Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 20/12/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Diciembre, 20 de 2023.-

Boletín Oficial Nº 142

3- Poder Judicial 4- Organismos Descentralizados 5- Otros Entes del Estado TOTAL

44.926.428.086
34.887.406.407

43.454.778.926
19.528.362.767

0
889.788.361.772

0
752.321.298.141

1.471.649.160
15.359.043.640
0 137.467.063.630

ARTÍCULO 2.- Estímase en la suma de PESOS OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO MILLONES QUINIENTOS
DIESCISIETE MIL VEINTIDOS $ 888.524.517.022 el CALCULO DE RECURSOS de la Administración Pública Provincial, destinado a atender las Erogaciones a que se refiere el Artículo 1, de acuerdo con la distribución que se indica a continuación y el detalle que figura en las Planillas Anexas que forman parte integrante de la presente Ley:
CONCEPTO
- Recursos de la Administración Central - Corrientes - Capital
IMPORTE
867.961.646.506
867.176.125.549
5.785.521.357

- Recursos de Organismos Descentralizados - Corrientes - Capital
20.562.870.116
16.087.181.444
4.475.688.672

888.524.517.022

ARTÍCULO 3.- Fíjase en la suma de PESOS CATORCE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES CIENTO TREINTA Y TRES MIL
TRESCIENTOS $ 14.388.133.300 el importe correspondiente a las Erogaciones Figurativas de la Administración Pública Provincial Administración Central y Organismos Descentralizados respectivamente, de acuerdo con el detalle que figura en las Planillas Anexas a la presente Ley. Consecuentemente, queda establecido el financiamiento por Erogaciones Figurativas de la Administración Pública Provincial en idéntica suma.
ARTÍCULO 4.- Como consecuencia de lo establecido en los Artículos precedentes, el Resultado Financiero Negativo para el Ejercicio 2024 asciende a la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS
CINCUENTA -$ 1.263.844.750.
ARTÍCULO 5.- Fíjase en la suma de PESOS SESENTA Y UN MIL SETECIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA
Y UN MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS $ 61.773.441.836 el importe correspondiente a las erogaciones para atender la Amortización de Deudas, conforme con el detalle que figura en Planillas Anexas a la presente Ley:
CONCEPTO
ADMINISTRACIÓN CENTRAL
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

IMPORTE
61.739.441.836
34.000.000

TOTAL

61.773.441.836

ARTÍCULO 6.- Estímase el importe correspondiente a las Fuentes Financieras para la Administración Pública Provincial en la suma de PESOS SESENTA Y
TRES MIL TREINTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS $ 63.037.286.586 de acuerdo con el detalle que figura en las Planillas Anexas que forman parte integrante de la presente Ley.
ARTÍCULO 7.- Fíjase en CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO SESENTA Y UNO 53.161 el número de cargos de la Planta de Personal que conforma la Administración Central y Organismos Descentralizados de la Administración Pública Provincial, distribuidos como sigue:
PODERES Y ORGANISMOS DEL ESTADO
1. Poder Ejecutivo 2. Poder Legislativo 3. Poder Judicial 4.Organismos Descentralizados 5. Otros Entes del Estado TOTAL

TOTAL
48.387
1.116
2.501
1.157
0 53.161

ARTÍCULO 8.- Prohíbase la incorporación de personal contratado, jornalizado o reemplazante a Planta Permanente de la Administración Pública Provincial Centralizada o Descentralizada, Organismos Autárquicos, incluido Instituto Provincial de Juegos de Azar de Jujuy y Empresas del Estado, quedando a salvo la facultad conferida al Poder Ejecutivo por la presente Ley, lo dispuesto por las Leyes Nº 5749 y su modificatoria Nº 5835, Nº 6123 y N 6256.
ARTÍCULO 9.- Las partidas de Personal Reemplazante, previstas en el Ministerio de Salud serán afectadas únicamente para cubrir servicios de Personal que tenga directa relación con la atención de la salud en hospitales y puestos de salud de la Provincia.
La partida de Personal Reemplazante prevista en el Ministerio de Desarrollo Social será afectada exclusivamente para cubrir Personal de Servicios Generales, Preceptores y Auxiliares de Enfermería cuyo titular prestare servicios en Instituciones de la Secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia.
En el Ministerio de Educación, dejase establecido que podrá designarse personal reemplazante para cubrir los cargos docentes frente a alumnos y cuyos titulares/interinos se encuentren con sumario administrativo separación transitoria y/o preventiva del cargo, y/o gocen de licencia por salud y maternidad.

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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 20/12/2023

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data20/12/2023

Conteggio pagine56

Numero di edizioni1234

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione12/07/2024

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