Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 16/6/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETÍN OFICIAL N 3262

Santa Rosa, 16 de junio de 2017

derivados tales como investir el carácter de depositante con la facultad de emitir certificados de depósito y warrants conforme a las disposiciones legales en vigencia y toda clase de operaciones y/o contrataciones con cláusulas especiales con relación a canje de cereal, oleaginosas, carne, combustible, lubricantes o maquinarias de todo tipo.- II AGROPECUARIAS: La explotación en todas sus formas de establecimientos agrícolas y ganaderos, la crianza, engorde y ventas de animales bovinos, ovinos, equinos, porcinos, aves y otros;
faenamiento e industrialización de los mismos; instalación de frigoríficos, fábricas, depósitos o instalaciones necesarias para su crianza, industrialización y/o acopio;
establecer granjas, chacras, etc.; sembrar y vender cereales, forrajes y demás productos agrícolas; establecer viveros y/o semilleros; adquirir y/o arrendar campos con destino a invernada y/o cría; adquirir reproductores de raza para el mejoramiento e gana o; Instalación e merca os o puestos e venta para a comercialización de carnes y cereales; adquirir y/o arrendar equipos especiales destinad explotación; adquirir y/o arrendar máquinas y herramientas para la explotación agrícola ganadera; compraventa de máquinas, herramientas, repuestos, insumos, productos veterinarios, agroquímicos, fertilizantes, herbicidas, pesticidas, semillas, forrajes, enseres, bolsas, hilos, etc., para la explotación agrícola ganadera; intermediar en el comercio de granos y cereales y hacienda bovina, ovina, equina, porcina, aviar y otras, actuando como acopiadora y consignataria de dichos productos y pudiendo realizar al efecto toda clase de operaciones con instituciones estatales y/o privadas, que intervengan en la comercialización o control de granos y cereales y hacienda en general.- III INDUSTRIALES: Fabricación de Núcleos vitamínicos minerales y fabricación de premezcla para producción animal.- IV INMOBILIARIAS: Construcción, compra, venta, permuta, administración, locación, arrendamiento, fraccionamiento, loteo, explotación en y de inmuebles urbanos, rurales, edificios y condominios de toda clase y tipo, incluyendo urbanizaciones, countries, barrios cerrados, clubes de campo, chacras, bajo cualquier régimen jurídico, incluso los comprendidos en el régimen de propiedad horizontal; adquisición, enajenación, explotación, inversión, comercialización, importación, exportación, administración de cualquier accesorio y/o complemento de las operaciones inmobiliarias ut supra detalladas.- V FINANCIERAS: Préstamos y/o aportes e inversiones de capitales a particulares o sociedades, realizar financiaciones y operaciones de crédito en general con cualquiera de las garantías previstas en la legislación vigente o sin ellas, negociación de títulos, acciones y otros valores mobiliarios y realizar operaciones financieras en general excluidas expresamente las operaciones comprendidas en la ley 18061 y toda otra por la que se requiera el concurso público.- Para posibilitar el desenvolvimiento de su objeto, podrá: Importar, exportar, adquirir y/o enajenar por cualquier título, bienes y/o servicios de cualquier naturaleza, equipos, maquinarias y mercaderías en general y demás bienes y/o productos vinculados directa o indirectamente con la actividad que alcanza según su objeto, sin más limitaciones ni restricciones que las que determina la Ley General de Sociedades, pudiendo en consecuencia alcanzar todas las operaciones y actos o contratos jurídicos necesarios que de algún modo mantenga relación con su objeto.- VI

P ág. N 41

TRANSPORTE: Explotación de todo lo concerniente al transporte terrestre de pasajeros y carga en todo el territorio nacional e internacional por automotor, microómnibus, colectivos, etcétera, en general lo vinculado con la actividad del transporte, explotación de concesiones, licencias o permisos otorgados por los poderes públicos para el transporte terrestre de pasajeros y carga; por recorrido actualmente autorizado y/o que en el futuro autoricen las autoridades comunales, provinciales y/o nacionales, pudiendo operar en las categorías servicio regular de línea, excursión, turismo, servicios contratados y cualquier otra contemplada y/o que en el futuro contemplen las ordenanzas municipales, las leyes y decretos provinciales y/o nacionales vigentes en la materia; gestionar y realizar transporte internacional de pasajeros y cargas; operar como agencia de viajes y turismo y establecer sucursales en cualquier lugar del territorio nacional.- VII SERVICIOS: Prestación de servicios agropecuarios tales como fumigación, pulverización y fertilización aérea y/o terrestre, arada, siembra, trilla, servicios agroaéreos y todo otro servicio relacionado con la actividad agropecuaria, con máquinas propias y/o alquiladas; prestación de servicios de recolección y acondicionamiento de miel y todo otro servicio relacionado con la actividad apícola;
prestación de servicios de asesoramiento y consultoría integral. En todos los casos la prestación podrá efectuarse por cuenta propia o ajena o asociada a terceros, por cuenta y orden de personas físicas y/o jurídicas, empresas y entidades en cualquiera de sus sectores o actividades va sea de naturaleza administrativa, económica, financiera, comercial, técnico y/o productiva.
Prestación de servicios de turismo, alojamiento en general de personas de cualquier forma que las leyes vigentes o futuras establezcan y cualquier otra actividad que este relacionada con la hotelería, hospedaje urbano y rural, turismo de aventura, cotos de caza y/o cualquier actividad, productos o bienes que se encuentren relacionados con la hotelería u hospedaje en general.- VIII CONCESIONES:
La explotación de concesiones y/o permisos que adquiera por compra, cesión, transferencia, posesión o el otorgamiento de poderes públicos, pudiendo al efecto solicitar de los gobiernos nacionales, provinciales y municipales, permisos y concesiones; comprar o asociarse con empresas que se dediquen a los mismos negocios.IX IMPORTADORA Y EXPORTADORA: Actuar como importadora y exportadora de los productos que comercializa y produce, actuando por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros.- CUARTA.- Capital Social:
El Capital Social queda fijado en la suma de Pesos: CIEN
MIL $ 100.000- dividido en MIL 1000 cuotas de CIEN
100 pesos cada una, el que se suscribe totalmente e integra en un Veinticinco por ciento 25% en efectivo.- El Socio don Marcos Gabriel LANDUCCI suscribe la cantidad de QUINIENTAS 500 cuotas, de un valor nominal de Pesos: CIEN 100 cada una, por un total de Pesos:
CINCUENTA MIL $ 50.000.- Y el Socio don Saúl Hernán LANDUCCI, la cantidad de QUINIENTAS
500 cuotas, de un valor nominal de Pesos: CIEN 100
cada una, por un total de Pesos: CINCUENTA MIL $
50.000.-.DECIMA
PRIMERA.Dirección y Administración: La dirección y la administración de la Sociedad estará a cargo de los socios Saúl Hernán LANDUCCI y Marcos Gabriel LANDUCCI, quienes

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Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 16/6/2017

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaeseArgentina

Data16/06/2017

Conteggio pagine51

Numero di edizioni919

Prima edizione09/06/2000

Ultima edizione30/12/2020

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