Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 6/12/2019

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. N 58

Santa Rosa, 6 de diciembre de 2019

calle 22 N 405, 1 piso de General Pico, en autos FLORES
GABRIEL S/ SUCESIÓN TESTAMENTARIA Expte. 63178/19, cita y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes de Gabriel FLORES DNI. N 7.339.232 - acta de defunción de fs. 7 a fin de que -dentro del término de treinta días corridos, comparezcan a estar a derecho y a tomar la participación que por ley les corresponda.- El proveído que ordena el edicto, en su parte pertinente, dice: //neral Pico, 11
de noviembre de 2019.- ábrese el proceso sucesorio de Gabriel FLORES DNI. N 7.339.232 - acta de defunción de fs. 7.
Cítase y emplázase a todos los que se consideren con derecho a los bienes, a fin de que -dentro del término de treinta días corridoscomparezcan a estar a derecho y a tomar la participación que por ley les corresponda. Publíquense edictos en el Boletín Oficial y diarios La Reforma y/o Arena y/o El Diario art. 675 inc. 2 del C.Pr. Firmado: GUSTAVO A.
ARISNABARRETA. JUEZ.- Profesionales Intervinientes: Estudio GUAZZARONI - ESCUREDO. Avenida San Martín N 225 Norte, General Pico.- General Pico, 22 de noviembre de 2019.- Dr.
Guillermo Horacio PASCUAL, Secretario.
B.O. 3391

JURISPRUDENCIA
Por disposición del Sr. Juez de Control, Dr. Carlos Matías Chapalcaz, dirijo a Ud. el presente en Legajo n 50258/0
caratulado: MPF C/ PARDIÑO, WALTER DANIEL S/
PORTACIÓN DE ARMA DE FUEGO, a efectos de solicitarle se publique por dos 2 veces en el Boletín Oficial, la notificación respecto de Carina Celis, DNI N 23.857.625 con último domicilio conocido en Pasaje Belgrano casa N 11 dpto.. de esta ciudad, conforme lo dispuesto en el art. 143 del C.P.P. que a continuación se transcribe: SENTENCIA NÚMERO CIENTO
SETENTA Y CINCO/DOS MIL DIECINUEVE: En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los 29 días del mes de octubre del año dos mil diecinueve, en la sede del Juzgado de Control, se constituye el Sr. Juez Dr. Carlos Matías Chapalcaz, a efectos de dictar Sentencia en el Expediente n 50.258, caratulado: MPF C/ PARDIÑO, WALTER DANIEL S/
PORTACIÓN DE ARMA DE FUEGO, seguido respecto de Walter Daniel PARDIÑO, DNI. 29.757.608, nacido el día 2 de febrero de 1983, en ésta ciudad de Santa Rosa, soltero, ayudante de albañil, con instrucción primaria, hijo de Bernardino Pardiño y de Cleotilde Pereyra, con domicilio en calle Juan XXIII n 1.840
Dpto. 2 de esta ciudad; y CONSIDERANDO: Que el día 9 de octubre de 2018 se le otorgó a Walter Daniel PARDIÑO, el beneficio de Suspensión de Juicio a Prueba por el término de un año. Durante ese lapso de tiempo, el nombrado cumplió con las reglas de conductas impuestas; esto es fijar domicilio y presentarse periódicamente ante la Oficina de Control de suspensión de juicio a prueba del Ministerio Público Fiscal.
Asimismo, cumplió con la obligación de no cometer nuevos delitos, lo cual se acredita con el informe del Registro Nacional de Reincidencia. Por último, el dinero ofrecido en concepto de reparación del daño, fue depositado por el beneficiado en sede del Ministerio Público Fiscal y entregado al Desayunador de Villa Germinal. Así las cosas, habiéndose vencido el plazo de suspensión de juicio a prueba, estimo que, de la información con la que cuento, corresponde declarar la extinción de la acción penal en el presente legajo; y dictar en consecuencia, el sobreseimiento de Walter Daniel PARDIÑO, conforme lo estipulado en el artículo 76ter, cuarto párrafo, del
BOLETÍN OFICIAL N 3391

Código Penal; y artículo 290, inciso 1 del Código Procesal Penal. Por lo expuesto, y de conformidad con lo solicitado por el Fiscal actuante, FALLO: 1.- DECRETANDO la extinción de la acción penal respecto de Walter Daniel PARDIÑO en el Expediente n 50.258, caratulado: MPF C/ PARDIÑO, WALTER
DANIEL S/ PORTACIÓN DE ARMA DE FUEGO artículo 76 ter, cuarto párrafo del Código Penal.- 2.- DICTAR el SOBRESEIMIENTO de Walter Daniel PARDIÑO, DNI. 29.757.608, hijo de Bernardino Pardiño y de Cleotilde Pereyra, y demás circunstancias personales ya enunciadas, en orden al delito por el que se formalizara la presente causa artículo 290 inciso 1
del Código Procesal Penal.- 3.- Notifíquese, líbrense las comunicaciones pertinentes al Departamento Judicial D-5 y Registro Nacional de Reincidencia y oportunamente archívese.
Fdo. Dr. Carlos Matías CHAPALCAZ, Juez de Control.
B.O. 3390 3391
Por disposición de la Sr. Juez de Control CHAPALCAZ CARLOS
MATÍAS, dirijo a Ud. el presente en Legajo n 78194 caratulado:
MPF C/ WALTER TOMAS VITOLA M S/ ABUSO SEXUAL
SIMPLE, a efectos de solicitarle se publique por dos 2 veces en el Boletín Oficial, la notificación respecto de Walter Tomas VITOLA, nacido el 6 de julio de 2001, con último domicilio conocido en Av. Pte. Perón n 8.699, Barrio Oficiales, Casa n 1
de la localidad de Toay L.P., conforme lo dispuesto en el art.
143 del C.P.P. que a continuación se transcribe: SENTENCIA
NÚMERO CIENTO SETENTA Y DOS / DOS MIL DIECINUEVE En la ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los 28 días del mes de octubre del año dos mil diecinueve, en la sede del Juzgado de Control, se constituye el Sr. Juez Dr. Carlos Matías Chapalcaz, a los efectos de dictar sentencia en el Expte.
N 78.194, caratulado: MPF C/ WALTER TOMAS VITOLA M S/
ABUSO SEXUAL SIMPLE; seguido respecto de Walter Tomas VITOLA, DNI. 43.473.182, nacido el día 6 de julio de 2001, en la ciudad de Buenos Aires, estudiante, soltero, hijo de Walter Daniel Luis Vitola y de Mariela Mabel Luggren, con domicilio en Av. Pte. Perón n 8.699, Barrio Oficiales, Casa n 1 de la localidad de Toay L.P.; y RESUELVO: 1.- DICTAR EL
SOBRESEIMIENTO de Walter Tomas VITOLA, DNI. 43.473.182, hijo de Walter Daniel Luis Vitola y de Mariela Mabel Luggren, por el hecho por el cual fuera formalizado, por aplicación del artículo 290 inc. 3 del Código Procesal Penal, con la constancia que la formación de la presente, no afecta el buen nombre y honor del que hubiere gozado.- II.- Notifíquese y ofíciese.- Fdo.
Dr. Carlos Chapalcaz, Juez de Control.-
B.O. 3390 - 3391

SECCIÓN COMERCIO, INDUSTRIA Y ENTIDADES
CIVILES
CALAMARI S.A.
Inscripta en RPC con fecha 07/10/1993, Tomo ll/93, Folio 239/243, Libro Sociedades, Res. 228/93, Expte. N 753/93, Matricula N 630, hace saber que mediante Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de fecha 25/10/2019 se aprueba la emisión de 1.874.576 acciones ordinarias nominativas no endosables de $10 valor nominal y derecho a 1 voto por acción.
Se modifica artículo 4 del estatuto quedando redactado de la siguiente manera: ARTICULO CUARTO: el Capital Social se fija en veinte millones de pesos $20.000.000,00, representado por dos millones de acciones nominativas no endosable de

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 6/12/2019

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaeseArgentina

Data06/12/2019

Conteggio pagine68

Numero di edizioni919

Prima edizione09/06/2000

Ultima edizione30/12/2020

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Diciembre 2019>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031