Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 10/11/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETÍN OFICIAL N 3283

Santa Rosa, 10 de noviembre de 2017

Educativo Provincial, de acuerdo con lo establecido en el punto 15, inciso c, del Anexo I del Decreto N 1240/17, modificado por el Decreto N 2386/17.Art. 2º.- Designar como miembros de los Jurados por este Ministerio a los docentes que se detallan en el Anexo II de la presente Resolución, para prestar los servicios de juraduría en los Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición para Cargos de Ascenso en el Sistema Educativo Provincial, de acuerdo con lo establecido en el punto 15, inciso b, del Anexo I del Decreto N 1240/17, modificado por el Decreto N
2386/17.
Art. 3º.- Designar como miembros de los Jurados en representación del equipo de capacitación a los docentes que se detallan en el Anexo III de la presente Resolución, para prestar los servicios de juraduría en los Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición para Cargos de Ascenso en el Sistema Educativo Provincial, de acuerdo con lo establecido en el punto 15, inciso a, del Anexo I
del Decreto N 1240/17, modificado por el Decreto N
2386/17.Art. 4º.- Encuadrar en las disposiciones del punto 22, del Capítulo III De los Jurados, del Anexo I del Decreto N 1240/17, a los docentes convocados por los artículos 1 ; 2 y 3 de la presente Resolución, que cumplan las funciones de Jurado.-

MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN
Res. Nº 626 -30-X-17- Art. 1º.- Otórgase un Aporte No Reintegrable por la suma de $ 27.000,00, a favor de la Municipalidad de Gobernador Duval -091-9- CUIT Nº 30-67167913-6-, destinado a solventar gastos dentro del Plan de Programas Sanitarios.Res. Nº 628 -30-X-17- Art. 1º.- Apruébase la rendición de cuentas parcial efectuada por la Universidad Nacional de La Pampa UNLPam, por la suma total de $
1.435.538,03, destinados a atender los gastos de funcionamiento que demandó el Laboratorio de Calidad de Alimentos Pampeanos LabCAP, hasta el 31 de diciembre de 2016.Art. 2º.- La suma de $ 190.546,27, queda pendiente de rendición por la Universidad Nacional de La Pampa UNLPam por Resolución Nº 193/17 y al ejercicio 2017
deberá ser ejecutada y rendida conjuntamente con éste.Res. Nº 629 -31-X-17- Art. 1º.- Rectifícase el Primer considerando de la Resolución Nº 579/17, de fecha 28 de septiembre de 2017, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Que en dichas actuaciones administrativas se tramita el otorgamiento de un aporte no reintegrable a favor de la Municipalidad de Embajador Martini -194-1
CUIT Nº 30-99919313-3, destinado a solventar gastos que demande la Emergencia Agropecuaria Provincial a productores de la zona, de acuerdo a lo previsto en el Decreto Nº 890/17.Art. 2º.- Rectifícase el artículo 1º de la Resolución Nº 579/17, de fecha 28 de septiembre de 2017 el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 1º: Otórgase un aporte No Reintegrable por la suma de $ 30.000,00, a favor de la Municipalidad de Embajador Martini -194-1- CUIT Nº 30-99919313-3-, destinado a solventar gastos que demande la Emergencia Agropecuaria Provincial a productores de la zona, de
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acuerdo a lo previsto en el Decreto 890/17.
Res. Nº 630 -31-X-17- Art. 1º.- Declárese la caducidad de los beneficios otorgados a la señora Vilma Ester ORTIZ, DNI Nº 13.459.320, mediante Resolución Nº 643/12, de fecha 18 de octubre de 2012, de acuerdo a lo establecido en la Cláusula NOVENA del Contrato de Mutuo obrante a fojas 33 a 35, y de conformidad a lo expuesto en los considerandos precedentes, adeudando al 20 de octubre de 2017, el importe de $ 45.875,42.Art. 2º.- La Dirección de Asistencia Técnica y Financiera determinará con intervención de Contaduría General de la Provincia, la suma adeudada por el beneficiario en virtud de lo expuesto en el artículo anterior, la que deberá ingresar a la Cuenta Nº 1095/7 Provincia de La Pampa Rentas Generales, del Banco de La Pampa SEM, dentro de los 15 días de notificada la presente, en su defecto se procederá a la ejecución de la Garantía Personal.Art. 3º.- Ante el incumplimiento de lo previsto en el artículo anterior, se dará intervención a Fiscalía de Estado para que realice las gestiones extrajudiciales y/o judiciales pertinentes, tendientes al cobro de la suma adeudada al Estado Provincial.Res. Nº 631 -31-X-17- Art. 1º.- Dése por cancelado el crédito otorgado al señor Gustavo Daniel MRONGOWIUS, DNI Nº 18.258.376, por Resolución Nº 635/12 de fecha 17 de octubre del año 2012, en el marco del Programa de Apoyo a Proyectos Productivos, establecido por Decreto Nº 2272/10 Texto Ordenado de Decreto Nº 947/97 y sus modificatorios, por la suma de $
84.000,00.Art. 2º.- Facúltase a la señora Directora de la Dirección de Asistencia Técnica y Financiera y/o al señor Subsecretario de Industria para que, con intervención de Escribanía General de Gobierno y en nombre y representación del Ministerio de la Producción, suscriba la liberación de la Garantía Prendaria inscripta bajo el Contrato de Prenda con Registro N EYY254.Res. Nº 632 -31-X-17- Art. 1º.- Dése por cancelado el crédito otorgado por Resolución Nº 006/11, de fecha 15
de diciembre de 2011, en el marco del Programa de Apoyo a Proyectos Productivos, establecido por Decreto Nº 2272/10 Texto Ordenado del Decreto Nº 947/97 y sus modificatorios, por la suma de $ 87.600,00, a la señora Birgitta Mercedes Cristina LUTZ, DNI Nº 17.731.000.Res. Nº 634 -1-XI-17- Art. 1º.- Otórgase un Subsidio a favor de la Unión Industrial de La Pampa UNLIPA, CUIT Nº 30-64216472-0, con domicilio en la ciudad de General Pico, por la suma de $ 50.000,00 destinados a solventar gastos de representación comercial en el Centro de Promoción y Venta de Productos y Servicios de La Pampa en la ciudad de Neuquén.Art. 2º.- La Habilitación del Ministerio de la Producción liquidará y pagará la suma mencionada en el artículo anterior a favor de Unión Industrial de La Pampa
UNILPA, con cargo a la Jurisdicción G - Carácter O
Cuenta 0 Unidad de Organización 40 Finalidad y Función 790 01 030 06 07 00 000 6084
APORTES PROM. IND. Y COM., del Presupuesto vigente.Art. 3º.- La Unión Industrial de La Pampa UNILPA
deberá rendir expresa y documentada cuenta del subsidio que se otorga, en eun plazo no mayor a 30 días, a partir

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Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 10/11/2017

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaeseArgentina

Data10/11/2017

Conteggio pagine66

Numero di edizioni919

Prima edizione09/06/2000

Ultima edizione30/12/2020

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