Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 26/5/2005

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

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RIO GALLEGO S S.C., 26 de Mayo de 2005.-

y acreedores de Luisa Angela Anglesio en autos:
"ANGLESIO LUISA ANGELA S/SUCESIO N"
Expte. Nº 20088/05.P ublíquense edictos por tres días en elBolet ín Oficial.RIO GALLEGOS, 04 de Mayo de 2005.SANDRA E. GARCIA
Secretaria P-2

diente del Juzgado de 1º Instancia Nº 1 de Puerto Deseado, a cargo de la Dra. Mirtha Margarita Marsicano, bajo el T º I, al Folio 24/27, número 3 del Libro de constitución de Sociedades de Responsabilidad Limitada, a favor de don Alejandro Héctor T IRACHINI, con D.N.I. Nº 10.739.845. EL CEDENT E
transfiere las cuotas de Capital Social a EL CESIONARIO por el precio de =A= 100.000.PUERT O DESEADO, 17 de Mayo de 2005.-


ED I C TO
Por disposición de S.S. Sra. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de la Familia, Dra. Claudia E.
Guerra-Secretaría Civil Nº Uno a cargo de la Dra.
Florencia Viñualespor Subrogancia Legal, con asiento en esta Ciudad Capital, de la Provincia de Santa Cruz, sito en calle Jofré de Loaiza Nº 55, se cita a la Sra.
Cardenas Stella Sharon, a fin de que comparezca a tomar la intervención que le corresponda en autos caratulados "HERNANDEZ LUIS EDUARDO Y
O TRO S/GUARDA Expte . H-15920/05, dentro del término de cinco 5 días, bajo apercibimiento, si así no lo hiciere, de resolver conforme los intereses de los menores y lo que resulte de las constancias obrantes en el Expediente.Emítase el comunicado en el Boletín Oficial, por el término de dos 2 días.Dra. FLO RENCIA VIÑUALES
Secretaria P-1

Dra. CLAUDIA R. CANO
Secretaria P-1


ED I C TO
Por disposición de S.S el Juez de Primera Instancia a cargo del Juzgado Provincial de Primera Instancia No. Uno en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería, con asiento en Río Gallegos, Dr. Carlos Enrique Arenillas, Secretaría No. Dos a cargo del autorizante, se cita y emplaza por el término de treinta 30 días a herederos y acreedores de don Prosperino Hernandez hijo, en autos caratulados "He rnande z Prospe rino hijo s/Sucesión ab-inte stato"Expte . 20704/04.
Publíquese por tres días en el Boletín Oficial y "La Opinión Austral".RIO GALLEGOS, 17 de Mayo de 2005.GUSTAVO PAUL TO PCIC
Secretario P-3


ED I C TO
Por disposición de S.S. la Sra. Juez Dra. María Cristina ARELLANO, a cargo del Juzgado Provincial de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, De Minería, y De Instrucción Número Uno de Río T urbio, Secretaría de Familia a cargo de la Dra.
Adriana Inés ARANCIO, en los Autos caratulados:
"ALVAREZ, MANUEL ALFREDO c /CORZ O, BERT HA DEL ROSARIO s/DIVORCIO VINCULAR" - Expte. Nº A-3339/04 - SE CITA A ESTAR A DERECHO por el término de Q UINCE 15
DIAS a contar de la última publicación, a la Sra.
Bertha del Rosario CORZO; bajo apercibimiento de designársele Defensor del Ausente.
Publíque se Por Dos 02 Días Arts. 146º, 147º, 148º, y 320º del C.P.C. y C..RIO TURBIO : 25 de Febrero de 2.005.Dra. ADRIANA INES ARANCIO
Secretaria de Familia Juzgado 1º Instancia Nº Uno Río T urbio - Santa Cruz P-1
ED I C TO
Por disposición de la Señora Juez de Primera Instancia del Juzgado Nº UNO de Puerto Deseado, en lo Civil, Comercial, Laboral, Criminaly Correccional a cargo de la Doctora Mirtha Margarita MARSICANO, Secretaría Nº UNO a mi cargo, en los autos "DESEADO VIDEO CABLE S.R.L." S/Inscripción de Cesión de Cuotas de Capital Social, Expediente Nº 303/05, se hace saber por un día que por Escritura Nº 89, pasada al Fº 180, con fecha 02/03/05, por ante el Escribano Marcelo Román ROSAS, titular del Registro Notarial Nº 1 de Puerto Deseado, don Eduardo Oscar PERALT A, con L.E. Nº 5.404.610 cedió la totalidad de las cuotas de capital, que tiene y posee, que representan =A= 100.000 de capitalsocietario suscriptas en la cantidad de 1000 cuotas, valor nominal de =A=
100 cada una, de la sociedad que gira bajo la denominación de "DESEADO VIDEO CABLES.R.L
constituida el 26/01/89, por escritura Nº 20, pasada ante el Escribano Alberto Horacio ROSAS, al Fº 54 e Inscripta en el Registro Público de Comercio depen-

ED I C TO
Por disposición de la Señora Juez de Primera Instancia del Juzgado Nº UNO de Puerto Deseado, en lo Civil, Comercial, Laboral, Criminaly Correccional a cargo de la Doctora Mirtha Margarita MARSICANO, Secretaría Nº UNO a cargo de la Doctora Claudia Rossanna CANO, en los autos "FO RTUNA S.R.L.
S/Inscripción e n el Re gistro Público de Comercio", Expe die nte Nº 310/05 se hace saber por un día que por Escritura Nº 171, pasada al Fº 388, del Registro Nº 1
de Puerto Deseado, por ante su Escribano titular Marcelo Román ROSAS, el 25/04/05, seconstituye la So ciedad de nom in ada " FORUNA S. R.L ." c on domicilio legal y administrativo en la jurisdicción de Puerto Deseado.- INTEGRANTES: Nilda Me rce de s O LMO S, argentina, nacidael 19/06/1958, con D.N.I.
Nº 12.649.717, de 46 años de edad, de profesión empleada, casada en primeras nupcias con Miguel Horacio Escudero, con domicilio en la calle Oneto Nº 943 de esta ciudad de Puerto Deseado y Migue l Horacio ESCUDERO , argentino, nacido el 01/08/1961, con D.N.I. Nº 12.266.682, de 43 años de edad, de profesión constructor, casado en primeras nupcias con Nilda Mercedes Olmos, con domicilio en la calle Oneto Nº 943 de esta ciudad de Puerto Deseado.- CAPITAL SO CIAL: El Capital Social es de DOCE MIL
QUINIENT OS PESOS $ 12.500 dividido en MIL
DOSCIENT AS CINCUENT A CUOT AS de $ 10, valor nominal cada una, que los socios suscriben: La so cia Nilda Me rce des OLMOS, la c antidad de SEISCIENT OS VEINT ICINCO CUOT AS, v alor nominal de DIEZ PESOS $ 10 cada cuota, es decir la suma de SEIS MIL DOSCIENT OS CINCUENT A
PESOS de capital, y el socio Miguel Horacio ESCUDERO, SEISCIENT AS VEINT ICINCO CUOT AS de valor nominal DIEZ PESOS$ 10 cada cuota, es decir la suma de SEIS MIL DOSCIENT OS CINCUENT A PESOS de capital el integran el veinticinco por ciento del Capital Suscripto o sea la suma de T RES MIL CIENT O VEINT ICINCO PESOS, correspondiéndole a la socia Nilda Mercedes OLMOSla suma de MIL QUINIENT OS SESENT A Y DOS
PESOS CON CINCUENT A CENT AVOS y al socio Miguel Horacio ESCUDERO MIL QUINIENT OS
SESENT A Y DOS PESOS CON CINCUENT A y el saldo de integración o sea la suma de NUEVE MIL
T RESCIENT OS SET ENT A Y CINCO PESOS, se completará dentro del plazo de dos años a contar de la fecha del presente contrato, teniendo cada cuota
BO LETIN O FICIAL

derecho a un voto.- LA ADMINISTRACIO N estará a cargo del Socio, Miguel Horacio ESCUDERO quien revestirá el carácter de SOCIO GERENT E.- PLAZO
DE DURACIO N: La Sociedad tendrá una duración de 99 años a contar de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio.- CIERRE DE EJERCICIO : La Sociedad cerrará su ejercicio económico el 31 de Marzo de cada año.- O BJETO SO CIAL: La Sociedad tendrá por objeto cumplir funciones y desempeñarse, por cuenta propia, o de terceros, o asociada a terceros en las siguientes actividades:
PESQUERA: Mediante la extracción, transformación, producción y elaboración de los frutos obtenidos por la explotación de la pesca lacustre, fluvial o marítima.
Realizar toda clase de operaciones en el país o en el extranjero relacionadas con la explotación de la pesca y su transporte para la cual podrá realizar las siguientes actividades: a Comerciales: mediante la compra venta o alquilar u otro acto jurídico, importación o exportación de toda clase de bienes, mercadería, equipos industriales y sus implementos, materias primas, elaboradas, semi-elaboradas o a elaborarse, industrializadas o no, buques y embarcaciones de todo tipo, maquinaria,repuestos, accesorios o armamentos, como también todo tipo de operaciones comerciales que, se relacionen con el objeto, organización de flotas pesqueras y de transporte nacional o extranjeros b Industriales: Mediante la explotación de la pesca y caza lacustre, fluvial, marítima, industrialización de losproductos y subproductos, fabricación de conservas, aceites y sus derivados, como asimismo cualquiera otro tipo de fruto y productos comestibles que puedan ser desecados, conservados o preparados para su venta.
INDUST RIA NAVAL: Diseño, construcción reparación y desguase de todo tipo de embarcaciones y sus accesorios. AGENTE M ARITIM O Y DESP ACHANT E DE ADUANA: Prestación de servicios como agente marítimo, despachante de aduana, importador y exportador, contratista de estibaje, proveedores marítimos, en la forma prevista por las leyes del país y reglamentaciones que regulen esas profesiones y activ idades, la s disposic iones legales de aduana, reglamentos de la Prefectura Naval Argentina. En tal desempeño la sociedad podrá inscribirse como tal ante las autoridades competentes, podrá representar líneas aéreas o marítimas, compañía de seguros y empresas comerciales e industriales de cualquier clase. EST IBAJE. SERVICIOS Y MANDAT OS: Mediante la prestación de servicios por cuenta propia o de terceros de estibajes en general, carga y descarga en zona portuaria,aeropuertos, estaciones marítimas, fluviales y terrestres, medianteel ejercicio de representaciones, mandatos, agencias, consignaciones, gestiones de negocios, y administración de bienes y capitales, operaciones y contratos con empresas navieras y agencias marítimas y armadores, de distribución y promoción de tareas y servicios de estibajes, carga y descarga. ACT IVIDAD AGRICOLA GANADERA
E ICT I COLA: Explo tación int egral de establecimientos agrícolas, ganaderos e ictícolas en general en todas las formas como también todo tipo de operaciones que se relacionen con su objeto. RAMO
DE LA CONST RUCCION: Construcciones en general; instalaciones eléctricas en general y montajes industriales.- REPRESENT ACIONES Y MANDAT OS: Representaciones y mandatos, consignaciones, gestiones de negocios y administración de bienes, capitales y empresas en general.- La sociedad podrá realizar la financiación de las operaciones sociales obrando como acreedor prendario en los términos del Artículo quinto de la Ley 12.962 y realizar todas las operaciones necesarias de carácter financiero permitidas por la legislación vigente, siempre con dinero propio.No realizará las comprendidas en la Ley 21.526
o cualquier otra que se dicte en lo sucesivo en su reemplazo o requiera de la intermediación del ahorro público, para el cumplimiento de su objeto la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, inclusive las prescriptas por los Artículos 1881 y concordantes del Código Civil y Artículo quinto del libro 11, título X del Código de Comercio. Podrá hacerlo en tal carácter en todo el territorio de la República Argentinao en el Extranjero,

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 26/5/2005

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaeseArgentina

Data26/05/2005

Conteggio pagine12

Numero di edizioni1767

Prima edizione19/02/2002

Ultima edizione11/07/2024

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