicios prestados por los beneficiarios de los Programas Provinciales PRENO-PEC y de Emergencia Ocupacional imple-mentados por las respectivas Municipalidades y Comisiones de Fomento, a los efectos del cálculo del adicional por antigedad, previsto en elArtículo 7º de la Ley Nº 1327 y Decreto Provincial Nº 996/86.Artículo 2º.- ESTABLECESE que el período de
DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA
VICTOR HUGO LANARO
Dire ctor General
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LII Nº 4142

OFICIAL

PUBLICACION BISEMANALMartes y Jueves Sr. DANIEL RO MAN PERALTA
Vicepresidente 1º de la H.C.D.
e n Eje rcicio del Pode r Eje cutivo Dr. PABLO GERARDO GO NZALEZ
Ministro de Gobie rno Sr. RO Q UE ALFREDO OCAMPO
Ministro de la Se cre taría Ge ne ral de la Gobe rnación Lic. JUAN ANTO NIO BO NTEMPO
Ministro de Economía y O bras Públicas Dr. JUAN CARLO S NADALICH
Ministro de Asuntos Sociale s Prof. SILVIA GRACIELAESTEBAN
Presidente del Consejo Provincial de Educación Dr. CARLO S JAVIER RAMO S
A/C Fiscalía de Estado antigedad que registre el agente por aplicación del artículo primero, deberá ser tenido en cuenta asimismo a los fines del cómputo de la licencia anual ordinaria.Artículo 3º.- INVITASE a los Municipios a adoptar igual medida en su jurisdicción.Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Secretaría General de la Gobernación.Artículo 5º.- PASE a Secretaría Legal y T écnica de la Gobernación quien realizará las comunicaciones de práctica, a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Caja de Previsión Social, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr.PERALTA-Roque Alfredo Ocampo ________
DECRETO Nº 3110
RIO GALLEGOS, 03 de Octubre de 2007.V I ST O :
El Expediente MEOP-N 400.227/07 cuatro cuerpos, elevado por el Ministerio de Economía y Obras Públicas; y CONSIDE RANDO:
Que por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial Nº 285/05, se autorizó al señor Ministro de Economía y Obras Públicas a Licitar a través de la U.E.P, los estudios y los trabajos necesarios para que la Provincia disponga de la información necesaria para avanzar en la Construcción de las Represas Hidroeléctricas en los Sitios Cóndor Cliff y La Barrancosa;
Que posteriormente el señor Ministro de Economía y Obras Públicas a través de la Resolución Ministerial Nº 177/06, facultó a la Secretaría de Estado de Energía a entender e intervenir en la tramitación, dirección e inspección de la Obra Estudios Geológicos y Geofísicos en la Barrancosa y Cóndor Cliff sobre el Río Santa Cruz;
Que del mismo modo se dicta Resolución Ministerial Nº 377/06, en cuyo Artículo 3º, se instruye a la Secretaría de Estado de Energía para que lleve adelante las distintas diligencias que se requieran para contratar los estudios de la referencia;
Que cumplido que ha sido el trámite, se arriba a la formalización del Contrato de Locación de Obra con la oferente de menor precio, instrumento que ha sido suscripto por el señor Ministro de Economía y Obras Públicas;

RIO GALLEGO S, 27 de Novie mbre de 2007.-

Por ello y atento al Dictamen CAJ-N 60/07, emitido por la Coordinación de Asuntos Jurídicos, obrante a fojas 813;
EL VICEPRESIDENT E PRIMERO DE LA
HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS
EN EJERCICIO DEL PODER EJECUT IVO
D ECRE TA:
Artículo 1.- APRO BAR el trámite Licitatorio para Levantamientos Topográficos del Área necesaria para el Diseño de las Obras correspondientes a la Central Hidroeléctrica de Cóndor Cliff en la Provincia de Santa Cruz y de acuerdo a los considerandos del presente.Artículo 2.- RATIFICAR el Contrato de Locación de Obra suscripto entre el Ministerio de Economía y Obras Públicas, representado por su titular Licenciado Juan Antonio BO NTEMPO y la Empresa Oferente CONSULAR CONSULT ORESARGENT INOS S.A., representada por su apoderado señor Jorge DONNINI el cual forma parte integrante del presente.Artículo 3.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Obras Públicas.Artículo 4.- PASE al Ministerio de Economía y Obras Públicas a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y T ribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Sr. PERALTA-Lic. Juan Antonio Bontempo ________
DECRETO Nº 3111
RIO GALLEGOS, 03 de Octubre de 2007.V I ST O :
El Expediente MEOP-N 400.226/07 cuatro cuerpos, elevado por el Ministerio de Economía y Obras Públicas; y CONSIDE RANDO:
Que por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial Nº 285/05, se autorizó al señor Ministro de Economía y Obras Públicas a Licitar a través de la UEP, los estudios y los trabajos necesarios para que la Provincia disponga de la información necesaria para avanzar en la Construcción de las Represas Hidroeléctricas en los Sitios Condor Cliff y La Barrancosa;
Que posteriormente el señor Ministro de Economía y Obras Públicas a través de la Resolución Ministerial Nº 1177/06, facultó a la Secretaría de Estado de Energía a entender e intervenir en la tramitación, dirección e inspección de la Obra Estudios Geológicos y Geofísicos en la Barrancosa y Cóndor Cliff sobre el Río Santa Cruz;
Que del mismo modo se dicta Resolución Ministerial Nº 377/06, en cuyo Artículo 3º se instruye a la Secretaría de Estado de Energía para que lleve adelante las distintas diligencias que se requieran para contratar los estudios de referencia;
Que cumplido el trámite, se arriba a la formalización del Contrato de Locación de Obra con la oferente de menor precio, instrumento que ha sido suscripto por el señor Ministro de Economía y Obras Públicas;
Que se hace necesario la ratificación del trámite Licitatorio así como del respectivo Contrato de Locación de Obra;

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 27/11/2007

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaeseArgentina

Data27/11/2007

Conteggio pagine28

Numero di edizioni1764

Prima edizione19/02/2002

Ultima edizione25/06/2024

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