Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 30/1/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETÍN OFICIAL N 3138

Santa Rosa, 30 de enero de 2015

resulta procedente aprobar el proyecto de Convenio de Ejecución y autorizar la transferencia peticionada.
Que el presente acto se dicta en el marco de la Ley 25.724 y de los Decretos PEN N 1018 de fecha 28 de abril de 2003 y 901 de fecha 8 de octubre de 2003, la Ley 26.896, las Resoluciones MDS Nº 2040/03 y 574/10, y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios, sus normas modificatorias y complementarias, y en los Decretos PEN
Nº 141 del 4 de Junio de 2003, 357/02 y sus modificatorios, 1344/07 y Decretos Nº 113 de fecha 10 de diciembre de 2011 y Nº 2113/13.
Por ello, EL SECRETARIO DE ECONOMÍA SOCIAL DEL
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1.- Apruébase el proyecto de CONVENIO DE
EJECUCIÓN - PROYECTO ABORDAJE FEDERAL PLAN NACIONAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA, a suscribir con el MINISTERIO DE BIENESTAR SOCIAL DE
LA PROVINCIA DE LA PAMPA, y que como ANEXO I
forma parte de la presente Resolución.
ARTICULO 2.- Autorízase la transferencia al MINISTERIO
DE BIENESTAR SOCIAL DE LA PAMPA, con domicilio en Centro Cívico - Planta Baja - de la Ciudad de Santa Rosa, Provincia de la Pampa, y con arreglo a la forma de pago establecida en el artículo siguiente, de un subsidio no reintegrable por el importe total de PESOS QUINCE
MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL CIENTO
VEINTE $ 15.540.120.-, con arreglo a la forma de pago estipulada en el artículo 3, con destino a financiar la Adquisición de Alimentos para hasta 14.389 titulares de derecho en situación de vulnerabilidad social, bajo modalidad Tarjeta Magnética para la compra de dichos productos en comercios adheridos de la jurisdicción;
actividad encuadrada dentro de los lineamientos del PLAN
NACIONAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA, que desarrolla este MINISTERIO, en el marco de la ley 25.724
y de los Decretos PEN N 1018 de fecha 28 de Abril de 2003 y 901 de fecha 8 de Octubre de 2003, la Ley 26.896
y la Resolución MDS N 2040/03.
ARTÍCULO 3.- CRONOGRAMA DE PAGO - Los fondos citados en el artículo anterior se transferirán en DOS 2
desembolsos a girar con arreglo al siguiente Cronograma de Pago:
Nº de Desembolso
Importe
I

$ 7.770.060.-

II

$ 7.770.060.-

Importe Total
Plazo máximo de Pago 30 días desde la firma de este acto administrativo.
180 días posteriores a la recepción del 1er.
desembolso
$ 15.540.120.-

Todo ello, conforme a la evaluación que realice la SUBSECRETARIA DE POLÍTICAS ALIMENTARIAS, con relación al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el CONVENIO consignado en el artículo 1, y según solicitud de pago formulada ante la SECRETARIA DE
COORDINACIÓN y MONITOREO INSTITUCIONAL.

Pág. N 179

ARTÍCULO 4.- Los fondos serán transferidos a la cuenta bancaria abierta a tal efecto en una sucursal local del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, que permita su uso inmediato para el cumplimiento de la finalidad del subsidio, en adecuación a lo prescripto por el Decreto N 892/95 del PEN y Decisión Administrativa N 105/96 de la Jefatura de Gabinete del PEN.
ARTÍCULO 5.-Los beneficios otorgados quedan sujetos a rendición de cuentas documentadas. La ejecución del propósito denunciado será pasible de fiscalizaciones por parte del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
ARTÍCULO 6.- La UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, la RED
FEDERAL DE CONTROL PUBLICO y/o la AUDITORIA
GENERAL DE LA NACIÓN podrán efectuar el control de la inversión de los fondos otorgadas.
ARTÍCULO 7.- El gasto que demande la presente Resolución será afectado con créditos presupuestarios, correspondientes al ejercicio vigente.
ARTÍCULO 8.- Pase a la DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN a los efectos pertinentes.
ARTÍCULO 9.- La presente Resolución es refrendada por la Sra.
SUBSECRETARIA
DE
POLÍTICAS
ALIMENTARIAS.
ARTÍCULO 10.- Regístrese, comuníquese y archívese. .
Carlos Alberto VIVERO, Secretario de Economía Social Secretaría de Economía Social ------------ Sra. Liliana PAREDES de PEROTTI, Subsecretaría de políticas Alimentarias, Secretaria de economía Social Ministro de Desarrollo Social.MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL DE LA NACIÓN

MINISTERIO DE BIENESTAR
SOCIAL DE LA PROVINCIA DE LA
PAMPA

CONVENIO DE EJECUCIÓN PLAN NACIONAL DE
SEGURIDAD ALIMENTARIA ABORDAJE FEDERAL 2014
Entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA
NACIÓN, representado en este acto por el Sr. Secretario de Economía Social, Dn. CARLOS ALBERTO VIVERO, con domicilio en Avenida 9 de Julio 1925 - Piso 15 - de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante "EL
MINISTERIO"; y el MINISTERIO DE BIENESTAR SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA, representado en este acto por el Sr. Ministro, Dn. RAUL EDUARDO ORTIZ, con domicilio en Centro Cívico ,- Planta Baja - de la Ciudad de Santa Rosa, Provincia de La Pampa, en adelante "LA
PROVINCIA", se conviene lo siguiente:
OBJETIVOS
1. El presente Acuerdo se suscribe a los efectos de financiar acciones tendientes a garantizar la seguridad alimentaria de personas en condición de vulnerabilidad social, localizadas en Jurisdicción de la provincia de La Pampa, en los términos del PLAN NACIONAL DE
SEGURIDAD ALIMENTARIA; y teniendo en cuenta lo establecido en la Ley 25.724, los Decretos PEN Nº 1018
de fecha 28 de Abril de 2003 y 901 de fecha 8 de Octubre de 2003, la Ley 26.896, y la Resolución MDS Nº 2040/03.
El objetivo general del presente acuerdo consiste en potenciar las competencias de las personas para mejorar

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Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 30/1/2015

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaeseArgentina

Data30/01/2015

Conteggio pagine56

Numero di edizioni919

Prima edizione09/06/2000

Ultima edizione30/12/2020

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