Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 8/11/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETÍN OFICIAL N 3387
305/19. FIRMADO: Ing. Zootecnista Subsecretario de Asuntos Agrarios.

Santa Rosa, 8 de noviembre de 2019
Alexis
BENINI,
B.O. 3385 a 3387
La Subsecretaría de Asuntos Agrarios notifica a Hugo Abel PEREYRA, D.N.I. N 31.011.726 y Sergio Aníbal VILLAR, D.N.I. N
17.140.131, la sanción efectuada por Disposición N 72/18 por infracción a la Ley N 1194, de acuerdo a lo previsto por el artículo 70, incisos 11 y 13, del Decreto Reglamentario N
2218/94 modificado por Decreto N 2744/05, actualizada mediante Boleta de Deuda Serie A-19 N 257/19 y lo emplaza a que en el plazo perentorio de DIEZ 10 días hábiles contados desde el octavo posterior a la última publicación art. 47 del Decreto N 1684/79 ingrese a la cuenta N 1095/7 de Rentas Generales de la Provincia de La Pampa, a nombre de la Dirección de Recursos Naturales, la suma PESOS TRES MIL
CIENTO CINCUENTA Y NUEVE CON DOS CENTAVOS $ 3.159,02- El auto que así lo ordena dice: SANTA ROSA, 7 de octubre de 2019. VISTO: CONSIDERANDO: POR ELLO: El Subsecretario de Asuntos Agrarios DISPONE: Publíquese edictos por tres veces en el Boletín Oficial de la Provincia. DISPOSICIÓN N
306/19. FIRMADO: Ing. Zootecnista Alexis BENINI, Subsecretario de Asuntos Agrarios.
B.O. 3385 a 3387
La Subsecretaría de Asuntos Agrarios notifica a Fernando Marcelo CALIVA, D.N.I. N 38.234.116, la sanción efectuada por Disposición N 414/17 por infracción a la Ley N 1194, de acuerdo a lo previsto por el artículo 70, incisos 3 y 28, del Decreto Reglamentario N 2218/94 modificado por Decreto N
2744/05, actualizada mediante Boleta de Deuda Serie A-19 N
103/19 y lo emplaza a que en el plazo perentorio de DIEZ 10
días hábiles contados desde el octavo posterior a la última publicación art. 47 del Decreto N 1684/79 ingrese a la cuenta N 1095/7 de Rentas Generales de la Provincia de La Pampa, a nombre de la Dirección de Recursos Naturales, la suma PESOS
SIETE MIL QUINIENTOS SESENTA Y UNO CON VEINTIOCHO
CENTAVOS $ 7.561,28- El auto que así lo ordena dice: SANTA
ROSA, 8 de octubre de 2019. VISTO: CONSIDERANDO: POR
ELLO: El Subsecretario de Asuntos Agrarios DISPONE:
Publíquese edictos por tres veces en el Boletín Oficial de la Provincia. DISPOSICIÓN N 313/19. FIRMADO: Ing. Zootecnista Alexis BENINI, Subsecretario de Asuntos Agrarios.
3386 a 3388
INSTITUTO PROVINCIAL AUTÁRQUICO DE VIVIENDA
POR LA PRESENTE EL INSTITUTO PROVINCIAL AUTÁRQUICO DE
VIVIENDA, INTIMA A LOS SEÑORES ROSALES, OMAR JUAN
M.I. N 13.734.825 Y MORALES, ISABEL M.I. N 16.636.877, A
QUE DENTRO DE DIEZ 10 DÍAS HÁBILES A PARTIR DE LA
ULTIMA PUBLICACIÓN, ENVÍEN PRUEBAS DE DESCARGO POR
ESCRITO POR NO HABITAR EN FORMA EFECTIVA Y
PERMANENTE LA VIVIENDA IDENTIFICADA CON EL N 22 DEL
PLAN FEDERAL TECHO DIGNO 2015 ZONA C2, DE LA CIUDAD
DE GENERAL PICO, VIVIENDA QUE FIGURA COMO DOMICILIO
LEGAL EN ÉSTE INSTITUTO. FRENTE A ESTA IRREGULARIDAD DE
OCUPACIÓN, SEGÚN DOCUMENTACIÓN OBRANTE EN EL
EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO N 2712/2017-00318-IPAV. EN
CASO DE NO EJERCER SU DERECHO DE DEFENSA SEGÚN LO
INDICADO, DEJAMOS SENTADA NUESTRA DECISIÓN DE
RESOLVER ESTAS ACTUACIONES SIN SU INTERVENCIÓN. EN ESA
INSTANCIA Y CONSECUENTEMENTE PROCEDEREMOS A

Pág. N 25

RESCINDIR EL ACTA DE TENENCIA PRECARIA FIRMADA
OPORTUNAMENTE.-QUEDA USTED FORMAL Y LEGALMENTE
NOTIFICADA.- Sr. Rogelio Ceferino SCHANTON, Gerente de Planificación y Adjudicación Instituto Provincial Autárquico de Vivienda.
B.O. 3387 a 3389
El Instituto Provincial Autárquico de Vivienda, mediante Expediente Nº 649/87-00130-IPAV, notifica a los Señores Melina Ana Rosa BECERRA M.I. Nº 34.422.333 y Miguel Ángel NÚÑEZ M.I. Nº 32.863.931, que en los autos caratulados:
CASA Nº 130 PLAN FO.NA.VI. XIV LOCALIDAD GENERAL
PICO LP - TITULAR ORIGINAL: SAN VICENTE, SILVIA SUSANA., se ha dictado la Resolución Administrativa Nº 806/19-IPAV
con fecha 18 de septiembre de 2019, que en su parte pertinente dice: VISTO Y CONSIDERANDO, POR ELLO: EL
PRESIDENTE DEL INSTITUTO PROVINCIAL AUTÁRQUICO DE
VIVIENDA, RESUELVE: Artículo 1º.- Déjase sin efecto la preadjudicación en venta de la vivienda construida mediante el Plan FO.NA.VI. XIV Barrio Malvinas II, de la ciudad de General Pico, a los Señores Melina Ana Rosa BECERRA M.I Nº 34.422.333 y Miguel Ángel NÚÑEZ M.I N 32.863.931, identificada con el Nº 130 sita en Peatonal 2 de Abril Tira 19
Departamento 11, ubicada catastralmente en Ejido 021, Circunscripción I, Radio g, Manzana 28B, Parcela 7, Subparcelas 11 y 39, Partida Nº 717589 y 717617; por las causales de falta de ocupación efectiva y permanente y falta de pago de las cuotas de amortización.- Artículo 2º.- Autorizase al Instituto Provincial Autárquico de Vivienda a tomar posesión de la vivienda de referencia en el artículo 1, conforme lo establece el artículo 27 de la Ley Nº 21581.- Artículo 3º.- Regístrese, comuníquese, tomen razón las Gerencias Técnica Administrativa y Contable Financiera de este Instituto. Pase a la Oficina de Notificaciones a los fines pertinentes. Cumplido, vuelva a la Gerencia de Planificación y Adjudicación de este Organismo.- Sr. Rogelio Ceferino SCHANTON, Gerente de Planificación y Adjudicación Instituto Provincial Autárquico de Vivienda.
B.O. 3387 a 3389

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD de la Provincia de La Pampa, sito en Avenida Spinetto N 1221 de la ciudad de Santa Rosa, Provincia de La Pampa, en expediente administrativo N
553/19 caratulado: ACTA DE CONTRAVENCIÓN N 3.642, Conductor: TRONCOSO, Alberto Aníbal. Propietario: VÍA
BARILOCHE S.A., notifica la empresa CURACO S.A. CUIT N 3370813108-9 en calidad de cargadora de los dominios AC-202QT
y FYE-274; y como responsable solidario de la misma según Art. 57 Ley 24.449, que se ha labrado en su contra Acta de Contravención N 3.642, de fecha 23/08/2019, por verificarse la circulación de los dominios AC-202QT y FYE-274, sin el correspondiente permiso de tránsito otorgado por autoridad competente, sin los elementos de seguridad y excedido en las dimensiones máximas, conducta que resulta violatoria del Art.
53 Inc. c de la Ley Nacional de Tránsito N 24.449 y Art. N 7
del Anexo a del Decreto Provincial N 2055/00, y cuya sanción se halla prevista en el Art. 2- Inc. I y VII, Anexo B del Decreto N 2055/00, que establece una sanción para este caso, de 1190
U.F, equivalente a 1190 litros de nafta especial al precio de venta al público que fija el Automóvil Club Argentino de la

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Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 8/11/2019

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaeseArgentina

Data08/11/2019

Conteggio pagine47

Numero di edizioni919

Prima edizione09/06/2000

Ultima edizione30/12/2020

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