Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 16/5/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Mayo, 17 de 2024.-

Boletín Oficial Nº 55
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radiodifusión local durante treinta 30 días, debiendo acreditarse con la certificación respectiva conf. Art. 535 del C.P.C.- modif.Ley 5486.- 6 Tal como lo ordenan los arts.531 y 534 de la Ley 5486, CITASE Y EMPLAZASE: los sres.: Alberto Vilte, Héctor Rocha y Silvia Delgado, colindantes del inmueble que se pretende prescribir para que tomen conocimiento del presente juicio y si consideraren afectados sus derechos pidan participación como demandados dentro del término de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos.- 7 Citase a la MUNICIPALIDAD DE LA
QUIACA y al ESTADO PROVINCIAL en los términos del Art. 534 inc.1 y 2 de la Ley 5486, para que tomen conocimiento del presente juicio y si consideraren afectado sus derechos pida participación como demandado, dentro del término de QUINCE DIAS hábiles, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos.- 8Se hace saber que la confección de las diligencias para las respectivas notificaciones, serán a cargo de la interesada, las que deberán ser presentadas para confronte y firma de la Actuaria de esta Vocalía.- 9 NOTIFIQUESE Art. 155/156 del C.P.C..- Fdo. Dra.
Norma B. IssaPresidente de Tarmite Ante Mi Dra. Nora Cristina Aizama -Secretaria.13/15/17 MAY. LIQ. Nº 35128 $2.250,00.La Dra. Elba Rita Cabezas, jueza en Cámara en lo Civil y Comercial - Sala I - Vocalía 1, en el expediente C-201774/2022, caratulado: "Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: TEJERINA, MARIELA y MOGRO, HECTOR LUIS c/ BERNAL, BEATRIZ MARTA y otros", notifica a quienes se consideren con derecho, de la providencia que a continuación se transcribe: San Salvador de Jujuy, 26 de marzo de 2024. I.- Proveyendo al escrito No 1142926: Atento el estado de la causa, a la apertura a prueba solicitada, no ha lugar. II.- Atento lo informado por Secretaría, hágase efectivo el apercibimiento dispuesto en providencia de fecha 18-09-23, II párrafo de autos. En consecuencia, dése al co-demandado TODOS LOS QUE SE CONSIDEREN CON
DERECHO, por decaído el derecho a contestar la demanda incoada en su contra. No habiendo constituido domicilio legal, notifíquese la presente providencia por edictos y las posteriores por Ministerio de ley. III.- Al efecto, publíquense edictos en el Boletín Oficial y un diario local, por tres veces en el plazo de Cinco días. Actuando el principio contenido en el primer párrafo del Art. 72 del C.P.C., impóngase al peticionante la carga de confeccionar los mismos y presentarlos en bandeja colaborativa, para su posterior control y firma del Tribunal. Notifíquese por cédula". Fdo. Dra. Elba Rita CabezasJuezAnte mí: Dra.
Maria Josefina BustamantePro-Secretaria.15/17/20 MAY. LIQ. Nº 36006 $2.250,00.-

EDICTOS DE NOTIFICACION
El Dr/a. juez/a Dra. Sivia Elena Yecora, en Cámara en lo Civil y ComercialSala IVVocalía 11, Presidente de trámite en el EXPEDIENTE D-045846/2023, caratulado: DAÑOS Y PERJUICIOS: RUIZ, LUZ MARINA c/ SORIA, JOSE ANTONIO y GASNOR SA, notifica a Sr. JOSÉ ANTONIO SORIA, DNI Nº 25.165.928, domiciliado en calle Pirquitas Nº 744 del Bº San Francisco de AlavaSan Salvador de Jujuy, de la providencia que a continuación se transcribe:
San Pedro de Jujuy, 07 de Junio de 2023. I.- Proveyendo al Escrito Nº 731660, téngase al Dr. Daniel Alejandro DIAZ, por presentado, por constituido domicilio procesal y por parte, en nombre y representación de Luz Marina RUIZ, a mérito de Personería de Urgencia, la que se otorga por única vez en los términos del art. 60 dfel C.P.C.- II.- Atento la demanda ordinaria por daños y perjuicios incoada en contra de GASNOR SA CUIT: 30-65786572-5 en el domicilio de la Avda. 9 de Julio Nº 177 de la ciudad de San Pedro de Jujuy y de JOSÉ ANTONIO SORIA DNI Nº 25.165.928, en el domicilio de la calle Mina Pirquitas Nº 744 del Bº San Francisco de Alava de la ciudad de San Salvador de Jujuy, admítase la misma la que se tramitará conforme las normas del Juicio Ordinario Oral art. 287, 294 y conc. del Cód. Proc. Civil. III.- Proveyendo al Escrito Nº 733005, téngase a Luz Marina RUIZ, por ratificadas gestiones y por adjuntada Declaración Jurada respecto a los escritos suscritos en adelante por el letrado patrocinante, conforme lo establece el reglamento general de expediente electrónico judicial en el punto 35, sobre representación procesal y patrocinio letrado, de la Acordada N 86.- IV.- Téngase presente la Ampliación de Demanda formulada por la actora, mediante Escrito Nº 732989 V.- Córrase traslado a los accionada GASNOR SA CUIT: 30-65786572-5 en el domicilio de la Avda. 9 de Julio Nº 177 de la ciudad de San Pedro de Jujuy y a JOSÉ ANTONIO SORIA DNI Nº 25.165.928, en el domicilio de la calle Mina Pirquitas Nº 744 del Bº San Francisco de Alava de la ciudad de San Salvador de Jujuy, para que la conteste en el plazo de QUINCE 15 DIAS HABILES, bajo apercibimiento de tenerla por contestada si no lo hiciere art. 298 Cod. Proc. Civil, intimándolos asimismo a que constituya n domicilio legal en el radio de 3
Km. del asiento de esta Sala bajo apercibimiento de notificarle las posteriores diligencias y resoluciones - cualesquiera fuere su naturaleza-, por Ministerio de ley art. 52 Cod. Proc. Civil.- VI VII VIII IX.- Notificaciones en Secretaría los días martes y jueves o el día hábil siguiente si alguno de ellos fuese feriado. X.- Notifíquese.-;San Pedro de Jujuy, 22 de agosto de 2023. I.- Téngase presente lo manifestado por el Dr. Daniel Alejandro Díaz en su Escrfito Nº 835377, en consecuencia tengase presente las ampliaciones de denuncias presentadas mediante Escritos Nº 841324 y 811326. II.- Córrase traslado de la demanda y sus aplicaciones a los accionados GASNOR SA CUIT: 30-65786572-5 y a JOSÉ ANTONIO SORIA DNI Nº 25.165.928, de la demanda para que la conteste en el plazo de QUINCE 15 DIAS HABILES, bajo apercibimiento de tenerla por contestada si no lo hiciere art. 298 Cod. Proc. Civil, intimándolos asimismo a que constituyan domicilio legal en el radio de 3 Km. Del asiento de esta Sala bajo apercibimiento de notificarle las posteriores diligencias y resoluciones -cualesquiera fuere su naturaleza-, por Ministerio de ley art. 52 Cod. Proc. Civil.- III.- Hágase saber al letrado que las diligencias han sido firmadas digitalmente y cargado en el Sistema Integral de Gestión Judicial como archivo adjunto al presente proveído, encontrándose a su cargo la impresión y posterior diligenciamiento desde la fecha de notificación electrónica. IV.- Notifíquese. San Pero de Jujuy, 28 de agosto de 2023. I.- Téngase presente el informe actuarial que antecede. II.- Atento a lo solicitado por el Dr. Daniel Alejandro Díaz y a los fines de ordenar el trámite, téngase presente la demanda presentada mediante Escrito Nº 731660 y sus ampliaciones presentadas mediante escritos Nº 732989, 739496, 811324 y 811326, III.- Notifíquese a los accionados GASNOR SA CUIT: 30-65786572-5 y a JOSÉ ANTONIO SORIA DNI Nº 25.165.928 de la demanda para que la conteste en el plazo de QUINCE 15 DIAS HABILES, bajo apercibimiento de tenerla por contestada si no lo hiciere art. 298 Cod. Proc. Civil, intimándolos asimismo a que constituyan domicilio legal en el radio de 3 Km. del asiento de esta Sala bajo apercibimiento de notificarle las posteriores diligencias y resoluciones cualesquiera fuere su naturaleza-, por Ministerio de ley art. 52 Cod. Proc. Civil.- IV.- V.- Notifíquese. - San Pedro de Jujuy, 23 de febrero de 2024. I.Proveyendo al escrito digital Nº 1085759 del Dr. Daniel Alejandro Díaz, téngase por adjuntada la respuesta del Juzgado Federal -Secretaria Electoral fecha 16.02.24 a fin de salvar el error del escrito digital Nº 1077054. II.- Atento a lo informado en el oficio Juzgado Federal, líbrese nueva notificación para el Sr.
Jose Antonio Soria en el domicilio: PIRQUITAS 744, SAN FCO. DE ALAVA, B SAN FRANCISCO DE ALAVA, SAN SALVADOR DE JUJUY. Hágase saber al Dr. Daniel Alejandro Díaz que la cedula se encuentra cargada como archivo adjunto al presente proveído. III.- Notifíquese. - San Pedro de Jujuy, 26
de marzo de 2024. I.- Proveyendo al Escrito Digital Nº 1141867, téngase al Dr. Daniel Alejandro Díaz por cumplimentada la intimación cursada en el proveído de fecha 19 de marzo de 2024. II.- En consecuencia córrase traslado de la demanda al accionado JOSÉ ANTONIO SORIA DNI Nº 25.165.928 a través de edictos a publicarse por tres veces en cinco días en un diario de circulación provincial y en el boletín oficial art. 162 del Cod. Proc. Civil. III.Facultase a la confección y diligenciamiento del mismo al Dr. Daniel Alejandro DIAZ. IV.- Notifiquese. Firmado: Dra. SILVIA ELENA YECORA - Ante mi Dra. Carmen Andrea RecchiutoSecretaria.- Se faculta para su diligenciamiento al Dr. Daniel Alejandro Díaz y/o a la persona que el mismo designe.- San Pedro de Jujuy, 05 de abril de 2024.-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 16/5/2024

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data16/05/2024

Conteggio pagine35

Numero di edizioni1230

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione03/07/2024

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