Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 28/11/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. N 36

Santa Rosa, 28 de noviembre de 2019

en el Boletín Oficial, citando a todos lo que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante para que lo acrediten dentro del plazo de treinta días corridos Art.
2340 CCyC.- Fdo. Dr. Gerardo Román BONINO, Juez, Profesional interviniente Dr. Juan Ricardo VENERI, con domicilio en calle San Martín N 629, Gral. Acha, L.P..- Secretaría 14 de Noviembre de 2019.- María de los Á. PÉREZ, Secretaria.
B.O. 3390
El Juzgado de Ira. Instancia. en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería Nº UNO, de la Tercera Circunscripción Judicial con asiento en Victoriano Rodríguez N 828 P.A de la ciudad de General Acha L.P, a cargo del Dr. Gerardo Román BONINO, Juez, Secretaria Civil, Comercial y de Minería a cargo de la Dra.
María de los Á. PÉREZSecretaria, en los autos: FERNÁNDEZ, Ernesto s/ Sucesión Testamentaria, Expte. Nº 18599/19, cita y emplaza por el término de 30 días corridos a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Don Ernesto FERNÁNDEZ, DNI. Nº 7.333.613. El auto que ordena el presente dice: General Acha, 5 de noviembre de 2019. Publíquese edicto por una vez en el Boletín Oficial, citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante para que lo acrediten dentro del plazo de treinta días corridos Art. 2340 del CCyC.- Fdo. Gerardo Román BONINO, Juez. Prof. Interviniente: Dr. Claudio A.
FUENTES-MIRASSÓN, Martínez de Hoz Nº 779, Gral. Acha L.P..- Secretaria 13 Noviembre de 2019.- María de los Á
PÉREZ, Secretaria.
B.O. 3390

JURISPRUDENCIA
Por disposición de la Sra. Juez de Control MAZA María Florencia, dirijo a Ud. el presente en Legajo nº 82135
caratulado: MPF C/ GORDILLO FRANCO EXEQUIEL S/ HURTO, a efectos de solicitarle se publique por dos 2 veces en el Boletín Oficial, la notificación respecto de GORDILLO FRANCO
EXEQUIEL, nacido el 06 de enero de 1993, con último domicilio conocido en Rodríguez Peña N 1666, Dpto. 5 C - Prov. de Córdoba o en Cervantes N 454 Departamento N 1 de Santa Rosa, La Pampa, conforme lo dispuesto en el art. 143 del C.P.P.
que a continuación se transcribe: SENTENCIA DE
SOBRESEIMIENTO N 171/2019.- En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los veintiocho días del mes de octubre de dos mil diecinueve, constituido el Juzgado de Control a cargo del Juez María Florencia Maza, a efectos de dictar Sentencia de Sobreseimiento, en el legajo nº 82135/0, caratulado: MPF c/GORDILLO, Franco Exequiel s/Hurto:
seguida contra el mencionado FRANCO EXEQUIEL GORDILLO, argentino, soltero, técnico en cardiología, de 26 años de edad, DNI 37.176.340, nacido en Santa Rosa, Pcia. de La Pampa, el día 06 de enero de 1993, hijo de Walter Horacio y Máxima Morales, con ultimo domicilio conocido en calle Rodríguez Peña N 1666 Departamento 5 C" de la ciudad de Córdoba Capital;
y FALLO: 1.- DECRETANDO el SOBRESEIMIENTO de FRANCO
EXEQUIEL GORDILLO, de apellido materno Morales y demás circunstancias personales arriba mencionadas, en orden al hecho por el cual se le recibiera declaración ante el Ministerio Público actuante, en el Legajo n 82135/0, por no poderse probar que el hecho denunciado haya sido cometido por el imputado art. 290 inc. 2 del Código Procesal Penal, con la constancia que la formación del presente legajo, en nada afecta
BOLETÍN OFICIAL N 3390

el buen nombre y honor de que el mismo pudiera gozar.- 2.-
Firme que se encuentre la presente, hágase entrega EN
CARÁCTER DEFINITIVO del celular marca LG oportunamente secuestrado, en favor del imputado, conforme al art 469 del C.P. P.- NOTIFÍQUESE, a través de la oficina judicial, PRACTÍQUENSE las comunicaciones que correspondan.
CÚMPLASE y oportunamente REMÍTASE al Archivo Judicial.Fdo. María Florencia MAZA, Juez de control-
B.O. 3389 3390
Por disposición del Sr. Juez de Control, Dr. Carlos Matías Chapalcaz, dirijo a Ud. el presente en Legajo nº 50258/0
caratulado: MPF C/ PARDIÑO, WALTER DANIEL S/
PORTACIÓN DE ARMA DE FUEGO, a efectos de solicitarle se publique por dos 2 veces en el Boletín Oficial, la notificación respecto de Carina Celis, DNI N 23.857.625 con último domicilio conocido en Pasaje Belgrano casa N 11 dpto.. de esta ciudad, conforme lo dispuesto en el art. 143 del C.P.P. que a continuación se transcribe: SENTENCIA NÚMERO CIENTO
SETENTA Y CINCO/DOS MIL DIECINUEVE: En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los 29 días del mes de octubre del año dos mil diecinueve, en la sede del Juzgado de Control, se constituye el Sr. Juez Dr. Carlos Matías Chapalcaz, a efectos de dictar Sentencia en el Expediente nº 50.258, caratulado: MPF C/ PARDIÑO, WALTER DANIEL S/
PORTACIÓN DE ARMA DE FUEGO, seguido respecto de Walter Daniel PARDIÑO, DNI. 29.757.608, nacido el día 2 de febrero de 1983, en ésta ciudad de Santa Rosa, soltero, ayudante de albañil, con instrucción primaria, hijo de Bernardino Pardiño y de Cleotilde Pereyra, con domicilio en calle Juan XXIII nº 1.840
Dpto. 2 de esta ciudad; y CONSIDERANDO: Que el día 9 de octubre de 2018 se le otorgó a Walter Daniel PARDIÑO, el beneficio de Suspensión de Juicio a Prueba por el término de un año. Durante ese lapso de tiempo, el nombrado cumplió con las reglas de conductas impuestas; esto es fijar domicilio y presentarse periódicamente ante la Oficina de Control de suspensión de juicio a prueba del Ministerio Público Fiscal.
Asimismo, cumplió con la obligación de no cometer nuevos delitos, lo cual se acredita con el informe del Registro Nacional de Reincidencia. Por último, el dinero ofrecido en concepto de reparación del daño, fue depositado por el beneficiado en sede del Ministerio Público Fiscal y entregado al Desayunador de Villa Germinal. Así las cosas, habiéndose vencido el plazo de suspensión de juicio a prueba, estimo que, de la información con la que cuento, corresponde declarar la extinción de la acción penal en el presente legajo; y dictar en consecuencia, el sobreseimiento de Walter Daniel PARDIÑO, conforme lo estipulado en el artículo 76ter, cuarto párrafo, del Código Penal; y artículo 290, inciso 1 del Código Procesal Penal. Por lo expuesto, y de conformidad con lo solicitado por el Fiscal actuante, FALLO: 1.- DECRETANDO la extinción de la acción penal respecto de Walter Daniel PARDIÑO en el Expediente nº 50.258, caratulado: MPF C/ PARDIÑO, WALTER
DANIEL S/ PORTACIÓN DE ARMA DE FUEGO artículo 76 ter, cuarto párrafo del Código Penal.- 2.- DICTAR el SOBRESEIMIENTO de Walter Daniel PARDIÑO, DNI. 29.757.608, hijo de Bernardino Pardiño y de Cleotilde Pereyra, y demás circunstancias personales ya enunciadas, en orden al delito por el que se formalizara la presente causa artículo 290 inciso 1
del Código Procesal Penal.- 3.- Notifíquese, líbrense las comunicaciones pertinentes al Departamento Judicial D-5 y Registro Nacional de Reincidencia y oportunamente archívese.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 28/11/2019

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaeseArgentina

Data28/11/2019

Conteggio pagine49

Numero di edizioni919

Prima edizione09/06/2000

Ultima edizione30/12/2020

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