Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 9/6/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETÍN OFICIAL N 3261

Santa Rosa, 9 de junio de 2017

presente Convenio las partes se comprometen a solucionarlos amistosamente y de buena fe sometiéndose, de resultar necesario, a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Capital Federal, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponder.En prueba de conformidad previa lectura del presente, se suscriben TRES 3 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Buenos Aires, a los 30 días del mes de diciembre del año 2008.
Dr. Jorge Néstor AMAYA, Presidente Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria Dr. Abelardo Mario FERRÁN, Ministro de la Producción EXPEDIENTE N 6777/17
SANTA ROSA, 30 DE MAYO DE 2017

P ág. N 3

Téngase por LEY de la Provincia, Dese al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.DECRETO Nº 1376/17
Ing. Carlos Alberto VERNA, Gobernador de La Pampa
Dr. Ricardo Horacio MORALEJO Ministro de la Producción C.P.N Ernesto Osvaldo FRANCO Ministro de Hacienda y Finanzas.SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN:
30 DE MAYO DE 2017.Registrada la presente Ley, bajo el numero DOS MIL
NOVECIENTOS noventa y uno 2991.Ing. Juan Ramón GARAY, Secretario General de la Gobernación.-

POR TANTO:

DECRETOS SINTETIZADOS
Decreto Nº 2986 -23-IX-16- Art. 1º.- Reestructúranse partidas del presupuesto vigente de acuerdo a lo establecido en las planillas obrantes de fojas 3 a 432 del Expediente N 13501/16.Art. 2º.- Establécese que la Solicitud de Reestructuración N 249834, adjunta a foja 35, se autoriza para realizar las afectaciones de créditos pero se dará curso a las transferencias correspondientes con el efectivo ingreso de los fondos específicos.
Art. 3º.- El presente decreto será refrendado por todos los señores Ministros.
Decreto Nº 3418 -21-X-16- Art. 1º.- Reestructúranse partidas del presupuesto vigente de acuerdo a lo establecido en las planillas obrantes de fojas 3 a 319 del Expediente Nº 14874/16.Art. 2º.- Establécese que la Solicitud de Restructuración Nº 240681 adjunta a foja 274, se autoriza para realizar afectaciones de créditos, pero se dará curso a los pagos correspondientes con el efectivo ingreso de los fondos afectados a la Dirección Provincial de Vialidad.Art. 3º.- El presente decreto será refrendado por todos los señores Ministros.Decreto Nº 2 -2-I-17- Art. 1º.- Reestructúranse partidas del presupuesto vigente de acuerdo a lo establecido en las planillas obrantes de fajas 3 a 229 del Expediente N 18832/16.Art. 2º.- Establécese que las Solicitudes de Reestructuración Nº 240716, Nº 240725 y Nº 240721, adjuntas a fojas 109, 192 y 193, respectivamente, se autorizan para realizar afectaciones de créditos, pero se dará curso a los pagos correspondientes con el efectivo ingreso de los fondos afectados a la Dirección Provincial de Vialidad.Art. 3º.- Establécese que las "Solicitudes de Reestructuración N 263965 y N 263967", adjuntas a fojas 164 y 200, se autorizan para realizar las afectaciones
de créditos pero se dará curso a las transferencias correspondientes con el efectivo ingreso de los fondos específicos.Art. 4º.- El presente decreto será refrendado por todos los señores Ministros.Decreto Nº 33 -13-I-17- Art. 1º.- Reestructúranse partidas del presupuesto vigente de acuerdo a lo establecido en las planillas obrantes de fajas 3 a 372 del Expediente N 720/17.
Art. 2º.- Establécese que las Solicitudes de Reestructuración Nº 240696, Nº 240690, N 240724, N
240689, Nº 940693 y Nº 940692, adjuntas a fojas 13, 44, 87, 88,188 y 191, respectivamente, se autorizan para realizar afectaciones de créditos, pero se dará curso a los pagos correspondientes con el efectivo ingreso de los fondos afectados a la Dirección Provincial de Vialidad.Art. 3º.- Establécese que la "Solicitud de Reestructuración N 260449", adjunta a foja 274, se autoriza para realizar las afectaciones de créditos pero se dará curso a las transferencias correspondientes con el efectivo ingreso de los fondos específicos.Art. 4º.- El presente decreto será refrendado por todos los señores Ministros.Decreto Nº 1344 -29-V-17- Art. 1º.- Aceptar la renuncia, a partir del 1 de marzo de 2017, al docente Fabricio Diego CORNEJO, DNI N 24.883.255, Clase 1975, al cargo titular de Profesor: Geografía: 4 horas cátedra 4 I -turno tardeOrientación: Educación Física; 4
horas cátedra 4 I -turno tardeOrientación Comunicación del Colegio Secundario" Río Atuel", de la ciudad de General Pico, con encuadre en el artículo 43 inciso j de la Ley N 643 de aplicación supletoria por remisión del artículo 237 de la Ley N 1124 y sus modificatorias.Decreto Nº 1345 -30-V-17- Art. 1º.- Sustitúyese el artículo 90 del Decreto Reglamentario N 19/ 15 de fecha 11 de diciembre de 2015, el que quedará redactado de la siguiente forma: "Artículo 90.- Créanse en la órbita de la

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Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 9/6/2017

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaeseArgentina

Data09/06/2017

Conteggio pagine86

Numero di edizioni919

Prima edizione09/06/2000

Ultima edizione30/12/2020

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