Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 11/3/2024

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Marzo, 11 de 2024.-

Boletín Oficial Nº 29
11

ARTÍCULO 1.- Acéptase, a partir del dia 1 de Febrero de 2024, la renuncia presentada por la Abogada DELIA ELENA SORIA DE SALINAS, DNI N
5.455.149, al cargo de Representante del Ministerio Público del Trabajo, del Ministerio Público de la Acusación.
ARTICULO 2.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, gírese sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal y Oficina Anticorrupción para conocimiento y posterior remisión al archivo C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR
DECRETO N 258-G/2024.EXPTE. N 0930-011/2024.SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 FEB. 2024.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Acéptase, a partir del día 1 de Febrero de 2024, la renuncia presentada, por el Abogado ALEJANDRO ATILIO BOSSATTI, DNI N
21.901.885, al cargo Agente Fiscal del Ministerio Público de la Acusación.ARTICULO 2.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, gírese sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal y Oficina Anticorrupción para conocimiento y posterior remisión al archivo.C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR
DECRETO N 263-ISPTyV/20224.EXPTE. N 516-488/2014.SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 FEB. 2024.VISTO:
Las presentes actuaciones por intermedio de las cuales se solicita la aprobación del Plano de Mensura de Fracción y Loteo de la Parcela 1087, Sección 9, Circunscripción 1, Padrón A-73119, El Arenal - Dpto. Dr. Manuel Belgrano; y, CONSIDERANDO:
Que, por Decreto N 1292-ISPTyV/2016 se dispuso la aprobación del fraccionamiento al solo efecto de su registración por ante la Dirección Provincial de Inmuebles.Que, el correspondiente Plano de Mensura de Fracción y Loteo aprobado por el referido instrumento administrativo fue registra do bajo el N 19146 de fecha 30 de abril de 2019 de la Dirección Provincial de Inmuebles.Que, el Departamento Catastro dependiente de la Dirección Provincial de Inmuebles no tomó razón del acto administrativo en virtud de que el Sr. Enrique Emiliano Mulqui ya no resulta titular de dominio al haber transferido la propiedad por intermedio de Escritura Publica N 79 a la Sra. Rosana Alicia Estopiñan.Que, obra Nota de fecha 17 de agosto de 2022 con certificación de firmas por Escribano Público, por la cual los Titulares de Dominio del inmueble individualizado precedentemente, ratifican la Oferta de Donación de las Superficies destinadas al uso público de calles y ochavas.
Que a solicitud de la Dirección Provincial de Inmuebles se sugiere el dictado del Acto Administrativo que acepte la donación de los espacios de uso público que figuran en el Plano Aprobado N 19146.Que, di c ha sit ua c ió n fue a na liz a da por la Ase s oría Le gal de Fiscalía de Estado.
Por ello en uso de facultades propias;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Rectifiquese el Artículo 1 del Decreto N 1292 - ISPTyV/2013, el que quedara redactado de la siguiente manera:
"ARTICULO 1: Apruébase el Plano de Mensura y Loteo sobre el inmueble ubicado en el Barrio El Arenal, Departamento Dr. Manuel Belgrano, identificado como Padrón A-73119, Circunscripción 1, Sección 9, Parcela 1087, Matricula A-41794.ARTICULO 2º.- El Estado Provincial acepta la oferta de donación de la superficie destinada a calles y ochavas indicadas en el Plano que por este acto se aprueba, las que serán incorporados al dominio público de la Provincia en el mareo de lo dispuesto por el Artículo 235 inciso 15 del Código Civil y Comercial de la Nación.ARTICULO 3º.- La aprobación del presente fraccionamiento es al solo efecto de su registración en la Dirección Provincial Inmuebles, bajo completa responsabilidad técnica del profesional actuante.ARTICULO 4.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado, pase al Boletín Oficial para su publicación integral y a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Pase a conocimiento de Escribanía de Gobierno y Dirección Provincial de Inmuebles a sus efectos. Cumplido vuelva al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda.C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR
DECRETO N 265-JG/2024.EXPTE. N 200-52/24.SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 FEB. 2024.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Desígnese, a partir del 1 de enero de 2024, Coordinador Contable de la Agencia de Desarrollo Sostenible de los Diques dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, al Martillero Público DARIO GONZALO JEREZ, D.N.I. N 29.211.218, con una remuneración equivalente a la de Sub Director del Poder Ejecutivo Provincial.ARTICULO 2º.- Otorgase al Martillero Público DARIO GONZALO JEREZ, D.N.I. N 29.211.218, licencia sin goce de haberes en el cargo Planta Permanente, Categoría 5, Agrupamiento Técnico - Ley N 3161/74 de la Agencia de Desarrollo Sostenible de los Diques, a partir de la fecha del presente y mientras se desempeñe en el cargo individualizado en el artículo precedentemente.-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 11/3/2024

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data11/03/2024

Conteggio pagine33

Numero di edizioni1233

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione10/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Marzo 2024>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31