Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 26/6/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETÍN OFICIAL N 3159

Santa Rosa, 26 de junio de 2015

P ág. N 1363

Operativo Federal" y al fiduciario en las operaciones relativas al objeto de fideicomiso, de todos los tributos provinciales existentes y a crearse. La exención de impuestos locales comprende a los bienes adquiridos en el marco del "Programa Federal de Fortalecimiento Operativo de la Áreas de Seguridad y Salud".
Artículo 5º.- Acéptanse los procedimientos de selección de proveedores que dispusiera el fiduciario, de conformidad con las pautas establecidas y las instrucciones dispuestas por el Comité Ejecutivo creado por el Decreto de Necesidad y Urgencia N 1765/2014.Artículo 6º.- Facúltase a las Ministros de Gobierno, Justicia y Seguridad y de Salud, a suscribir el contrato de mutuo, conforme lo establecido en el artículo 3 inciso h del Decreto N 1765/2014.Artículo 7º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

EXPEDIENTE N 7032/15

Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los once días del mes de junio de dos mil quince.
Prof. Norma Haydee DURANGO, Vicegobernadora de La Pampa, Presidenta Cámara de Diputados Provincia de La Pampa Dra. Varinia Lis MARÍN, Secretaria Legislativa Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-

Registrada la presente Ley, bajo el número DOS
MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES 2843.C.P.N. José M.
GONZALEZ, Secretario General de Gobierno.-

Santa Rosa, 19 de Junio de 2015
POR TANTO:
Téngase por LEY dela Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese y archívese.
DECRETO N 276/15
C.P.N. Oscar Mario JORGE, Gobernador de La Pampa
Abg. Leonardo Jesús VILLALVA, Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad C.P.N. Sergio VIOLO, Ministro de Hacienda y Finanzas.SECRETARIA
GENERAL
GOBERNACIÓN: 19 de Junio de 2015

DE

LA

LEY Nº 2848: APROBANDO EL CONVENIO SUSCRIPTO ENTRE LA PROVINCIA DE LA PAMPA, EL MINISTERIO DE
PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS DE LA NACIÓN, LA COMISIÓN NACIONAL DE
ENERGÍA ATÓMICA E INVAP S.E., PARA LA INSTALACIÓN DEL CENTRO DE MEDICINA NUCLEAR Y
RADIOTERAPIA
LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º.- Apruébase el Convenio suscripto entre la provincia de La Pampa, el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, la Comisión Nacional de Energía Atómica e INVAP S.E., para la instalación del Centro de Medicina Nuclear y Radioterapia, que adjunto forma parte de la presente Ley, autorizándose la inmediata ejecución de la obra sobre el inmueble detallado en el artículo siguiente.
Artículo 2º.- Autorízase al Poder Ejecutivo, a llevar adelante las acciones y medidas pertinentes para transferir la propiedad a favor del Estado Nacional de la superficie necesaria para la construcción del edificio, estacionamiento y espacios verdes de la obra mencionada en el artículo anterior, la que será emplazada en el extremo Noreste, sobre la calle Raúl B. Díaz, del inmueble denominado como: Ejido 047, Circunscripción 01, Chacra 005, Parcela 5.
Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa; a los once días del mes de junio de dos mil quince.
Prof. Norma Haydee DURANGO, Vicegobernadora de La Pampa, Presidenta Cámara de Diputados Provincia de La Pampa Dra. Varinia Lis MARÍN, Secretaria Legislativa Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-

ACTA ACUERDO PARA LA INSTALACIÓN DE UN
CENTRO DE MEDICINA NUCLEAR LLAVE EN MANO
EN LA CIUDAD DE SANTA ROSA PROVINCIA DE LA
PAMPA ENTRE EL MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN
FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, LA
PROVINCIA DE LA PAMPA, LA COMISIÓN
NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA E INVAP S.E.
Entre el MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PUBLICA Y SERVICIOS, representado en este acto por el Señor Ministro, Arq. Julio Miguel DE VIDO, con domicilio en la calle Hipólito Yrigoyen N 250 Piso 11
de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en adelante MINISTERIO, la PROVINCIA DE LA PAMPA, representada en este acto por su GOBERNADOR, Cdor.
OSCAR MARIO JORGE, domicilio en el Centro Cívico de la Ciudad de SANTA ROSA, en adelante la PROVINCIA, la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA, representada en este acto por su Vicepresidente, Ing.
Mauricio Abel BISAUTA, con domicilio en la Avenida del Libertador Nº 8250, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES en adelante CNEA por una parte, e INVAP S.E. , representado en este acto por su gerente General, Lic.
Héctor OTHEGUY, con domicilio en la calle Esmeralda Nº 356, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en adelante INVAP por la otra y conjuntamente denominadas las PARTES celebran la presente ACTA
ACUERDO en adelante ACTA.
CONSIDERACIONES PRELIMINARES:
Que durante el mes de mayo de 2013 Argentina participó a en el desarrollo de la 66 Asamblea Mundial de la Salud en

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Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 26/6/2015

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaeseArgentina

Data26/06/2015

Conteggio pagine76

Numero di edizioni919

Prima edizione09/06/2000

Ultima edizione30/12/2020

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