Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 20/4/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETÍN OFICIAL N 3306

Santa Rosa, 20 de abril de 2018

hecho denunciado haya existido art. 290 inc. 2 del Código Procesal Penal, con la constancia que la formación del presente legajo, en nada afecta el buen nombre y honor de que el mismo pudiera gozar.NOTIFÍQUESE, a través de la Oficina Judicial, PRACTÍQUENSE las comunicaciones que correspondan y, oportunamente ARCHÍVESE. CÚMPLASE.- Fdo. Dra.
María Florencia MAZA. Juez de Control.-
B.O. 3305 3306
Por disposición del Sr. Juez de Control, Dr. Gabriel Tedin, dirijo a Ud. El presente en Legajo nº 52235/0, caratulado:
MPF C/ PEDERNERA, MÓNICA GLADIS S/
LESIONES CON ARMA, a efectos de solicitarle se publique por dos veces en el Boletín Oficial, la notificación de Mónica Gladys Pedernera, D.N.I. 21.913.301, de 48
años, nacido el 20 de octubre de 1970 en ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el art. 143 del C.P.P., de la resolución que en su parte pertinente dice: SENTENCIA NÚMERO CUARENTA Y
SIETE DOS MIL DIECIOCHO.- En la ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los 27 días del mes de marzo del año dos mil dieciocho, en la sede del Juzgado de Control, se constituye el Sr. Juez, Gabriel Lauce TEDIN, a los efectos de dictar sentencia en el Legajo 52235, caratulado MPF C/PEDERNERA, MÓNICA GLADIS S/ LESIONES CON ARMA" y,
FALLO: 1 Declarando la extinción de la acción penal en el Legajo 52235, caratulado MPF C/ PEDERNERA, .
MÓNICA GLADIS S/ LESIONES CON ARMA, artículo 76 ter, cuarto párrafo del Código Penal.- 2 Dictar el sobreseimiento de Mónica Gladis PEDERNERA, DNI N
21.913.301, argentina, nacida el día 21 de octubre del año 1970 en Casbas -Provincia de Buenos Aires, con instrucción, empleada, hija de Homero Pedernera y Celia Casanova; en orden al delito por el que se formalizara la presente causa artículo 290 inciso 1 del Código Procesal Penal.- 3 Notifíquese y líbrense las comunicaciones pertinentes al Departamento Judicial D-5 y Registro Nacional de Reincidencia. Oportunamente archívese.Fdo.: Dr. Gabriel TEDIN. Juez de Control. Primera Circunscripción Judicial.B.O. 3306 - 3307
Dirijo a Ud. el presente en el Legajo n 38771
caratulado: MPF C/BRUM, SERGIO GUSTAVO y OTROS S/ROBO y ENCUBRIMIENTO AGRAVADO", a efectos de solicitarle se publique por dos 2 veces en el Boletín Oficial, la notificación respecto de Sergio Gustavo BRUM, DNI 36.284.543, argentino, nacido el 30/03/1992
en Santa Rosa, La Pampa, de profesión plomero y gasista, soltero, con instrucción hijo de Sergio Dante y de Verónica Alejandra González, con últimos domicilios conocidos en Garay Vivas n 2051, dpto.. 2 y TORRES N
288 casa N 75, Barrio Aeropuerto, ambos de esta ciudad de Santa Rosa, conforme lo dispuesto en el art. 143 del C.P.P. de la resolución que a continuación se transcribe su parte pertinente: "Sentencia número cuarenta y cuatro dos mil dieciocho.- En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los 23
días del mes de marzo del año dos mil dieciocho, se constituye el Juez de Control, Gabriel Lauce Tedín a efecto de dictar sentencia en el Legajo nº 38771, caratulado M.P.F. C/ BRUM, SERGIO y OTROS
SIENCUBRIMIENTO, seguido contra Sergio Gustavo BRUM, DNI 36.284.543, argentino, nacido el 30/03/1992
en Santa Rosa, La Pampa, de profesión plomero y
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gasista, soltero, con instrucción hijo de Sergio Dante y de Verónica Alejandra González; y, Resultando:
Considerando: Fallo: 1 Declarando la extinción de la acción penal en el Legajo nº 38771, caratulado M.P.F. C/
BRUM, SERGIO y OTROS S/ ENCUBRIMIENTO
artículo 76 ter, cuarto párrafo del Código Penal.- 2
Dictar el sobreseimiento de Sergio Gustavo BRUM, DNI
36.284.543, argentino, nacido el 3010311992 en Santa Rosa, La Pampa, de profesión plomero y gasista, soltero, con instrucción hijo de Sergio Dante y de Verónica Alejandra González, en orden al delito por el que se formalizara la presente causa artículo 290 inciso 1 del Código Procesal Penal.- 3 Notifíquese y líbrense las comunicaciones pertinentes al Departamento Judicial 0-5
y Registro Nacional de Reincidencia.- 4 Oportunamente, vuelva la presente al Ministerio Público Fiscal a los fines que estime corresponder. Fdo. TEDIN GABRIEL LAUCE Juez de Control:
B.O. 3306 - 3307
Dirijo a Ud. el presente en Legajo nº 3927 caratulado:
MPF c/ AGUIRRE, Adrián Agustín s/ Lesiones leves agravadas por el vínculo, a efectos de solicitarle se publique durante dos días en el Boletín Oficial, la notificación de AGUIRRE Adrián Agustín, D.N.I.
33.988.159, de 29 años, nacido el 13/10/1988 en Resistencia, Chaco, conforme lo dispuesto por el art. 143
del C.P.P., de la resolución que en su parte pertinente dice: VICTORICA 14 de marzo de 2018. Por recibido y conforme lo normado por el art. 296 del CPP, notifíquese a las partes de la acusación del Ministerio Público Fiscal y colóquese el legajo de investigación para su consulta por el plazo común de seis días. Fdo. María Liz FIGUEROA
ECHEVESTE. Juez de Control. ".B.O. 3306 - 3307
Legajo nro. 13914 S 113/17 - Caratula: MPF
c/FUENTES, Luis Williams y DÍAZ URQUIZA, Ary Maximiliano;
AMILLANO, Carlos María denunciante s/Robo simple.El Juzgado de Control, con asiento en la ciudad de General Acha, Pcia. de La Pampa, notifica al ciudadano Ary Maximiliano DÍAZ URQUIZA, DNI 38.796.289, nacido en la ciudad de General Pico, provincia de La Pampa, el día 09/12/1994, hijo de Cesar Javier Díaz y Mirian Nelly Urquiza, domiciliado en calle 9 de Julio y Sarmiento de la localidad de Alpachiri L.P. y/o calle 48 N 645 de la ciudad de General Pico L.P., de la siguiente providencia que se transcribe la parte pertinente que ordena el diligenciamiento del presente: GENERAL ACHA, 21/12/2017.- En mi carácter de titular del Juzgado de Control con asiento en esta ciudad, avócome al conocimiento de las presentes actuaciones remitidas por el Ministerio Público Fiscal de esta ciudad; téngase por registrado y conformado el expediente principal con foliatura.- Atento el requerimiento de sobreseimiento en virtud de lo dispuesto por el artículo 289 del C.P.P., córrase vista a las partes mencionadas en dicha norma, para que en el término común de cinco días -en su caso-, comparezcan a proceso en la etapa intermedia, ejerzan las facultades establecidas en los incs. 1 y 2 de la disposición supra citada del ritual e interpongan las recusaciones que estimen pertinentes.- Notifíquese y cúmplase.- Fdo. Dr. FREIGEDO HÉCTOR ALBERTO Juez de Control- ".- Oficina Judicial, General Acha L.P., 05/04/2018.B.O. 3306 3307

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 20/4/2018

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaeseArgentina

Data20/04/2018

Conteggio pagine60

Numero di edizioni919

Prima edizione09/06/2000

Ultima edizione30/12/2020

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