Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 15/12/2023
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy
Diciembre, 15 de 2023.-
Boletín Oficial Nº 140
encuentro incluido y/o comprendido en las prohibiciones, inhabilidades, ni incompatibilidades de los alcances del artículo 26 4 y 286 de la Ley General de Sociedades. Vengo a declarar igualmente, que NO me encuentro tampoco comprendido como persona Políticamente Expuesta, conforme Ley N 25.246 y modificatorias, y Resoluciones U.I.F. Nº 11/11 y modificatorias. Finalmente, y constituyendo domicilio legal en calle Curupaití N 151 Alto Padilla de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, asumo el compromiso de informar cualquier modificación que se produzca a este respecto, dentro de los treinta 30 días de ocurrida, mediante la presentación de una nueva declaración jurada.RESOLUCION Nº 751-DPSC/2023- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-293/2023.- ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN
OFICIAL.San Salvador de Jujuy, 27 de octubre de 2023.DR. LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO
15 DIC. LIQ. Nº 34701 $800,00.Declaración Jurada de las prohibiciones e incompatibilidades de la L.G.S. y de la No Condición de Persona Políticamente Expuesta.- Quien suscribe, Nicolás Martín Mordeglia, D.N.I. N 17.453.928, Argentino, Abogado, de estado civil casado, con Domicilio Real en Arenales N 2244 piso 6to de Capital Federal en carácter de Director de SALES DE JUJUY S.A. CUIT N 30-70977625-4, por la presente declaro bajo juramento que al momento de asumir el mandato y hasta la fecha, conforme Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de clases N 43 de fecha 15.02.2023, NO me encontraba ni me encuentro incluido y/o comprendido en las prohibiciones, inhabilidades, ni incompatibilidades de los alcances del artículo 264 y 286 de la Ley General de Sociedades.
Vengo a declarar igualmente, que NO me encuentro tampoco comprendido como persona Políticamente Expuesta, conforme Ley N 25.246 y modificatorias, y Resoluciones U.I.F. Nº 11/11 y modificatorias. Finalmente, y constituyendo domicilio legal en calle Curupaití N 151 Alto Padilla de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, asumo el compromiso de informar cualquier modificación que se produzca a este respecto, dentro de los treinta 30
días de ocurrida, mediante la presentación de una nueva declaración jurada.RESOLUCION Nº 751-DPSC/2023- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-293/2023.- ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN
OFICIAL.San Salvador de Jujuy, 27 de octubre de 2023.DR. LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO
15 DIC. LIQ. Nº 34701 $800,00.Declaración Jurada de las prohibiciones e incompatibilidades de la L.G.S. y de la No Condición de Persona Políticamente Expuesta.- Quien suscribe, Yasuo Matsuoka, Pasaporte. NTR1674087, Japones, General Manager, de estado civil casado, con Domicilio Real en 1-8 Koyocho Chicusa-Ku Nagoroya-Shi Aichi. Japon en carácter de Director Titular de SALES DE JUJUY S.A. CUIT N 30-70977625-4, por la presente declaro bajo juramento que al momento de asumir el mandato y hasta la fecha, conforme Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de clases N 43 de fecha 15.02.2023, NO me encontraba ni me encuentro incluido y/o comprendido en las prohibiciones, inhabilidades, ni incompatibilidades de los alcances del artículo 264 y 286 de la Ley General de Sociedades. Vengo a declarar igualmente, que NO me encuentro tampoco comprendido como persona Políticamente Expuesta, conforme Ley N 25.246 y modificatorias, y Resoluciones U.I.F. Nº 11/11 y modificatorias. Finalmente, y constituyendo domicilio legal en calle Curupaití N 151 Alto Padilla de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, asumo el compromiso de informar cualquier modificación que se produzca a este respecto, dentro de los treinta 30 días de ocurrida, mediante la presentación de una nueva declaración jurada.RESOLUCION Nº 751-DPSC/2023- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-293/2023.- ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN
OFICIAL.San Salvador de Jujuy, 27 de octubre de 2023.DR. LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO
15 DIC. LIQ. Nº 34701 $800,00.Declaración Jurada de las prohibiciones e incompatibilidades de la L.G.S. y de la No Condición de Persona Políticamente Expuesta. - Quien suscribe, Shunsuke Sudo, Pasaporte. N TT2165895, Japones, Empleado, de estado civil soltero, con Domicilio Real en Hab 30-07, Esmeralda 920, C.A.B.A. en carácter de Director Titular de SALES DE JUJUY S.A. CUIT N 30-70977625-4, por la presente declaro bajo juramento que al momento de asumir el mandato y hasta la fecha, conforme Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de clases N 43 de fecha 15.02.2023, NO me encontraba ni me encuentro incluido y/o comprendido en las prohibiciones, inhabilidades, ni incompatibilidades de los alcances del artículo 264 y 286 de la Ley General de Sociedades. Vengo a declarar igualmente, que NO me encuentro tampoco comprendido como persona Políticamente Expuesta, conform e Ley N 25.246 y modificatorias, y Resoluciones U.I.F. Nº 11/11 y modificatorias. Finalmente, y constituyendo domicilio legal en calle Curupaití N 151- Alto Padilla de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, asumo el compromiso de informar cualquier modificación que se produzca a este respecto, dentro de los treinta 30 días de ocurrida, mediante la presentación de una nueva declaración jurada.FISCALÍA DE ESTADO
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
RESOLUCION Nº 751-DPSC/2023CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-293/2023.SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 de Octubre de 2023.VISTO:
Las actuaciones de la referencia en las que la Dra. Cecilia Candela Méndez, en carácter de apoderada de la firma SALES DE JUJ UY S.A., solicita la INSCRIPCION DE AUTORIDADES DE LA FIRMA SALES DE JUJUY S.A. y, CONSIDERANDO:
Que para la etapa procesal administrativa pertinente, y de acuerdo al dictamen emitido por Asesoría Legal de esta Dirección Provincial de Sociedades Comerciales, se encuentran completados los requisitos legales y fiscales exigidos para la publicación de Edictos respectivos.Por ello:
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