Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 5/1/2001

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETIN OFICIAL n 2404

Santa Rosa, 5 de Enero de 2001

Art. 2.- Dése a la Honorable Cámara de Diputados, solicitando la ratificación legislativa prevista en el artículo 81 inciso 1 de la Constitución Provincial.-

ADDENDA
En la ciudad de Santa Rosa, el Lic. Pablo Vinocur, en su carácter de Coordinador de la Unidad Coordinadora Ejecutora de Programas Materno Infantiles y Nutricionales y el Dr. Guillermo Devoto, en su carácter de Coordinador Ejecutivo de la Unidad Coordinadora del Programa Materno Infantil y Nutrición PROMIN, en representación y adreferendum del MINISTERIO DE SALUD DE LA
NACION ARGENTINA en adelante LA NACIÓN, y la Dra. Marta Elena Cardoso, en su carácter de Ministra de Bienestar Social de la Provincia de La Pampa en adelante LA PROVINCIA, en representación y ad-referendum del GOBIERNO DE
LA PROVINCIA DE LA PAMPA, se reúnen con relación de los Convenios NACION-PROVINCIA de Adhesión al PROMIN y de Ejecución PROMIN II, de fecha 24 de octubre de 1997 en adelante LOS
CONVENIOS, suscriptos oportunamente en el marco de los Contratos de Préstamo BIRF N 3643-AR
PROMIN y 4164-AR PROMIN II, cuyas ejecuciones fueran aprobadas a nivel nacional por los Decretos N 443/93, 1805/93 y 960/97, y acuerdan la aprobación de la presente ADDENDA, conforme a lo que prescriben las siguientes cláusulas:
CLAUSULA PRIMERA: LA NACION y LA
PROVINCIA acuerdan reformular e integrar los Subproyectos General Pico en ejecución y Santa Rosa-Toay a iniciar, en un único Subproyecto, denominado en lo sucesivo Subproyecto General Pico Santa Rosa - Toay.
CLAUSULA SEGUNDA: LA NACION y LA
PROVINCIA ratifican su voluntad de continuar, en el marco de las pautas presupuestarias, modalidades y cronogramas que se establecen en la presente ADDENDA, la ejecución del subproyecto General Pico - Santa Rosa - Toay, hasta completar las inversiones totales programadas que se detallan en el Anexo I adjunto, las que incluyen un monto de hasta el equivalente en pesos a DOS MILLONES
DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL
TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE DOLARES
ESTADOUNIDENSES u$s 2.256.377.- financiables con fondos provenientes del Préstamo 4164-AR
PROMIN II arriba mencionado, que LA NACION
ya viene aportando al Subproyecto a título de donación.
CLAUSULA TERCERA: Asimismo, las partes acuerdan que, en caso de que se concrete la futura aprobación de una nueva líneas de crédito del BIRF
con idénticos propósitos que los de las ya mencionadas, LA NACION procurará aplicar parte de dicho préstamo a la ampliación de la asistencia
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financiera al Subproyecto General Pico / Santa Rosa Toay contemplada en la cláusula primera precedente con fondos BIRF, también en carácter de donación y sujeta a aportes de contraparte Provincial y Municipal.
En tal ocasión, las partes podrán acordar la conveniencia de reprogramar los procesos afectados o de introducir las modificaciones que estimen necesarias para alcanzar los objetivos técnico-políticos que se consideren prioritarios en esa oportunidad.
CLAUSULA CUARTA: La efectivización de la asistencia financiera aún no desembolsada a cargo de LA NACION, requerida para completar las inversiones programadas en el Anexo I adjunto, estará condicionada a las posibilidades presupuestarias y financieras del Estado Nacional, en el marco de la legislación vigente, y al cumplimiento en tiempo y forma de los compromisos técnicos y financieros asumidos por la contraparte Provincial y Municipal.
CLAUSULA QUINTA: Ratifícase asimismo que los fondos del Programa, conforme lo previsto en el Anexo I adjunto, están destinados a mejorar el estado sanitario y nutricional de madres y niños de escasos recursos residentes y/o en tránsito en LA PROVINCIA, a la promoción de la atención integral de niños en edad preescolar y al fortalecimiento institucional de las áreas de acción provinciales y municipales involucradas.
CLAUSULA SEXTA: LA PROVINCIA se compromete a adoptar los recaudos presupuestarios y técnicos necesarios para cumplimentar las prestaciones a cargo de la contraparte Provincial y Municipal y para asegurar la posterior sustentabilidad económicofinanciera de las mejoras introducidas por el Subproyecto General Pico / Santa Rosa - Toay, una vez agotados los fondos de financiamiento a cargo de LA
NACION programados para las mismas.
CLAUSULA
SEPTIMA:
LA
PROVINCIA
administrará los fondos provistos por el PROMIN en un todo de acuerdo con las normas y procedimientos que establecen la Unidad Coordinadora del Programa, el BIRFF y los Convenios de Costos Compartidos que LA NACION pueda suscribir con el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD para la administración del Subproyecto General Pico / Santa Rosa - Toay, comprometiéndose a suministrar en tiempo y forma toda la información que le sea requerida, tanto en relación a los fondos transferidos como a la efectivización y registro de los aportes comprometidos de contraparte Provincial y Municipal.
CLAUSULA OCTAVA: Quedan sustituidas y/o modificadas las disposiciones de LOS CONVENIOS, incluyendo las de la totalidad de los instrumentos jurídicos que los integran, en todos aquellos aspectos que puedan entrar en colisión con lo acordado por las partes de la presente ADDENDA.
CLAUSULA NOVENA: La suscripción de ADDENDAS como la presente, queda expresamente incorporada a LOS CONVENIOS como metodología para introducir reformulaciones y/o replanteos de los

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Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 5/1/2001

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaeseArgentina

Data05/01/2001

Conteggio pagine27

Numero di edizioni919

Prima edizione09/06/2000

Ultima edizione30/12/2020

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