Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 28/6/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. N 16

Santa Rosa, 28 de junio de 2019

mayo de 2019.
Res. Gral. N 22 -14-VI-19- Art. 1.- Dar de baja como usuario directo de la Zona Franca La Pampa a la empresa Marcelo Daniel Castro CUIT 23-23883122-9 por rescisión anticipada del contrato.
Res. Gral. N 23 -14-VI-19- Art. 1.- Aprobar la modificación del contrato celebrado entre el Usuario Directo Neumáticos del Sur SA CUIT N 30-70800196-8 y el Concesionario SERVICIOS Y TECNOLOGÍA AEROPORTUARIOS
S.A.
Res. Gral. N 24 -21-VI-19- Art. 1.- Aprobar el contrato de Usuario Indirecto celebrado entre Ferretería Industrial Aguilar SA CUIT N 30-71030833-7 y el concesionario de la Zona Franca La Pampa, SERVICIOS Y TECNOLOGÍA AEROPORTUARIOS S.A.

MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL
SUBSECRETARÍA DE TURISMO
Disp. N 21 -14-VI-19- Art. 1.- Incríbase como Alojamiento Turístico, en los términos del Decreto N 3291/10 y la Disposición N 16/10 Subsecretaría de Turismo al establecimiento DEPARTAMENTOS PAMPA, titularidad de Karpovsky, Rubén Emiliano D.N.I. N 24.867.377; sito en la calle Pampa N 164, 1 Piso, Depto. E de la ciudad de Santa Rosa; EN
LA MODALIDAD ALOJAMIENTO EXTRAHOTELERO, clase DEPARTAMENTO O CASA DE ALQUILER TURÍSTICO Artículo 90
Disposición N 16/10 -Subsecretaría de Turismo-.
Art. 2.- Regístrese al Establecimiento DEPARTAMENTOS
PAMPA, MODALIDAD ALOJAMIENTO EXTRAHOTELERO, clase DEPARTAMENTO O CASA DE ALQUILER TURÍSTICO, con el número de legajo 21-19-291 R.P.A.T. N VEINTIUNO
DIECINUEVE DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO en el Registro Provincial de Alojamientos Turísticos.

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESOLUCIÓN GENERAL N 11/2019
Santa Rosa, 24 de Junio de 2019

BOLETÍN OFICIAL N 3368

Que, mediante Resolución General Nº 27/14 se estableció la obligatoriedad para los Agentes de Recaudación de fijar domicilio fiscal electrónico conforme a la Resolución General Nº 23/14;
Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 8º y 9º del Código Fiscal t.o. 2018;
EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
RESUELVE
Artículo 1º.- Establecer que a partir del día 1 de Septiembre de 2019 los sujetos enunciados en el Anexo I agregado a la presente, deberán actuar como Agentes de Recaudación del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, conforme lo dispuesto en el artículo 188 del Código Fiscal t.o. 2018 y la Resolución General Nº 54/07 y sus modificatorias.
Artículo 2º.-Dejar constancia que los Agentes designados por la presente deberán fijar, hasta la fecha establecida en el artículo anterior, el domicilio fiscal electrónico conforme a la normativa vigente.
Artículo 3º.-Regístrese, elévese copia al Ministerio de Hacienda y Finanzas, pase al Boletín Oficial para su publicación.
Cumplido, ARCHÍVESE. C.P.N. Lorena L. MERKEL, Subdirectora General de Rentas.
ANEXO I
PERCEPCIONES
ANEXO VII RESOLUCIÓN GENERAL Nº 54/07
RAZÓN SOCIAL
AMPUDIA SILVIA ROSANA
BERGONZI DANIEL FERNANDO
BORTOLOTTI GABRIEL ADRIAN
CALVO MADERAS S.R.L.
DIEZ CESAR ALBERTO
DROGUERIA LP S.A.
FIGUEROA & FIGUEROA S.R.L.
FRAIRE JORGE HORACIO
GAILLARDOU ROLANDO JAVIER
LA ESTRELLA S.R.L.
MANERA ELOY, FERRARO MAURO
MATERIALES CENTRO S.A.
MORAN RICARDO FEDERICO
MYCENAS S.R.L.
PECHIN DANIEL Y PEINETTI DORA PICCO GUILLERMO
SANCHEZ SERGIO
VEGA HUGO ABEL

C.U.I.T
Nº DE AGENTE
27-24903744-9
60728/7
20-21429439-8
60729/4
20-33536076-2
60730/0
30-71240974-2
60731/7
20-18004154-1
60732/4
30-71106261-7
60733/1
30-71449858-0
60734/8
20-12938758-1
60735/5
20-14452634-2
60736/2
30-67169872-6
60737/9
30-70952192-2
60738/6
30-58724758-1
60739/3
20-16710751-7
60740/9
30-71523261-4
60741/6
30-70745153-6
60742/3
20-14928070-8
60743/0
23-20705571-9
60744/7
20-07361036-3
60745/4

VISTO:
El artículo 188 del Código Fiscal t.o. 2018, y CONSIDERANDO:
Que, el mismo faculta a esta Dirección General a imponer a terceros la obligación de actuar como Agentes de Recaudación, Percepción o Información cuando intervengan en operaciones o actos de los que deriven o puedan derivar ingresos alcanzados por el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos;
Que, los actuales regímenes de recaudación del tributo se encuentran reglamentados por la Resolución General Nº 54/07
y sus modificatorias;
Que, en mérito a constancias obrantes en este Organismo, es procedente establecer los responsables que tendrán la obligación de actuar como Agentes de Recaudación del citado gravamen;

MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
INSTITUTO PROVINCIAL AUTÁRQUICO DE VIVIENDA
Res. N 501 -24-VI-19- Art. 1.- Apruébase la transferencia en concepto de APORTE NO REINTEGRABLE, por la suma de $ 2.000.000,00, destinados a la construcción de 4 VIVIENDAS en la localidad de ATALIVA ROCA, correspondiente al PLAN PROVINCIAL DE VIVIENDAS SOCIALES VIVIENDAS LA
PAMPA y el Modelo de Convenio de Ejecución, conforme al Cronograma de Desembolsos que como Anexo forman parte de la presente Resolución, con plazo de ejecución de 360 días corridos.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 28/6/2019

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaeseArgentina

Data28/06/2019

Conteggio pagine45

Numero di edizioni919

Prima edizione09/06/2000

Ultima edizione30/12/2020

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