Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 8/2/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. N 8

Santa Rosa, 8 de febrero de 2019

de Organización 21 F. y F. 110- 1.11.1. Bienes de Consumo:
$5.200,00, y F. y F. 110 -1.11.2. Servicios no Personales $4.000,00, General Acha, una Caja Chica por la suma de $
2.800,00, con imputación a la Jurisdicción H Unidad de Organización 21 F. y F. 110 -1. 11.1. Bienes de Consumo $2.000,00, y F. y F. 110- 1.11.2. Servicios no Personales:
$800,00.
Art. 3.- Serán responsables de las Cajas Chicas establecidas en los artículos anteriores, el Director General de Rentas, por la Casa Central, y los Jefes de las Delegaciones de Capital Federal, de General Pico y de General Acha.
Art. 4.- Las Cajas Chicas referidas estarán sujetas a rendición de cuenta mensual y su reintegro se efectuará al haberse invertido el 70% del monto total, al 31 de diciembre de 2019 se procederá a rendir cuenta de los gastos efectuados con cargo al ejercicio y depositar el saldo no invertido.
Decreto 196 -4-II-19- Art. 1.- Adscribir a partir del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2019, a la Dirección General de Comunicación Social, dependiente de la Subsecretaría de Medios de Comunicación, al agente contratado equiparado a la Categoría 14, Rama Administrativa Ley N 643, Federico Damián GÓMEZ D.N.I. N 27.697.804
Clase 1980-, perteneciente a la Subsecretaría de Coordinación del Ministerio de Educación.
Decreto 197 -4-II-19- Art. 1.- Autorízase al creación de una Caja Chica en el Centro de Sistematización de Datos por la suma de $2.500,00, para atender las erogaciones por bienes y servicios originadas como consecuencia de las actividades y tareas inherentes a la prestación de sus servicios, que por su pequeño importe, urgencia o necesidad deben ser abonados en el momento de realización del gasto, no justifican o permiten el pago por el procedimiento de compra directa.
Art. 2.- Los responsables del manejo de la Caja Chica creada por el Artículo 1 serán los agentes pertenecientes al Centro de Sistematización de Datos Edgar Omar ALONSO, D.N.I. 14.522.121 Afiliado N 42915 Legajo N 13497 y/o Osvaldo Guillermo URBIETA D.N.I. 22.076.330 Afiliado N
53822 Legajo N 19684.
Art. 3.- A los efectos de lo determinado precedentemente, Habilitación de Hacienda y Finanzas, dependiente de Contaduría General, entregará a los responsables nombrados en el artículo 2, la suma indicada en el artículo 1
Art. 4.- Las rendiciones de cuenta de la Caja Chica se realizarán ante Habilitación de Hacienda y Finanzas dependiente de Contaduría General, en forma mensual cualquiera sea la cantidad invertida, o al haberse gastado el 70% del monto total. Al 31 de diciembre se procederá a rendir cuenta de los gastos efectuados con cargo al ejercicio y devolver los fondos excedentes.

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Res. N 1355 -28-XII-18- Art. 1.- La Habilitación del Ministerio de Desarrollo Social liquidará y pagará a las Municipalidades detalladas en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, los montos que en cada caso se consignan, para solventar el pago a diversas personas, que se encuentran comprendidas en el programa:
ACOMPAÑANTES
DOMICILIARIOS

MUNICIPIOS,
BOLETÍN OFICIAL N 3348

correspondiente al mes de diciembre de 2018.
ANEXO
ACOMPAÑANTES DOMICILIARIOS MUNICIPIOS
DICIEMBRE 2018
LOCALIDAD

COD. D.V.

MONTO

ALPACHIRI
TOMAS MANUEL ANCHORENA
ANGUIL
ARATA
ATALIVA ROCA
BERNARDO LARROUDE
CATRILO
COLONIA BARÓN
COLONIA SANTA TERESA
CONHELO
DOBLAS
EDUARDO CASTEX
EMBAJADOR MARTINI
GENERAL ACHA
GENERAL PICO
GENERAL SAN MARTÍN
GUATRACHE
INGENIERO LUIGGI
INTENDENTE ALVEAR
LA ADELA

101 - 6
016 - 6
021 - 6
211-3
221 - 2
061 - 2
041 - 4
171 - 9
105 - 7
081 - 0
011 - 7
082 - 8
194 - 1
224 - 6
153 - 7
113 - 1
103-2
196 - 6
065 - 3
031 - 5

1.500
5.000
3.500
2.000
4.000
2.000
7.500
5.000
2.000
1.500
4.000
2.000
1.500
5.000
8.000
2.000
4.000
11.000
4.500
7.700

MACACHIN
MIGUEL CANE
MIGUEL RIGLOS
PARERA
QUETREQUEN
RANCUL
REALICO
QUEMU QUEMU
SANTA ISABEL
TELÉN
TOAY
TRENEL
VERTIZ
VICTORICA
VILLA MIRASOL
WINIFREDA
TOTAL:

012 - 5
172 - 7
014 - 1
184 - 2
186 - 7
187 - 5
197-4
173-5
053 - 9
125 - 5
204 - 8
213 - 9
066 - 1
126 - 3
176 - 8
087-7

12.000
1.500
6.500
2.000
1.500
9.000
3.000
5.000
6.000
2.000
12.000
7.500
1.500
8.500
1.500
4.500
$ 167.700

Res. N 62 -25-I-19- Art. 1.- Otórgase un subsidio a favor de la Federación Pampeana de Karate Tradicional, Personería Jurídica N 1718, con sede en la ciudad de Santa Rosa, por la Suma de $30.000,00, destinado a solventar gastos en la organización y desarrollo del: XXXI Torneo Nacional Infanto Juvenil y XXXVIII Torneo Nacional de Mayores, llevado a cabo en la ciudad de Santa Fe y funcionamiento de dicha institución;
Res. N 63 -25-I-19- Art. 1.- Otórgase un subsidio a favor del Club Deportivo Che Guevara, Personería Jurídica N
1924, con sede en la ciudad de Santa Rosa, por la suma de $30.000,00 destinado a solventar gastos de funcionamiento.

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Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 8/2/2019

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaeseArgentina

Data08/02/2019

Conteggio pagine59

Numero di edizioni919

Prima edizione09/06/2000

Ultima edizione30/12/2020

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