Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 14/1/2005

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. n 1810

Santa Rosa, 14 de Enero de 2005

BOLETIN OFICIAL N 2614

LEY N 2138: ADHESION A LA LEY NACIONAL N 25938 - REGISTRO NACIONAL DE
ARMAS
DE
FUEGO
Y MATERIALES
CONTROLADOS, SECUESTRADOS
O INCAUTADOS.LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DE LA PAMPA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:

EXPEDIENTE N 15061/04.SANTA ROSA, 27 de Diciembre de 2004.Por Tanto:

Artículo 1.- Adhiérase a la Ley Nacional N
25938 - Registro Nacional de Armas de fuego y materiales controlados, secuestrados o incautados.Artículo 2.- El Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad de la Provincia de La Pampa, reglamentará la misma dentro de los 90 días de sancionada la presente Ley.Artículo 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los nueve días del mes de diciembre de dos mil cuatro.Prof. Norma Haydeé DURANGO, Vicegobernadora de La Pampa, Presidenta Cámara de Diputados Provincia de La Pampa - Dr. Mariano Alberto FERNANDEZ, Secretario Legislativo Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-

Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.DECRETO N 2613/04.Ing Carlos Alberto VERNA, Gobernador de La Pampa - Dr. Juan Carlos TIERNO, Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad.SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION:
27 de Diciembre de 2004.Registrada la presente Ley, bajo el número DOS MIL CIENTO TREINTA Y OCHO 2.138.Ing. Juan Ramón GARAY, Secretario General de la Gobernación.-

LEY N 2140: APROBACION DEL CONVENIO PARA LA ATENCION MEDICO INTEGRAL
DE LOS BENEFICIARIOS DE PENSIONES DE PNC Y PROFE
RESIDENTES
EN LA PROVINCIA.LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DE LA PAMPA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1.- Apruébase el convenio celebrado entre el Ministerio de Salud de la Nación y el Ministerio de Bienestar Social de la Provincia de La Pampa, el día 31 de marzo del año 2004, por el que se encomienda a la Provincia la atención médico integral de los beneficiarios de Pensiones No Contributivas PNC afiliados al Programa Federal PROFE
residentes en el ámbito provincial.Dicho convenio con sus respectivos Anexos y el Decreto N 1762/04, forman parte de la presente Ley.
Artículo 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los nueve días del mes de diciembre de dos mil cuatro.-

Prof. Norma Haydeé DURANGO, Vicegobernadora de La Pampa, Presidenta Cámara de Diputados Provincia de La Pampa - Dr. Mariano Alberto FERNANDEZ, Secretario Legislativo Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.EXPEDIENTE N 15067/04.SANTA ROSA, 27 de Diciembre de 2004.Por Tanto:
Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.DECRETO N 2614/04.Ing Carlos Alberto VERNA, Gobernador de La Pampa - Dr. Rodolfo Mauricio GAZIA, Ministro de Bienestar Social.-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 14/1/2005

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaeseArgentina

Data14/01/2005

Conteggio pagine57

Numero di edizioni919

Prima edizione09/06/2000

Ultima edizione30/12/2020

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Enero 2005>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031